CCOO convoca manifestaciones ante los principales bancos en 12 ciudades para exigir mejoras laborales

El sindicato anuncia movilizaciones el 15 de octubre y el 4 de noviembre ante entidades como Santander, BBVA, CaixaBank, Sabadell y Unicaja para reclamar subidas salariales, menos presión comercial y garantías frente a la inteligencia artificial

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Banco Santander. EUROPA PRESS

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La Federación de Servicios de CCOO ha convocado manifestaciones en 12 ciudades españolas los próximos 15 de octubre y 4 de noviembre ante las sedes de las principales entidades bancarias del país. El sindicato reclama la apertura inmediata de negociaciones para mejorar las condiciones laborales de las plantillas, reducir la presión comercial y abordar las consecuencias de la implantación de la inteligencia artificial en el sector financiero.

Las movilizaciones afectarán a entidades como Santander, BBVA, CaixaBank, Sabadell, Unicaja, Ibercaja, Abanca y Cajamar, entre otras. CCOO considera que los beneficios del sector no se están traduciendo en mejoras suficientes para sus trabajadores y exige compromisos concretos antes de la próxima negociación de los convenios colectivos, prevista para marzo de 2027.

Según los datos recogidos por el sindicato, la gran banca del Ibex 35 obtuvo más de 36.000 millones de euros de beneficios en 2025, una cifra que CCOO contrapone al deterioro de las condiciones laborales y al aumento de las cargas de trabajo.

Subidas salariales, jornadas más cortas y menos presión comercial

CCOO reclama incrementos salariales superiores al IPC, mejoras en los sueldos de entrada y medidas para reducir las desigualdades retributivas dentro de las entidades financieras. También plantea introducir nuevas fórmulas de organización del tiempo de trabajo, como fines de semana de tres días, más festivos y medidas de conciliación.

Entre sus reivindicaciones figuran también el relevo generacional y la creación de empleo, así como un sistema de retribución variable que sea justo, transparente y negociado con la representación sindical.

El sindicato pone especial énfasis en eliminar la presión comercial y reducir las cargas de trabajo que, según denuncia, soportan las plantillas. Además, exige garantías laborales ante la implantación de herramientas de inteligencia artificial en el sector bancario.

Estas propuestas están recogidas en el informe El sector financiero. El momento es ahora, presentado por CCOO el pasado 17 de septiembre y trasladado a las patronales bancarias.

Manifestaciones el 15 de octubre en Madrid y otras cinco ciudades

La primera jornada de movilizaciones tendrá lugar este jueves 15 de octubre, con protestas convocadas en seis ciudades:

  • Madrid: recorrido entre Recoletos y Colón, ante Santander, BBVA y CaixaBank.
  • Valencia: calle de las Barcas, ante Santander, BBVA y CaixaBank.
  • Valladolid: calle Santiago, ante Santander, BBVA y CaixaBank.
  • A Coruña: recorrido entre Cantón Pequeño y la calle Nueva, ante Abanca, Sabadell, Santander y BBVA.
  • Tenerife: recorrido entre Candelaria y Valentín Sanz y su entorno, ante Santander y Cajamar.
  • Málaga: avenida de Andalucía, ante Unicaja.

La segunda jornada está prevista para el 4 de noviembre, con movilizaciones en Barcelona, Sevilla, Murcia, Albacete, Zaragoza y Bilbao.

  • Barcelona: Via Laietana y Passeig de Gràcia, ante Santander, BBVA y CaixaBank.
  • Sevilla: recorrido entre la Campana y la Plaza Nueva, ante Unicaja, Santander, BBVA y CaixaBank.
  • Murcia: Gran Vía, ante Cajamar, Sabadell, Santander y CaixaBank.
  • Albacete: recorrido entre la calle Ancha y Altozano, ante Globalcaja, Santander, CaixaBank, Unicaja y BBVA.
  • Zaragoza: recorrido entre Plaza España y Paseo de Aragón, ante Ibercaja, Rural, Sabadell y otras entidades.
  • Bilbao: plaza Elíptica, ante Santander.

