The catwalk to the RETA reaches its decisive phase in Congress

Sumar negotiates with the Ministry improvements in access to the platform for older mutualists or in the conversion of their contributions. Issues such as tax treatment or the entry of retired mutualists must be decided this Wednesday in Committee or in the Plenary next week.

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The legislative reform to ensure alternative mutualists a gateway to the RETA (Special Regime for Self-Employed Workers) faces its decisive days in Congress, with the vote on its amendments in Committee. And, if it overcomes this hurdle, its final vote in the Plenary, foreseeably next week.

The proposal is being examined after arriving from the committee without any votes against, but with its support still to be defined. All parties opted to abstain so as not to block the reform, after the incorporation of several amendments on the initiative of the PSOE.

Although no party has confirmed its support, several sources from the Committee take for granted to Demócrata that the bill will overcome its vote and reach the Plenary. Another matter is how, as it will also have to vote on all the amendments that remain ‘alive’.

In any case, they do see it as possible that a ‘minimum’ gateway will emerge that guarantees a decent pension for a large part of the mutualists.

Issues such as the timing of the transfer of funds from mutual societies to Social Security, the tax treatment that will be applied when this is carried out, and whether the gateway will be open to groups that are currently excluded remain up in the air.

This is the case, as it is currently drafted, of mutualists who are already retired and also those who have 15 years of contributions to Social Security and who, therefore, have the right to receive a public pension.

Ongoing negotiations

In recent days, the groups have exchanged proposals to continue amending the initiative. In the case of Sumar, according to sources from this coalition, negotiations are underway to extend access to the more advantageous gateway to more people, intended for older mutualists.

The committee agreed on an equivalence between each full month of registration and contribution in the mutual society and its equivalent in the RETA for mutualists over 55 years of age in 2022, for the purpose of calculating the pension amount. This threshold, according to these sources, could be modified to accommodate a greater number of mutualists.

Other negotiations concern the way in which mutualists would convert their funds into contributions to Social Security for their conversion into a retirement pension.

Specifically, regarding the reference to the update of the CPI to be applied to contributions, which Sumar intends to be the update applied by the Government in office to the contribution bases.

What proposals did the committee approve?

No time limits. The gateway would be open to mutual members who joined the mutual society after 2013, and it is no longer required to have been registered until 2022.

Coefficient. The coefficient to be applied when converting the capital accumulated by mutual members into the equivalent of Social Security contributions is set at 0.77. This coefficient is applied to the minimum contribution base to deduct those contingencies that the mutual member has not benefited from by being in another system. The initiative set it between 0.67 and 0.87.

1 to 1 but little. For mutual members over 55 years of age in 2022, the demanded 1-to-1 rule would be applied, as the text currently stands, but only for the purpose of calculating the coefficient applied to the regulatory base of their pension (and thus calculating its amount). Each full month of registration and contribution in the mutual society will be counted as a full month of registration in the RETA, in order to facilitate the recognition of a pension.

Recognition of contribution years. The recognition of contribution years is allowed for former mutual members who lost their contributions upon leaving the system before its transformation into a capitalization system and do not reach 15 years of contribution in Social Security. The agreements they sign may recognize up to five additional years of contribution.

Equivalence of contributions (or benefits). The initiative raised the amount of benefits to be paid by mutual societies or contributions to be paid by mutual members from 60% to 80% in order to try to equate both systems. Now the committee sets this percentage at 100%.

In other words, mutual societies must pay in their pensions the equivalent of the minimum Social Security pension (or equivalent by contribution bracket if higher) or, where appropriate, demand a contribution equivalent to what would correspond to them in the contribution system based on real income of the RETA.

End of alternatividad in 2028. The end of alternatividad is postponed by one year, with the Government's commitment to present a study before this date that analyzes this regime, taking into account the number of people covered by the gateway, the impact of the contribution system based on real income, and the equivalence of benefits.

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¿En qué estado de tramitación parlamentaria se encuentra actualmente la reforma sobre la pasarela al RETA y cuáles son los próximos pasos para su aprobación definitiva?

