La agenda que heredarán los nuevos diputados: las leyes que sobreviven a las urnas

El Congreso que salga de las urnas el 29 de noviembre recibirá siete iniciativas legislativas populares, cinco propuestas de parlamentos autonómicos y dos reformas estatutarias. Algunas llevan más de una década esperando su aprobación

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Elecciones generales del 29 de noviembre · Demócrata

Meses de negociaciones, cientos de enmiendas y leyes que rozaban su aprobación definitiva quedaron en papel mojado con la disolución de las Cortes. El adelanto electoral del 29 de noviembre ha puesto fin a la tramitación de iniciativas como la Ley de Protección de Menores en Entornos Digitales, la Ley del Cine, la Ley de Familias o el Estatuto del Becario, que tendrán que empezar de cero si el próximo Gobierno decide recuperarlas. Sin embargo, hay excepciones. Algunas propuestas sobreviven a las urnas y seguirán sobre la mesa del Congreso, independientemente de quién ocupe sus escaños en la próxima legislatura.

Consta en acta

Aunque la convocatoria de elecciones generales ha provocado la caducidad de la mayoría de las leyes que estaban en tramitación, la nueva Cámara Baja heredará siete iniciativas legislativas populares (ILP), cinco propuestas procedentes de parlamentos autonómicos y dos reformas de estatutos de autonomía.

A diferencia de los proyectos y proposiciones de ley ordinarias, estas iniciativas tienen una particularidad: pueden sobrevivir al cambio de legislatura. Sin embargo, su continuidad no garantiza que vayan a convertirse en leyes ni que todas retomen su tramitación exactamente donde quedaron.

Sanidad y dependencia

En el caso de las ILP, es el artículo 14 de la ley orgánica que las regula el que establece que su tramitación no decae por la disolución de las Cámaras, aunque permite a la nueva Mesa del Congreso decidir si deben retroceder a una fase anterior del procedimiento. Si bien, sus promotores no tendrán que volver a presentar las iniciativas ni repetir la recogida de firmas ya acreditadas por el mero cambio de legislatura.

En este plano, una de las propuestas más avanzadas es la promovida por el sindicato de enfermería SATSE para establecer unas ratios de profesionales que garanticen la seguridad de los pacientes. La propuesta llegó al Congreso a finales de 2019, respaldada por más de 660.000 firmas, y consiguió superar el debate de toma en consideración. Su tramitación, sin embargo, no llegó a completarse. La proposición permanecía en fase de enmiendas al articulado, con un último plazo ampliado hasta el 30 de septiembre de 2026. 

Todavía más antigua es la iniciativa impulsada por el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) para modificar la participación económica de los beneficiarios de las prestaciones y servicios de dependencia. Presentada inicialmente en octubre de 2014, pretende limitar las aportaciones exigidas a los usuarios y garantizar que conserven recursos suficientes para sus gastos personales. La propuesta ha atravesado varias legislaturas y ha superado en dos ocasiones el debate de toma en consideración, sin culminar su tramitación. 

En el ámbito sanitario también figura una iniciativa sobre la regulación de los medicamentos veterinarios, que propone modificar el Real Decreto Legislativo 1/2025 y derogar el Real Decreto 666/2023. 

Acoso escolar, vivienda y protección social

A la próxima legislatura también se trasladan propuestas ciudadanas relacionadas con la protección de la infancia, la vivienda y las prestaciones sociales.

Entre ellas, una iniciativa para mejorar la transparencia y reforzar la protección de las personas denunciantes de irregularidades, así como otra que plantea avanzar en la desmercantilización de la vivienda protegida en zonas tensionadas, con el objetivo de preservar su función social y evitar que estos inmuebles pierdan su finalidad residencial asequible.

Además, cabe mencionar una propuesta para establecer una prestación de ingresos mínimos dentro del sistema de protección de la Seguridad Social. Su origen se remonta a 2016, antes de la aprobación del ingreso mínimo vital (IMV), y aunque parte de sus planteamientos fueron recogidos posteriormente en esta prestación, la iniciativa sigue "viva".

Mirada territorial

Las propuestas de origen autonómico constituyen otro de los frentes que tendrá que examinar el nuevo Congreso. En total, la relación hay pendientes cinco textos remitidos por los parlamentos de Baleares, Cataluña, Comunidad Valenciana y Asturias.

El Parlamento balear es el que más propuestas aporta, con dos iniciativas. La primera reclama la cogestión de los aeropuertos del archipiélago, una reivindicación que provocó discrepancias con el Gobierno por sus posibles consecuencias sobre los ingresos de Aena. El Ejecutivo llegó a vetar inicialmente su tramitación, aunque posteriormente retiró la oposición.

La segunda iniciativa propone modificar la legislación de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia. En concreto, pretende impedir que las personas condenadas por delitos de acoso a menores puedan ejercer profesiones o actividades que impliquen un contacto habitual con ellos.

