Dana Adam: Sánchez visita Oliva por las graves inundaciones y anuncia ayudas para las zonas afectadas

El presidente ha anticipado que el Consejo de Ministros aprobará "la declaración de zona gravemente afectada" y dice que el Gobierno estará cerca de la ciudadanía “como siempre ha estado, en la etapa de reconstrucción”

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, atiende a los medios junto al president de la Generalitat Valenciana, Juanfran Pérez Llorca, durante una visita al Puesto de Mando Avanzado por la dana Adam | Europa Press (Rober Solsona).

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, atiende a los medios junto al president de la Generalitat Valenciana, Juanfran Pérez Llorca, durante una visita al Puesto de Mando Avanzado por la dana Adam | Europa Press (Rober Solsona).

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Pedro Sánchez ha visitado este martes el Puesto de Mando Avanzado de Oliva para evaluar la respuesta a la dana Adam. El encuentro ha tenido lugar a las 12:30 horas, después de la reunión del Consejo de Ministros, con participación de responsables de los dispositivos de emergencia y de coordinación y alcaldes de los municipios afectados.

La visita se ha producido mientras continúan los trabajos en las zonas inundadas. El balance de la Guardia Civil difundido a última hora del lunes, contabiliza 2.141 personas evacuadas y 496 rescatadas en la Comunidad Valenciana desde el inicio del temporal. De los rescates, 423 corresponden a Valencia y 73 a Alicante. Además, cabe destacar cuatro personas fallecidas, a las que podría sumarse una víctima más, cuyo cuerpo se ha encontrado esta mañana en la localidad de Piles.

Una reunión con emergencias y los alcaldes afectados

Sánchez, en su visita al Puesto de Mando Avanzado de Oliva, ha asegurado que el Gobierno aprobará en el Consejo de Ministros “la declaración de zona gravemente afectada por una emergencia de Protección Civil a todos los municipios afectados por esta dana”, que permite la solicitud de recursos económicos para la reparación de los daños producidos por el temporal.

Así las cosas, el presidente ha asegurado que el Ejecutivo estará cerca de la ciudadanía “como siempre ha estado, en la etapa de reconstrucción”.

Sánchez ha estado acompañado por la vicepresidenta tercera y ministra para la Transición Ecológica, Sara Aagesen; el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, y la ministra de Ciencia, Innovación y Universidades, Diana Morant, según Moncloa; y ha comparecido para una declaración institucional al concluir el encuentro.

También estaban presente el presidente de la Generalitat, Juanfran Pérez Llorca, y la ya ex delegada del Gobierno en la Comunidad Valenciana, Pilar Bernabé, cabeza de lista al Congreso por Valencia.

Los achiques y el acceso a las zonas inundadas

Bernabé ha explicado esta mañana en el programa Hoy por Hoy que persisten dificultades de acceso a algunas zonas costeras afectadas. Los trabajos de este martes se centran en "terminar achiques en zonas inundadas", según sus declaraciones recogidas por la emisora.

El dispositivo ha tenido que atender a personas aisladas y con dificultades de movilidad. Entre las actuaciones comunicadas por la Guardia Civil figuran rescates del Grupo Especial de Actividades Subacuáticas entre Oliva y Pego. 

Seguimiento meteorológico antes de la visita

La agenda de Aagesen incluye, a las 11.00, una reunión del Comité de Dirección de Medioambiente para el Seguimiento de la Situación Meteorológica en la sede de AEMET, en Madrid.

Después, la vicepresidenta se incorporará al encuentro de Oliva junto a Sánchez y los responsables de Interior y Ciencia. La comparecencia del presidente está programada una vez concluida la reunión con el dispositivo de emergencia y los representantes municipales. 

Más claves, contexto y preguntas con FREN

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¿En qué estado se encuentra la tramitación parlamentaria de la declaración de zona gravemente afectada por una emergencia de Protección Civil en España?

La declaración de zona afectada gravemente por una emergencia de Protección Civil no requiere tramitación parlamentaria: corresponde al Consejo de Ministros aprobarla mediante acuerdo. Por tanto, no tiene una fase necesaria de enmiendas, debate o aprobación en el Congreso y el Senado. Lo que sí puede someterse a tramitación parlamentaria son las normas extraordinarias de ayudas que acompañen a una declaración concreta.

Quién la aprueba y mediante qué procedimiento

La regla está en el artículo 23.1 de la Ley 17/2015 de Protección Civil: la declaración «se efectuará por acuerdo de Consejo de Ministros». El artículo 33.e atribuye expresamente esta competencia al Gobierno. No se trata, por tanto, de una ley pendiente de aprobación por las Cortes.

El procedimiento previsto en esa norma tiene los siguientes elementos:

  • La propuesta corresponde a los titulares de Hacienda e Interior y, cuando proceda, a los demás ministerios concernidos.
  • Las administraciones públicas interesadas pueden solicitar la declaración; el Gobierno puede recabar previamente informe de las comunidades autónomas afectadas.
  • El acuerdo debe delimitar el territorio incluido.
  • Se valoran los daños personales o materiales que perturben gravemente las condiciones de vida de la población, o la paralización de servicios públicos esenciales.

