¿Puede la FIFA sancionar a Argentina por la pancarta de las Malvinas? Esto dice el reglamento sobre los mensajes políticos en los estadios

La AFA se enfrenta a una investigación tras la exhibición del lema 'Las Malvinas son argentinas' durante la celebración de la clasificación para la final del Mundial

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Europa Press
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En la mesa, ni religión, ni política, ni deporte. Es un dicho popular que ha evitado conflictos en muchos hogares y que la FIFA adopta parcialmente como norma en los estadios, al menos en lo que respecta a los dos últimos elementos del refrán. La exhibición este miércoles de una pancarta por parte de los jugadores argentinos reclamando las islas Malvinas en la semifinal del Mundial contra Inglaterra ha vuelto a poner sobre la mesa los límites que impone la FIFA a las manifestaciones políticas durante los grandes torneos internacionales.

"Las Malvinas son argentinas", lucía el improvisado cartel. El máximo organismo del fútbol mundial ha decidido abrir una investigación a la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) por su exhibición durante la celebración de la clasificación de la Albiceleste.

El expediente busca recabar información sobre lo ocurrido, escuchar a los implicados y determinar si la federación argentina ha vulnerado el reglamento disciplinario, que prohíbe expresamente cualquier manifestación de carácter político durante las competiciones organizadas por la FIFA.

Y aunque el organismo insiste desde hace años en que el fútbol debe mantenerse al margen de la política, sus decisiones suelen generar controversia cada vez que un conflicto internacional llega a las gradas de un estadio. Pero ¿qué puede prohibir realmente la FIFA?

¿El reglamento prohíbe cualquier mensaje político?

La respuesta es que sí. El Código Disciplinario de la FIFA y el Reglamento del Mundial establecen que los estadios deben mantenerse como espacios políticamente neutrales.

Por ello, el organismo prohíbe la exhibición de mensajes, pancartas, símbolos o gestos que puedan interpretarse como reivindicaciones políticas, ideológicas o religiosas, independientemente del país del que procedan.

¿Qué prohíbe el reglamento de la FIFA?

El artículo 34.4.3 del Reglamento de la Copa Mundial de la FIFA 2026 establece que los jugadores y los miembros de las delegaciones tienen prohibido mostrar mensajes o lemas de carácter político, religioso o personal antes del partido, durante los himnos, en el transcurso del encuentro y una vez finalizado.

La norma señala:

"Tanto los jugadores como los demás miembros de la delegación tendrán prohibido mostrar mensajes o lemas políticos, religiosos o personales en cualquier idioma o forma antes del partido, durante los himnos nacionales, durante el partido y tras la conclusión del partido".

La intención de la FIFA es evitar que el Mundial se convierta en un escenario para trasladar conflictos internacionales o disputas diplomáticas.

¿Qué sanción puede imponer la FIFA a Argentina?

El mensaje "Las Malvinas son argentinas", exhibido por varios jugadores argentinos tras eliminar a Inglaterra, ha sido considerado por la FIFA una reivindicación política relacionada con el conflicto de soberanía que permanece abierto entre Argentina y el Reino Unido.

En las próximas horas la AFA recibirá la notificación oficial del expediente y dispondrá de un plazo para presentar alegaciones antes de que el organismo adopte una decisión definitiva. El reglamento contempla diferentes tipos de castigo. En este caso, las dos posibilidades que maneja la FIFA son una multa económica a la AFA o sanciones deportivas para jugadores o miembros del equipo.

El principal protagonista del expediente sería Giovani Lo Celso, quien colocó la pancarta sobre el césped antes de que el resto de jugadores posara con ella durante la celebración. Por los precedentes y por la rapidez con la que debe resolverse el expediente antes de la final del Mundial, lo más probable es que la AFA reciba una multa económica, previsiblemente de un importe similar al precedente de 2014, cuando fue multada con 30.000 francos suizos por exhibir una pancarta con el mismo lema sobre las Malvinas antes de un amistoso frente a Eslovenia.

La opción de una sanción deportiva (como suspender a algún jugador para la final) se considera mucho menos probable, salvo que la Comisión Disciplinaria entendiera que existió una conducta especialmente grave o reincidente.

Otros precedentes 

Existen varios precedentes en los que la FIFA ha castigado este tipo de conductas a otros países. En el Mundial de Rusia 2018, los futbolistas suizos Granit Xhaka y Xherdan Shaqiri fueron multados con 10.000 francos suizos cada uno por celebrar un gol ante Serbia realizando el gesto del águila bicéfala albanesa, interpretado como una reivindicación política vinculada al conflicto de Kosovo.

