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El proyecto de Ley contra la violencia vicaria del Ejecutivo afronta su primer examen en la Cámara Baja

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El Pleno del Congreso retoma la actividad a partir de las 09:00 horas con la sesión de control al Gobierno. Entre otras cuestiones, la oposición preguntará a los miembros del Ejecutivo sobre los datos de inflación o la crisis de Ceuta. No obstante, el tema estrella de la jornada será la vivienda. Este viernes la Cámara tendrá que derogar o convolidar los dos decretos aprobados por el Consejo de Ministros para dar salida a las reinvindicaciones sociales.

Después, el Pleno continuará con las interpelaciones:

  • De Junts, al ministro de Hacienda, Arcadi España, sobre las dificultades económicas de la clase media y trabajadora y la necesidad de eliminar el impuesto de sucesiones
  • Del PP, al ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, sobre las actuaciones del Gobierno de España y del principal partido que lo sustenta
  • De ERC, sobre las políticas del Gobierno español para garantizar el derecho a una vivienda digna

Otro de los puntos claves del día es el debate de totalidad de la Ley Orgánica contra la violencia vicaria. El proyecto del Gobierno tiene como objetivo establecer una definición jurídica clara de este fenómeno con reformas integrales en el Código Penal, el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Vox intenta tumbarla con una enmienda de totalidad. 

La sesión seguirá con una nueva tanda de convenios internacionales, entre ellos uno con Ucrania sobre cooperación técnica y financiera; y otro con Arabia Saudí sobre exención recíproca de visados para titulares de pasaportes diplomáticos, especiales y de servicio. 

Además, el Pleno también abordará la prórroga de la Comisión de Investigación del Apagón y de la subcomisión relativa a la lucha contra los discursos de odio. 

El Pleno finalizará con el estudio de dos dictámenes de la Comisión del Estatuto. Uno sobre las declaraciones de actividades de los diputados y otro acerca del suplicatorio formulado en relación con un diputado, que tendrá carácter secreto.

Más claves, contexto y preguntas con FREN

CONTENIDO GENERADO CON IA

¿En qué fase de tramitación parlamentaria se encuentran los dos decretos-ley de vivienda aprobados por el Consejo de Ministros?

A fecha de hoy, 30 de septiembre de 2026, los dos reales decretos‑ley de vivienda aprobados este martes por el Consejo de Ministros se encuentran en fase de convalidación parlamentaria pendiente en el Congreso de los Diputados. Es decir, están ya en vigor tras su publicación en el BOE, pero aún no han sido convalidados ni derogados por el Pleno.

Según han avanzado fuentes parlamentarias y recoge, entre otros, el periódico Demócrata, la Mesa del Congreso ha acordado celebrar un pleno extraordinario y urgente este viernes para debatir y votar por separado ambos decretos‑ley. En esa sesión el Pleno decidirá si:

  • Convalida cada uno de los reales decretos‑ley, de modo que se mantengan en vigor.
  • O los deroga, lo que haría decaer su contenido como norma con rango de ley apenas unos días después de entrar en vigor.
1. Identificación de los dos decretos‑ley de vivienda

La información disponible en Moncloa y en la prensa especializada coincide en que se trata de dos reales decretos‑ley distintos, ambos en materia de vivienda, aprobados por el Consejo de Ministros del 29 de septiembre de 2026:

  • Un primer decreto‑ley centrado en medidas urgentes de protección frente a los desahucios y refuerzo de la cobertura a hogares vulnerables, así como en limitar determinadas operaciones consideradas compras especulativas por parte de grandes inversores y fondos.
  • Un segundo decreto‑ley orientado a la estabilidad de los contratos de arrendamiento, incluida la prórroga automática de determinados alquileres y la regulación de figuras como el alquiler de temporada o por habitaciones, con el objetivo de contener la presión sobre el mercado de vivienda habitual.

Ambos textos se han articulado de forma separada precisamente para permitir dos votaciones independientes en el Congreso y facilitar la búsqueda de mayorías distintas para cada paquete de medidas.

2. Fase de tramitación en el Congreso

Desde el punto de vista formal, el recorrido parlamentario de estos decretos‑ley está en el punto siguiente:

  • El Consejo de Ministros los ha aprobado y se han remitido al Boletín Oficial del Estado, donde se publican y entran en vigor de forma inmediata, como permite el artículo 86 de la Constitución para los reales decretos‑ley.
  • A partir de esa aprobación, se abre el plazo máximo de 30 días para que el Congreso decida si convalida o deroga cada uno de ellos.
  • El Gobierno ha solicitado que ese examen no se demore y se celebre de forma urgente, de manera que la convalidación o derogación se decida este mismo viernes en un pleno extraordinario convocado específicamente con ese fin ( información de Demócrata ).

