Incendio en Cinco Villas: más de 1.000 evacuados y unas 12.000 hectáreas calcinadas en el mayor fuego activo de España

El incendio forestal que afecta a la comarca zaragozana de Cinco Villas mantiene evacuadas cinco localidades, un perímetro de 65 kilómetros y concentra su mayor actividad en dos sectores donde continúan trabajando la UME, los bomberos forestales y las brigadas de extinción

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Imagen de archivo de un helicóptero trabajando en la extinción del incendio 16 julio 2026 Cinco Villas, Zaragoza. | Europapress

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El incendio de Cinco Villas continúa siendo el principal frente forestal de España. El fuego, declarado en el municipio de Orés, en la comarca zaragozana de Cinco Villas, mantiene evacuadas a más de un millar de personas de cinco municipios mientras un amplio dispositivo de emergencias trata de contener un incendio que ya afecta a unas 12.000 hectáreas y presenta un perímetro provisional de 65 kilómetros, según el Gobierno de Aragón.

Más de un millar de evacuados en cinco municipios

La evolución del incendio ha obligado a desalojar las localidades de Orés, Asín, Luesia, Uncastillo y Malpica de Arba, donde más de mil vecinos permanecen fuera de sus viviendas como medida preventiva.

El Gobierno de Aragón mantiene activada la Situación Operativa 2 del Plan Especial de Protección Civil por Incendios Forestales, lo que implica la participación de medios estatales debido al riesgo para la población y a la magnitud del incendio.

Las autoridades insisten en que la prioridad continúa siendo garantizar la seguridad de los vecinos y evitar que el fuego alcance nuevas zonas habitadas.

El incendio ya afecta a unas 12.000 hectáreas

La última estimación oficial cifra en 12.000 hectáreas la superficie afectada por el incendio.

El perímetro provisional alcanza ya los 65 kilómetros, una dimensión que refleja la enorme extensión del fuego y la complejidad de las labores de extinción.

La mayor parte de la superficie afectada corresponde a monte y terrenos agrícolas, aunque la medición definitiva no se conocerá hasta que el incendio quede estabilizado.

Los sectores 3 y 5 concentran la mayor actividad

El Gobierno de Aragón ha señalado que los sectores 3 y 5 siguen siendo los puntos más activos del incendio.

Es precisamente en esas zonas donde se concentran buena parte de los recursos desplegados para tratar de contener el avance de las llamas, aprovechando las condiciones meteorológicas más favorables durante las primeras y últimas horas del día.

La evolución del viento y las elevadas temperaturas continúan condicionando el comportamiento del incendio, considerado uno de los más complejos registrados este verano.

Fuego técnico y apoyo de la UME para contener las llamas

Entre las maniobras empleadas por el operativo destaca la utilización de fuego técnico, una técnica de extinción que consiste en realizar quemas controladas para eliminar el combustible vegetal antes de que llegue el frente principal del incendio.

Estas operaciones están siendo ejecutadas por los Bomberos Forestales del Gobierno de Aragón y las Brigadas de Refuerzo en Incendios Forestales (BRIF), con el apoyo de la Unidad Militar de Emergencias (UME).

Precisamente, efectivos militares continúan trabajando en el entorno de Malpica de Arba, colaborando en las tareas de apoyo y contención coordinadas con el resto del dispositivo.

Uno de los mayores dispositivos de extinción del verano

En las labores de extinción participan medios del Gobierno de Aragón, la UME, las BRIF, bomberos, Guardia Civil y otros servicios de emergencias, además de numerosos medios terrestres y aéreos.

El incendio de Cinco Villas se ha convertido en el mayor incendio forestal activo de España en estos momentos y mantiene movilizado uno de los mayores operativos desplegados durante la campaña de alto riesgo de incendios de 2026.

Las autoridades continúan monitorizando la evolución del fuego y no descartan mantener las evacuaciones mientras persista el riesgo para la población.

Más claves, contexto y preguntas con FREN

CONTENIDO GENERADO CON IA

¿Qué trámites y protocolos debe seguir Aragón para solicitar y mantener la intervención de la UME en incendios forestales?