CCOO exige negociar antes de los convenios de 2027

El sindicato reclama la convocatoria inmediata de los Observatorios de Banca y Ahorro y de la Comisión Paritaria de Rurales, los espacios sectoriales en los que pretende negociar medidas concretas con las patronales.

La nueva convocatoria llega después de las movilizaciones celebradas durante la primavera, entre ellas la huelga del 27 de marzo en CaixaBank y las concentraciones del 3 de junio en distintas ciudades españolas.

CCOO también se apoya en los resultados de su macroencuesta La voz de las plantillas, realizada antes del verano, que, según la organización, refleja un malestar generalizado entre los trabajadores del sector financiero.

El objetivo de las protestas es alcanzar compromisos antes de marzo de 2027, cuando está previsto que comience la negociación de los próximos convenios colectivos. Por el momento, el sindicato ha anunciado estas dos jornadas de movilización, sin concretar nuevas convocatorias posteriores.

Más claves, contexto y preguntas con FREN

CONTENIDO GENERADO CON IA

¿En qué estado se encuentra actualmente la tramitación de los convenios colectivos en el sector bancario y cuáles son los próximos pasos previstos hasta marzo de 2027?

En el sector bancario, a día de hoy (octubre de 2026) los convenios colectivos de referencia están plenamente vigentes hasta el 31 de diciembre de 2026 y la negociación de los nuevos textos para 2027 y siguientes se encuentra en una fase preparatoria, no todavía de negociación formal. Las previsiones disponibles sitúan el inicio efectivo de las nuevas mesas en torno a febrero‑marzo de 2027, una vez renovada la representatividad sindical.

1. Convenio colectivo de banca (AEB)

El convenio actualmente aplicable es el XXV Convenio colectivo del sector de la banca (2024‑2026), suscrito el 12 de noviembre de 2024 entre la Asociación Española de Banca (AEB) y CCOO‑Servicios, FeSMC‑UGT y FINE, y publicado en el BOE el 1 de enero de 2025 con vigencia 1/1/2024–31/12/2026. Posteriormente se ha modificado para incorporar un nuevo capítulo sobre medidas planificadas para la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI, registrado y publicado por la Dirección General de Trabajo el 5 de junio de 2025 (texto en BOE).

De la información disponible se desprende que:

  • El convenio vigente sigue siendo el marco regulador básico de salarios, jornada, clasificación profesional, etc., hasta finales de 2026.
  • La modificación de 2025 no altera la vigencia temporal, sino que añade un capítulo específico de medidas LGTBI, protocolos de prevención de acoso y obligaciones de planificación en empresas de más de 50 personas trabajadoras.
  • No consta aún abierta formalmente la negociación del convenio que sucederá al XXV convenio; estamos en fase de plataformas y presión sindical.
2. Convenio de ahorro (CECA) y cooperativas de crédito

En el ámbito de cajas y entidades financieras de ahorro, el convenio estatal 2024‑2026 también mantiene su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026. En abril de 2025 se ha registrado y publicado un acuerdo de modificación para incorporar medidas LGTBI (nuevo artículo 108), suscrito por CECA y los sindicatos FINE, CCOO Servicios, FeSMC‑UGT y CIC (BOE-A-2025-9797). El núcleo del convenio (salarios, jornada, estructura) permanece en vigor.

Las informaciones sectoriales manejadas por CCOO y otros actores indican que los tres grandes ámbitos del sector financiero minorista —banca (AEB), ahorro (CECA) y cooperativas de crédito— comparten un esquema similar:

  • Convenios vigentes con caducidad el 31/12/2026.
  • Previsión de que las nuevas negociaciones de convenios sectoriales se desarrollen en paralelo a lo largo de 2027.
  • Reclamación sindical de activar desde ahora los observatorios de Banca y Ahorro y la Comisión Paritaria de Rurales para ir abordando temas de fondo antes de la apertura formal de las mesas.