Así, una solicitud de un ayuntamiento o una comunidad autónoma todavía no equivale a una declaración aprobada. Tampoco la sustituye una iniciativa parlamentaria que reclame al Ejecutivo su adopción.

Qué declaraciones constan ya aprobadas

No existe una única declaración para toda España: se aprueban acuerdos referidos a distintos episodios y territorios. Entre los localizados, el Consejo de Ministros aprobó el 10 de febrero de 2026 la declaración relativa a emergencias ocurridas entre el 10 de noviembre de 2025 y el 9 de febrero de 2026, recogida como antecedente en el Real Decreto-ley 5/2026.

También consta la declaración aprobada el 28 de julio de 2026 para 211 zonas de catorce comunidades autónomas, según la comunicación del Ministerio del Interior. Estas declaraciones son decisiones gubernamentales ya adoptadas, no textos que necesiten una votación parlamentaria posterior para quedar aprobados.

Cuándo interviene el Parlamento

La distinción esencial es entre declarar la zona y aprobar medidas adicionales con rango de ley. Cuando el Gobierno utiliza un real decreto-ley para establecer medidas urgentes, el Congreso debe decidir si lo mantiene o lo deroga en el plazo constitucional de treinta días. Esa votación se denomina convalidación; el Senado no participa en ella.

Además, puede acordarse su tramitación como proyecto de ley para introducir modificaciones mediante enmiendas. Este recorrido legislativo es distinto del acuerdo que declara el territorio afectado: no debe confundirse el estado de uno con el del otro.

Un ejemplo claro es la respuesta a la DANA de 2024. La Orden PJC/1222/2024, publicada el 7 de noviembre, dio publicidad al acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de noviembre. Separadamente, el Real Decreto-ley 6/2024 estableció medidas urgentes complementarias.

Qué implica para los afectados

El artículo 24 permite adoptar ayudas para viviendas, empresas, explotaciones e infraestructuras, compensaciones a entidades locales y medidas fiscales, laborales o de financiación. Sin embargo, la declaración no supone un pago automático: cada ayuda tiene sus condiciones, documentación y procedimiento, como explica Demócrata sobre esta figura.

En conclusión, la declaración en sí no está pendiente de una tramitación parlamentaria obligatoria. Para precisar el estado de un expediente concreto, es necesario distinguir el territorio y la emergencia a los que se refiere, y separar su declaración del eventual paquete legislativo de ayudas.

¿Cuáles son las competencias y funciones del presidente del Gobierno y la vicepresidenta tercera en la gestión de emergencias según la legislación española?

El presidente del Gobierno dirige y coordina la respuesta política del Ejecutivo, pero no asume automáticamente el mando operativo de cualquier emergencia. La vicepresidenta tercera no tiene, por ese título, una competencia general sobre emergencias: ejerce las funciones que le encomiende el presidente y las propias del ministerio que, en su caso, encabece. Es esencial distinguir la protección civil, la seguridad nacional y los estados excepcionales, porque tienen autoridades y mecanismos diferentes.

1. Presidente: dirección política y coordinación

El artículo 2 de la Ley 50/1997, del Gobierno establece que el presidente «dirige la acción del Gobierno y coordina las funciones de los demás miembros», sin perjuicio de la competencia y responsabilidad directa de cada ministro.

Aplicado a una emergencia, le corresponde fijar las directrices políticas, impartir instrucciones a los ministros, resolver conflictos de atribuciones entre ministerios y convocar y presidir el Consejo de Ministros. También dirige la política de defensa, dentro de las atribuciones que le reconoce su legislación específica. Estas facultades de dirección no eliminan las competencias autonómicas ni convierten al presidente en director de cada dispositivo de rescate.

2. Protección civil: competencias del Gobierno e Interior

La Ley 17/2015, de Protección Civil distingue las decisiones colegiadas del Gobierno del mando atribuido al Ministerio del Interior:

  • Gobierno, artículo 33: aprueba la Norma Básica de Protección Civil, el Plan Estatal General, los planes especiales estatales y el protocolo de intervención de la Unidad Militar de Emergencias; también declara las zonas afectadas gravemente por emergencias.
  • Interior, artículo 29: declara una emergencia de interés nacional, por iniciativa propia o a instancia de las comunidades autónomas o los delegados del Gobierno. Si actúa por iniciativa propia, debe comunicarlo previamente a las comunidades afectadas.
  • Interior, artículo 30: una vez declarada, asume su dirección, incluida la ordenación y coordinación de actuaciones y la gestión de los recursos estatales, autonómicos y locales del territorio afectado.

Por tanto, declarar una zona gravemente afectada no equivale a declarar una emergencia de interés nacional. La primera decisión permite adoptar medidas de recuperación y ayudas; la segunda activa la dirección de Interior. Ninguna corresponde automáticamente a la vicepresidenta tercera.

3. Presidente: seguridad nacional y estados excepcionales

Los artículos 15 y 20 de la Ley 36/2015, de Seguridad Nacional atribuyen al presidente la dirección de la política y del Sistema de Seguridad Nacional, asistido por el Consejo de Seguridad Nacional. Además, le corresponde declarar la situación de interés para la Seguridad Nacional, una figura distinta de la emergencia de interés nacional de protección civil.