Aragón debe solicitar y mantener la intervención de la UME en incendios forestales siguiendo el marco del Sistema Nacional de Protección Civil y el Protocolo de Intervención de la UME. La comunidad declara y gestiona la emergencia con sus propios medios y, cuando son insuficientes, pide apoyo estatal a través del Ministerio del Interior, que a su vez propone al Ministerio de Defensa la activación de la UME. Durante la intervención, el mando político de la emergencia sigue siendo autonómico, pero el operativo de los efectivos militares corresponde a los mandos de la UME, integrados en el centro de coordinación de Aragón. La continuidad o retirada del despliegue se decide a nivel estatal (Interior–Defensa), previa consulta a las autoridades aragonesas que lo solicitaron.

1. Marco jurídico básico

Los trámites y protocolos se apoyan, principalmente, en:

  • Ley 17/2015, del Sistema Nacional de Protección Civil, que articula la cooperación entre Estado y CCAA y la respuesta en emergencias de interés nacional (Ley 17/2015).
  • Real Decreto 1097/2011, por el que se aprueba el Protocolo de Intervención de la UME, que regula misiones, activación, coordinación y finalización de la intervención (Protocolo UME 2011).
  • Antecedente: Real Decreto 399/2007, primer protocolo de intervención de la UME, hoy sustituido (RD 399/2007), y el Acuerdo de funcionamiento publicado por la Orden PRE/1776/2006.
  • Orden DEF/160/2019, sobre organización y funcionamiento interno de la UME (Orden DEF/160/2019).
  • Plan Estatal de Protección Civil para Emergencias por Incendios Forestales, aprobado por Acuerdo de Consejo de Ministros de 24 de octubre de 2014 (Plan Estatal Incendios), que fija cómo se prestan apoyos estatales (incluida la UME) a las CCAA.
  • Normativa estatal reciente sobre incendios forestales: Real Decreto-ley 15/2022 y la Directriz básica de incendios aprobada por RD 893/2013.
  • En Aragón: Ley 30/2002 de Protección CivilLey 1/2013 sobre servicios de prevención y extinción (Ley 1/2013 Aragón) y el texto refundido de la Ley de Montes de Aragón (Decreto Legislativo 1/2017).
  • Plan Especial de Protección Civil de Emergencias por Incendio Forestal en Aragón, adaptado por la ORDEN AGM/681/2023.
  • Convenio marco de colaboración Ministerio de Defensa–Aragón en protección civil y emergencias, que incluye a la UME (convenio 2012 UME–Aragón).

2. Fase de solicitud inicial

Según el Protocolo de Intervención de la UME, los incendios forestales son uno de los supuestos expresos en los que la Unidad puede ser activada. En una emergencia grave no declarada de interés nacional, las autoridades autonómicas competentes en protección civil pueden solicitar la colaboración de la UME al Ministerio del Interior, cuando los medios de Aragón son insuficientes.

En la práctica aragonesa, el procedimiento se integra en el Plan Especial de Incendios Forestales (adaptado por la Orden AGM/681/2023): el director del plan, a través del centro de coordinación operativa autonómico, comunica al órgano estatal de protección civil la situación del incendio (nivel, riesgo para personas y bienes, medios desplegados y faltantes) y formula la petición de medios estatales, entre ellos la UME, conforme al Plan Estatal de Incendios (Plan Estatal Incendios).

El Ministerio del Interior, valorando la dimensión y gravedad de la emergencia y los principios de subsidiariedad y complementariedad, puede solicitar al Ministerio de Defensa la intervención de la UME. El Ministro de Defensa, por delegación del Presidente del Gobierno, ordena formalmente la intervención, de acuerdo con el Protocolo UME 2011.

3. Criterios de activación

El Protocolo recoge que la UME puede intervenir cuando se produzcan situaciones de emergencia graves, entre ellas incendios forestales, con independencia de que la emergencia sea o no de interés nacional. El Plan Estatal de Incendios detalla que el apoyo estatal se activa cuando:

  • Lo solicite la comunidad autónoma porque sus medios son insuficientes.
  • El incendio afecte a varias CCAA o exista un claro interés nacional (protección de grandes infraestructuras, riesgo masivo para personas, etc.).

La Ley 17/2015 (Ley 17/2015) regula la declaración de emergencias de interés nacional, que refuerza la capacidad estatal de dirección y coordinación.