Un artículo de Demócrata sobre las movilizaciones de este otoño resume el horizonte temporal: se convocan concentraciones en 12 ciudades ante Santander, BBVA, CaixaBank, Sabadell, Unicaja, Ibercaja, Abanca o Cajamar para presionar sobre salarios, cargas de trabajo, conciliación e impacto de la inteligencia artificial, y se señala expresamente que “los nuevos convenios del sector comenzarán a negociarse en marzo de 2027” (Demócrata).

3. Propuestas sindicales de referencia

Diversas crónicas económicas detallan ya la posición de partida de CCOO para el próximo ciclo de convenios en banca y ahorro, entre otros medios El Español, Infobae o Cinco Días. Entre los ejes anunciados para el nuevo convenio de banca destacan:

  • Subida salarial del entorno del 7 % para 2027 y del 4 % anual entre 2028 y 2030, con cláusulas de revisión ligadas al IPC.
  • Paga por participación en beneficios de entre el 1 % y el 2 %.
  • Reducción de jornada hacia unas 1.600 horas anuales y avances hacia fines de semana de tres días.
  • Ampliación del teletrabajo hasta tres días a la semana.
  • Medidas frente a las cargas comerciales y el impacto de la digitalización y la inteligencia artificial.

Son, en este momento, plataformas reivindicativas, no acuerdos cerrados.

4. Convenio del Banco de España y otros subsectores

Como contexto, en septiembre de 2026 se ha publicado en el BOE el Convenio colectivo del Banco de España, con ámbito temporal 2025‑2026 y entrada en vigor el 1 de enero de 2025 (BOE-A-2026-19603). También existe un convenio marco estatal para los establecimientos financieros de crédito, publicado en julio de 2024 (BOE-A-2024-14717). Ambos se encuadran en el ámbito financiero amplio, pero no forman parte de las mesas sectoriales AEB/CECA.

5. Servicios de prevención ajenos vinculados a banca

En la información consultada no aparece un convenio colectivo sectorial específico de “servicios de prevención ajenos de banca”. Lo habitual es que estas entidades se rijan por:

  • Un convenio propio de empresa o grupo, cuando existe.
  • El convenio estatal de servicios de prevención ajenos u otro convenio sectorial aplicable a su actividad principal.

Por tanto, la renovación de los convenios de banca o ahorro no determina automáticamente las condiciones de los servicios de prevención ajenos, que dependen del convenio indicado en sus contratos y registros.

6. Próximos pasos hasta marzo de 2027

Con la información disponible, el calendario más razonable es:

  • Otoño de 2026: movilizaciones sindicales y apertura de observatorios de banca y ahorro y de la comisión paritaria de rurales, para preparar el terreno de la negociación.
  • Hasta 31/12/2026: plena vigencia de los convenios actuales de banca, ahorro y cooperativas de crédito.
  • Enero de 2027: se abre el nuevo periodo convencional, con margen jurídico para iniciar la negociación, pero todavía condicionado por la renovación de la representación sindical.
  • Febrero‑marzo de 2027: previsión de celebración de elecciones sindicales en el sector, constitución de las mesas negociadoras y inicio efectivo de las conversaciones sobre los nuevos convenios sectoriales.

Hasta marzo de 2027, por tanto, lo esperable es un escenario de negociación recién arrancada, con fuerte presión sindical y sin acuerdos definitivos todavía sobre salarios, jornada o teletrabajo.

¿Puedes detallar las principales mejoras económicas y de jornada que recoge el XXV Convenio de banca 2024‑2026 frente al ciclo anterior? ¿Qué margen tienen legalmente las partes para prorrogar los convenios de banca y ahorro si la negociación de 2027 se retrasa más allá de marzo? ¿Cómo afectaría a una entidad concreta del sector bancario un escenario de huelga sectorial ligada a la negociación de los convenios de 2027?

