Precio de la luz hoy, domingo 30 de agosto: la hora más barata cae a 0,011 euros

El precio de la luz hoy, domingo 30 de agosto, tiene una media de 0,13208 euros/kWh en la tarifa regulada PVPC. La gran oportunidad estará entre las 10.00 y las 11.00 horas, cuando el precio cae hasta 0,01134 euros/kWh; la peor llegará entre las 21.00 y las 22.00, con 0,24425 euros/kWh

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Factura de la luz | Eduardo Parra / Europa Press

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El precio de la luz ofrece este domingo una diferencia enorme dependiendo de cuándo se consuma.

Los consumidores acogidos al PVPC pagarán una media de 0,13208 euros por kilovatio hora. La electricidad será algo más cara de media que el sábado, pero durante buena parte de las horas centrales del día los precios se hunden.

La hora más barata para poner la lavadora

La mejor hora será de 10.00 a 11.00.

El PVPC baja entonces hasta los 0,01134 €/kWh.

También son especialmente favorables las horas inmediatamente posteriores:

•⁠  ⁠10.00-11.00: 0,01134 €/kWh.
•⁠  ⁠13.00-14.00: 0,01751 €/kWh.
•⁠  ⁠14.00-15.00: 0,01702 €/kWh.
•⁠  ⁠17.00-18.00: 0,02041 €/kWh.
•⁠  ⁠18.00-19.00: 0,02199 €/kWh. 

El gran tramo para concentrar lavadora, lavavajillas, cocina eléctrica o carga del vehículo será aproximadamente entre las 10.00 y las 19.00 horas.

Cuidado a partir de las 20.00

La curva cambia radicalmente al final de la tarde.

Entre las 19.00 y las 20.00 el precio salta hasta 0,14681 €/kWh. De 20.00 a 21.00 alcanza 0,23990 y de 21.00 a 22.00 marca el máximo del día: *0,24425 €/kWh*.

Eso significa que utilizar un aparato durante la hora más cara puede costar más de 21 veces el componente energético de hacerlo durante la hora más barata.

Precio de la luz hoy hora a hora

00.00-01.00: 0,22983 €/kWh
01.00-02.00: 0,22559 €/kWh
02.00-03.00: 0,21869 €/kWh
03.00-04.00: 0,21262 €/kWh
04.00-05.00: 0,20955 €/kWh
05.00-06.00: 0,20888 €/kWh
06.00-07.00: 0,21069 €/kWh
07.00-08.00: 0,22707 €/kWh
08.00-09.00: 0,15846 €/kWh
09.00-10.00: 0,02435 €/kWh
10.00-11.00: 0,01134 €/kWh
11.00-12.00: 0,01920 €/kWh
12.00-13.00: 0,01896 €/kWh
13.00-14.00: 0,01751 €/kWh
14.00-15.00: 0,01702 €/kWh
15.00-16.00: 0,02051 €/kWh
16.00-17.00: 0,02092 €/kWh
17.00-18.00: 0,02041 €/kWh
18.00-19.00: 0,02199 €/kWh
19.00-20.00: 0,14681 €/kWh
20.00-21.00: 0,23990 €/kWh
21.00-22.00: 0,24425 €/kWh
22.00-23.00: 0,22888 €/kWh
23.00-00.00: 0,21645 €/kWh. 

El mercado mayorista también deja precios negativos

El mercado diario gestionado por OMIE registra para España este domingo una media de 100,98 euros/MWh, con un máximo de 212,82 y un mínimo de *-1,05 euros/MWh*. 

Ese precio mayorista no es el que aparece directamente en la factura de un consumidor acogido al PVPC. El precio regulado incorpora otros componentes y desde 2024 combina además mercado diario y referencias de futuros para reducir la volatilidad.

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¿Cuáles son los requisitos para acogerse al PVPC en España?

El Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC) es la tarifa eléctrica regulada por el Gobierno. No está disponible para cualquiera: la normativa (principalmente el Real Decreto 216/2014 y el Real Decreto 897/2017, modificados por normas posteriores) fija un conjunto de requisitos sobre el tipo de cliente, el punto de suministro y la forma de contratación.

1. Quién puede acogerse al PVPC

Solo pueden contratar PVPC los consumidores domésticos personas físicas que:

  • Sean titulares de un punto de suministro de electricidad destinado a su vivienda habitual.
  • Tengan contratada una potencia igual o inferior a 10 kW en ese punto de suministro.
  • Estén conectados en baja tensión (es el caso de los hogares ordinarios).
  • Contraten el suministro con una de las Comercializadoras de Referencia (COR) designadas por el Gobierno.