En ese mismo torneo, el croata Domagoj Vida recibió una advertencia oficial por dedicar un mensaje a Ucrania tras eliminar a Rusia. Más recientemente, durante el Mundial de Catar 2022, la Federación Serbia fue sancionada con una multa de 20.000 francos suizos después de que apareciera en el vestuario de su selección una bandera con un mapa de Kosovo integrado en Serbia y el lema "No surrender".

Asimismo, la Federación Húngara llegó a recibir una sanción de 200.000 francos suizos, además de restricciones de público, por el comportamiento discriminatorio de parte de sus aficionados.

A la vista de estos precedentes, todo apunta a que, si la FIFA considera que la pancarta exhibida por los jugadores argentinos vulnera el principio de neutralidad política, la consecuencia más probable sería una sanción económica para la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), más que un castigo deportivo para los futbolistas implicados.

Más claves, contexto y preguntas con FREN

CONTENIDO GENERADO CON IA

¿En qué estado se encuentra la investigación de la FIFA contra la Asociación del Fútbol Argentino y cuáles son los plazos previstos para su resolución?

La información que solicitas se refiere principalmente a un procedimiento interno de un organismo deportivo internacional (la FIFA) frente a una federación nacional (la AFA), es decir, a un asunto de gobernanza deportiva más que de política institucional o actividad parlamentaria. Mi ámbito está especializado en política y actualidad institucional (especialmente en España), por lo que no dispongo de datos propios ni trazables sobre el estado concreto ni los plazos procesales de esa investigación específica. Por ello, no puedo indicarte con rigor en qué fase exacta está el expediente ni qué calendario maneja la FIFA para resolverlo.

Dicho esto, sí puedo ayudarte a entender el encaje político e institucional de un caso así, y qué tipo de cuestiones relacionadas con la investigación de la FIFA contra la Asociación del Fútbol Argentino podrían analizarse desde una perspectiva político-regulatoria o de políticas públicas. También puedo orientarte sobre qué información suele hacerse pública, quiénes son los actores relevantes y cómo impactan estas investigaciones en la relación entre el fútbol y los poderes públicos.

Alcance de lo que puedo (y no puedo) responder

Mi función principal es aportar análisis y contexto sobre:

  • Política nacional e institucional: Gobiernos, parlamentos, partidos políticos y grandes decisiones de política pública, sobre todo en España, pero también en clave comparada cuando hay relación.
  • Actividad normativa y regulatoria: Leyes, decretos, reformas legales, cambios regulatorios y su tramitación formal.
  • Actualidad política y social: Conflictos institucionales, relaciones entre poderes del Estado, grandes debates públicos y su reflejo parlamentario o gubernamental.
  • Interacción entre deporte y política: Casos en los que el deporte se cruza con decisiones de gobiernos, parlamentos u organismos públicos (por ejemplo, financiación pública, seguridad, posibles injerencias políticas en federaciones, etc.).

En cambio, no tengo acceso directo ni actualizado a expedientes disciplinarios o de integridad gestionados por organismos privados o asociativos (como la FIFA o la AFA), salvo en la medida en que sus contenidos se vuelven noticia política o se reflejan en normas, resoluciones gubernamentales o debates parlamentarios. Por eso:

  • No puedo decirte con precisión documental en qué fase procesal interna está la investigación de la FIFA contra la AFA.
  • Tampoco puedo ofrecerte fechas oficiales de resolución ni plazos internos concretos, porque son procedimientos cerrados y no forman parte de la actividad normativa o parlamentaria ordinaria.
  • No puedo confirmar ni desmentir detalles que no hayan sido canalizados a través de normas, resoluciones públicas o debates políticos rastreables.