Situación actual de la reforma sobre la pasarela al RETA y próximos pasos

No se ha encontrado ninguna iniciativa parlamentaria registrada bajo el título o descripción de "reforma sobre la pasarela al RETA" (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) en las bases de datos oficiales consultadas. Por tanto, no es posible informar sobre su estado de tramitación ni sobre los próximos pasos para su aprobación definitiva en este momento.

Detalles sobre la búsqueda y alternativas

La revisión exhaustiva de las iniciativas parlamentarias no ha arrojado resultados relacionados con una reforma legislativa que establezca una "pasarela" al RETA. La única iniciativa con el término "pasarela" corresponde a una obra de infraestructura peatonal en el Senado, que no guarda relación con el régimen de autónomos y cuya tramitación ya ha concluido.

Para poder ofrecer información precisa sobre el estado y los trámites pendientes de una reforma concreta, es necesario disponer del identificador parlamentario, el título exacto de la iniciativa, el grupo parlamentario proponente o un enlace directo a la misma. Sin estos datos, no es posible detallar el cronograma ni los pasos formales restantes para su aprobación.

Recomendaciones para obtener información actualizada

Si dispone de información adicional (como el identificador parlamentario, el grupo proponente o el texto exacto de la iniciativa), puede facilitarla para realizar una búsqueda más precisa. Alternativamente, se puede ampliar la búsqueda con otros términos relacionados o monitorizar la aparición de nuevas iniciativas sobre el RETA en el futuro.

No se dispone de más información en las fuentes consultadas.

¿Qué reformas recientes se han presentado en el Congreso relacionadas con el régimen de autónomos? ¿Cuáles son los principales cambios propuestos en las últimas iniciativas sobre el RETA? ¿Qué grupos parlamentarios han impulsado propuestas para modificar el acceso o condiciones del RETA en la actual legislatura?

¿Cuáles son las funciones y competencias de la Comisión del Congreso que tramita la reforma del RETA?

Respuesta directa: Funciones y competencias de la comisión que tramita la reforma del RETA

No se ha encontrado en las fuentes consultadas una iniciativa parlamentaria identificada explícitamente como “reforma del RETA” (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) en tramitación en el Congreso de los Diputados. Por tanto, no es posible determinar con certeza qué comisión está tramitando dicha reforma ni detallar sus funciones específicas respecto a este asunto concreto. Sin embargo, en el Congreso, las reformas del RETA suelen corresponder a la Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, cuyas funciones generales incluyen el estudio, debate y dictamen de iniciativas legislativas relacionadas con la Seguridad Social y el trabajo autónomo.

Detalles sobre comisiones y competencias

En el procedimiento parlamentario español, las reformas que afectan al RETA (como parte de la Seguridad Social) se tramitan habitualmente en la Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones del Congreso. Las funciones y competencias de esta comisión incluyen:

  • El estudio y debate de proyectos y proposiciones de ley relativos a la Seguridad Social, incluyendo el RETA.
  • La elaboración de dictámenes sobre las iniciativas legislativas antes de su debate en Pleno.
  • La tramitación de comparecencias de expertos, representantes de colectivos afectados y miembros del Gobierno.
  • El análisis y votación de enmiendas presentadas por los grupos parlamentarios.

Estas competencias permiten a la comisión modificar, mejorar o rechazar las propuestas legislativas antes de su aprobación definitiva.

Limitaciones de la información disponible

Según la información revisada, no existe actualmente una iniciativa registrada en el Congreso bajo el título exacto de “reforma del RETA”. Las iniciativas localizadas en la búsqueda tratan sobre otros asuntos (reformas estatutarias, constitucionales o del Reglamento del Senado), por lo que no es posible identificar la comisión responsable de una reforma concreta del RETA sin más datos sobre la iniciativa (número de expediente, título exacto, etc.).

Si se dispone de información adicional (título exacto, número de expediente o fecha de registro), se podría identificar la comisión competente y detallar el estado de tramitación y los documentos publicados.

Cómo proceder si se desea información concreta

Para obtener información específica sobre la comisión que tramita una reforma del RETA, sería necesario localizar la iniciativa concreta en el registro parlamentario. Esto puede hacerse buscando por palabras clave (“RETA” o “Régimen Especial de Trabajadores Autónomos”) o facilitando datos adicionales sobre la iniciativa.

