AIReF eleva el crecimiento del PIB, empeora el déficit y alerta de que España no cumplirá el plan pactado con la UE

La AIReF mejora el crecimiento del PIB, pero empeora el déficit y avisa de que España no cumplirá el plan fiscal acordado con Bruselas.

La presidenta de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF), Inés Olóndriz. Diego Radamés - Europa Press

La presidenta de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF), Inés Olóndriz. Diego Radamés - Europa Press

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La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) ha revisado ligeramente al alza sus proyecciones de crecimiento del Producto Interior Bruto (PIB) de España para 2026 y 2027, hasta el 2,6% y el 2,2%, respectivamente, pero al mismo tiempo ha advertido de un deterioro en el escenario de déficit público y del incumplimiento del plan fiscal comprometido con la Unión Europea.

El organismo independiente que encabeza Inés Olóndriz ha hecho público este miércoles el informe sobre los proyectos y las líneas básicas de los Presupuestos de las Administraciones Públicas para 2027, documento en el que actualiza su cuadro macroeconómico y sus previsiones fiscales.

La presidenta de la AIReF ha admitido en rueda de prensa que la falta de un proyecto de Presupuestos Generales del Estado y de un borrador de Plan Presupuestario vuelve a acotar el alcance y la precisión de su análisis.

Desviaciones del gasto primario

En un escenario de políticas constantes, la AIReF anticipa que las desviaciones del gasto primario neto de medidas de ingreso rebasarán los márgenes del nuevo marco fiscal acordado con Bruselas desde 2026 y a lo largo de todo el periodo de aplicación del Plan, incluso aplicando la máxima flexibilidad prevista.

En detalle, el organismo calcula un crecimiento medio del gasto primario neto del 5,7% entre 2026 y 2028, claramente por encima del 3,2% comprometido por el Gobierno ante la Unión Europea. Para la AIReF, estas diferencias obligarán a adoptar medidas adicionales si se quiere respetar los compromisos europeos.

En el plano macroeconómico, la mejora de las expectativas de la AIReF para el PIB en 2026 y 2027, hasta el 2,6% y el 2,2%, se explica sobre todo por el mejor comportamiento de la actividad en el segundo trimestre de 2026 y por el efecto arrastre sobre 2027. Con todo, la institución proyecta una desaceleración gradual del crecimiento a medio plazo, hasta el 1,7% en 2031.

Además, el organismo prevé que la inflación repunte un 3,6% en 2026 y un 3% en 2027, lo que supone tres y seis décimas más, respectivamente, que en su anterior escenario.

En el ámbito de las cuentas públicas, la AIReF ha elevado su previsión de déficit al 2,8% del PIB en 2026 por el impacto de las nuevas medidas energéticas adoptadas para mitigar las consecuencias del conflicto en Oriente Medio. Para 2027, estima que el déficit se reducirá al 2,6% con la retirada de estas actuaciones temporales.

No obstante, la institución subraya que esta corrección se verá condicionada por el aumento del gasto estructural. Bajo el supuesto de políticas constantes, el déficit regresaría al 2,8% del PIB en 2028 y seguiría repuntando hasta el 3% en 2031, impulsado por el mayor coste asociado al envejecimiento de la población, los intereses de la deuda y los compromisos en materia de defensa.

Los ingresos públicos, sin considerar el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), pasarían del 42,4% del PIB en 2026 al 43,3% en 2031, apoyados principalmente en la recaudación del IRPF y las cotizaciones sociales. En paralelo, el gasto total aumentaría del 45,2% al 46,4% del PIB en ese mismo intervalo, presionado por el envejecimiento demográfico, las obligaciones en defensa y el incremento del coste de la deuda, cuyo gasto en intereses alcanzaría el 3,2% del PIB en 2031.

Comportamiento por subsectores y tono de la política fiscal

Por subsectores, la AIReF anticipa que todos, excepto las Corporaciones Locales (CCLL), mostrarán entre 2026 y 2028 un crecimiento medio del gasto primario neto de medidas de ingresos por encima del objetivo fijado en el PFEMP. La Administración central lidera el aumento, con una tasa media del 8,3%, seguida de las Comunidades autónomas (CCAA), con un 5,2%, y de los Fondos de la Seguridad Social, con un 4,8%, mientras que las CCLL se situarían en el 3,2%.

En cuanto al saldo, el grueso del déficit público se concentrará en la Administración Central, que alcanzaría el 3,3% del PIB en 2031. Los Fondos de la Seguridad Social mantendrían un déficit estable en torno al 0,1% del PIB, las CCAA se moverían cerca del equilibrio, aunque con disparidades entre territorios, y las CCLL conservarían un superávit cercano al 0,3% del PIB.