¿Cuáles son las funciones y competencias principales de la Federación de Servicios de CCOO dentro del marco sindical español?

La Federación de Servicios de CCOO (habitualmente denominada CCOO Servicios) es la federación de rama de Comisiones Obreras que agrupa a las personas trabajadoras de una amplia gama de sectores de servicios privados: comercio, banca y seguros, turismo y hostelería, contact center, tecnologías de la información, oficinas, servicios administrativos, entre otros. Dentro del marco sindical español actúa como estructura especializada de CCOO en estos ámbitos, con funciones de representación, negociación y organización sindical en todo el territorio estatal.

Representación y defensa de las personas trabajadoras

Su función esencial es la representación colectiva de las plantillas que trabajan en los sectores que cubre. Esto incluye:

  • Defender los intereses laborales, económicos y sociales de las personas trabajadoras frente a las empresas y ante las Administraciones públicas.
  • Intervenir en conflictos colectivos (por ejemplo, ante ERE o reestructuraciones empresariales), planteando alternativas, denunciando abusos y utilizando las vías sindicales y jurídicas necesarias.
  • Canalizar las reivindicaciones de los centros de trabajo hacia los ámbitos sectoriales y confederales de CCOO.

Negociación colectiva sectorial y de empresa

CCOO Servicios tiene una competencia central en la negociación colectiva en los sectores de su ámbito:

  • Encabeza o coordina la negociación de convenios colectivos estatales y de empresa en comercio, banca, seguros, restauración colectiva, mutuas, turismo, TIC, etc., conforme al marco del Estatuto de los Trabajadores.
  • Comparte legitimación plena, junto a las patronales del sector, para firmar convenios como el Convenio Colectivo Estatal de Restauración Colectiva, donde figura expresamente como parte sindical negociadora.
  • Fija criterios y líneas rojas en materia de salarios, jornada, clasificación profesional, planes de igualdad, conciliación, permisos y derechos sindicales que después aplican sus estructuras sectoriales y territoriales en las distintas mesas de negociación.

Acción sindical, movilización y conflicto colectivo

Más allá de la mesa de negociación, la federación impulsa la acción sindical necesaria para respaldar las demandas de las plantillas:

  • Convoca y organiza huelgas, concentraciones y campañas cuando las empresas bloquean la negociación o aplican medidas unilaterales (despidos colectivos, recortes, congelaciones salariales, etc.).
  • Denuncia públicamente situaciones de precariedad, incumplimientos de convenio, trato vejatorio o represión sindical, como ocurre en sectores de plataformas digitales, ‘call centers’ o determinadas empresas de servicios.
  • Coordina con otras estructuras de CCOO y con otras organizaciones sindicales acciones conjuntas ante patronales sectoriales o ante el Gobierno.

Organización en los centros de trabajo y elecciones sindicales

Dentro del marco de la Ley Orgánica de Libertad Sindical, CCOO Servicios se encarga de:

  • Impulsar y apoyar la constitución de secciones sindicales, comités de empresa y delegados y delegadas de personal en las empresas de su ámbito.
  • Planificar y coordinar las elecciones sindicales, con el objetivo de reforzar la presencia de CCOO como primera fuerza en los sectores de servicios.
  • Dar soporte a la representación legal de las personas trabajadoras en su actuación diaria ante la empresa: información, consulta, negociación y vigilancia del cumplimiento normativo y de convenio.

Asesoramiento jurídico, formación e información

Como parte de sus competencias internas, la federación proporciona:

  • Asesoramiento jurídico y técnico a la afiliación y a las estructuras sindicales en conflictos individuales y colectivos (despidos, sanciones, reclamaciones de cantidad, clasificación profesional, etc.).
  • Formación sindical y profesional sobre derechos laborales, negociación colectiva, salud laboral, igualdad y digitalización del trabajo, entre otros ámbitos.
  • Materiales informativos, guías e informes sectoriales que orientan la actuación en las empresas y mesas de negociación.