Las personas jurídicas (empresas, comunidades de bienes, asociaciones, etc.) y los suministros que no sean vivienda habitual quedan, con carácter general, fuera del PVPC y deben acudir al mercado libre.

2. Condiciones técnicas del punto de suministro

La regulación del PVPC está pensada para los suministros domésticos estándar:

  • Tensión de suministro: baja tensión (la que se utiliza en los hogares). Los suministros industriales en media o alta tensión no pueden acogerse.
  • Potencia máxima: el límite de 10 kW es determinante. Si se supera (por ejemplo, al subir potencia por encima de ese umbral), se pierde el derecho a PVPC y hay que pasar al mercado libre.
  • Ubicación: se trata de la vivienda habitual de la persona titular. Segundas residencias, apartamentos turísticos o locales suelen quedar fuera de las medidas reforzadas (por ejemplo, de protección frente a cortes y, sobre todo, del bono social), aunque puedan estar en PVPC si cumplen el resto de requisitos y la comercializadora lo permite.

3. Contador y telegestión

La normativa sobre facturación en PVPC se apoya en el uso de contadores digitales telegestionados, que permiten:

  • Registrar el consumo real hora a hora.
  • Aplicar los precios horarios del mercado mayorista que utiliza la metodología del PVPC.

En la práctica, para aplicar el PVPC en su forma “pura” es necesario que el punto de suministro disponga de contador integrado en el sistema de telegestión del distribuidor. Si no lo estuviera, se aplican métodos de facturación basados en perfiles estándar, pero el objetivo regulatorio es que todos los suministros domésticos estén ya digitalizados y telegestionados.

4. Obligación de contratar con una Comercializadora de Referencia

El PVPC es una tarifa que solo pueden ofrecer las Comercializadoras de Referencia, que son empresas designadas por el Ministerio competente en energía y que deben cumplir requisitos específicos de solvencia y servicio.

Para pasar a PVPC, el consumidor debe:

  • Solicitar el cambio de comercializadora a una COR.
  • Aportar la documentación habitual (DNI/NIE, CUPS, datos de contacto y bancarios, etc.).
  • En su caso, acreditar que la vivienda es su residencia habitual, especialmente si quiere optar al bono social más adelante.

5. Límites de consumo y bono social

Para estar en PVPC en sí no existe un límite de kWh consumidos: el requisito es de potencia y tipo de cliente. Sin embargo:

  • El bono social solo se puede conceder a quienes ya están acogidos al PVPC y cumplen las condiciones de consumidor vulnerable (niveles de renta, composición familiar, discapacidad, pensionistas con pensión mínima, etc.).
  • Para el bono social sí hay límites de consumo bonificado (kWh/año diferenciados por tipo de hogar), por encima de los cuales la energía se factura al PVPC sin descuento.
  • Existen categorías adicionales de vulnerable severo y personas en riesgo de exclusión social, con condiciones reforzadas de protección frente al corte de suministro y mayores descuentos.

6. Resumen práctico

En términos sencillos, puedes acogerte al PVPC si:

  • Eres persona física.
  • Eres titular del contrato de luz de tu vivienda habitual.
  • La potencia contratada es de 10 kW o menos y el suministro es en baja tensión.
  • Tu contador es digital y telegestionado (o está en proceso de estarlo, según la distribuidora).
  • Contratas la luz con una de las Comercializadoras de Referencia.

Si además cumples los requisitos de renta y situación familiar que definen al consumidor vulnerable, podrás solicitar a esa misma Comercializadora de Referencia la aplicación del bono social sobre tu contrato PVPC.

¿Qué competencias tiene OMIE en la gestión del mercado eléctrico mayorista?

OMIE (Operador del Mercado Ibérico de la Energía – Polo Español) es el operador del mercado eléctrico mayorista en la parte española del MIBEL y, junto con el polo portugués, gestiona el acoplamiento diario e intradiario de los mercados de España y Portugal. Sus competencias se centran en organizar las subastas de energía, casar ofertas y demandas y publicar los precios resultantes, dentro de un marco regulatorio marcado por normas españolas, portuguesas y europeas, y supervisado por la CNMC y el Consejo de Reguladores del MIBEL.