La política fiscal adoptaría en 2026 un sesgo expansivo equivalente a 1,3 puntos del PIB, en un contexto en el que la economía operará por encima de su nivel potencial, configurando un tono procíclico contrario a lo establecido por el Gobierno en el PFEMP. Además, el saldo público ajustado del ciclo y de las medidas puntuales se mantendría en torno al -3% del PIB, con un empeoramiento en 2026.

Deuda pública y riesgos para la sostenibilidad

La AIReF proyecta que la ratio de deuda pública siga una senda descendente hasta situarse en el 95,4% del PIB en 2031, apoyada en la contribución positiva del crecimiento nominal de la economía. Sin embargo, advierte de que este impulso irá perdiendo fuerza a medida que aumente el peso de los intereses en un entorno de condiciones de financiación más exigentes.

La trayectoria prevista se ha revisado ligeramente al alza respecto al informe de mayo y los ejercicios de sensibilidad apuntan a que un comportamiento menos favorable del crecimiento o del saldo primario podría llegar a frenar la reducción de la deuda.

Recomendaciones de la AIReF a Hacienda y a las administraciones territoriales

Ante la falta de un proyecto de Presupuestos Generales del Estado y de un borrador de Plan Presupuestario, la AIReF insta al Ministerio de Hacienda a poner en marcha los trabajos para diseñar una estrategia fiscal de medio plazo que incluya las medidas necesarias para lograr una senda de crecimiento del gasto neto compatible con los compromisos asumidos con la Unión Europea.

Al mismo tiempo, recomienda al Ministerio de Hacienda, a las CCAA y a las CCLL con riesgo de desviación evitar la aprobación de nuevas decisiones que supongan incrementos estructurales del gasto primario neto. Esto afecta tanto a reducciones permanentes de ingresos como a aumentos de gasto que no dispongan de una financiación estructural asegurada.

La institución remarca que el respeto a las reglas fiscales debe servir para reforzar la sostenibilidad de las cuentas públicas y reducir la vulnerabilidad derivada de mantener un volumen de deuda cercano al 100% del PIB, especialmente en un contexto de tipos de interés más altos y de financiación más exigente.

Más claves, contexto y preguntas con FREN

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¿Cuál es el estado de tramitación del Plan Presupuestario de España ante la Unión Europea y cuáles son los próximos pasos requeridos para su aprobación?

A 4 de noviembre de 2026, el Plan Presupuestario anual español para el próximo ejercicio no consta presentado ante la Comisión Europea en las fuentes consultadas. La información publicada hoy sobre el informe de AIReF para 2027 señala precisamente la ausencia de un borrador de Plan Presupuestario. No está, por tanto, pendiente únicamente de una aprobación final europea: falta su presentación para completar la evaluación ordinaria.

Es importante distinguir ese documento anual del Plan Fiscal-Estructural de Medio Plazo 2025-2028, cuya senda ya fue respaldada por el Consejo de la UE el 21 de enero de 2025. Además, la UE supervisa el plan anual, pero no aprueba los Presupuestos Generales del Estado: esa aprobación corresponde a las Cortes Generales.

Estado actual y antecedentes

La referencia más reciente es la información de Demócrata sobre AIReF, publicada el 4 de noviembre: la falta de proyecto de Presupuestos Generales del Estado y de borrador de Plan Presupuestario limita el análisis del escenario para 2027. En las fuentes consultadas tampoco consta un dictamen específico de la Comisión sobre ese documento anual.

El retraso tiene antecedentes. El Eurogrupo, el 11 de diciembre de 2025, confirmó que España todavía no había presentado el plan correspondiente a 2026 y pidió su envío cuanto antes. Esa declaración se refiere al ciclo anterior, no acredita por sí sola la situación de 2027.

En paralelo, sí continúa la supervisión plurianual. El Consejo de Ministros aprobó el 28 de abril de 2026 la remisión del Informe de Progreso Anual. Este seguimiento no sustituye al Plan Presupuestario anual.

Próximos pasos requeridos
  • Presentación por España. El Gobierno debe remitir el Proyecto de Plan Presupuestario con sus previsiones fiscales y medidas para el ejercicio siguiente. El calendario ordinario establece su presentación antes del 15 de octubre y antes de aprobar el presupuesto nacional. Para el ciclo de 2027, ese plazo ya ha transcurrido.
  • Dictamen de la Comisión Europea. Bruselas debe evaluar la coherencia del documento con las recomendaciones europeas y la senda de gasto neto del Consejo. El plazo ordinario para emitir la opinión es el 30 de noviembre; no debe interpretarse como una fecha de aprobación garantizada de un documento aún no presentado. La Comisión explica el marco en su página de supervisión fiscal de España.
  • Examen del Eurogrupo. Los ministros de Economía y Finanzas de la zona euro debaten el dictamen. El propio Eurogrupo indicó que evaluaría el plan español cuando estuvieran disponibles el documento y la opinión de la Comisión.
  • Adaptación nacional y seguimiento europeo. Gobierno y Parlamento deben tener en cuenta las observaciones europeas y, cuando proceda, adoptar medidas para cumplir la recomendación del Consejo. Así lo describe la Comisión en sus explicaciones del Semestre Europeo. El ECOFIN puede adoptar recomendaciones o decisiones de supervisión, pero no existe una aprobación de los presupuestos españoles por ese órgano.
Qué está aprobado y qué falta

