El Gobierno fija un techo de gasto récord de 226.032 millones para los Presupuestos de 2027

El límite de gasto no financiero crece un 6,6% respecto al gasto nacional del ejercicio anterior

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(I-D) El ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, y el ministro de Hacienda, Arcadi España, durante una rueda de prensa tras el Consejo de Ministros, a 7 de julio de 2026, en Madrid  | Marta Fernández / Europa Press

(I-D) El ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, y el ministro de Hacienda, Arcadi España, durante una rueda de prensa tras el Consejo de Ministros, a 7 de julio de 2026, en Madrid | Marta Fernández / Europa Press

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Los Presupuestos de 2027 que prepara el Gobierno tendrán un techo de gasto récord, 226.032 millones de euros, lo que implica un aumento del 6,6% frente al gasto nacional del ejercicio anterior.

Ese es el límite de gasto no financiero aprobado este martes por el Consejo de Ministros, junto a la senda de estabilidad presupuestaria para los próximos tres ejercicios con los objetivos de déficit y deuda para los diferentes niveles de la Administración.

El acuerdo está considerado un prolegómeno de la tramitación presupuestaria, ya que el Congreso vota unos meses antes estos objetivos, que establecen el marco fiscal en el que se encuadrarán las cuentas.

“Damos un paso fundamental en el camino para aprobar las cuentas públicas del próximo año, unos Presupuestos de 2027 que vamos a presentar y que serán ambiciosos en lo social y responsables en lo fiscal”, afirnó el ministro de Hacienda, Arcadi España, durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

España informará a la Congreso del techo de gasto el próximo 14 de julio, día en el que se votarán los objetivos de estabilidad. El Ejecutivo no cuenta con votos suficientes para sacar adelante la senda. De ser rechazada, la Cámara tiene agendado otra sesión plenaria para volver a votarla el día 23 de julio.

Senda de estabilidad 2027-2029

La senda de consolidación planteada por el Gobierno establece que el déficit del conjunto de las Administraciones Públicas se sitúe en el 1,8% del PIB en 2027, en el 1,6% en 2028 y en el 1,5% en 2029. Dentro de este marco, la Administración Central asumirá la mayor parte del desfase, con objetivos del 1,5%, 1,4% y 1,3% para el periodo 2027-2029.

Sin embargo, el ministro de Hacienda aclaró que gran parte de este desfase se lo lleva la transferencia de recursos a la Seguridad Social, por valor de 23.000 millones de euros.

Esta transferencia supondrá 1,5 puntos de PIB. Otro punto adicional supone el rediseño del impuesto a la banca y la transferencia de recursos a las comunidades autónomas. Sin esos dos factores, aseguró España, el objetivo de la Administración central se quedaría en 0,2% del PIB.

CCAA y ayuntamientos

En paralelo, en la reunión del Consejo de Política Fiscal y Financiera se aprobó —con el voto en contra de los consejeros del PP— que las comunidades autónomas dispongan de un objetivo de déficit del 0,1% para cada uno de los tres años, lo que se traduce en un margen fiscal de 5.849 millones.

Aunque se ha fijado ese 0,1% del PIB para el conjunto de las autonomías, el Ministerio de Hacienda ha mostrado disposición a negociar un reparto asimétrico del déficit en función de la situación fiscal concreta de cada territorio.

Para el subsector de las entidades locales, Hacienda ha determinado que los ayuntamientos deberán alcanzar el equilibrio presupuestario en los tres ejercicios considerados. Por su parte, la Seguridad Social tendrá un objetivo de déficit del 0,2% del PIB en 2027 y del 0,1% en 2028 y 2029.

 

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¿En qué fase de tramitación parlamentaria se encuentran los Presupuestos Generales del Estado para 2027 y cuáles son los próximos pasos necesarios para su aprobación?

En este momento no consta registrado en las Cortes Generales ningún Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado (PGE) para 2027, por lo que, estrictamente, la tramitación parlamentaria de esos Presupuestos aún no ha comenzado. Solo se han detectado acuerdos del Gobierno y decisiones de gasto plurianual que afectan a 2026‑2027, pero no el envío del proyecto de PGE 2027 al Congreso. Por tanto, los Presupuestos de 2027 se encuentran en una fase pre‑parlamentaria o preparatoria dentro del Ejecutivo, pendiente de que el Consejo de Ministros apruebe el anteproyecto y lo remita a la Cámara Baja.