4. Cadena de mando y coordinación operativa

El Protocolo UME 2011 establece que:

  • Los efectivos de la UME actúan siempre encuadrados y dirigidos por sus propios mandos militares.
  • En todos los casos, un mando de la UME se integra en el Centro de Coordinación Operativa desde el que se dirige la emergencia (figura prevista en la Norma Básica de Protección Civil), garantizando la interoperabilidad con los servicios autonómicos.
  • Si la emergencia se declara de interés nacional, la dirección y coordinación operativa en zona, en el ámbito de protección civil, corresponde al Jefe de la UME, bajo la dependencia del Ministerio del Interior.

El convenio UME–Aragón de 2012 (convenio 2012 UME–Aragón) refuerza esa coordinación a través de interconexión de redes de alerta, formación conjunta y procedimientos comunes.

5. Mantenimiento, ampliación y retirada del dispositivo

Mientras dura la emergencia, la continuidad de la intervención se gestiona mediante coordinación diaria entre:

  • El director del Plan Especial de Incendios de Aragón.
  • La Dirección General de Protección Civil y Emergencias del Estado (en el marco del Plan Estatal de Incendios).
  • El mando de la UME desplegado en el Centro de Coordinación Operativa.

El Protocolo UME 2011 indica que la decisión de finalizar la intervención corresponde al Ministro de Defensa, a propuesta del Ministro del Interior y oídas las autoridades que solicitaron su intervención, es decir, las autoridades aragonesas competentes. En la práctica, la reducción, mantenimiento o refuerzo del contingente de la UME depende de la evolución del incendio y de la capacidad de los medios propios de Aragón para retomar el control completo de la emergencia.

¿Qué papel concreto tiene el Plan Especial de Incendios Forestales de Aragón en la decisión de pedir la UME? ¿En qué casos puede una emergencia por incendio en Aragón ser declarada de interés nacional y cómo cambiaría entonces el mando operativo? ¿Qué diferencias prácticas hay entre pedir a la UME y pedir otros medios estatales (como brigadas forestales o medios aéreos) en un gran incendio en Aragón?

¿Cuáles son las competencias y funciones específicas del presidente del Gobierno de Aragón en materia de protección civil?

Las competencias específicas del presidente del Gobierno de Aragón en protección civil se articulan sobre dos ejes: su condición de máximo responsable político del Gobierno, que es el órgano superior de dirección y coordinación del sistema de protección civil, y una potestad directa y muy relevante: la declaración de la situación de emergencia integral y la asunción personal de la dirección de todas las actuaciones en esos supuestos. Estas funciones se desarrollan en el Estatuto de Autonomía de Aragón y, de forma detallada, en la reciente Ley 4/2024 del Sistema de Protección Civil y Gestión de Emergencias de Aragón. A ello se añaden funciones formales de promulgación de leyes y firma de decretos y planes que estructuran el sistema aragonés de protección civil.

1. Marco general: Estatuto de Autonomía y competencia en protección civil

El Estatuto de Autonomía de Aragón (Ley Orgánica 5/2007, reformada por la Ley Orgánica 15/2022) establece que el presidente:

  • “Preside el Gobierno de Aragón y dirige y coordina su acción”, ostentando la suprema representación de Aragón y la ordinaria del Estado en el territorio.

En materia material, el mismo Estatuto atribuye a Aragón competencia exclusiva en “protección civil (…) regulación, planificación, coordinación y ejecución de medidas relativas a emergencias y seguridad civil”BOA Ley 4/2024) y en el Boletín Oficial del Estado (BOE Ley 4/2024).

2. El Gobierno de Aragón como órgano superior de dirección

La Ley 4/2024 define primero el papel del Gobierno de Aragón (art. 13), que el presidente preside y dirige:

  • Órgano superior de dirección y coordinación de la protección civil y gestión de emergencias en Aragón.
  • Le corresponde, entre otras funciones (art. 13.2): aprobar el Plan Territorial de Protección Civil de Aragón

En la práctica, esto significa que, al dirigir y coordinar la acción del Gobierno, el presidente asume la máxima responsabilidad política sobre la estrategia, planificación y grandes decisiones normativas y presupuestarias del sistema de protección civil.

