Así es la agenda de la visita de los Reyes a Ceuta

Felipe VI y la reina Letizia recorrerán este martes distintos puntos de la ciudad autónoma, rendirán homenaje a las personas fallecidas cuando intentaban llegar desde Marruecos y pernoctarán en Ceuta antes de viajar el miércoles a Melilla

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Los Reyes Felipe y Letizia durante la recepción con motivo del día de la Fiesta Nacional, en el Palacio Real, a 12 de octubre de 2026, en Madrid (España) Raúl Terrel - Europa Press

Los Reyes Felipe y Letizia durante la recepción con motivo del día de la Fiesta Nacional, en el Palacio Real, a 12 de octubre de 2026, en Madrid (España) Raúl Terrel - Europa Press

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Los Reyes Felipe VI y Letizia visitan este martes Ceuta por primera vez desde la proclamación del monarca en 2014, con el propósito de mostrar su cercanía a los ceutíes después de la crisis fronteriza del pasado verano, cuando más de 80.000 personas cruzaron la frontera desde Marruecos. La última visita de unos reyes de España a Ceuta y Melilla tuvo lugar los días 6 y 7 de noviembre de 2007, cuando Juan Carlos I y doña Sofía viajaron a ambas ciudades.

El viaje se produce dos meses y medio después de aquella entrada masiva, cuando la ciudad todavía no ha recuperado completamente la normalidad y varios miles de las personas que llegaron desde Marruecos permanecen en Ceuta. La visita ya se preparaba antes de lo sucedido en julio, puesto que Ceuta y Melilla eran los únicos territorios españoles a los que Felipe VI y doña Letizia no habían viajado desde el comienzo de su reinado.

El Rey reconoció este lunes, durante una conversación informal con periodistas en la recepción del Palacio Real con motivo de la Fiesta Nacional, que ambos afrontan el viaje "con ilusión y ganas". A la recepción asistieron también los presidentes de Ceuta y Melilla, Juan Jesús Vivas y Juan José Imbroda.

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, explicó durante el mismo acto que la presencia de los Reyes pretende contribuir a transmitir una imagen de normalidad en una ciudad que todavía afronta las consecuencias de lo ocurrido durante el verano.

Calurosa acogida en la calle y recepción institucional

Los Reyes, don Felipe y doña Letizia, han llegado al helipuerto de Ceuta sobre las 12:15 horas, antes de desplazarse al paseo Alcalde Sánchez Prados, donde han saludado a los ciudadanos congregados para recibirlos. Miles de vecinos han llenado la Plaza de África y las calles próximas entre aplausos, banderas de España y pancartas con mensajes como "Bienvenidos a vuestra casa, majestades".

Durante el recibimiento se han escuchado cánticos como "Ceuta no se vende, Ceuta se defiende" y "Un caballa nunca se rinde". La visita ha despertado una gran expectación, con cerca de 200 medios de comunicación acreditados para cubrir la jornada.

A continuación, los Reyes accederán al Palacio de la Asamblea, donde serán recibidos por el presidente de la ciudad autónoma, Juan Jesús Vivas, y los miembros de su Gobierno. Durante el acto institucional recibirán la llave de oro de la ciudad y mantendrán una reunión de trabajo con las autoridades locales.

Visita a un colegio y homenaje a los fallecidos

Por la tarde, a las 16:45 horas, Felipe VI y doña Letizia acudirán al Colegio Vicente Aleixandre y, a las 18:00 horas, se trasladarán al cementerio musulmán de Sidi Embarek, donde participarán en un homenaje a las personas que murieron cuando intentaban llegar a Ceuta a nado desde la costa marroquí entre el 30 y el 31 de julio. Las estimaciones elevan a unas 140 las víctimas, aunque no todas las muertes han sido confirmadas oficialmente.

Muchas de las víctimas fueron enterradas en este cementerio y algunas de sus sepulturas carecen de nombre porque no fue posible identificarlas.

La agenda oficial terminará a las 19:00 horas con un encuentro con unos 300 representantes de la sociedad civil en el Parador de Ceuta, donde está previsto que Felipe VI pronuncie unas palabras alrededor de las 19:30 horas para trasladarles el apoyo de la Corona.

Los Reyes pasarán la noche en Ceuta antes de viajar el miércoles a Melilla, donde continuarán su visita institucional. La decisión tiene además un significado histórico, puesto que será la primera vez que un rey de España pernocte en la ciudad desde que lo hiciera Alfonso XIII.