Desde Cataluña llegó una proposición de ley para mejorar la calidad de vida de las personas con esclerosis lateral amiotrófica (ELA) y otras enfermedades irreversibles. Las Cortes Valencianas, por su parte, remitieron una propuesta de reforma constitucional destinada a recuperar la capacidad legislativa de la comunidad en materia de Derecho Civil valenciano.

Cierra la lista una iniciativa que procede de Asturias y se remonta a 2014. La Junta General del Principado aprobó entonces una propuesta de reforma de la Constitución para flexibilizar los requisitos de las iniciativas legislativas populares y los referéndums. Más de una década después, el texto sigue sin haber completado su recorrido en las Cortes Generales.

Dos reformas estatutarias pendientes

La próxima legislatura también recibirá las reformas de los estatutos de autonomía de Castilla-La Mancha y La Rioja. La reforma castellano-manchega superó el debate de totalidad en el Congreso en noviembre de 2025 y posteriormente pasó a la Comisión Constitucional. Entre sus medidas figura una modificación de la composición de las Cortes regionales. En el caso de La Rioja, se proponen cambios como la eliminación de los aforamientos de diputados y miembros del Gobierno o la limitación a ocho años del mandato del presidente autonómico.

Más claves, contexto y preguntas con FREN

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¿Cuál es el proceso parlamentario para que una Iniciativa Legislativa Popular (ILP) se convierta en ley en España?

Para que una Iniciativa Legislativa Popular (ILP) se convierta en ley en España, debe superar el control de requisitos, conseguir que el Congreso acepte debatirla y completar la tramitación legislativa en ambas Cámaras. El apoyo ciudadano permite impulsar una propuesta, pero no obliga al Parlamento a aprobarla ni a conservar íntegramente su contenido.

1. Presentación y comprobación de requisitos

La iniciativa ciudadana está reconocida en el artículo 87.3 de la Constitución y desarrollada por su legislación orgánica. Antes de entrar en el debate político, debe cumplir los requisitos legales sobre presentación, materias admisibles y acreditación del respaldo ciudadano.

La Mesa del Congreso comprueba ese cumplimiento. El artículo 127 del Reglamento del Congreso establece que, si se reúnen los requisitos, la ILP seguirá el procedimiento de las proposiciones de ley. La propuesta debe acompañarse de una exposición de motivos y de los antecedentes necesarios para pronunciarse sobre ella.

2. Publicación y remisión al Gobierno

La Mesa ordena publicar la proposición y remitirla al Gobierno. Este puede expresar su criterio sobre la propuesta y manifestar su conformidad o disconformidad presupuestaria cuando implique aumentar créditos o disminuir ingresos presupuestarios.

Transcurridos treinta días hábiles sin una negativa expresa a su tramitación por ese motivo, queda en condiciones de incorporarse al orden del día del Pleno. Esto no significa que ya esté aprobada ni que deba votarse inmediatamente: todavía necesita el correspondiente debate parlamentario.

3. Toma en consideración por el Congreso

El Pleno celebra la toma en consideración: decide si acepta comenzar el examen legislativo de la iniciativa. Antes del debate se da lectura al criterio del Gobierno, si existe.

  • Si el Congreso la rechaza, la iniciativa no continúa por esta vía.
  • Si la acepta, la Mesa la envía a la comisión competente y abre el plazo de enmiendas.

Esta votación no aprueba todavía una ley: únicamente permite continuar su elaboración parlamentaria.

4. Enmiendas, ponencia y comisión

Tras la toma en consideración, la ILP sigue esencialmente el procedimiento legislativo común. Los diputados y grupos pueden presentar enmiendas para suprimir, modificar o añadir disposiciones. No se admiten enmiendas a la totalidad de devolución en este supuesto.

Una ponencia, formada dentro de la comisión, estudia el texto y las enmiendas y redacta un informe. Después, la comisión debate el articulado y aprueba un dictamen. Las modificaciones pueden alterar sustancialmente la propuesta ciudadana.

La aprobación corresponde al Pleno o, cuando proceda, a la comisión con competencia legislativa plena, es decir, autorizada para aprobar el texto sin una votación final plenaria.

5. Examen del Senado y decisión final

Aprobado el texto en el Congreso, se remite al Senado, que puede aceptarlo, introducir enmiendas o vetarlo. Si lo modifica o veta, vuelve al Congreso:

  • Las enmiendas del Senado se incorporan si obtienen mayoría simple.
  • El veto puede levantarse por mayoría absoluta; si no se alcanza, transcurridos dos meses puede levantarse por mayoría simple. Si tampoco se consigue, el texto queda rechazado.
6. Culminación y continuidad

La aprobación parlamentaria debe distinguirse de los posteriores actos de sanción, promulgación y publicación de la ley. Además, las ILP tienen una protección especial: no caducan automáticamente por la disolución de las Cámaras, aunque la Mesa puede acordar retrotraer su tramitación. Por tanto, presentar una ILP, conseguir su toma en consideración y lograr una ley son hitos distintos.