El Consejo de Seguridad Nacional dicta directrices de planificación y coordinación y dirige y coordina la gestión de crisis en los términos de esa ley. Por otra parte, el artículo 5 de la Ley del Gobierno atribuye al Consejo de Ministros, no al presidente individualmente, declarar los estados de alarma y excepción y proponer al Congreso la declaración del estado de sitio.

4. Vicepresidenta tercera: encargo, cartera y participación

El artículo 3 de la Ley del Gobierno dispone que los vicepresidentes ejercen «las funciones que les encomiende el Presidente». Si además son ministros, conservan las competencias y responsabilidades de su departamento: sus actuaciones sectoriales durante una emergencia derivan de esa cartera, no del ordinal de la vicepresidencia.

Asimismo, forma parte del Consejo de Seguridad Nacional por su condición de vicepresidenta, conforme al artículo 21 de la Ley 36/2015. Puede participar así en la coordinación colegiada de crisis, pero esa pertenencia no le atribuye por sí sola el mando operativo. Finalmente, puede suplir al presidente por vacante, ausencia o enfermedad, respetando el orden de prelación de las vicepresidencias, según el artículo 13 de la Ley del Gobierno.

¿Cuál ha sido la trayectoria política y profesional de Sara Aagesen antes de ser vicepresidenta tercera y ministra para la Transición Ecológica?

Antes de ser nombrada vicepresidenta tercera y ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Sara Aagesen desarrolló una carrera principalmente técnica en la Administración pública, centrada en cambio climático, negociación internacional y política energética. Su recorrido fue desde la Oficina Española de Cambio Climático hasta la Secretaría de Estado de Energía, con una etapa intermedia como asesora de Teresa Ribera.

Formación y primeros pasos

Nacida en Madrid en 1976, Aagesen es ingeniera química por la Universidad Complutense de Madrid, especializada en Medio Ambiente. Terminó sus estudios en 2001 y se incorporó en 2002 a la Oficina Española de Cambio Climático, donde permaneció hasta 2018. Esa formación y su experiencia administrativa constituyeron la base de su posterior entrada en puestos de dirección política, según la biografía oficial de Moncloa.

2002-2018: política climática y negociación internacional

Durante unos dieciséis años trabajó en el análisis de emisiones de gases de efecto invernadero, la elaboración de proyecciones y escenarios energéticos y el diseño de medidas para reducir emisiones. Participó en el primer Plan Nacional de Asignación de derechos de emisión y en la hoja de ruta de los sectores difusos para 2020: actividades como transporte, edificios, agricultura y residuos.

En paralelo, adquirió experiencia internacional. Desde 2002 formó parte de la delegación española ante la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y participó en trabajos relacionados con el Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático, el IPCC. También colaboró en grupos de la Comisión Europea, en el Centro y Red de Tecnología del Clima y en actividades de la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial. El perfil publicado por el IDAE recoge estas responsabilidades.

2018-2020: incorporación al equipo de Teresa Ribera

En 2018 pasó al gabinete del Ministerio para la Transición Ecológica como asesora de Teresa Ribera. Fue el puente entre su trayectoria técnica y la coordinación de las prioridades energéticas y climáticas del Gobierno.

En esa etapa intervino en la preparación del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2021-2030, conocido como PNIEC, y de la Estrategia de Descarbonización a Largo Plazo 2050. Su trabajo consistió en coordinar objetivos y aportaciones sobre reducción de emisiones, energías renovables, eficiencia energética y transformación del sistema energético. También participó en los preparativos de la COP25 celebrada en Madrid en 2019.

2020-2024: secretaria de Estado de Energía

Fue nombrada secretaria de Estado de Energía mediante el Real Decreto 98/2020, de 17 de enero. Permaneció en el puesto hasta noviembre de 2024, bajo la dirección ministerial de Ribera, y fue la primera mujer en ocuparlo.

Su gestión coincidió con la pandemia y la crisis energética europea. Asumió responsabilidades sobre planificación energética, renovables, ahorro, eficiencia y regulación de los mercados energéticos. Presidió asimismo el IDAE, organismo encargado de impulsar programas de eficiencia, energías limpias y movilidad eléctrica, incluidos los planes MOVES.

Según el perfil de Demócrata, coordinó la actualización del PNIEC y la elaboración de estrategias sobre hidrógeno verde, almacenamiento, autoconsumo y eólica marina.

Una trayectoria técnica antes que partidista

Su ascenso no procedió de una carrera parlamentaria, sino de la especialización administrativa y de la asunción progresiva de responsabilidades ejecutivas. El 25 de noviembre de 2024 recibió la cartera de Ribera: culminaba así un recorrido de más de dos décadas dedicado a las políticas climáticas y energéticas.

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¿Cuántas personas han sido evacuadas en la Comunidad Valenciana desde el inicio del temporal según la Guardia Civil?

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¿Qué responsable autonómico estuvo presente en la visita junto a Pedro Sánchez en Oliva?

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