Baleares suprimirá los impuestos autonómicos a la primera vivienda para menores de 36 años

Baleares eliminará impuestos autonómicos a la primera vivienda de menores de 36 años y ampliará ayudas y bonificaciones fiscales para aliviar la crisis de vivienda.

La presidenta del Govern, Marga Prohens. Javier Fernández - Europa Press

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La presidenta del Govern balear, Marga Prohens, ha comunicado este martes un nuevo paquete de rebajas fiscales que suprime los tributos autonómicos a los jóvenes menores de 36 años en la adquisición de su primera vivienda, además de cambios legales para dirigir a la emergencia habitacional parte de los fondos del Impuesto de Turismo Sostenible (ITS).

El anuncio se ha producido durante su intervención en el Debate de Política General, el último de la legislatura, en el que ha detallado un conjunto de actuaciones para hacer frente a la crisis de acceso a la vivienda en las Islas.

Entre las medidas previstas figura la eliminación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y del de Actos Jurídicos Documentados para la compra de primera vivienda por menores de 36 años, así como una reducción del 50 % de estos tributos para compradores de entre 36 y 40 años.

Asimismo, se plantea una bonificación del 50 % del impuesto de Actos Jurídicos Documentados en los créditos hipotecarios para menores de 36 años y personas con discapacidad. Paralelamente, Prohens ha avanzado una nueva deducción autonómica en el IRPF vinculada a cuentas de ahorro joven destinadas a la adquisición de la primera vivienda.

“Frente a aquellas propuestas que han fracasado donde se han aplicado, frente aquellas propuestas que no van a la raíz del problema y solo pretenden cargar la responsabilidad y la inacción de la administración sobre las espaldas de los pequeños propietarios de estas Islas, generando miedo y causando el efecto contrario al prometido, con la retirada de pisos de alquiler, la paralización de firmas de contrato y el consecuente incremento de los precios para aquellos que buscan una vivienda, este Govern lleva tres años tomando medidas, para poner vivienda asequible para la gente de aquí y para dar ayudas y facilidades a los jóvenes de las Islas”, ha reivindicado.

La jefa del Ejecutivo autonómico ha avanzado que se modificará la normativa para poder dedicar recursos del Impuesto de Turismo Sostenible (ITS) a políticas específicas de vivienda, anuncio que ha sido recibido con aplausos por parte de la bancada de la izquierda.

En el ámbito residencial, Prohens ha detallado también una nueva promoción de 80 viviendas destinadas a profesionales sanitarios en Eivissa y otras 40 para docentes desplazados a Formentera.

La presidenta ha explicado que el Govern está ultimando el Plan Estratégico de Vivienda de las Islas “HabitaIB 4+4”, que integrará 50 medidas ya aprobadas y todas las actuaciones en marcha desde 2023, junto con otras 50 nuevas iniciativas previstas para el periodo 2027-2031. El objetivo es alcanzar a 87.000 ciudadanos, con un impacto estimado de 3.000 millones de euros.

Este plan, que se dará a conocer antes de final de año, incluye nuevas promociones de vivienda pública, líneas de apoyo a la promoción de vivienda protegida, subvenciones para rehabilitar viviendas vacías y destinarlas a alquiler asequible para residentes con al menos cinco años de empadronamiento en las Islas, así como la creación de un registro de solares sin edificar y otro de edificios inacabados u obsoletos para su transformación en viviendas.

Además, se pondrá en marcha un programa piloto de alojamientos para personas mayores en situación de exclusión residencial.

En paralelo, Prohens ha avanzado que se incrementará de 30 a 45 millones de euros la dotación de los avales públicos de la Nueva Hipoteca Joven. También se reforzarán los fondos destinados a las ayudas de 10.000 euros para la compra de vivienda a menores de 40 años, con el fin de que puedan llegar a un mayor número de beneficiarios.