Felipe VI reclama solidaridad europea con Ceuta

El Rey ha seguido de cerca la situación de Ceuta desde que comenzó la crisis fronteriza. En las primeras horas de lo ocurrido en julio contactó con el presidente de la ciudad autónoma y el pasado 6 de agosto recibió a Juan Jesús Vivas en el Palacio de Marivent para conocer las consecuencias de la entrada masiva de personas desde Marruecos.

Desde entonces, Felipe VI ha dedicado varias intervenciones públicas a defender que la protección de Ceuta, como frontera exterior de la Unión Europea, es una responsabilidad que debe compartir el conjunto de los Estados miembros.

Durante la visita de Estado del presidente francés, Emmanuel Macron, el pasado 29 de septiembre, el monarca calificó de «inaceptable» lo sucedido y recordó que no se trataba únicamente de una cuestión española, sino también europea.

El Rey volvió a defender esta posición durante su posterior visita de Estado a Finlandia, donde advirtió de que las amenazas contra cualquiera de los países miembros afectan a toda la Unión y reclamó una mayor solidaridad entre los socios europeos.

Marruecos no se pronuncia sobre el viaje

La visita de Felipe VI y doña Letizia llega en un momento delicado para las relaciones entre España y Marruecos. Hasta ahora, Rabat no se ha pronunciado oficialmente sobre el desplazamiento de los Reyes a Ceuta y Melilla.

El rey Mohamed VI pronunció el pasado viernes un discurso ante el Parlamento marroquí en el que abordó las relaciones con España, aunque sin mencionar expresamente la visita.

El monarca marroquí defendió que la relación bilateral es una «elección soberana» de Rabat que no puede quedar condicionada por «amenazas» ni «chantajes». También criticó la utilización política de lo ocurrido en Ceuta durante el verano y los retrasos en la repatriación de menores.

Pedro Sánchez evitó valorar estas declaraciones durante la recepción del lunes en el Palacio Real y se limitó a insistir en la importancia de las relaciones bilaterales. Tampoco consideró que deba esperarse una reacción de Marruecos por el viaje, puesto que los Reyes se disponen a «visitar dos ciudades españolas».

El precedente de 2007 y la crisis diplomática con Marruecos

La última visita de unos reyes de España a Ceuta y Melilla tuvo lugar los días 6 y 7 de noviembre de 2007, cuando Juan Carlos I y doña Sofía viajaron a ambas ciudades durante la presidencia de José Luis Rodríguez Zapatero.

El desplazamiento provocó un conflicto diplomático con Marruecos, que mantiene sus reivindicaciones de soberanía sobre Ceuta y Melilla. Mohamed VI respondió llamando a consultas a su embajador en Madrid, Omar Azziman, que tardó más de dos meses en regresar a su puesto.

La fecha elegida también causó malestar en Rabat porque coincidía con el aniversario de la Marcha Verde, el 6 de noviembre, una jornada de especial importancia para Marruecos por su relación con la ocupación del Sáhara Occidental.

Antes de aquel viaje, el entonces ministro de Asuntos Exteriores, Miguel Ángel Moratinos, había informado por cortesía a su homólogo marroquí, Taieb Fassi Fihri, de los planes de la Casa Real. También hubo contactos entre Zapatero y el líder del PP, Mariano Rajoy, antes de anunciar la visita.

En esta ocasión, la Zarzuela confía en que los viajes de los Reyes a Ceuta y Melilla puedan repetirse con mayor frecuencia, después de que ambas ciudades hayan permanecido fuera de su agenda de visitas desde 2014.

Más claves, contexto y preguntas con FREN

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¿En qué estado se encuentra actualmente la tramitación de las políticas de repatriación de menores migrantes en Ceuta?

Actualmente no existe una “nueva ley de repatriación de menores de Ceuta” específica, sino un conjunto de reformas estatales en materia de extranjería y protección de la infancia que se están consolidando y desarrollando reglamentariamente, mientras en Ceuta se aplica el marco general con un control judicial muy estricto. Las repatriaciones a Marruecos solo pueden hacerse caso por caso, tras expediente individual, y la prioridad práctica del Gobierno está siendo la reubicación interna y la atención bajo tutela antes que los retornos rápidos.