1. Situación actual de los PGE 2027

En la información consultada no aparece ningún expediente identificado como “Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2027” en el Congreso ni en el Senado. Sí hay referencias a:

  • Normas y acuerdos derivados de Presupuestos anteriores (por ejemplo, el reglamento del régimen fiscal especial de Illes Balears ligado a los PGE 2023, publicado como Real Decreto 710/2024 en el BOE: BOE 24/07/2024).
  • Consultas y audiencias públicas sobre desarrollos reglamentarios en Hacienda, accesibles en las páginas de consultas abiertas y audiencias abiertas, que muestran actividad normativa, pero no la tramitación del proyecto de Presupuestos 2027.
  • Acuerdos del Consejo de Ministros que permiten compromisos de gasto con repercusión en 2026 y 2027, como los recogidos en las referencias oficiales de Moncloa de 30 de septiembre de 2025 y 23 de junio de 2026: referencia 30/09/2025 y referencia 23/06/2026.

Estos acuerdos muestran que el Gobierno está autorizando determinados compromisos de gasto para ejercicios futuros, incluido 2027, pero eso no equivale a la existencia de un Proyecto de Ley de PGE 2027 en trámite. A fecha actual, por tanto, el estado parlamentario de los Presupuestos 2027 es: no iniciado.

2. Próximos pasos para que empiece la tramitación

Para que los Presupuestos de 2027 entren efectivamente en fase parlamentaria deben producirse, en síntesis, estos pasos dentro del Ejecutivo:

  • Elaboración del anteproyecto en el Ministerio de Hacienda, coordinando las propuestas de gasto e ingreso de todos los ministerios.
  • Aprobación del anteproyecto por el Consejo de Ministros, que lo convierte en Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado.
  • Remisión del Proyecto de Ley al Congreso de los Diputados, junto con la documentación económica (memorias, cuadros macroeconómicos, etc.).

Solo cuando el proyecto se registre en el Congreso se abrirá la tramitación parlamentaria propiamente dicha.

3. Tramitación parlamentaria ordinaria de los Presupuestos

Una vez el Gobierno remita el Proyecto de Ley de PGE (en este caso, el de 2027), el procedimiento sigue el cauce especial de una ley de Presupuestos, que en lo esencial es el de cualquier proyecto de ley, pero con plazos y requisitos reforzados:

3.1. Fase en el Congreso de los Diputados
  • Calificación y admisión a trámite por la Mesa del Congreso y publicación en el Boletín de la Cámara.
  • Apertura de plazo de enmiendas: los grupos pueden presentar:
    • Enmiendas a la totalidad, de devolución del proyecto al Gobierno.
    • Enmiendas parciales a secciones, programas o artículos concretos.
  • Debate de totalidad en Pleno: si prospera una enmienda a la totalidad, el proyecto se devuelve y la tramitación termina; si se rechazan, el texto continúa.
  • Trabajo en Ponencia y Comisión: se examinan y votan las enmiendas parciales y se elabora un dictamen.
  • Debate y votación en Pleno del dictamen y de las enmiendas que sigan “vivas”. El resultado es el texto aprobado por el Congreso, sección por sección y en su conjunto.
3.2. Fase en el Senado
  • Recepción del texto del Congreso y apertura de plazo de enmiendas y posibles vetos.
  • Debate en Comisión y Pleno del Senado: la Cámara Alta puede:
    • Aprobar el texto sin cambios.
    • Aprobar enmiendas parciales.
    • Aprobar un veto (rechazo global).
3.3. Vuelta al Congreso y aprobación definitiva
  • Si el Senado no introduce cambios, la Ley de PGE se entiende definitivamente aprobada.
  • Si hay enmiendas del Senado, el Congreso decide si las acepta o las rechaza en nueva votación.
  • Si hay veto, el Congreso puede levantarlo:
    • Por mayoría absoluta de diputados en una primera votación.
    • O, transcurrido un plazo, por mayoría simple.
  • El texto final se remite al Rey para su sanción y promulgación y se publica en el BOE.

4. Qué ocurriría si no se aprueban los PGE 2027 a tiempo

Si llegado el inicio de 2027 no hubiera Ley de Presupuestos aprobada, la Constitución prevé la prórroga automática de los Presupuestos del ejercicio anterior, hasta la aprobación de los nuevos. En ese contexto suelen proliferar iniciativas políticas alternativas (por ejemplo, proposiciones de ley para paliar la falta de nuevas cuentas o acuerdos específicos de gasto), pero ninguna de ellas sustituye al procedimiento formal descrito para los PGE.

¿En qué momento suele aprobar el Gobierno el anteproyecto de Presupuestos Generales del Estado y remitirlo al Congreso cada año? ¿Qué mayorías concretas necesita el Congreso para levantar un eventual veto del Senado a los Presupuestos Generales del Estado? ¿Qué implicaciones prácticas tiene la prórroga de los Presupuestos del año anterior si no se aprueban los de 2027 a tiempo?