Más bonificaciones fiscales

En el capítulo tributario, la presidenta ha anunciado igualmente que se elevará hasta el 75 % la bonificación en el Impuesto de Sucesiones para las herencias entre hermanos o de tíos a sobrinos, en aquellos supuestos en los que el causante no tenga descendencia directa.

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¿En qué punto se encuentra la tramitación parlamentaria de la supresión de los impuestos autonómicos a la primera vivienda para menores de 36 años en Baleares?

La supresión de los impuestos autonómicos por la compra de la primera vivienda para menores de 36 años todavía no está aprobada ni vigente. A 20 de octubre de 2026, la medida se encuentra en fase de anuncio y preparación normativa: su incorporación está prevista en los Presupuestos autonómicos de 2027, pero no consta en las fuentes consultadas un proyecto parlamentario identificado que haya iniciado su tramitación con esa exención general.

En qué punto está exactamente

La ampliación ha sido anunciada por la presidenta del Govern, Marga Prohens, en el Debate de Política General. El objetivo es extender a los menores de 36 años la eliminación de los tributos autonómicos asociados a la adquisición de su primera vivienda. Así lo recoge Demócrata.

La vía prevista es incorporar la reforma a los Presupuestos de 2027, según la información publicada sobre el anuncio. Por tanto, no debe interpretarse que la medida esté ya pendiente únicamente de una votación final: aún debe concretarse su redacción y trasladarse a un texto normativo que examine el Parlament. La vinculación presupuestaria aparece en esta información sobre los presupuestos.

La distinción es importante: que una medida se anuncie durante un debate parlamentario no equivale a que exista una ley aprobada, ni permite aplicarla automáticamente a las compraventas realizadas desde ese anuncio.

Qué queda por completar

Para que la ampliación produzca efectos, deben completarse los siguientes hitos:

  • Concreción normativa: determinar qué artículos tributarios se modifican, los beneficiarios y las condiciones de acceso.
  • Tramitación parlamentaria: presentar el texto ante el Parlament, examinarlo y resolver las enmiendas que se formulen antes de su aprobación definitiva.
  • Publicación y entrada en vigor: publicar la ley en el BOIB y aplicar la fecha de efectos que establezca.

No consta todavía un calendario cerrado de aprobación de esta ampliación. Tampoco debe darse por supuesto que tendrá efectos retroactivos: esa cuestión, como los límites económicos y los requisitos de residencia, dependerá del texto finalmente aprobado.

Qué beneficios están vigentes mientras tanto

La propuesta no parte de cero. El régimen existente distingue por edades y ya contiene ventajas para la primera vivienda habitual. La comunicación oficial del Govern sobre las medidas que entraron en vigor el 14 de junio de 2026 recoge:

  • ITP —transmisiones patrimoniales—: bonificación del 100 % para menores de 30 años y del 50 % para menores de 36 años, en los supuestos y con los requisitos establecidos.
  • AJD —actos jurídicos documentados—: bonificación del 100 % para menores de 30 años que adquieran su primera vivienda habitual y tipo reducido del 0,5 % para menores de 36 años.
  • Límites de precio: el umbral para acceder a las bonificaciones se elevó a 331.859,70 euros en Mallorca y Menorca; en Ibiza y Formentera se había situado en 378.212 euros.

Estas mejoras ya vigentes son distintas de la nueva eliminación anunciada para todo el colectivo menor de 36 años. En particular, una persona de entre 30 y 35 años no puede considerar que el anuncio le concede ya una bonificación total.

En conclusión: la ampliación está pendiente de convertirse en una reforma legislativa aprobada y publicada. Mientras eso no ocurra, se aplican los beneficios actuales, no la supresión general anunciada para menores de 36 años.

¿Cuáles son las competencias y funciones de la presidenta del Govern balear según el Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares?