Coordinación sectorial y participación institucional

En la arquitectura interna de CCOO, la Federación de Servicios:

  • Define, mediante sus estatutos y congresos federales, la política sindical específica para los sectores de servicios, en coherencia con las orientaciones de la Confederación Sindical de CCOO.
  • Coordina la actuación de sus estructuras territoriales y de sus sectores estatales para garantizar una estrategia sindical coherente en todo el país.
  • Participa en órganos de diálogo social y comisiones paritarias de seguimiento de convenios, así como en espacios de consulta con la Administración y las patronales, ejerciendo las funciones de representación y defensa de intereses colectivos que el ordenamiento español reconoce a los sindicatos.

En conjunto, la Federación de Servicios de CCOO es el instrumento con el que Comisiones Obreras articula la representación, la negociación y la movilización en gran parte de la economía de servicios, combinando la defensa jurídica individual con la acción colectiva y la participación en el diálogo social propio del modelo sindical español.

¿Podrías detallar en qué sectores concretos actúa la Federación de Servicios de CCOO y qué peso sindical tiene en cada uno? ¿Cómo se coordinan las decisiones de CCOO Servicios con la Confederación Sindical de CCOO y con las uniones territoriales? ¿Qué papel juega CCOO Servicios en el diálogo social estatal cuando se negocian reformas laborales o cambios en la contratación pública?

¿Qué requisitos legales deben cumplirse para negociar condiciones laborales en el sector financiero español?

En el sector financiero español, la negociación de condiciones laborales se rige por las reglas generales de la negociación colectiva previstas en el ordenamiento laboral, con algunas particularidades derivadas de la estructura del propio sector (banca, ahorro, seguros, servicios auxiliares, etc.). Más que un régimen “especial financiero”, lo determinante son quién representa legítimamente a plantilla y empresas, cómo se constituye la mesa negociadora, y qué límites materiales no se pueden rebasar.

1. Quién puede negociar en representación de las personas trabajadoras

En términos generales, están legitimados para negociar:

  • Representación unitaria: comités de empresa y delegados de personal de la entidad o del centro de trabajo, cuando se negocian convenios o acuerdos de ámbito de empresa o centro.
  • Representación sindical:
    • Sindicatos más representativos a nivel estatal o autonómico.
    • Sindicatos con presencia significativa en el ámbito afectado (por ejemplo, sindicatos con implantación relevante en banca o seguros, aunque no sean “confederaciones” estatales).
    • Secciones sindicales constituidas en la empresa o grupo, cuando alcanzan la representatividad necesaria en el ámbito de negociación.

En la práctica del sector financiero, los grandes sindicatos de rama (servicios financieros, seguros, etc.) suelen acumular la mayor parte de la representación, lo que les da un papel central en la mesa negociadora.

2. Quién puede negociar en representación de las empresas

Por la parte empresarial, la legitimación suele estructurarse así:

  • Para convenios sectoriales (p. ej. banca, cajas de ahorro, seguros):
    • Asociaciones empresariales del sector que reúnan suficiente representatividad económica y de empleo (por ejemplo, asociaciones de banca, de entidades de ahorro, de aseguradoras u otras patronales específicas de servicios financieros).
    • En ocasiones, pueden intervenir varias patronales si el convenio cubre subsectores distintos (banca tradicional, financieras de consumo, aseguradoras, etc.).
  • Para convenios o acuerdos de empresa o centro:
    • La propia empresa, representada por su dirección.
    • Eventualmente, el grupo de empresas o la entidad dominante, si el ámbito del convenio es de grupo.
3. Constitución y funcionamiento de la mesa negociadora

Para que el convenio o acuerdo tenga eficacia general en su ámbito, es esencial:

  • Que en la mesa se sienten todas las organizaciones con legitimación suficiente (sindicatos y patronales o empresa) según su implantación.
  • Que la parte social represente una fracción relevante de la plantilla del ámbito afectado, y la parte empresarial una porción significativa de las empresas y del empleo del sector o empresa.
  • Que se dejen constancia escrita de:
    • La constitución de la mesa y su composición.
    • Las sesiones de negociación y los acuerdos parciales.
    • El texto final pactado y el respaldo mayoritario de cada parte.