3. Competencia directa clave: declaración de la “emergencia integral”

La competencia más específica y expresa del presidente en la Ley 4/2024 es la regulada en el artículo 16, “Declaración de emergencia integral”:

  • Declarar la situación de emergencia integral: cuando los daños o el peligro sean, “por su especial extensión o intensidad, particularmente graves”, y mientras no se haya declarado por el Estado una emergencia de interés nacional o un estado del artículo 116 CE, el presidente o presidenta del Gobierno de Aragón “podrán declarar la situación de emergencia integral en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón”.
  • Asumir la dirección de todas las actuaciones de la emergencia: la declaración “supondrá la asunción por el presidente o presidenta del Gobierno de Aragón de la dirección de todas las actuaciones de la emergencia, pasando a su directa dependencia la estructura organizativa del Plan de Protección Civil de Aragón”.
  • El presidente se apoya en el Consejo de Gobierno o en los consejeros que determine para el ejercicio de estas funciones.

Esta figura sitúa al presidente como mando político único del Sistema de Protección Civil y Gestión de Emergencias de Aragón en los escenarios más graves, por encima incluso del mando ordinario que ejerce la persona titular del departamento competente en protección civil (art. 14.2.d).

4. Dirección política, coordinación y aprobación de planes

Aunque muchas funciones operativas recaen en el departamento competente (art. 14 de la Ley 4/2024: elaboración del PLATEAR, activación de planes, dirección ordinaria de emergencias, coordinación con otros sistemas, etc.), el presidente incide en la protección civil mediante:

  • Dirección de la acción del Gobierno, que incluye aprobar el PLATEAR (Desarrollo en el Decreto 220/2014 PLATEAR) y los planes especiales, como el PROCIMER (Decreto 53/2018 PROCIMER).
  • Promulgación de las leyes de protección civil, “en nombre del Rey”, y orden de su publicación en el BOA y en el BOE, en virtud del Estatuto.
  • Firma y sanción de los decretos-leyes y decretos del Gobierno de Aragón relacionados con emergencias y reparación de daños, como el futuro Decreto-ley 6/2025 sobre medidas de reparación urgente en situaciones de emergencia de protección civil (publicación de la convalidación y texto del Decreto-ley 6/2025).

5. Encaje en el Sistema Nacional de Protección Civil

Las competencias del presidente se insertan en el marco estatal de la Ley 17/2015 del Sistema Nacional de Protección Civil, de la Norma Básica de Protección Civil (Real Decreto 524/2023) y de la planificación estatal (por ejemplo el Plan Estatal General de Emergencias y la Estrategia Nacional de Protección Civil). En situaciones de especial gravedad, el presidente de Aragón, a través del Gobierno y del departamento competente, se coordina con el Estado para la eventual declaración de una emergencia de interés nacional.

Finalmente, la protección civil aragonesa y la planificación vinculada (planes territoriales y especiales, reconocidos también en resoluciones estatales como las de 2002 y 2003: resolución de 2002, resolución de 2003) se desarrollan bajo ese doble nivel competencial, en el que el presidente de Aragón asume el liderazgo político máximo y, en emergencias integrales, el mando directo de toda la respuesta.

¿En qué consiste exactamente la “situación de emergencia integral” y qué diferencias tiene con una emergencia de interés nacional declarada por el Estado? ¿Qué papel tiene el departamento competente en protección civil frente al presidente en la dirección de las emergencias ordinarias? ¿Cómo se articula la aprobación y revisión del Plan Territorial de Protección Civil de Aragón (PLATEAR) y qué intervención política tiene en ello el presidente?

¿Cuántos incendios forestales de magnitud similar se han registrado en Aragón en los últimos diez años?

La información que pides (cuántos incendios forestales de magnitud similar se han registrado en Aragón en los últimos diez años) es de carácter técnico-ambiental y requiere datos estadísticos detallados que no manejo directamente. Mi especialización es el análisis político, regulatorio y de actualidad institucional, por lo que no puedo darte una cifra fiable ni un listado exhaustivo de incendios por superficie quemada o intensidad. Sí puedo explicarte cómo se encuadra este tipo de incendios en las políticas públicas de Aragón y del Estado, qué indicadores suelen emplearse y qué papel juegan las instituciones autonómicas y estatales cuando se producen grandes fuegos forestales.