1. Marco legal básico ya vigente

La base normativa sigue siendo:

  • Ley Orgánica 4/2000 de Extranjería, cuyo artículo 35 regula la situación de los menores extranjeros no acompañados y su posible repatriación. Este precepto ha sido reforzado con nuevas disposiciones (35 bis, ter, etc.) para gestionar “contingencias migratorias extraordinarias” y los traslados entre comunidades autónomas, incorporadas mediante el Real Decreto‑ley 2/2025, de 18 de marzo, que está en vigor.
  • El Reglamento de Extranjería, desarrollado primero por el Real Decreto 557/2011 y actualizado por el Real Decreto 1155/2024, que detalla el procedimiento de repatriación: identificación, determinación de la edad, informes de servicios de protección y Fiscalía, audiencia del menor, valoración del interés superior y resolución motivada.
  • El Acuerdo España‑Marruecos de 2007 sobre prevención de la emigración ilegal de menores no acompañados, su protección y su “retorno concertado”, que sigue vigente y se aplica como marco de cooperación, no como habilitación para devoluciones automáticas.
  • El Protocolo Marco sobre menores extranjeros no acompañados, aprobado en 2014, que coordina la actuación de Justicia, Interior, servicios sociales y Fiscalía desde la localización del menor hasta su documentación y eventual retorno.
2. Reformas en tramitación legislativa

Sobre ese marco, hay varias iniciativas clave en curso que inciden directamente en Ceuta:

  • Real Decreto‑ley 2/2025 → Proyecto de Ley 121/000055, de “medidas urgentes para la garantía del interés superior de la infancia y la adolescencia ante situaciones de contingencias migratorias extraordinarias”. El decreto‑ley fue convalidado por el Congreso y se tramita como proyecto de ley; el plazo de enmiendas se ha ido prorrogando y, a 7 de octubre de 2026, seguía abierto. Hasta que las Cortes no cierren esa fase y aprueben el texto definitivo, el régimen aplicable es el del propio decreto‑ley ya vigente.
  • Proyecto de Ley que modifica la Ley de Enjuiciamiento Civil (121/000040) para regular el procedimiento de determinación de la edad, y su ley orgánica complementaria sobre la jurisdicción de menores (121/000041). Ambos se tramitan por urgencia y han superado la fase de enmiendas. Su objetivo es dar un cauce judicial reforzado y garantista a la determinación de edad, paso previo esencial en muchos expedientes de menores en Ceuta.

En síntesis, la línea legislativa no es crear un régimen excepcional de repatriación para Ceuta, sino reforzar el estatuto general de los menores migrantes (determinación de edad, reparto entre territorios, planes de respuesta solidaria) y blindar la exigencia de expedientes individualizados.

3. Desarrollo reglamentario y decisiones del Ejecutivo

El Gobierno ha ido desplegando normativa y acuerdos ejecutivos vinculados a esta crisis:

  • Declaración de “contingencia migratoria extraordinaria” para Ceuta, Canarias y Melilla y aprobación de reales decretos que fijan la capacidad de cada comunidad autónoma y el protocolo de traslados de menores entre territorios (citado en prensa como Real Decreto 743/2025 y Real Decreto 658/2025). En Demócrata se detalla cómo ese protocolo obliga a entrevistas individualizadas, informes, intervención de Fiscalía y plazos breves para ejecutar traslados desde Ceuta.
  • El propio Real Decreto‑ley 2/2025 inserta en la Ley de Extranjería artículos sobre el “modelo de gestión de contingencias” y el Plan de respuesta solidaria, con criterios objetivos para derivar menores a otras comunidades. Este esquema se está aplicando: notas oficiales cifran entre 1.400 y 2.000 menores identificados en Ceuta, y una parte ya ha sido trasladada a recursos en la Península.
  • En agosto y septiembre de 2026, el Consejo de Ministros ha aprobado créditos extraordinarios muy significativos (25 millones específicos para Ceuta y más de 60 millones adicionales) y la creación de un mando único para la crisis de Ceuta, con informes semanales sobre la situación en la ciudad. Ese mando único tiene entre sus objetivos combinar repatriaciones, traslados a otras comunidades y refuerzo de los servicios públicos.
  • Según información de Demócrata, el Gobierno prepara además un nuevo decreto para acelerar las devoluciones a Marruecos, pero siempre subrayando que, en el caso de menores, el procedimiento seguirá siendo individual, con informes, audiencia y control fiscal.
4. Jurisprudencia reciente y límites efectivos

Los tribunales han acotado de forma muy estricta lo que puede hacerse en Ceuta:

  • La Audiencia Provincial de Cádiz (sede de Ceuta) inhabilitó en 2025 a la exvicepresidenta de Ceuta y a la exdelegada del Gobierno por las devoluciones de 55 menores en 2021, al entender que se vulneró la Ley de Extranjería y la Convención de Derechos del Niño al ampararse únicamente en el acuerdo de 2007 sin expedientes individuales.
  • El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha declarado ilegales las devoluciones inmediatas “en caliente” de personas que llegan a nado sin tramitar el procedimiento previsto en la Ley de Extranjería.
  • En paralelo, la Comisión Europea ha avalado el retorno de menores a Marruecos desde Ceuta solo si se respetan plenamente el interés superior del menor y las garantías del Derecho de la UE.
5. Situación política y de aplicación práctica en Ceuta

En el plano político, el Gobierno central, la Ciudad Autónoma y varias comunidades discrepan sobre el equilibrio entre traslado a otras CCAA y repatriaciones a Marruecos. Mientras el PP y Vox reivindican retornos amplios, el Ministerio de Juventud e Infancia insiste en que una devolución masiva sería contraria a la ley y prioriza la acogida y reubicación interna. En la práctica, hoy las “políticas de repatriación” en Ceuta están:

  • Normativamente encauzadas por el bloque Extranjería–Infancia reforzado por el Real Decreto‑ley 2/2025, en fase de consolidación parlamentaria.
  • Operativamente centradas en la identificación, tutela, traslados a la Península y preparación de expedientes de reagrupación familiar, más que en retornos inmediatos.
  • Fuertemente condicionadas por las sentencias de 2021–2025, que hacen inviable cualquier atajo procedimental o repatriación colectiva.

En consecuencia, la tramitación de estas políticas está en una fase de ajuste fino: consolidación legislativa del régimen de contingencias y reubicación, elaboración de nuevas normas ejecutivas para agilizar procedimientos y constante revisión judicial, más que en la aprobación de un régimen nuevo que permita devoluciones rápidas y generalizadas de los menores marroquíes de Ceuta.

¿Puedes detallar en qué artículos concretos de la Ley de Extranjería y del Real Decreto-ley 2/2025 se apoya el actual sistema de traslados y repatriaciones de menores desde Ceuta? ¿Qué diferencias prácticas habría entre que se quede vigente solo el Real Decreto-ley 2/2025 y que se apruebe definitivamente el proyecto de ley 121/000055 sin cambios relevantes? ¿Cómo están utilizando en la práctica las autoridades de Ceuta y del Estado el convenio España‑Marruecos de 2007 en los expedientes individuales de los menores?

¿Cuáles son las competencias del presidente de la Ciudad Autónoma de Ceuta según el Estatuto de Autonomía?

Según la Ley Orgánica 1/1995, de 13 de marzo, de Estatuto de Autonomía de Ceuta, el Presidente de la Ciudad Autónoma es la máxima autoridad política de la Ciudad y concentra funciones de dirección del gobierno local-autonómico, representación institucional y articulación de las relaciones con la Asamblea y con el Estado. A continuación se sintetizan, de forma sistemática, sus competencias tal y como se desprenden del Estatuto.

1. Estatuto institucional del Presidente

El Estatuto configura al Presidente como uno de los tres órganos institucionales de Ceuta, junto con la Asamblea y el Consejo de Gobierno (art. 6). Su posición se define así:

  • Es elegido por la Asamblea de Ceuta de entre sus miembros y nombrado por el Rey. La elección debe recaer en quien encabece una de las listas electorales que hayan obtenido escaño y se realiza por mayoría absoluta; si nadie la alcanza, resulta designado el cabeza de la lista más votada (fragmento situado en torno al art. 15).
  • Ostenta también la condición de Alcalde, integrando en una misma figura la jefatura del gobierno autonómico y la del municipio.
  • Preside la Asamblea de Ceuta y el Consejo de Gobierno (art. 6 y fragmento del art. 15), lo que refuerza su centralidad institucional.
2. Representación de la Ciudad

El Estatuto atribuye expresamente al Presidente la “suprema representación” de la Ciudad de Ceuta (fragmento del art. 15). Ello implica que:

  • Es el representante máximo de la Ciudad ante las instituciones del Estado, de otras comunidades autónomas y de la propia ciudad de Melilla.
  • Actúa como figura central en la proyección exterior de Ceuta, tanto en relaciones políticas como administrativas, sin perjuicio de las funciones que el propio Consejo de Gobierno o la Asamblea le atribuyan a otros cargos.
3. Dirección política y ejecutiva

En el plano de gobierno, sus competencias se articulan en torno a la dirección de la acción ejecutiva:

  • Como Presidente del Consejo de Gobierno “dirige y coordina” su actividad (art. 16.1 y fragmento del art. 15), lo que le sitúa al frente de la política general de la Ciudad.
  • El Consejo de Gobierno ostenta las funciones ejecutivas y administrativas de la Ciudad (art. 16 y 17), y esa capacidad se ejerce bajo la dirección del Presidente.
  • Puede desarrollar, a través del Consejo de Gobierno, la normativa aprobada por la Asamblea cuando ésta lo autorice, y en todo caso las normas sobre organización y funcionamiento de los servicios administrativos (art. 17.2 y 17.3). Aunque la potestad reglamentaria se formula a nivel del Consejo, la jefatura del Presidente sobre este órgano le confiere un papel decisivo en la elaboración y aprobación de los reglamentos ejecutivos.
4. Nombramiento, cese y delegación de funciones

El Estatuto otorga al Presidente un amplio poder de configuración del equipo de gobierno:

  • Nombra y separa libremente a los Consejeros que integran el Consejo de Gobierno, dando cuenta a la Asamblea (art. 16.2 y fragmento del art. 15).
  • Puede delegar temporalmente funciones ejecutivas propias en algunos de los miembros del Consejo de Gobierno (fragmento del art. 15), lo que permite una distribución flexible de responsabilidades políticas y administrativas.
5. Relaciones con la Asamblea de Ceuta

Además de presidir la propia Asamblea, el Presidente tiene diversas funciones ligadas a su funcionamiento y al control político:

  • Convoca las sesiones ordinarias de la Asamblea, con la periodicidad que establezca el Reglamento, y las extraordinarias cuando él mismo lo decida (art. 10.1 y 10.2). También deben celebrarse sesiones extraordinarias a petición de una cuarta parte de los miembros.
  • Como Presidente saliente, está obligado a convocar la sesión constitutiva de la nueva Asamblea en los veinte días siguientes a la celebración de las elecciones (art. 8.4).
  • Puede plantear ante la Asamblea una cuestión de confianza sobre su programa o una declaración de política general, previa deliberación del Consejo de Gobierno; la confianza se entiende otorgada por mayoría simple (art. 17, párrafo sobre la cuestión de confianza).
  • Si la cuestión de confianza es rechazada, el Presidente debe dimitir y se abre el procedimiento para la elección de un nuevo Presidente (mismo precepto).
6. Cooperación con la Administración del Estado

El Presidente tiene un papel específico en la articulación de la cooperación con la Administración General del Estado en Ceuta:

  • El artículo 33 prevé que, por iniciativa conjunta del Presidente de la Ciudad y del Delegado del Gobierno, puedan constituirse órganos mixtos encargados de elaborar y controlar la ejecución de planes y programas de obras y servicios.
  • Esta competencia refuerza su condición de interlocutor principal de la Ciudad frente al Estado en políticas compartidas.
7. Competencias que no tiene: elecciones y referéndums

El Estatuto aclara implícitamente algunos límites: la convocatoria de las elecciones a la Asamblea de Ceuta corresponde al Gobierno de la Nación (art. 8.3), no al Presidente de la Ciudad; y el texto estatutario no le atribuye una competencia propia para convocar referéndums. Cualquier consulta a la ciudadanía quedaría, por tanto, sometida al régimen general de la legislación estatal.

En síntesis, el Presidente de la Ciudad Autónoma de Ceuta es el órgano que concentra la jefatura institucional, la dirección política del gobierno y la articulación de las relaciones con la Asamblea y con el Estado, con amplias facultades de organización interna del Consejo de Gobierno pero sin potestad para disolver la Asamblea ni convocar elecciones.

¿Cómo se elige y cesa al presidente de la Ciudad Autónoma de Ceuta paso a paso según el Estatuto? ¿Qué diferencias hay entre las competencias del presidente de Ceuta y las de un presidente autonómico de una comunidad de régimen común? ¿Qué mecanismos de control parlamentario puede ejercer la Asamblea de Ceuta sobre el presidente y el Consejo de Gobierno?

¿Qué resultados obtuvieron los principales partidos políticos en las últimas elecciones autonómicas de Ceuta?

Las últimas elecciones a la Asamblea de Ceuta se celebraron el 28 de mayo de 2023. La Asamblea cuenta con 25 escaños, por lo que la mayoría absoluta se sitúa en 13 diputados. A partir de los resultados oficiales, los principales partidos políticos que obtuvieron representación fueron el Partido Popular (PP), el PSOE, Vox, Movimiento por la Dignidad y la Ciudadanía (MDyC) y Ceuta Ya!, que se repartieron la totalidad de los escaños.