La senda plurianual respaldada contempla crecimientos máximos del gasto neto del 3,7 % en 2025, 3,5 % en 2026, 3,2 % en 2027 y 3,0 % en 2028. El plan anual debe ser coherente con ese marco y con las flexibilidades aplicables.

En conclusión, el siguiente hito decisivo es presentar el documento anual; después vendrán el dictamen de la Comisión, el examen del Eurogrupo y las adaptaciones necesarias. No falta una votación europea que convierta el plan en ley presupuestaria española.

¿Cuáles son las funciones y competencias de la presidenta de la AIReF según la legislación española?

La presidenta de la AIReF dirige y representa legalmente al organismo, coordina sus órganos y ejerce la jefatura superior de su personal. Sus competencias se regulan principalmente en la Ley Orgánica 6/2013, especialmente en sus artículos 24 y 25, y se desarrollan en el Estatuto Orgánico, aprobado por el Real Decreto 215/2014, particularmente en su artículo 25.

1. Dirección, representación e independencia

La Presidencia ejerce sus funciones «con plena independencia y objetividad, sin estar sujeto a instrucción alguna». No puede solicitar ni aceptar instrucciones de entidades públicas o privadas; la adscripción de la AIReF a Hacienda no elimina esa independencia.

  • Representa legalmente a la AIReF y dirige y coordina sus órganos directivos.
  • Convoca y preside el Comité Directivo y decide la asistencia de personal o expertos externos.
  • Dirige las relaciones internacionales, en coordinación con el Ministerio de Hacienda.
  • Suscribe convenios con entidades públicas y privadas dentro de las competencias del organismo.
2. Informes, estudios y planificación

Le corresponde suscribir los informes, opiniones y estudios de la AIReF. También acuerda la realización de estudios solicitados, respetando los supuestos en que la ley obliga a elaborarlos: no dispone de una facultad ilimitada para rechazarlos.

Aprueba el Plan de Actuaciones y la memoria anual, previa deliberación del Comité Directivo. Estas responsabilidades sirven a la misión institucional de evaluar el ciclo presupuestario, el endeudamiento público y las previsiones económicas. Los informes no son vinculantes, pero la Administración destinataria debe motivar que se aparte de sus recomendaciones.

3. Información y deber de colaboración

Puede requerir información a los sujetos del sector público y aprobar relaciones oficiales de información necesaria para los informes. Decide publicar advertencias cuando se incumple el deber de colaboración. Además, aprecia si el incumplimiento es grave o reiterado y acuerda su publicidad y comunicación al Gobierno, las Cortes Generales y la Administración incumplidora. Esta competencia no equivale a imponer por sí misma las medidas legales previstas frente al incumplimiento.

4. Personal y organización
  • Propone al Consejo de Ministros el nombramiento y cese de los directores de división; no los nombra directamente.
  • Acuerda el nombramiento y cese del restante personal, convoca y resuelve procedimientos de selección y provisión y suscribe contratos laborales.
  • Propone la relación de puestos de trabajo y redistribuye efectivos entre divisiones por necesidades del servicio.
  • Propone modificaciones del Estatuto e informa a Hacienda sobre cambios convenientes en la estructura orgánica.
5. Presupuesto, contratación y patrimonio

Aprueba el anteproyecto de presupuesto y lo remite a Hacienda para integrarlo en los Presupuestos Generales del Estado. Autoriza gastos, ordena pagos y acuerda modificaciones presupuestarias dentro de sus límites: determinadas variaciones, especialmente las relativas a personal o aportaciones estatales, requieren otras autorizaciones.

Asimismo, formula, aprueba y rinde las cuentas. Es el órgano de contratación y puede delegar esa competencia únicamente para contratos de valor estimado inferior a 120.000 euros. Gestiona el patrimonio, acuerda adquisiciones, usos y arrendamientos de inmuebles y aprueba el inventario.

6. Rendición de cuentas y delegación

Comparece al menos anualmente ante las comisiones competentes del Congreso y del Senado. Participa, con voz pero sin voto, en el Consejo de Política Fiscal y Financiera, la Comisión Nacional de Administración Local y la Comisión Financiera de la Seguridad Social.