¿Cuáles son las competencias y funciones del ministro de Hacienda según la legislación española y cuál ha sido la trayectoria política de Arcadi España?

El ministro de Hacienda es, según la normativa orgánica vigente, el responsable de proponer y ejecutar la política del Gobierno en materia de hacienda pública, presupuestos y gasto, y de dictar las medidas necesarias para organizar y dirigir su departamento. Arcadi España García, actual titular de la cartera desde marzo de 2026, llega a este puesto tras una larga trayectoria en el PSPV‑PSOE y en la Generalitat Valenciana, y tras haber sido secretario de Estado de Política Territorial en el Gobierno de España. Su perfil combina experiencia técnica en economía con un papel político muy centrado en la financiación autonómica y la negociación territorial.

Competencias y funciones del ministro de Hacienda

Marco normativo básico

La estructura del Ministerio de Hacienda y, con ello, el marco funcional de su titular se define a partir del Real Decreto 2/2020, que reestructura los departamentos ministeriales, del Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, sobre estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, y de su desarrollo específico para Hacienda (Real Decreto 689/2020, de 21 de julio, y su modificación por el Real Decreto 1182/2020, de 29 de diciembre). Este último se puede consultar en el BOE.

En el preámbulo del Real Decreto 1182/2020 se recuerda que el Real Decreto 2/2020 “creó el Ministerio de Hacienda como Departamento encargado de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de hacienda pública, de presupuestos y de gastos, además del resto de competencias y atribuciones que le confiere el ordenamiento jurídico”. Posteriormente, el Real Decreto 206/2024, de 27 de febrero, desarrolla la nueva estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda, sustituyendo parcialmente el esquema anterior, según la propia referencia del BOE para esa fecha ([enlace]).

Funciones del titular del departamento

Aunque el detalle de la organización interna se reparte entre la Secretaría de Estado de Presupuestos y los distintos órganos directivos, las funciones políticas y de alta dirección del ministro se extraen de estos reales decretos:

  • Propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de hacienda pública, lo que abarca ingresos y gasto, así como la definición y seguimiento de la política presupuestaria del Estado.
  • Dirección del Ministerio de Hacienda, coordinando la actuación de las Secretarías de Estado, Subsecretarías y Direcciones Generales que dependen del departamento, de acuerdo con la estructura fijada en la normativa orgánica.
  • Gestión de fondos europeos y control presupuestario: el Real Decreto 1182/2020 detalla cómo, en el marco de Hacienda, se reorganizó la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos para crear la Secretaría General de Fondos Europeos, reforzando la interlocución con las instituciones de la UE y el control de estos recursos.
  • Supervisión de las Delegaciones de Economía y Hacienda: el mismo real decreto actualizó las funciones de estas delegaciones territoriales y atribuyó a su persona titular la representación general del Ministerio de Hacienda en cada demarcación, nombramiento que corresponde a la persona titular del Ministerio.
  • Desarrollo y ejecución de la normativa orgánica: la disposición final primera del Real Decreto 1182/2020 autoriza expresamente a la persona titular del Ministerio de Hacienda a adoptar “las medidas necesarias para el desarrollo y ejecución” de ese real decreto.

Todo ello se integra en el marco general de la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público, que establece la jefatura de los departamentos ministeriales, si bien las fuentes consultadas no aportan más detalle específico para Hacienda. No se dispone de más información en las fuentes consultadas sobre otras competencias singulares que pudiera atribuir al ministro el Real Decreto 206/2024.

Trayectoria política de Arcadi España

Origen y militancia

Arcadi España García (Carcaixent, 1974) es economista, militante del PSOE y del PSPV‑PSOE, e integra la Comisión Ejecutiva Federal del partido, según su ficha en la organización socialista (perfil en el PSOE). La biografía oficial del Gobierno lo presenta como licenciado en Ciencias Económicas y Empresariales y máster en Dirección y Gestión Pública (biografía en La Moncloa).

Etapa en la Generalitat Valenciana

Su carrera política se consolida en la Generalitat con los gobiernos del Botànic encabezados por Ximo Puig. Según el periódico Demócrata, fue primero director del Gabinete del President, uno de los hombres de máxima confianza de Puig, y posteriormente conseller de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad y, más tarde, conseller de Hacienda y Modelo Económico (análisis de Demócrata).