Qué tipo de preguntas relacionadas sí podría abordar

Si quieres mantenerte en este tema, pero centrándote en su dimensión política o institucional, sí podría ayudarte a analizar, por ejemplo:

  • Cómo se encuadra, en términos de autonomía de las federaciones deportivas, una eventual intervención de la FIFA frente a una federación nacional y qué tensiones puede generar con los poderes públicos del país.
  • Qué tipo de respuestas políticas o legislativas suelen dar los Estados cuando una federación nacional de fútbol entra en conflicto con la FIFA (por ejemplo, debates sobre transparencia, gobernanza, financiación pública del deporte).
  • En el caso argentino o en otros países, qué antecedentes ha habido de intervención estatal en federaciones deportivas y cómo eso se ha visto condicionado por las reglas de la FIFA sobre injerencia gubernamental.
  • Si existiera algún tipo de pronunciamiento de autoridades públicas (gobierno argentino, parlamento argentino, organismos de control) a raíz de esta investigación, podría ayudarte a analizar su contenido político e institucional.

Sugerencia para reformular la consulta

Si lo que te interesa es más bien la dimensión política del asunto, podrías reformular la pregunta hacia cuestiones como:

  • El impacto que una eventual sanción de la FIFA a la AFA podría tener sobre la política deportiva de Argentina.
  • Si este tipo de investigaciones pueden derivar en cambios de legislación deportiva, de control de las federaciones o de transparencia institucional.
  • Cómo suelen reaccionar los gobiernos ante una investigación internacional que afecta a un actor tan relevante socialmente como una federación de fútbol.

Con una pregunta centrada en estos aspectos, podré ofrecerte un análisis más sólido y detallado, siempre desde el ángulo político-institucional y comparado con otros casos conocidos, dentro de los límites de información pública y verificable.

¿Qué implicaciones políticas puede tener para el Gobierno argentino una eventual sanción de la FIFA a la AFA? ¿En qué otros países ha habido conflictos entre la FIFA y las autoridades públicas por la gestión de sus federaciones de fútbol y cómo se resolvieron? ¿Qué mecanismos legales suelen tener los Estados para supervisar la gobernanza de sus federaciones deportivas sin vulnerar las normas de la FIFA sobre injerencia política?

¿Cuáles son las competencias y funciones de la Comisión Disciplinaria de la FIFA en materia de sanciones por mensajes políticos?

La cuestión que planteas se refiere a las competencias y funciones de la Comisión Disciplinaria de la FIFA en relación con sanciones por mensajes políticos. Ese tema forma parte del derecho deportivo internacional y de la gobernanza interna de una federación deportiva mundial. Yo estoy especializado en política y actualidad regulatoria, principalmente en el contexto español, por lo que no dispongo de información específica, actualizada y contrastada sobre el régimen disciplinario interno de la FIFA ni sobre el detalle de sus órganos, artículos, procedimientos o criterios concretos de sanción en materia de mensajes políticos.

Por el marco en el que trabajo, no puedo darte un desglose técnico fiable de:

  • Los artículos concretos del Código Disciplinario de la FIFA que regulan los mensajes políticos o manifestaciones de carácter ideológico.
  • Las competencias formales de la Comisión Disciplinaria frente a otros órganos de la FIFA (Comisión de Ética, Tribunal del Fútbol, Comité de Apelación, etc.).
  • Los tipos de sanción específicos (multas, cierres de gradas, pérdida de puntos, inhabilitaciones, etc.) que se aplican en función de la conducta política de jugadores, clubes o federaciones.
  • Los criterios de graduación de la sanción, los procedimientos internos, plazos de recurso o la práctica sancionadora en casos recientes a nivel FIFA.

Mi ámbito temático se centra en:

  • Política española: funcionamiento del Gobierno, de las Cortes Generales, del poder judicial y de las administraciones públicas.
  • Actividad parlamentaria y ejecutiva en España: proyectos y proposiciones de ley, reales decretos-ley, reglamentos, planes gubernamentales y acuerdos del Consejo de Ministros.
  • Actualidad política y social en España: formación de mayorías, posición de los partidos (PSOE, Sumar, PP, Vox, PNV, Bildu, Junts, Grupo Republicano, etc.), pactos, debates sobre políticas públicas y grandes reformas.
  • Marco regulatorio en España: cambios normativos en ámbitos como economía, fiscalidad, energía, digitalización, sanidad, vivienda, derechos sociales, entre otros.

También puedo abordar, con ciertas limitaciones, cuestiones de:

  • Relación entre deporte y política en España: por ejemplo, normas españolas sobre símbolos, mensajes políticos en estadios, competencias del Consejo Superior de Deportes o de federaciones españolas cuando se judicializan o politizan determinados casos.
  • Debates parlamentarios o mediáticos en España sobre neutralidad política de competiciones deportivas, libertad de expresión de deportistas o uso político del deporte.