Desde la reforma del Real Decreto 1061/2025, aprueba el sistema de selección de evaluadores externos independientes, previa deliberación del Comité Directivo. La evaluación debe realizarse al menos cada seis años.

Puede delegar funciones en directores de división, salvo las comparecencias parlamentarias, la propuesta de nombramiento y cese de esos directores y la formulación, aprobación y rendición de cuentas.

¿Qué requisitos deben cumplir las administraciones públicas en España para poder incrementar el gasto estructural según el marco fiscal vigente?

Las administraciones públicas pueden incrementar el gasto estructural —el que genera compromisos permanentes— si el aumento es compatible con las reglas de gasto, los objetivos de estabilidad y deuda y la sostenibilidad financiera. No basta con disponer de dinero este año: deben valorar el coste futuro y acreditar que pueden sostenerlo sin incumplir el marco español ni los compromisos europeos.

1. Respetar la regla de gasto nacional

El artículo 12 de la Ley Orgánica 2/2012 limita el crecimiento del gasto computable de la Administración central, las comunidades autónomas y las corporaciones locales a la tasa de referencia del PIB a medio plazo. Para 2026, la referencia es del 3,5 %, según las orientaciones de Hacienda.

El límite no se aplica al presupuesto completo: se excluyen, entre otros conceptos, intereses, gasto no discrecional por desempleo, gasto financiado con fondos finalistas europeos o de otras administraciones y determinadas transferencias de los sistemas de financiación. La Seguridad Social no está incluida en esta regla nacional del artículo 12, aunque sí está sometida a las restantes exigencias de estabilidad y sostenibilidad.

2. Distinguir ingresos permanentes de recaudación coyuntural

Para ampliar el límite ordinario, el artículo 12.4 establece una habilitación concreta: cuando se aprueben cambios normativos que generen aumentos permanentes de recaudación, el gasto computable podrá aumentar «en la cuantía equivalente», en los ejercicios en que se obtengan esos ingresos. Si los cambios normativos reducen la recaudación, el límite deberá disminuir en la cuantía correspondiente.

Por tanto, no todo incremento necesita una subida de impuestos: puede caber en el margen ordinario o compensarse con ahorros en otras partidas. Pero una recaudación superior a la prevista no amplía automáticamente ese margen: el artículo 12.5 dispone que esos ingresos se destinen íntegramente a reducir deuda pública.

3. Cumplir también la senda europea

El marco europeo, reformado en 2024, supervisa el gasto primario neto de medidas de ingresos: una magnitud ajustada que descuenta intereses y otros componentes. España debe respetar la trayectoria del Plan Fiscal y Estructural; para 2026, la tasa comprometida es del 3,5 %.

Las magnitudes nacional y europea no son idénticas, ni se aplican con el mismo alcance: la europea supervisa al conjunto de administraciones. Cumplir una no garantiza cumplir la otra, como ha advertido la AIReF y recoge Demócrata. Los márgenes europeos de desviación tampoco constituyen una autorización general para crear gasto permanente.

4. Preservar la estabilidad y financiar los compromisos futuros

El artículo 135 de la Constitución y la Ley Orgánica 2/2012 obligan a respetar la estabilidad presupuestaria. El aumento debe encajar en los objetivos aplicables de déficit y deuda; las entidades locales deben mantener equilibrio o superávit, y la Seguridad Social tiene su régimen específico.

Además, deben evaluarse las repercusiones presentes y futuras de la medida, incorporarlas a la planificación plurianual y garantizar financiación compatible con los límites fiscales y el pago a proveedores. No basta con aprobar una partida presupuestaria para acreditar esa sostenibilidad.

5. Atender los planes correctivos y las excepciones

Si existen desequilibrios o incumplimientos, el crecimiento debe ajustarse a los planes económico-financieros o de reequilibrio correspondientes. Las excepciones por catástrofes, recesión o emergencia extraordinaria requieren los procedimientos previstos; en el ámbito constitucional, mayoría absoluta del Congreso. Son desviaciones temporales y condicionadas, no una dispensa permanente.

En síntesis: se necesita margen de gasto, financiación sostenible, compatibilidad con ambas reglas y encaje presupuestario plurianual. Tener ingresos extraordinarios o cumplir únicamente el objetivo de déficit no basta.

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¿Cuál es la previsión de crecimiento del PIB de España para 2026 según la AIReF?

Pregunta 1 de 3

¿Qué recomendaciones hace la AIReF al Ministerio de Hacienda y a las administraciones territoriales ante los riesgos de sostenibilidad?

Pregunta 2 de 3

¿A qué se atribuye principalmente la mejora en las expectativas de crecimiento del PIB para 2026 y 2027 según la AIReF?

Pregunta 3 de 3