El Tribunal Supremo ha acordado conceder un plazo de tres días a todas las partes implicadas en el procedimiento sobre la conocida como 'ley de nietos' para que se posicionen respecto a la solicitud de Iustitia Europa de ampliar la suspensión cautelar del derecho de voto a los hijos de quienes obtuvieron la nacionalidad española por esta vía.
De acuerdo con varias providencias a las que ha tenido acceso Europa Press, los jueces deciden "no haber lugar a la adopción inaudita parte de las medidas cautelarísimas solicitadas por la representación de la formación".
No obstante, sí resuelven "abrir un trámite de audiencia a las partes personadas en el procedimiento para que, por plazo de tres días comunes, contados a partir de la notificación de esta resolución", que concluye el próximo miércoles según fuentes jurídicas consultadas, "puedan presentar las alegaciones que consideren oportunas en defensa de sus derechos e intereses legítimos".
Además, debido a "la relevancia de las cuestiones suscitadas y la convocatoria electoral en vigor" de las elecciones generales del 29 de noviembre, la Sala de lo Contencioso-Administrativo declara hábiles, a efectos de actuaciones en la pieza de medidas cautelares, los días desde el 31 de octubre y todos los del mes de noviembre.
Iustitia Europa pidió al Supremo que se identifique a los hijos de las personas que hayan accedido a la nacionalidad española mediante la 'ley de nietos' y que se suspendan de forma cautelar "sus efectos electorales" para aquellos que figuren inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA).
La formación encabezada por el abogado Luis María Pardo instó al alto tribunal a que esa suspensión provisional se prolongue "hasta que la Administración complete su identificación individual, determine el progenitor del que deriva cada adquisición y precise la vía jurídica por la que éste obtuvo la nacionalidad española".
El partido sostuvo que "existe una relación documental susceptible de comprobación inmediata entre el progenitor", es decir, "la vía por la que este adquirió la nacionalidad y el posterior título del hijo".
En esta línea, planteó que los votos puedan emitirse y ser recibidos, pero que "deberán permanecer separados y bajo custodia, quedando suspendida su incorporación al escrutinio hasta que finalice la comprobación ordenada y pueda determinarse su situación electoral".
Por este motivo, solicitó al Supremo ordenar "la inmediata identificación de todos" los inscritos en el CERA "y de sus respectivos progenitores, acordando la suspensión de los efectos electorales respecto de aquellos cuyo progenitor se encuentre comprendido en el ámbito subjetivo de los autos", en virtud de los cuales el alto tribunal ya había acordado suspender de forma cautelar el sufragio de los beneficiarios de la 'ley de nietos' que no acrediten ser descendientes de exiliados.
Desde Iustitia Europa señalaron este viernes que "el mismo criterio de prudencia, trazabilidad y pulcritud electoral debe aplicarse" a los hijos nacionalizados, "cuyo derecho deriva de la previa adquisición de nacionalidad de sus progenitores".