En consecuencia, los dos decretos‑ley de vivienda están hoy en la fase inicial de control parlamentario: pendientes de la votación de convalidación en el Pleno del Congreso. Todavía:

  • No se ha producido la votación de convalidación o derogación.
  • No se ha acordado, por ahora, su tramitación posterior como proyecto de ley.
3. ¿Qué puede ocurrir después de la convalidación?

El escenario parlamentario inmediato es doble:

  • Si el Pleno convalida los decretos‑ley, se mantendrán en vigor y el Congreso podrá decidir, en cada caso, si se tramitan además como proyecto de ley. Esa decisión permitiría a los grupos registrar enmiendas y modificar el texto durante un recorrido parlamentario ordinario (ponencia, comisión, Pleno, y, en su caso, remisión al Senado).
  • Si el Pleno los deroga, el decreto correspondiente quedará sin efecto. Las medidas dejarán de aplicarse como norma con rango de ley, aunque el Gobierno o los grupos podrían intentar recuperar parte de su contenido mediante nuevos proyectos o proposiciones de ley.

A día de hoy, ninguna de estas dos opciones se ha materializado todavía: los decretos‑ley están vigentes pero a la espera de esa primera y decisiva votación de convalidación, prevista para el pleno extraordinario del viernes.

En resumen, los dos decretos‑ley de vivienda recientemente aprobados por el Consejo de Ministros se encuentran publicados y en vigor, pero aún no han superado el control del Congreso. La fase actual es la de tramitación para su convalidación o derogación en el Pleno de la Cámara Baja, sin que exista, por ahora, una tramitación abierta como proyectos de ley derivados.

¿Cuáles son las competencias del ministro de Hacienda, Arcadi España, según la legislación vigente?

Arcadi España es, según la información oficial consultada, el actual ministro de Hacienda del Gobierno de España. Como tal, sus competencias vienen determinadas por la normativa que regula el Gobierno y los departamentos ministeriales y por el reparto material consolidado del área de Hacienda: dirección de la política fiscal, presupuestaria y de financiación pública del Estado y de las administraciones territoriales, junto con la organización y funcionamiento del propio Ministerio de Hacienda.

1. Competencias generales como miembro del Gobierno

Con carácter general, y de acuerdo con la legislación que regula el Gobierno y sus ministros, el ministro de Hacienda:

  • Dirige el departamento ministerial: fija objetivos, aprueba instrucciones y circulares internas, y ejerce la jefatura sobre los órganos superiores y directivos del Ministerio de Hacienda.
  • Participa colegiadamente en el Consejo de Ministros, donde propone y defiende las iniciativas de su ámbito (proyectos de ley, reales decretos-ley, reales decretos y acuerdos sobre materia fiscal, presupuestaria o financiera).
  • Presenta y defiende ante las Cortes Generales las iniciativas de su departamento, especialmente el proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado y las reformas tributarias que impulsa el Gobierno.
  • Ejercita la potestad reglamentaria en su ámbito, mediante órdenes ministeriales y otras disposiciones, cuando la ley así lo habilita.
  • Resuelve en última instancia los recursos y conflictos administrativos internos relativos a actuaciones y órganos del departamento, en los términos que fija la legislación de procedimiento administrativo y la norma de estructura del ministerio.

2. Competencias materiales del Ministerio de Hacienda

En el plano material, según la distribución tradicional y vigente de funciones que recogen el real decreto de estructura del departamento y la normativa específica, el Ministerio de Hacienda, bajo la dirección de Arcadi España, asume en síntesis:

2.1. Política fiscal y sistema tributario
  • Diseño y ejecución de la política tributaria estatal: elaboración de proyectos de leyes y reglamentos fiscales, incluidos los grandes impuestos estatales (IRPF, Impuesto sobre Sociedades, IVA, impuestos especiales, etc.).
  • Relaciones con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, que aplica y gestiona la mayor parte de los tributos estatales.
  • Participación en la normativa europea y en los acuerdos internacionales con impacto tributario (cooperación administrativa, lucha contra el fraude y la elusión fiscal, intercambio de información, etc.).
2.2. Presupuestos Generales del Estado y gasto público
  • Elaboración del proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado, en coordinación con el resto de ministerios, y su remisión al Consejo de Ministros y posteriormente a las Cortes Generales.
  • Seguimiento y ejecución del presupuesto, incluyendo la autorización de modificaciones presupuestarias y la supervisión de los créditos de gasto de la Administración General del Estado.
  • Aplicación de las reglas de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, en coordinación con los ministerios competentes en economía, de acuerdo con la legislación de estabilidad.
2.3. Financiación autonómica y local
  • Negociación y gestión del sistema de financiación de las comunidades autónomas de régimen común, incluidos los anticipos y las liquidaciones del sistema.
  • Gestión de los fondos de liquidez y otros mecanismos extraordinarios (como FLA o fondos de nivelación) que canalizan recursos del Estado hacia las comunidades autónomas, cuestión que Demócrata destaca como una de las prioridades políticas de Arcadi España en Hacienda.
  • Coordinación de la financiación de las entidades locales, en lo referido a participaciones en tributos del Estado y a los grandes marcos normativos de endeudamiento y estabilidad.
2.4. Tesoro Público, deuda y política financiera
  • Dirección de la política de endeudamiento del Estado a través del Tesoro, incluyendo la emisión de deuda pública en los mercados.
  • Relaciones con los mercados financieros y con las instituciones europeas en lo que respecta a la gestión de la deuda y al marco fiscal.
  • Gestión de la tesorería del Estado y de los flujos de caja de la Administración General del Estado.
2.5. Patrimonio, sector público y otros ámbitos
  • Gestión y administración del patrimonio inmobiliario y mobiliario del Estado, directamente o a través de los organismos especializados.
  • Supervisión del sector público institucional estatal en su vertiente económico‑financiera: sociedades mercantiles estatales, fundaciones y otros entes dependientes, en coordinación con los ministerios de tutela sectorial.
  • Normativa y control sobre subvenciones y ayudas públicas de competencia estatal, en lo que afecta a la disciplina de gasto y a la gestión económico‑presupuestaria.

3. Ámbito de responsabilidad personal de Arcadi España

Según la biografía oficial citada por Moncloa y las crónicas de Demócrata, dentro de este marco jurídico el nombramiento de Arcadi España se asocia políticamente a dos ejes prioritarios: aprobar los Presupuestos Generales del Estado de la legislatura y encauzar la reforma de la financiación autonómica, todo ello manteniendo la estabilidad fiscal. Estas son, en la práctica, las tareas centrales que la legislación atribuye al Ministerio de Hacienda y que, como titular del departamento, debe liderar y coordinar.

¿Podrías detallar qué órganos superiores y directivos dependen hoy del Ministerio de Hacienda que encabeza Arcadi España? ¿Qué margen tiene legalmente el ministro de Hacienda para modificar impuestos sin pasar por una reforma de ley en las Cortes? ¿Cómo se coordinan jurídicamente las competencias de Hacienda con las del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa?

¿Qué requisitos legales existen para que se tramite una enmienda de totalidad contra una Ley Orgánica en el Congreso?

En el Congreso de los Diputados, las enmiendas de totalidad a un proyecto de ley –también cuando se trata de un proyecto de Ley Orgánica– se rigen por el procedimiento legislativo común del Reglamento del Congreso (arts. 108 a 123), con las especialidades propias de las leyes orgánicas (arts. 130 a 132 y art. 81 CE). El carácter orgánico no cambia quién puede presentar la enmienda ni cómo se tramita el debate de totalidad; la diferencia está en las mayorías de aprobación final.

1. Quién puede presentar una enmienda de totalidad

El art. 110.3 del Reglamento del Congreso establece que:

  • Solo los Grupos Parlamentarios pueden presentar enmiendas a la totalidad.
  • Los diputados individualmente no pueden promover este tipo de enmienda; deben canalizarla a través de su Grupo.
  • El escrito de enmiendas (también cuando son de totalidad) debe ir firmado por la persona portavoz del Grupo o quien la sustituya, a efectos de conocimiento (art. 110.1).

Dado que los proyectos de Ley Orgánica se tramitan “por el procedimiento legislativo común, con las especialidades de la Sección 1.ª” (art. 130), estas reglas se aplican igualmente a las enmiendas de totalidad formuladas contra un proyecto de Ley Orgánica.

2. Tipos de enmienda de totalidad admitidos

El art. 110.2 y 3 distingue entre enmiendas al articulado y enmiendas a la totalidad. Estas últimas son:

  • Las que versan sobre la oportunidad, los principios o el espíritu del proyecto de ley y postulan la devolución del proyecto al Gobierno (enmienda de totalidad de devolución).
  • Las que proponen un texto completo alternativo al proyecto (enmienda de totalidad con texto alternativo).

