Agricultura fija la nueva norma de comercialización del aceite de oliva para evitar distorsiones de mercado

Agricultura publica la norma que regula la oferta de aceite de oliva en 2026/27 para estabilizar el mercado y activar retiradas de producto si es necesario.

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El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha difundido este viernes en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la orden que regula la norma de comercialización del aceite de oliva para la campaña 2026/27, cuyo propósito es ordenar la oferta con el fin de mejorar y dar estabilidad al funcionamiento del sector oleícola y prevenir posibles alteraciones en el mercado.

En el artículo 167 bis del Reglamento comunitario 1308/2013 se recoge que, con el objetivo de mejorar y estabilizar el comportamiento del mercado común de los aceites de oliva y de las aceitunas de las que proceden, los Estados miembros productores pueden fijar normas de comercialización dirigidas a controlar la oferta.

Para concretar la aplicación de este reglamento en España, el Ejecutivo aprobó el Real Decreto 84/2021, que prevé, cuando así lo exijan las circunstancias de mercado, la posibilidad de implantar normas de comercialización para reforzar la estabilidad y el correcto funcionamiento del mercado en una campaña concreta, mediante la retirada de producto hasta la campaña siguiente y/o su envío a usos no alimentarios.

De esta manera, se trata de una medida de aplicación “excepcional de carácter coyuntural”.

Agricultura ha subrayado que la condición “indispensable” para poder poner en marcha este mecanismo de retirada es que el volumen de existencias iniciales de la campaña, sumado a las previsiones de producción, alcance el 120% del promedio de este mismo agregado en las seis campañas anteriores.

Las condiciones meteorológicas registradas la pasada primavera en las principales áreas olivareras, caracterizadas por temperaturas moderadas y lluvias abundantes, favorecieron una floración y un cuajado del fruto satisfactorios. Este comportamiento se refleja en los aforos elaborados por las comunidades autónomas, que apuntan a una producción estimada para la campaña 2026/2027 de 1.602.596 toneladas, un 23% superior a la anterior. Esta cifra situaría a la campaña como la cuarta de mayor volumen de la serie histórica.

En paralelo, las existencias iniciales de la campaña 2026/2027 se han situado, según el Sistema de Información de los Mercados Oleícolas que integra los datos de los operadores y que fueron hechos públicos por el ministerio el pasado 28 de octubre, en 357.040 toneladas, lo que supone un 23,3% más que las existencias con las que arrancó la campaña previa.

Así, la orden de comercialización difundida hoy establece el criterio para fijar el porcentaje de retirada de aceite, aplicable a cualquier categoría y a elección del propio operador, sobre el total de la producción acumulada mensualmente de aceite de oliva. Las instalaciones afectadas serán las almazaras productoras repartidas por todo el territorio nacional.

Una vez en vigor la orden, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación determinará, antes del 15 de noviembre y mediante resolución de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios, el porcentaje de aceite de oliva que deberá retirarse hasta la conclusión de la actual campaña 2026/2027.

Esta resolución podrá ser revisada con posterioridad en función de cómo evolucione el almacenamiento y de la incidencia que tenga en la estabilización del mercado oleícola.