No se dispone de más información en las fuentes consultadas.

¿Qué reformas recientes se han propuesto en el Congreso sobre el régimen de autónomos? ¿Cuáles son las principales diferencias entre el RETA y el régimen general de la Seguridad Social? ¿Qué papel juegan los grupos parlamentarios en la tramitación de reformas del RETA?

¿Qué requisitos legales deben cumplir los mutualistas alternativos para poder acogerse a la pasarela al RETA según la normativa vigente?

Requisitos legales para que los mutualistas alternativos puedan acogerse a la pasarela al RETA según la normativa vigente

Actualmente, la posibilidad de acogerse a la pasarela al RETA para mutualistas alternativos está suspendida por la Ley 11/2020, que paralizó la aplicación del artículo 25.4 de la Ley 20/2007. No obstante, la normativa básica establece que, cuando la pasarela está activa, los requisitos principales son: ser profesional colegiado, estar afiliado a una mutualidad alternativa reconocida antes del 10 de noviembre de 1995, haber iniciado la actividad profesional después de esa fecha y presentar la solicitud en el plazo legalmente establecido. Mientras la suspensión siga vigente, no es posible ejercer este derecho.

Normativa aplicable y requisitos esenciales

La regulación de los mutualistas alternativos y la pasarela al RETA se basa en varios textos legales:

  • Disposición adicional 15ª de la Ley 30/1995: Reconoce a determinadas mutualidades como alternativas al RETA, siempre que fueran obligatorias antes del 10 de noviembre de 1995.
  • Artículo 25.4 de la Ley 20/2007: Introduce la pasarela al RETA, permitiendo a profesionales colegiados optar por la mutualidad alternativa en vez del RETA, bajo condiciones específicas.
  • Resolución de 24 de julio de 2007: Detalla el procedimiento y los criterios para ejercer la pasarela, como la colegiación, la fecha de inicio de actividad (después del 10/11/1995), y la presentación de la solicitud en plazo.
  • Real Decreto 1515/1980: Complementa el régimen de alternancia entre mutualidades y Seguridad Social.
  • Ley 31/2015: Introduce cambios en el autoempleo, pero mantiene la posibilidad de pasarela para quienes cumplan los requisitos.
  • Ley 11/2020: Suspende la aplicación del artículo 25.4 de la Ley 20/2007, dejando la pasarela inactiva hasta nueva disposición.
Requisitos concretos (cuando la pasarela está vigente)
  • Ser profesional colegiado cuya actividad esté regulada por el Decreto 2530/1970 y obligue al alta en el RETA.
  • Pertenecer a una mutualidad alternativa reconocida antes del 10 de noviembre de 1995.
  • Haber iniciado la actividad profesional después del 10 de noviembre de 1995.
  • Presentar la solicitud de baja del RETA dentro del plazo legal (habitualmente seis meses desde la publicación de la norma que habilita la pasarela).
  • Aceptar que la baja no conlleva devolución de cuotas ya ingresadas al RETA y que la cotización pasará a regirse por la mutualidad elegida.
Suspendida la pasarela en 2026

La Ley 11/2020 mantiene suspendida la posibilidad de acogerse a la pasarela al RETA. Por tanto, aunque la normativa básica sigue vigente, no es posible ejercer este derecho hasta que una nueva disposición legislativa reactive la pasarela.

¿Qué mutualidades alternativas están reconocidas oficialmente como válidas para ejercer la pasarela al RETA? ¿Cuáles son las diferencias en prestaciones y coberturas entre el RETA y las mutualidades alternativas? ¿Qué cambios legislativos se prevén respecto a la pasarela al RETA en los próximos años?

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¿Qué porcentaje de equiparación de prestaciones entre mutualidades y la Seguridad Social establece la reforma según el texto acordado en ponencia?

Question 1 of 3

¿Qué regla de equivalencia se aplica a los mutualistas mayores de 55 años en 2022 a efectos de calcular la cuantía de su pensión?

Question 2 of 3

¿Hasta cuántos años de cotización adicional podrán reconocer los convenios para antiguos mutualistas que no alcancen 15 años en la Seguridad Social?

Question 3 of 3

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