Por tanto, desde el punto de vista objetivo, una enmienda de totalidad debe atacar globalmente el proyecto (incluido el de Ley Orgánica) y no limitarse a aspectos puntuales del articulado.

3. Requisitos formales y temporales

Según el art. 110.1 y 2 del Reglamento:

  • Plazo: una vez publicado el proyecto de ley, los diputados y los Grupos disponen de un plazo de quince días para presentar enmiendas. Dentro de ese plazo deben registrarse también las de totalidad.
  • Órgano destinatario: las enmiendas se presentan mediante escrito dirigido a la Mesa de la Comisión competente.
  • Forma escrita y contenido: ha de constar claramente que se trata de una enmienda de totalidad y, según el caso, que pide la devolución del proyecto al Gobierno o que ofrece un texto alternativo completo, que debe adjuntarse.
  • Firma: el escrito lleva la firma de la persona portavoz del Grupo parlamentario (o de quien la sustituya), exigencia que puede subsanarse antes del inicio de la discusión en Comisión.

No existe, más allá de la condición de Grupo Parlamentario, un requisito numérico adicional de firmas o apoyos.

4. Relación con el debate de totalidad y la “toma en consideración”

El debate de totalidad del proyecto en el Pleno se articula en el art. 112 del Reglamento:

  • Procede cuando se han presentado enmiendas de totalidad dentro de plazo (art. 112.1).
  • La Presidencia de la Comisión remite esas enmiendas a la Presidencia del Congreso para que se incluyan en el orden del día del Pleno.
  • En el debate, cada enmienda puede dar lugar a un turno a favor y a un turno en contra (art. 112.2).

La mención a la toma en consideración se refiere, técnicamente, a las proposiciones de ley, no a los proyectos. Una Ley Orgánica también puede tramitarse como proposición de ley; en ese caso, existe un debate de toma en consideración con una estructura similar a un debate de totalidad, y el Reglamento prevé que, con carácter general, no se admitan enmiendas de totalidad de devolución a las proposiciones, salvo alguna excepción. Pero para un proyecto de Ley Orgánica del Gobierno, la figura central es el debate de totalidad del art. 112, no la toma en consideración.

5. Efectos de la aprobación o rechazo de la enmienda de totalidad

El mismo art. 112 fija los efectos jurídicos:

  • Las enmiendas se votan una vez terminado el debate, comenzando por las que proponen la devolución (art. 112.3).
  • Si se aprueba una enmienda de totalidad de devolución, el Pleno acuerda la devolución del proyecto al Gobierno; el proyecto queda rechazado y así se comunica al Ejecutivo (art. 112.4). En la práctica, decae la tramitación de esa Ley Orgánica.
  • Si se aprueba una enmienda de totalidad con texto alternativo, el nuevo texto se remite a la Comisión correspondiente; se publica en el Boletín Oficial de las Cortes Generales y se abre un nuevo plazo de enmiendas al articulado, ya sobre ese texto alternativo (art. 112.5).
  • Si se rechazan todas las enmiendas de totalidad, el proyecto de Ley Orgánica sigue su curso normal en Comisión y Pleno sobre el texto remitido originalmente por el Gobierno.

En todo caso, por tratarse de una Ley Orgánica, su aprobación final requerirá, conforme al art. 81 de la Constitución y al art. 130 y siguientes del Reglamento, el voto favorable de la mayoría absoluta de los miembros de la Cámara en una votación final de conjunto. Pero esa exigencia de mayoría reforzada afecta a la aprobación de la ley, no a los requisitos para la tramitación de las enmiendas de totalidad.

¿Puedes explicarme paso a paso cómo se desarrolla en la práctica un debate de totalidad sobre una Ley Orgánica concreta, desde la presentación de las enmiendas hasta la votación? ¿Qué diferencias procedimentales hay entre las enmiendas de totalidad a un proyecto de Ley Orgánica y las que se presentan a una proposición de ley en su trámite de toma en consideración? ¿Cómo se coordinan las exigencias de mayoría absoluta para aprobar una Ley Orgánica con la votación de las enmiendas de totalidad y del articulado en el Congreso?

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¿Cuánto sabes sobre este tema? Responde las siguientes 3 preguntas.

¿Qué tema será el principal protagonista en la sesión de control al Gobierno en el Congreso?

Pregunta 1 de 3

¿Qué ley se debate en su totalidad para establecer una definición jurídica clara de la violencia vicaria?

Pregunta 2 de 3

¿Qué grupo político ha presentado una enmienda de totalidad contra la Ley Orgánica contra la violencia vicaria?

Pregunta 3 de 3