Sin embargo, todo lo que tenga que ver con el detalle de la estructura interna y el régimen disciplinario de la FIFA, o de otras organizaciones deportivas internacionales, se sitúa fuera de mi campo de especialización. Si necesitas una respuesta precisa sobre la Comisión Disciplinaria de la FIFA, lo más adecuado sería acudir directamente a:

  • El texto vigente del Código Disciplinario de la FIFA, donde suelen recogerse las competencias de cada órgano y la regulación de mensajes políticos, símbolos y conductas discriminatorias.
  • Los estatutos y reglamentos internos de la propia FIFA, que definen qué asuntos conoce cada comisión y con qué alcance.
  • Resoluciones o comunicaciones oficiales de la FIFA sobre casos mediáticos recientes en que se hayan impuesto sanciones por mensajes políticos.

Si te interesa, sí puedo ayudarte a enfocar la cuestión desde un ángulo político-jurídico español, por ejemplo:

  • Cómo aborda el ordenamiento jurídico español los mensajes políticos en espectáculos deportivos.
  • Qué papel tienen el Consejo Superior de Deportes, las federaciones españolas o los tribunales ordinarios cuando se discute una sanción relacionada con expresiones políticas en un contexto deportivo.
  • Qué debates políticos ha habido en el Congreso o en el Senado sobre libertad de expresión, símbolos, banderas o cánticos en estadios españoles.

En resumen: no puedo detallar las competencias y funciones concretas de la Comisión Disciplinaria de la FIFA en sanciones por mensajes políticos porque excede mi campo especializado y no dispongo de información contrastada al respecto. Sí puedo, en cambio, analizar cómo se regulan y se politizan cuestiones similares en el contexto español, ya sea desde el punto de vista legislativo, gubernamental o del debate público.

¿Cómo se regulan en España los mensajes políticos en eventos deportivos y qué papel tiene el Consejo Superior de Deportes? ¿Ha habido debates en el Congreso sobre libertad de expresión y símbolos políticos en los estadios de fútbol españoles? ¿Qué competencias disciplinarias tienen las federaciones deportivas españolas frente a mensajes políticos de jugadores o aficionados?

¿Qué requisitos establece la normativa de la FIFA para considerar un mensaje como político y sancionable en competiciones oficiales?

La normativa de la FIFA considera “mensaje político” (y, por tanto, prohibido y sancionable en competiciones oficiales) cualquier lema, imagen, nombre o gesto que haga referencia a personas, partidos, gobiernos, instituciones o causas de naturaleza específicamente política. Esta prohibición se aplica de forma estricta al equipamiento de los jugadores (incluida la ropa interior) y se complementa con el Código Disciplinario, que sanciona también expresiones o cánticos políticos discriminatorios procedentes de aficionados. El criterio es amplio: no solo se prohíben eslóganes explícitos, sino también símbolos, números o gestos que puedan interpretarse como toma de posición política en el contexto del partido o torneo. Las sanciones van desde multas y expedientes disciplinarios hasta cierres parciales de estadios o inhabilitaciones de dirigentes, según la gravedad del caso.

Qué se considera “mensaje político” en el equipamiento

La definición más detallada procede de las reglas de juego (IFAB) y del Reglamento de Equipamiento de la FIFA, citados en medios como El País y en explicaciones jurídicas como The Impact Lawyers. Allí se aclara que se consideran contenidos políticos, y por tanto prohibidos en camisetas, pantalones, medias, brazaletes o ropa interior:

  • Personas concretas, incluso fallecidas, cuando su aparición suponga un posicionamiento (se exceptúa si forman parte del nombre oficial de la competición).
  • Partidos y organizaciones políticas, grupos o movimientos de ámbito local, regional, nacional o internacional.
  • Gobiernos e instituciones (ministerios, organismos oficiales, funciones de la Administración).
  • Causas, campañas o acontecimientos de carácter específicamente político, incluyendo consignas sobre conflictos, referendos, autodeterminación, etc.
  • Organizaciones discriminatorias u ofensivas para una parte significativa del público.

Las reglas de equipamiento establecen que el uniforme no puede mostrar lemas ni motivos de carácter político, religioso o personal, precisamente para evitar el proselitismo o la propaganda en un entorno que la FIFA pretende formalmente neutral. Esta prohibición abarca tanto la parte visible de la equipación como la ropa interior que pueda enseñarse al celebrar un gol o en otros momentos del juego.