La presidenta del Govern balear ejerce la dirección del Gobierno autonómico, la más alta representación de las Illes Balears y la representación ordinaria del Estado en las islas. El núcleo de sus atribuciones se encuentra en el artículo 56 del Estatuto de Autonomía, que debe leerse junto con las reglas sobre disolución del Parlamento y las funciones del Govern como órgano colegiado.

Dirección del Govern y representación institucional

El artículo 56.1 del Estatuto de Autonomía establece que la Presidencia «nombra y separa a los miembros que han de formar el Gobierno, dirige y coordina su acción». De esta disposición derivan tres atribuciones fundamentales:

  • Formar el equipo de gobierno: nombrar y cesar a sus integrantes.
  • Dirigir y coordinar su actuación: conducir la acción gubernamental y asegurar la coordinación entre sus miembros.
  • Ejercer la representación institucional: ostentar la más alta representación de la comunidad autónoma y la representación ordinaria del Estado en las Illes Balears.

Además, el artículo 56.2 permite delegar temporalmente funciones ejecutivas y de coordinación en alguno de los miembros del Govern. Esta posibilidad se refiere expresamente a esas funciones, no a una transferencia general del cargo.

Relación con el Parlamento

La presidenta puede plantear una cuestión de confianza sobre su programa o sobre una declaración de política general, previa deliberación del Consejo de Gobierno. Conforme al artículo 56.3, el Parlamento la concede por mayoría simple. Si la deniega, la presidenta debe presentar su dimisión y la Presidencia del Parlamento debe convocar, en un máximo de quince días, el pleno para elegir a quien la sustituya.

También puede disolver anticipadamente el Parlamento, previa deliberación del Consejo de Gobierno y bajo su exclusiva responsabilidad. Los artículos 55 y 56.6 disponen que la decisión se adopta mediante decreto, que debe convocar las elecciones y fijar su fecha.

Esta facultad tiene límites: no puede ejercerse mientras se tramite una moción de censura ni antes de que transcurra un año desde la anterior disolución, salvo la excepción del artículo 54.5 relativa a una investidura sin resultado.

Responsabilidad y continuidad institucional

La presidenta responde políticamente ante el Parlamento. Los artículos 56.4 y 56.5 permiten exigir esa responsabilidad mediante una moción de censura aprobada por mayoría absoluta, presentada por al menos el 15 % de los diputados e incluyendo una candidatura alternativa. Su aprobación provoca el cese de la presidenta y de su Gobierno.

En caso de ausencia o enfermedad, el artículo 56.9 separa dos funciones: la representación de las Illes Balears corresponde a la Presidencia del Parlamento; la presidencia interina del Govern, a uno de sus miembros designado por la presidenta. El artículo 56.10 le impide ejercer otro cargo público en el ámbito balear.

Qué corresponde al Govern, no exclusivamente a la presidenta

Es importante distinguir las atribuciones presidenciales de las competencias colectivas. Según los artículos 57 y 58, el Govern como órgano colegiado ejerce las funciones ejecutivas y administrativas, dirige la política general, ejerce la potestad reglamentaria y elabora los presupuestos, cuya aprobación corresponde al Parlamento. Debe respetar las competencias propias o transferidas a los consejos insulares.

Finalmente, el artículo 56.8 remite a una ley parlamentaria aprobada por mayoría absoluta la regulación de otras atribuciones presidenciales. La responsabilidad penal y civil se regula en el artículo 56.7, reformado en 2022 para suprimir el aforamiento, mediante la Ley Orgánica 1/2022.

¿Qué requisitos legales deben cumplirse actualmente para acceder a bonificaciones fiscales en la compra de vivienda en otras comunidades autónomas?

Para acceder a beneficios fiscales al comprar vivienda, debes cumplir los requisitos del impuesto y de la comunidad autónoma aplicables a la operación: no existe una bonificación única para toda España. Además, conviene distinguir entre bonificaciones, tipos reducidos y deducciones en el IRPF, porque sus condiciones no son intercambiables. Las normas consultadas permiten identificar los principales requisitos, pero no ofrecer un cuadro completo de porcentajes y límites vigentes en todas las comunidades a 20 de octubre de 2026.

