Iustitia Europa, la formación de Luis María Pardo ha recurrido este miércoles un acuerdo de la Junta Electoral Central al considerar que no existe información suficiente sobre las incorporaciones al Censo de Residentes Ausentes derivadas de la Ley de Memoria Democrática.
El partido político Iustitia Europa ha presentado un recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo contra el Acuerdo 204/2026 de la Junta Electoral Central (JEC), con el objetivo de que se revisen las altas incorporadas al Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) como consecuencia de la denominada Ley de Nietos, incluida en la disposición adicional octava de la Ley 20/2022 de Memoria Democrática.
Además, la formación, presidida por Luis María Pardo, solicita la adopción de medidas cautelares urgentes para suspender provisionalmente las nuevas incorporaciones al censo derivadas de este procedimiento mientras se resuelve el fondo del litigio.
Según sostiene el partido, el recurso plantea una cuestión de especial trascendencia para futuros procesos electorales: la correcta elaboración del censo, la trazabilidad de las nuevas altas, su adscripción territorial y la documentación que acredita el derecho de sufragio de los nuevos electores.
Cuestiona la falta de transparencia del CERA
Iustitia Europa argumenta que no existe una cifra oficial publicada sobre el número de personas incorporadas al CERA tras adquirir la nacionalidad española al amparo de la denominada Ley de Nietos. Asimismo, denuncia que tampoco se ha hecho pública información sobre su distribución por provincias, el consulado donde se tramitó cada expediente, la vía concreta de adquisición de la nacionalidad o la documentación que respalda cada incorporación al censo.
La formación recuerda que la propia Junta Electoral Central reconoció que la información facilitada por la Oficina del Censo Electoral era insuficiente, aunque considera que el acuerdo ahora recurrido no ordena las actuaciones de inspección, revisión y auditoría que había solicitado ni responde de forma individualizada a todas sus peticiones.
El recurso incorpora el voto particular de cuatro vocales de la Junta Electoral
Uno de los principales argumentos jurídicos del recurso es el voto particular emitido por cuatro vocales de la Junta Electoral Central, en el que se cuestionan algunos de los criterios recogidos en la Instrucción de 25 de octubre de 2022 para aplicar la Ley de Memoria Democrática.
Según ese voto, determinados criterios administrativos podrían haber ampliado el alcance previsto por la propia ley, proyectando automáticamente sus efectos sobre el censo electoral.
Solicita suspender las nuevas altas o, al menos, identificarlas de forma separada
Como medida cautelar, Iustitia Europa reclama la suspensión provisional de las nuevas altas incorporadas al CERA al amparo de la Ley de Memoria Democrática.
De forma subsidiaria, solicita que esas incorporaciones sean identificadas de manera diferenciada y sometidas a un proceso de revisión específico, con la conservación íntegra de los expedientes administrativos, registros, comunicaciones, documentación y metadatos relacionados con su tramitación.
Luis María Pardo: "El censo electoral no puede ser una caja negra"
El presidente de Iustitia Europa, Luis María Pardo, ha defendido la decisión de acudir al Tribunal Supremo al considerar que se trata de una cuestión que ningún otro partido político ni organización de la sociedad civil había llevado hasta ahora ante la jurisdicción contencioso-administrativa.
"Iustitia Europa ha llevado ante el Tribunal Supremo unas altas censales cuyo volumen exacto no ha sido publicado y cuya trazabilidad no puede comprobarse con la información disponible", afirma.
Pardo sostiene que la controversia ha permanecido hasta ahora en el ámbito de los registros civiles, oficinas consulares y bases de datos que, a su juicio, carecen del suficiente control público.
"El censo electoral no puede ser una caja negra. Quién vota, dónde vota y con qué respaldo jurídico y documental no puede quedar fuera del control público y judicial", asegura.
En este sentido, el dirigente añade que las medidas cautelares son esenciales porque, una vez celebradas unas elecciones, "ninguna sentencia puede reconstruir por completo la voluntad popular expresada en las urnas".
La formación concluye que la integridad del censo constituye un requisito imprescindible para garantizar la transparencia, la objetividad y la igualdad del proceso electoral y advierte de que cualquier deficiencia estructural en su elaboración podría producir efectos irreversibles sobre futuros comicios.