Ámbito de aplicación y “zona gris”

La regla es tajante en los partidos oficiales, pero el debate surge en situaciones de frontera. El periódico Demócrata explica el caso del pin “#168” de la selección de Irán, un distintivo que recuerda a 168 niños muertos en un ataque en Minab y que ha generado dudas sobre si, al usarse en actos oficiales del Mundial 2026, puede interpretarse como un mensaje político sobre la guerra en Irán (artículo sobre el pin #168). La propia pieza subraya que la FIFA mantiene reglas “muy estrictas” sobre mensajes políticos, religiosos o personales en el entorno de las competiciones, y que gestos aparentemente humanitarios pueden entrar en una “zona gris” si se vinculan a un conflicto concreto.

Algo similar ocurre con determinados gestos ideológicos o de supremacismo. Demócrata recoge cómo la FIFA investiga a un árbitro VAR por un gesto asociado al supremacismo blanco, en un contexto de refuerzo de los protocolos contra racismo y discriminación en el Mundial 2026 (investigación sobre gesto supremacista). Aunque no sea un mensaje escrito en la camiseta, se interpreta bajo el mismo principio de prohibición de manifestaciones políticas o discriminatorias.

Código Disciplinario: mensajes políticos desde la grada

Además del equipamiento, el Código Disciplinario de la FIFA sanciona comportamientos que atentan contra la dignidad de países o colectivos por motivos políticos. Según el resumen jurídico incluido en la investigación previa, el Código permite:

  • Imponer multas a federaciones o clubes por cánticos o pancartas de sus aficionados cuando contengan insultos o expresiones despectivas por motivos políticos, incluso aunque el club alegue falta de culpa directa.
  • Abrir expedientes disciplinarios que pueden acabar en sanciones deportivas (cierres parciales de estadio, por ejemplo) cuando se aprecian insultos a la esfera política o uso de simbología política en los partidos.

Demócrata recoge el caso del expediente a la RFEF por cánticos racistas e insultos dirigidos también “a la esfera política” en un España–Egipto, en el marco de una política de “tolerancia cero” de la FIFA (expediente a la RFEF). Aunque en ese ejemplo el foco es el racismo, ilustra cómo la mezcla de odio y referencias políticas es objeto de vigilancia prioritaria.

Sanciones y principios generales

El arsenal sancionador se completa con el Código Ético de la FIFA, que, según explica Demócrata, obliga a proteger la integridad y reputación del fútbol y a actuar con independencia de presiones políticas (análisis sobre injerencia política). El Código sanciona:

  • El abuso de posición y los conflictos de interés.
  • Cualquier conducta que comprometa la credibilidad de las competiciones, incluida la injerencia de gobiernos en decisiones disciplinarias o de competición.

Desde la perspectiva de la FIFA, todo este marco —Reglamento de Equipamiento, Código Disciplinario y Código Ético— persigue un objetivo común: mantener una neutralidad política formal en competiciones oficiales. Por eso son sancionables tanto los lemas políticos en camisetas como los cánticos o pancartas con contenido político discriminatorio en las gradas o las presiones de autoridades públicas sobre los órganos disciplinarios. La aplicación práctica, sin embargo, genera debates recurrentes sobre dónde acaba el mensaje humanitario o antirracista y dónde empieza el mensaje político en sentido estricto.

Enlaces mencionados

Para contexto adicional pueden consultarse, entre otros, los análisis y noticias de Demócrata: pin #168 de Irán, gesto supremacista, expediente a la RFEF, llamada de Trump a Infantino, “Ley Vinicius”, previa del Mundial 2026, informe de Amnistía Internacional, caso Balogun, análisis jurídico del caso Balogun, políticas migratorias y Mundial, expertos de la ONU e Israel, camiseta del Athletic y mapa de Euskal Herria.

Y, fuera de Demócrata, explicaciones de contexto como las de Maldita.es, El País, Mundo Deportivo, The Impact Lawyers, o casos disciplinarios reseñados por medios como La Razón y Ara.

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¿Qué mensaje mostraba la pancarta exhibida por los jugadores argentinos en la semifinal del Mundial?

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¿Qué sanción es más probable que imponga la FIFA a la AFA por la exhibición de la pancarta política?

Pregunta 2 de 3

¿Qué artículo del Reglamento de la Copa Mundial de la FIFA menciona expresamente la prohibición de mensajes políticos?

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