Demócrata subraya que su etapa al frente de Hacienda en la Generalitat estuvo marcada por la denuncia de la infrafinanciación de la Comunitat Valenciana y por la reivindicación de una reforma del modelo de financiación autonómica. Otros artículos del mismo medio recuerdan que fue uno de los principales apoyos políticos de Ximo Puig dentro del Consell y en el PSPV (crónica del cambio de gobierno).

Responsabilidades en el Gobierno de España

En la Administración General del Estado, su biografía oficial recoge que trabajó como asesor parlamentario en el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y como director del Gabinete del secretario de Estado de Asuntos Constitucionales y Parlamentarios en el Ministerio de la Presidencia (biografía en La Moncloa). Posteriormente, fue nombrado secretario de Estado de Política Territorial en diciembre de 2023, cargo desde el que gestionó, entre otros asuntos, la respuesta a la DANA que afectó a la Comunitat Valenciana en 2024, según distintas crónicas políticas.

Desde marzo de 2026, Arcadi España es ministro de Hacienda, en sustitución de María Jesús Montero. El nombramiento fue enmarcado por Demócrata como un giro de Pedro Sánchez hacia un perfil técnico y dialogante en el tramo final de la legislatura (crónica de Demócrata) y acompañado de un amplio apoyo del PSPV y de los actores económicos valencianos (reacción del PSPV, reacciones empresariales).

Ya como ministro, su agenda política aparece definida por la reforma de la financiación autonómica y la condonación parcial de la deuda de las comunidades. En la nota de prensa del Ministerio de Hacienda sobre su reunión con el president valenciano Juanfran Pérez Llorca, España defiende que la ciudadanía valenciana “merece” y “necesita” la aprobación de la reforma del modelo y de la quita de deuda planteadas por el Gobierno (nota de Hacienda). Otras notas del Ministerio de Política Territorial confirman que dejó la Secretaría de Estado de Política Territorial al ser nombrado ministro (nota del Ministerio de Política Territorial).

En sede parlamentaria, el Congreso ha anunciado su comparecencia en la Comisión de Hacienda y Función Pública para explicar las líneas generales de la política de su departamento, tal y como recoge una nota de prensa de la propia Cámara (nota del Congreso).

¿Qué cambios organizativos introduce exactamente el Real Decreto 206/2024 en la estructura del Ministerio de Hacienda? ¿Cuál ha sido la posición de Arcadi España en el debate sobre la reforma de la financiación autonómica y la deuda valenciana? ¿Qué comparecencias y debates parlamentarios relevantes ha tenido Arcadi España desde que es ministro de Hacienda?

¿Qué leyes y normativa regulan la fijación del techo de gasto y la senda de estabilidad presupuestaria en España?

El techo de gasto y la senda de estabilidad y deuda se apoyan en un marco jurídico escalonado: la Constitución (artículo 135), la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria (LOEPSF), las leyes que crean y regulan la AIReF, y un conjunto de reales decretos y leyes anuales de Presupuestos que concretan cada año el límite de gasto y los objetivos. La fijación formal del límite de gasto no financiero y de los objetivos de estabilidad y deuda se articula en la Ley Orgánica 2/2012, que establece el procedimiento Gobierno–Consejo de Política Fiscal y Financiera–Cortes Generales. La supervisión técnica y el seguimiento recaen sobre la AIReF y el Ministerio de Hacienda, con mecanismos preventivos, correctivos y coercitivos para garantizar el cumplimiento de la senda.

1. Marco constitucional y europeo

1.1. Constitución Española (art. 135)

La base máxima está en la reforma del artículo 135 de la Constitución, aprobada por la Reforma del artículo 135 de la Constitución Española (27‑09‑2011). Este precepto:

  • Consagra el principio de estabilidad presupuestaria para todas las Administraciones Públicas.
  • Limita el déficit estructural del Estado y las CCAA a los márgenes de la UE y exige equilibrio a las entidades locales.
  • Fija un límite al volumen de deuda pública del conjunto de las AAPP vinculado al valor de referencia europeo.
  • Ordena que una ley orgánica desarrolle la distribución de límites de déficit y deuda, la metodología de cálculo y la responsabilidad por incumplimientos.
1.2. Tratado de Estabilidad y su ratificación

El encaje europeo se completa con:

2. Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria (LOEPSF)

2.1. Norma básica

La pieza central es la Ley Orgánica 2/2012, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, modificada por varias leyes orgánicas posteriores (entre ellas la Ley Orgánica 4/2012, la Ley Orgánica 9/2013, la Ley Orgánica 6/2013 y la Ley Orgánica 1/2016). Esta ley:

  • Define los objetivos de estabilidad presupuestaria, de deuda pública y la regla de gasto.
  • Configura el marco a medio plazo y la obligación de todas las AAPP de ajustarse a esos objetivos.
2.2. Fijación de la senda y del techo de gasto

El artículo 15 de la LOEPSF (según el texto consultado) regula el momento clave:

  • En el primer semestre de cada año, el Gobierno, por acuerdo del Consejo de Ministros y a propuesta de Hacienda, fija los objetivos de estabilidad y de deuda pública para los tres ejercicios siguientes, para el conjunto de AAPP y para cada subsector.
  • Previamente se recaba informe del Consejo de Política Fiscal y Financiera (CCAA) y de la Comisión Nacional de Administración Local.
  • Ese mismo acuerdo “incluirá el límite de gasto no financiero del Presupuesto del Estado”, es decir, el techo de gasto.
  • El acuerdo se remite a las Cortes Generales; Congreso y Senado lo aprueban o rechazan en Pleno. Si hay discrepancia, decide finalmente el Congreso por mayoría simple.

Una vez aprobados por las Cortes, la elaboración de los Presupuestos de todas las AAPP debe acomodarse a estos objetivos y al límite de gasto no financiero.

2.3. Seguimiento, revisión y medidas

Otros preceptos de la LOEPSF desarrollan el seguimiento de la senda y las consecuencias del incumplimiento:

  • Artículos 17 y ss.: informes periódicos sobre grado de cumplimiento de los objetivos de estabilidad, deuda y regla de gasto, remitidos al Gobierno, al CPFF y a la CNAL.
  • Artículos 18 a 22: medidas preventivas, correctivas y coercitivas, incluyendo planes económico‑financieros y de reequilibrio, que fijan la senda de retorno al objetivo y se aprueban con participación de CPFF y Cortes.
  • Artículos 23 y 24: seguimiento trimestral de estos planes y posibles medidas adicionales si persisten las desviaciones, con especial énfasis en el periodo medio de pago.

3. AIReF y normativa de desarrollo

3.1. Creación de la AIReF

La función técnica de evaluación recae en la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF), creada por la Ley Orgánica 6/2013. Esta ley, complementaria de la LOEPSF, atribuye a la AIReF:

  • La evaluación continua del ciclo presupuestario, del endeudamiento y de las previsiones económicas.
  • Informes sobre previsiones macroeconómicas, Programa de Estabilidad, proyectos de presupuestos y cumplimiento de los objetivos de estabilidad, deuda y regla de gasto.

Su organización se desarrolla en el Real Decreto 215/2014, modificado por el Real Decreto 793/2021, que detalla los informes sobre objetivos individuales de CCAA, planes económico‑financieros y ejecución presupuestaria.

3.2. Previsiones macro y presupuestarias

El encaje técnico de las previsiones que sustentan el techo de gasto y la senda está en el Real Decreto 337/2018, sobre requisitos aplicables a las previsiones macroeconómicas y presupuestarias. Este real decreto, dictado “de conformidad” con la LOEPSF, regula:

  • Los principios de elaboración de las previsiones (escenario más probable o prudente, comparación con la Comisión Europea y otros organismos independientes).
  • La evaluación ex post de la calidad de dichas previsiones, clave para valorar la realismo de la senda de estabilidad.

4. Leyes de Presupuestos Generales del Estado

Cada año, la Ley de Presupuestos Generales del Estado concreta la aplicación de este marco, partiendo del techo de gasto aprobado. Entre otras, pueden citarse la Ley 31/2022, de Presupuestos 2023, la Ley 22/2021, de Presupuestos 2022 o la Ley 11/2020, de Presupuestos 2021. Estas normas no fijan el marco general, pero desarrollan las previsiones de ingresos y gastos coherentes con el límite de gasto no financiero y la senda de estabilidad aprobados conforme a la LOEPSF.

¿Cómo se tramita políticamente en las Cortes la aprobación o el rechazo del techo de gasto y qué mayorías se exigen? ¿Qué papel concreto juega el Consejo de Política Fiscal y Financiera en la fijación de los objetivos individuales de estabilidad y deuda de cada comunidad autónoma? ¿Qué informes emite la AIReF sobre el techo de gasto y la senda de estabilidad y con qué efectos políticos y jurídicos?

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¿Cuál es el techo de gasto aprobado por el Gobierno para los Presupuestos de 2027?

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¿Qué objetivo de déficit se ha fijado para las comunidades autónomas en los ejercicios 2027-2029?

Pregunta 2 de 3

¿En qué fecha está previsto que el Congreso vote los objetivos de estabilidad presupuestaria para 2027?

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