Funciones principales de OMIE en el mercado mayorista

A partir de la documentación oficial y de la CNMC se puede sintetizar el papel de OMIE así:

  • Operador del mercado diario (“pool”): recibe cada día las ofertas de venta de los generadores y las ofertas de compra de las comercializadoras y otros agentes, y realiza la subasta diaria que determina el precio horario de la electricidad para el día siguiente. Este funcionamiento se describe de forma divulgativa en este análisis de Demócrata , donde se explica que OMIE “cruza todas esas ofertas mediante una subasta diaria y determina cuál será el precio de la electricidad para cada una de las veinticuatro horas”.
  • Operador del mercado intradiario: gestiona las subastas y el mercado continuo intradiario, en el que los agentes ajustan sus posiciones a lo largo del día. La resolución de la CNMC sobre procedimientos de operación de control de tensión cita de forma expresa la información que el operador del mercado (OMIE) remite al operador del sistema (REE) con los precios marginales y los programas de intercambio España–Portugal (BOE-A-2025-13076).
  • Publicación de precios y datos del mercado: OMIE tiene la función de publicar los precios horarios y demás resultados de las subastas del mercado mayorista (diario e intradiario), que sirven de referencia tanto para el cálculo del PVPC como para numerosos contratos en el mercado libre. Las noticias diarias de precios de la luz citan sistemáticamente “los datos publicados por el Operador del Mercado Ibérico de la Energía (OMIE)” como referencia estadística.
  • Participación en el acoplamiento europeo de mercados (“market coupling”): la Resolución de la CNMC de 2 de diciembre de 2025 detalla los costes recuperables de OMIE como operador del mercado en el acoplamiento único diario (SDAC) y el intradiario (SIDC), de conformidad con el Reglamento (UE) 2015/1222 (Reglamento CACM). Es decir, OMIE actúa como NEMO (Nominated Electricity Market Operator) para España y Portugal en la integración paneuropea de los mercados spot.
  • Gestión de subastas específicas reguladas: diversas normas recientes atribuyen a OMIE la organización de subastas reguladas, por ejemplo las de cogeneración industrial, “bajo la supervisión de la CNMC”, según recogen las crónicas de Demócrata sobre las nuevas subastas de 1.200 MW para modernizar la cogeneración.

Marco institucional España–Portugal (MIBEL)

El MIBEL (Mercado Ibérico de la Electricidad) se crea por el Acuerdo Internacional entre España y Portugal firmado en Santiago de Compostela en 2004 y modificado en Braga en 2008. Las notas de prensa del Consejo de Reguladores del MIBEL recuerdan que este Acuerdo establece la actuación coordinada de los reguladores en materia de regulación, funcionamiento y supervisión del mercado ibérico de electricidad ( nota de la CNMC sobre el 20º aniversario del MIBEL ).

En este esquema:

  • OMIE es el operador de mercado para el polo español (y, por reparto, para España y Portugal en los acoplamientos europeos).
  • El operador del sistema en España es Red Eléctrica de España (REE), que verifica la viabilidad técnica de los programas energéticos que resultan de las subastas de OMIE.
  • La CNMC (y en Portugal la ERSE) supervisan el correcto funcionamiento del mercado y aprueban la metodología retributiva del operador del mercado, así como los procedimientos de operación que condicionan su actividad.

Marco regulatorio aplicable

Las principales piezas normativas que encuadran las competencias de OMIE son:

  • Circular 10/2021 de la CNMC, sobre aspectos retributivos del operador del mercado eléctrico, que define los costes recuperables de OMIE ligados al SDAC y SIDC y habilita a la CNMC para aprobar su retribución anual ( resolución de 2 de diciembre de 2025 ).
  • Reglamento (UE) 2015/1222 (CACM), citado expresamente en esa resolución, que regula la asignación de capacidad y gestión de congestiones y el papel de los NEMOs en el acoplamiento diario e intradiario.
  • El Acuerdo Internacional MIBEL 2004/2008, que distribuye funciones entre reguladores y sienta las bases para que exista un operador de mercado común para España y Portugal.
  • La Ley 3/2013, de creación de la CNMC, que se invoca como base para notificar a OMIE las resoluciones regulatorias que afectan a sus funciones y retribución.

En resumen, OMIE no fija políticas energéticas ni diseña la regulación, pero sí es la pieza central en la formación de precios mayoristas en España y Portugal, mediante la gestión de las subastas diaria e intradiaria y su integración en el mercado interior europeo. Todo ello se desarrolla bajo la supervisión de la CNMC y del Consejo de Reguladores del MIBEL, conforme al Acuerdo internacional hispano‑portugués y a la normativa europea de mercado interior de la electricidad.

¿Qué otras comunidades autónomas han implementado medidas para reducir la volatilidad del precio de la luz?

