La Audiencia Nacional da la razón a Louis van Gaal frente a Hacienda por su indemnización tras ser cesado por el Barça

La Audiencia Nacional avala que Louis van Gaal aplique la reducción fiscal del 40% a toda la indemnización que cobró del Barça tras su despido en 2003.

1 minuto

Louis Van Gaal durante la presentación de la pelíucla "Siempre Positivio", el 19 de junio de 2024 en Madrid, España.  Oscar J. Barroso / AFP7 / Europa Press

Louis Van Gaal durante la presentación de la pelíucla "Siempre Positivio", el 19 de junio de 2024 en Madrid, España. Oscar J. Barroso / AFP7 / Europa Press

Añadir DEMÓCRATA en Google

Pregunta a FREN

Publicado

1 minuto

Más leídas

La Audiencia Nacional ha fallado a favor del técnico neerlandés Louis van Gaal en un litigio contra la Administración General del Estado, en concreto contra Hacienda, por la negativa de esta a aplicar íntegramente la reducción fiscal correspondiente a la indemnización percibida tras su despido en 2003 del Fútbol Club Barcelona.

En una resolución de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, a la que ha tenido acceso Europa Press, el tribunal estima el recurso interpuesto por Van Gaal contra el criterio del Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC), organismo dependiente de Hacienda, y reconoce su derecho a que se le practique la reducción del 40% sobre el total de la compensación abonada por el Barça, cifrada en 4.239.392,98 euros.

El fallo detalla que, en enero de 2003, el entrenador y la entidad azulgrana pactaron la finalización tanto del contrato laboral como primer técnico del primer equipo como del contrato relativo a la cesión de sus derechos de imagen.

En dicho acuerdo, Van Gaal renunció a la cláusula indemnizatoria inicialmente prevista y aceptó la oferta del club, que consistía en el pago de las nóminas pendientes hasta el final de la temporada, de febrero a junio de 2003, por un importe total de 2.239.392,98 euros, además de una indemnización bruta adicional de dos millones de euros, según recoge la AN.

El TEAC entendió que esos dos millones de euros constituían indemnización por despido y, por tanto, podían acogerse a la reducción del 40%, mientras que la suma restante, 2.239.392,08 euros, tenía la consideración de “salario regular” y no resultaba susceptible de beneficiarse de dicha rebaja fiscal, de acuerdo con lo expuesto en la resolución administrativa.

No obstante, la Audiencia Nacional sostiene que “aunque parte de la indemnización coincida en su cuantía con los salarios, no podrían serlo porque su percepción no respondió a la ejecución de los contratos de trabajo y cesión de derechos de imagen, sino a la indemnización por la rescisión de la relación contractual”.

En consecuencia, el tribunal concluye que “debió permitirse la reducción del 40% sobre la totalidad de la indemnización”, tal y como planteaba la reclamación presentada por el entrenador neerlandés frente a Hacienda.

Hola, soy Fren. ¿Cómo te ayudo?