A continuación se resumen los resultados de las formaciones que concurrieron, con especial atención a las que superaron la barrera electoral y obtuvieron representación en la Asamblea:

Partido Votos Porcentaje Escaños
PP 11.774 34,34% 9
PSOE 7.198 21,00% 6
Vox 7.073 20,63% 5
MDyC 3.848 11,22% 3
Ceuta Ya! 3.442 10,04% 2
Ciudadanos 239 0,70% 0
Podemos 192 0,56% 0
Libres 122 0,36% 0

En términos estrictos, los “principales partidos” en estas elecciones pueden entenderse como aquellos que alcanzaron representación parlamentaria y estructuran la gobernabilidad de la ciudad autónoma:

  • Partido Popular (PP): fue la fuerza claramente ganadora, con 34,34% de los votos y 9 escaños. Aunque se situó lejos de la mayoría absoluta (13), consolidó su posición como primer partido en Ceuta y base del Gobierno de la Ciudad. Juan Jesús Vivas continuó al frente del Ejecutivo ceutí apoyándose en acuerdos con otras formaciones.
  • PSOE: obtuvo 21,00% y 6 escaños, situándose como segunda fuerza en votos y representación. El resultado le permitió mantener un grupo importante en la Asamblea, aunque lejos del PP y muy presionado por el crecimiento de Vox y de las fuerzas locales.
  • Vox: alcanzó 20,63% y 5 diputados, quedándose muy cerca del PSOE en apoyo electoral. Se consolidó como tercer actor clave del espacio de la derecha y pieza central en cualquier posible mayoría alternativa al acuerdo de gobernabilidad liderado por el PP.
  • MDyC (Movimiento por la Dignidad y la Ciudadanía): fuerza local de referencia, logró 11,22% y 3 escaños. Aunque con menor peso cuantitativo que PP, PSOE o Vox, su presencia resulta determinante en un parlamento de solo 25 miembros, especialmente en cuestiones de política social y comunitaria.
  • Ceuta Ya!: otra formación de implantación local que consiguió 10,04% y 2 escaños. Su entrada en la Asamblea refuerza el peso de las candidaturas ceutíes frente a los partidos estatales y contribuye a un escenario político muy fragmentado.

Los cinco partidos con representación (PP, PSOE, Vox, MDyC y Ceuta Ya!) se repartieron los 25 escaños disponibles, de modo que ninguna otra fuerza superó el umbral mínimo para entrar en la Cámara. Ciudadanos, Podemos y Libres quedaron muy lejos de obtener diputado, con porcentajes inferiores al 1%.

Desde el punto de vista de la gobernabilidad, el dato clave es que el PP se quedó a cuatro escaños de la mayoría absoluta, lo que le obligó a apoyarse en pactos o acuerdos de distinto tipo para sostener al Ejecutivo autonómico. Al mismo tiempo, el bloque de la derecha (PP + Vox) sumaba por sí solo 14 escaños, por encima de la mayoría absoluta, mientras que el espacio progresista y localista (PSOE, MDyC y Ceuta Ya!) alcanzaba 11. Esa correlación de fuerzas explica buena parte de la dinámica política posterior en la ciudad.

En síntesis, las elecciones autonómicas de Ceuta de 2023 dejaron un mapa dominado por el PP como primera fuerza, un PSOE en retroceso relativo, un Vox muy fuerte para la escala de la Asamblea y dos actores locales —MDyC y Ceuta Ya!— con una representación significativa en proporción al tamaño de la Cámara, capaces de influir en la agenda y en determinados equilibrios de mayoría.

¿Cómo quedaron repartidos los bloques (derecha, izquierda y partidos localistas) tras esas elecciones autonómicas en Ceuta? ¿Qué pactos o acuerdos de gobernabilidad se han tejido en la Asamblea de Ceuta a partir de esos resultados de 2023? ¿Cómo se comparan estos resultados con los de las anteriores elecciones autonómicas de Ceuta en 2019?

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¿Cuál es uno de los principales objetivos de la visita de los Reyes Felipe VI y Letizia a Ceuta?

Pregunta 1 de 3

¿Qué acto realizaron los Reyes en el cementerio musulmán de Sidi Embarek?

Pregunta 2 de 3

¿Qué reacción tuvo Marruecos tras la última visita de unos reyes de España a Ceuta y Melilla en 2007?

Pregunta 3 de 3