Prácticamente todas las comunidades autónomas han puesto en marcha medidas propias para amortiguar el impacto del coste de la electricidad en hogares y pymes, aunque la intensidad y el enfoque varían. Más que “tocar” directamente el precio mayorista, se están centrando en tres vías: ayudas directas a consumidores vulnerables, programas de eficiencia/autoconsumo que estabilizan la factura y proyectos de comunidades energéticas que permiten acceder a energía renovable más barata y predecible.

A partir de la documentación institucional y de las referencias estatales al despliegue territorial de estas políticas, se pueden destacar, entre otras, las siguientes comunidades:

Galicia
  • Bono Enerxía Peme: la Xunta ha convocado de forma recurrente ayudas específicas para pymes y autónomos del sector servicios, financiando hasta el 80 % de inversiones en eficiencia (envolventes, iluminación, instalaciones eléctricas, climatización, sistemas de gestión energética). El objetivo explícito es reducir el consumo y “rebajar la factura eléctrica de pymes y autónomos, aumentando su competitividad” (nota de la Xunta).
  • Descuento ligado a renovables: el presidente gallego ha anunciado que la empresa pública Recursos de Galicia rebajará hasta un 80 % el coste de la electricidad a unos 500 hogares cercanos a su primer parque eólico, como retorno económico directo de la generación renovable sobre la factura de los vecinos afectados (referencia de la Xunta).
  • Comunidades energéticas: Galicia figura entre los territorios con más comunidades energéticas apoyadas por el programa estatal CE Implementa, lo que implica proyectos de autoconsumo compartido que permiten a particulares y pymes acceder a electricidad renovable a precios más estables (MITECO).
Comunitat Valenciana
  • Autoconsumo en comunidades energéticas: el Ivace+i Energía subvenciona hasta el 45 % del coste de instalaciones fotovoltaicas de autoconsumo colectivo en comunidades de energía, con intensidades mayores para pymes y entidades locales. La Generalitat subraya que esto “repercute directamente en la mejora de la competitividad” de las empresas y “ayuda al ahorro en la factura de energía” de los hogares (nota de Ivace+i).
  • Bono social térmico: la Generalitat, a través de Ivace+i, gestiona decenas de millones de euros en ayudas directas del Bono Social Térmico para personas vulnerables, reduciendo su gasto energético global, incluido el eléctrico (DOGV – Bono Social Térmico 2024).
Islas Baleares
  • Autoconsumo compartido para hogares y negocios: el Govern balear, mediante el Instituto Balear de la Energía (IBE), ha abierto convocatorias de autoconsumo fotovoltaico compartido en zonas como Cala Rajada, El Pil·larí o La Ribera. Los hogares pueden suscribirse a 1 kW y las actividades económicas a 2 kW de potencia, pagando una cuota fija anual de 100 €/kW que les da derecho a la energía producida durante al menos un año, prorrogable hasta cuatro años (convocatoria del IBE). Este modelo reduce la exposición de hogares y pymes a los vaivenes del mercado mayorista.
País Vasco (Euskadi)
  • Bono Social Térmico: el Gobierno Vasco ha dotado 14,4 millones de euros en 2026 para el Bono Social Térmico, que llega a más de 63.000 familias vulnerables mediante un pago único destinado a cubrir gastos de calefacción, agua caliente y cocina (nota del Gobierno Vasco). Aunque se centra en usos térmicos, alivia el presupuesto energético total y, de facto, la presión de la factura eléctrica.
Otras comunidades con medidas relevantes
  • Andalucía: regula y gestiona el Bono Social Térmico para cientos de miles de beneficiarios, con ayudas directas que reducen el esfuerzo energético de los hogares vulnerables, complementando el bono social eléctrico estatal.
  • Cataluña, Castilla y León, Aragón, Castilla-La Mancha, Extremadura, Navarra, Madrid, Canarias, Asturias, Cantabria, Murcia, La Rioja: aparecen de forma destacada en los programas estatales de comunidades energéticas y de eficiencia energética territorializada (según el MITECO y la Conferencia Sectorial de Energía), canalizando fondos hacia autoconsumo, almacenamiento y redes locales. Aunque el diseño concreto varía, en todos los casos se busca que hogares y pymes puedan producir parte de su propia electricidad y depender menos del mercado spot.

En conjunto, más que crear “tarifas autonómicas” de la luz, las comunidades están utilizando ayudas a la eficiencia, al autoconsumo compartido y a los consumidores vulnerables para reducir la factura final y suavizar la exposición de hogares y pymes a la volatilidad de los precios eléctricos.

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