¿Qué competencias autonómicas tienen los parlamentos de Baleares, Cataluña, Comunidad Valenciana y Asturias en materia legislativa?

No se ha encontrado información suficiente en las fuentes consultadas para ofrecer una comparación fundamentada de las competencias legislativas de los parlamentos de Baleares, Cataluña, Comunidad Valenciana y Asturias. Por ello, no sería riguroso atribuir a cada cámara materias o facultades concretas sin contrastar los estatutos de autonomía y las normas aplicables.

Para responder a tu pregunta, la comparación debe distinguir entre las facultades de cada parlamento —qué leyes puede aprobar y mediante qué procedimientos— y las competencias de su comunidad autónoma —sobre qué materias puede legislar y con qué límites—. Sin ese contraste, una lista de materias podría confundir competencias legislativas con funciones únicamente ejecutivas.

¿Qué requisitos debe cumplir una reforma estatutaria para su aprobación definitiva en el Congreso y el Senado?

Una reforma de un Estatuto de Autonomía debe respetar el procedimiento de reforma previsto en el propio Estatuto y aprobarse mediante ley orgánica. La mayoría decisiva es la mayoría absoluta del Congreso en una votación final sobre el conjunto del texto; no debe confundirse con las mayorías exigidas para reformar la Constitución.

1. Cumplir previamente las reglas del Estatuto

No existe un procedimiento completamente uniforme para todas las comunidades autónomas. Deben respetarse las condiciones del Estatuto correspondiente: quién puede iniciar la reforma, qué mayoría necesita el Parlamento autonómico, cómo interviene su delegación ante las Cortes y si resulta necesario un referéndum.

Por tanto, la aprobación por las Cortes no sustituye los requisitos autonómicos. El artículo 145 del Reglamento del Congreso lo expresa así: «La reforma de un Estatuto de Autonomía, tramitada conforme a las normas en el mismo establecidas, requerirá aprobación mediante Ley Orgánica».

2. Obtener la aprobación del Congreso

La propuesta debe superar su admisión y los trámites parlamentarios correspondientes: cuando proceda, toma en consideración —la decisión de empezar a tramitarla—, presentación de enmiendas, estudio en ponencia, dictamen de comisión y debate del Pleno. Las especialidades estatutarias pueden introducir mecanismos de participación y acuerdo con la representación autonómica.

La exigencia central figura en el artículo 131: la votación final sobre el conjunto requiere el voto favorable de más de la mitad de los miembros del Congreso, no solamente de los presentes. Las abstenciones, por tanto, no ayudan a alcanzar esa mayoría.

Si no se obtiene, el texto vuelve a la comisión, que debe emitir un nuevo dictamen en un mes. Si tampoco consigue la mayoría absoluta en la nueva votación, queda rechazado. Si la consigue, se remite al Senado.

3. Superar la intervención del Senado

El Senado examina el texto y puede aprobarlo, introducir enmiendas o formular un veto. La mayoría absoluta propia de las leyes orgánicas se exige en el Congreso: no se traslada automáticamente a la aprobación ordinaria del Senado.

La documentación consultada desarrolla expresamente las consecuencias de las decisiones senatoriales para el Congreso, aunque no reproduce la regla específica de votación del Senado. Si este aprueba el texto sin modificarlo ni vetarlo, no hace falta una nueva votación del Congreso por ese motivo.

4. Resolver las enmiendas o el veto
  • Enmiendas del Senado: el Congreso decide cuáles acepta por mayoría simple. Después, el texto que incorpora los cambios aceptados debe obtener mayoría absoluta en una votación de conjunto.
  • Si esa votación conjunta fracasa: el artículo 132 establece que queda ratificado el texto inicial del Congreso y rechazadas todas las enmiendas senatoriales.
  • Veto del Senado: para levantarlo, el Congreso necesita en todo caso mayoría absoluta. Al tratarse de una ley orgánica, no basta esperar dos meses y aprobarla por mayoría simple: esa alternativa del procedimiento común queda desplazada por la especialidad del artículo 132.
5. Completar los requisitos autonómicos pendientes

La aprobación parlamentaria estatal no debe confundirse con la culminación de todos los trámites de la reforma. Cuando el procedimiento aplicable exige referéndum, también debe cumplirse ese requisito, en el momento y las condiciones establecidos.

En definitiva, hay que comprobar conjuntamente procedimiento estatutario, aprobación como ley orgánica y eventual referéndum. Sin identificar el Estatuto concreto, no puede fijarse una mayoría autonómica ni afirmarse que la consulta sea obligatoria en todos los casos.

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¿Qué sucede con la mayoría de las leyes en trámite tras la disolución de las Cortes por un adelanto electoral?

Pregunta 1 de 3

¿Qué tipo de iniciativas legislativas pueden sobrevivir al cambio de legislatura y no decaen con la disolución de las Cámaras?

Pregunta 2 de 3

¿Qué cambio propone la reforma estatutaria de La Rioja que será tramitada en la próxima legislatura?

Pregunta 3 de 3