1. Identificar el beneficio concreto

La primera comprobación es qué ventaja fiscal corresponde a la compra: un tipo reducido en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), un beneficio en Actos Jurídicos Documentados (AJD) o una deducción autonómica en la declaración de la renta. Cumplir las condiciones de uno no significa cumplir automáticamente las de los demás.

Si con «otras comunidades» te refieres a comprar fuera de donde resides, tampoco debe confundirse la ubicación del inmueble con el cumplimiento del requisito de vivienda habitual. Una compra destinada a segunda residencia o inversión no puede tratarse, sin más, como adquisición de residencia habitual.

2. Cumplir el destino exigido a la vivienda

El uso como vivienda habitual es un requisito central en distintos beneficios autonómicos. Por ejemplo, el Decreto Legislativo 1/2011 de Galicia remite expresamente a la normativa del IRPF para definir vivienda habitual, adquisición y reinversión. Por tanto, no basta con denominarla así en la escritura: debe ajustarse al concepto legal aplicable. Puede consultarse el texto refundido gallego.

No hay que trasladar automáticamente las ventajas para vivienda habitual a una vivienda destinada al alquiler. Tampoco debe darse por supuesto que el empadronamiento, por sí solo, acredita todos los requisitos de residencia o mantenimiento exigibles.

3. Acreditar las circunstancias personales
  • Edad: los beneficios para jóvenes requieren ajustarse al límite establecido en cada disposición. No existe una edad uniforme que sirva para todas las comunidades y todos los impuestos.
  • Familia numerosa: debe acreditarse formalmente. En Galicia, la norma consultada exige el título oficial en vigor en el momento de presentar la declaración del impuesto.
  • Discapacidad: importa tanto el grado exigido para el beneficio concreto como su acreditación. Galicia contempla certificado o resolución del órgano competente y determinadas situaciones legalmente equiparadas; no basta una manifestación del comprador.
4. Respetar los límites económicos y las condiciones del inmueble

También deben comprobarse los límites de renta y, cuando la disposición los contemple, de patrimonio o valor de la vivienda. Es especialmente importante distinguir entre ingresos, base imponible y base liquidable: no son magnitudes equivalentes.

Como ejemplo, la Ley 5/2021 de Andalucía regula deducciones por inversión en vivienda habitual protegida y para jóvenes vinculadas a límites de las bases imponibles general y del ahorro. Este ejemplo muestra por qué no debe trasladarse el límite de una deducción del IRPF a un beneficio del ITP.

Si la ventaja depende de que sea vivienda protegida, debe cumplir esa calificación legal: un precio reducido no equivale a protección oficial.

5. Comprobar documentación y obligaciones posteriores

Antes de aplicar el beneficio, revisa la escritura, la declaración tributaria, los justificantes económicos y los títulos o certificados correspondientes. Asimismo, comprueba si exige ocupar la vivienda, mantener su destino durante un plazo o cumplir condiciones adicionales cuando existen varios compradores.

Para determinar tu derecho concreto, hacen falta la comunidad donde comprarás, la fecha prevista, el precio, tu edad, tus circunstancias familiares y si será vivienda habitual. Sin esos datos, los requisitos anteriores orientan la comprobación, pero no acreditan por sí solos el acceso a una bonificación determinada.

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¿Qué impuestos autonómicos serán suprimidos en Baleares para menores de 36 años que adquieran su primera vivienda?

Pregunta 1 de 3

¿Qué porcentaje de reducción aplicará el Govern balear a los impuestos autonómicos para compradores de primera vivienda entre 36 y 40 años?

Pregunta 2 de 3

¿Cuál es el objetivo estimado en número de ciudadanos que pretende alcanzar el Plan Estratégico de Vivienda 'HabitaIB 4+4'?

Pregunta 3 de 3