Limitaciones respecto al dato concreto

Para responder con precisión a cuántos incendios de una determinada magnitud se han producido en Aragón en la última década sería necesario:

  • Definir con claridad qué se entiende por “magnitud similar” (por ejemplo, incendios de más de 500 hectáreas, de más de 1.000 hectáreas, o considerados “grandes incendios forestales” por la administración).
  • Acceder a las series estadísticas oficiales de incendios forestales, desglosadas por comunidad autónoma y año, y filtrarlas por esa categoría.
  • Contrastar la información entre registros autonómicos (Gobierno de Aragón) y estatales (Ministerio competente) para evitar duplicidades o discrepancias.

Como asistente orientado a política y regulación, no dispongo de acceso operativo a esas bases de datos ni a herramientas de explotación estadística ambiental, de modo que no puedo ofrecerte un número concreto sin riesgo de error. Es un tipo de información más propio de servicios técnicos de medio ambiente, organismos forestales o centros de investigación.

Marco político y competencial de los incendios en Aragón

Aun sin poder darte la cifra exacta, sí es relevante contextualizar cómo se gestionan políticamente los incendios forestales de gran magnitud en Aragón. La comunidad autónoma tiene competencias en:

  • Prevención y planificación forestal: planes de ordenación de montes, cortafuegos, gestión de biomasa, regulación de quemas agrícolas y ganaderas, etc.
  • Dispositivo de extinción: brigadas forestales, autobombas, coordinación de medios aéreos que aportan tanto Aragón como el Estado en grandes emergencias.
  • Protección civil y emergencias: activación de fases de alerta, evacuaciones de población y coordinación con los municipios afectados.

Cuando se trata de incendios de gran magnitud, suelen activarse planes especiales de protección civil y se solicita apoyo de la Administración General del Estado (Unidad Militar de Emergencias, medios aéreos adicionales, coordinación interestatal si el fuego puede afectar a varias comunidades).

Indicadores políticos y de política pública

En el plano regulatorio y político, los “grandes incendios forestales” son un indicador clave que se utiliza para:

  • Justificar o rediseñar planes de prevención (tratamientos selvícolas, inversiones en limpieza de montes, fomento del pastoreo extensivo, etc.).
  • Evaluar la eficacia del dispositivo de extinción y la coordinación entre Aragón y el Estado.
  • Impulsar modificaciones normativas sobre usos del suelo tras el fuego, ayudas a municipios afectados o incentivos a la gestión forestal sostenible.

En los debates parlamentarios autonómicos y estatales, el número y la gravedad de los grandes incendios de una temporada concreta en Aragón suelen citarse para reclamar más recursos, revisar protocolos o criticar la política forestal del gobierno de turno.

Qué tipo de información sí puedo ofrecerte

Aunque no pueda darte el conteo exacto de incendios de una determinada magnitud en Aragón en los últimos diez años, sí puedo ayudarte en cuestiones como:

  • Cómo se organiza políticamente la lucha contra incendios en Aragón y en el conjunto de España (distribución de competencias, papel del Gobierno autonómico y del Gobierno central).
  • Qué debates parlamentarios, iniciativas legislativas o resoluciones se han impulsado a raíz de grandes incendios en Aragón.
  • Cómo se están integrando los incendios forestales en las agendas de cambio climático, retención de población rural y política agraria y forestal.

Si concretas a qué incendio te refieres cuando hablas de “magnitud similar” (por ejemplo, un gran incendio concreto de un año determinado) o te interesa más el análisis político e institucional derivado de esos fuegos, puedo profundizar en esa dimensión, que es donde realmente está mi ámbito de especialización.

¿Qué competencias concretas tiene el Gobierno de Aragón y cuáles el Gobierno de España en la prevención y extinción de incendios forestales? ¿Qué iniciativas parlamentarias se han presentado en Aragón o en las Cortes Generales tras los grandes incendios forestales de los últimos años? ¿Cómo se ha incorporado el riesgo creciente de incendios forestales a las políticas de adaptación al cambio climático en Aragón?

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¿Cuánto sabes sobre este tema? Responde las siguientes 3 preguntas.

¿En qué municipio se declaró el incendio forestal de Cinco Villas?

Pregunta 1 de 3

¿Cuál es la superficie provisionalmente afectada por el incendio según la última estimación oficial?

Pregunta 2 de 3

¿Qué técnica de extinción se está empleando para contener el avance del fuego en Cinco Villas?

Pregunta 3 de 3

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