En el sector financiero, donde suelen coexistir varias patronales y sindicatos con fuerza similar, es frecuente que la negociación requiera mayorías internas dentro de cada “banco” (sindical y empresarial) para poder cerrar un acuerdo válido.

4. Diferencias entre convenios de sector y acuerdos de empresa

En el ámbito financiero coexisten:

  • Convenios colectivos sectoriales: banca, entidades de ahorro, seguros, mediación de seguros, etc. Fijan el “suelo” de condiciones (salarios base, estructura retributiva, jornada tipo, categorías, licencias, etc.) para todo el sector o subsector.
  • Convenios o acuerdos de empresa o grupo:
    • Permiten adaptar las condiciones al modelo concreto de negocio (banca digital, fintech, servicios externalizados, contact centers financieros).
    • Pueden mejorar lo previsto en el convenio sectorial y, en algunos aspectos, ordenarlo o redistribuirlo, respetando siempre los límites legales y lo que la ley reserva al nivel sectorial.

Es clave respetar las reglas sobre articulación de la negociación colectiva: no todo puede “descolgarse” o modificarse en empresa; hay materias reservadas o condicionadas por el convenio sectorial y por la ley.

5. Registro, publicación y papel de la autoridad laboral

Una vez alcanzado el acuerdo:

  • Debe levantarse un acta de la comisión negociadora con el texto del convenio o acuerdo.
  • Se presenta a la autoridad laboral competente (estatal o autonómica, según el ámbito) para su registro.
  • El convenio registrado se publica en el boletín oficial correspondiente (BOE o boletines autonómicos/provinciales), condición esencial para su eficacia general.

En este trámite, la autoridad laboral controla fundamentalmente legalidad formal y básica (competencia del órgano, documentación, respeto mínimo a las normas imperativas), sin entrar en el oportuno contenido económico salvo manifiesta infracción de normas de derecho necesario.

6. Límites materiales: qué no se puede pactar

Aun cuando exista acuerdo entre empresas y trabajadores, la negociación en el sector financiero debe respetar:

  • Las normas imperativas de derecho laboral (jornada máxima, descansos, vacaciones mínimas, salario mínimo, límites a horas extraordinarias, protección de menores, etc.).
  • Las reglas de igualdad y no discriminación (por sexo, edad, origen, discapacidad, etc.).
  • La normativa de prevención de riesgos laborales, incluida la protección frente a riesgos psicosociales derivados de la alta presión comercial, objetivos y gestión digitalizada del trabajo, muy relevantes en banca y seguros.
  • Otros límites derivados de la legislación de protección de datos, conciliación, corresponsabilidad y desconexión digital, que condicionan la organización de trabajo y las herramientas tecnológicas propias del sector.

Cuando un convenio o acuerdo vulnera estos límites, puede ser impugnado ante la jurisdicción social, y la parte afectada (normalmente trabajadores o sus representantes) puede instar su nulidad total o parcial.

¿Puedes detallar qué diferencias prácticas hay entre un convenio sectorial de banca y un convenio de empresa de una entidad concreta? ¿Qué papel juegan las asociaciones empresariales del sector financiero en la constitución de la mesa negociadora de los convenios? ¿Cómo se podría impugnar un convenio o acuerdo de empresa en el sector financiero si vulnera la igualdad o el tiempo de trabajo?

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¿Qué fechas ha fijado CCOO para las manifestaciones ante las principales entidades bancarias en 12 ciudades españolas?

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¿Cuál es una de las principales reivindicaciones de CCOO para los trabajadores del sector financiero?

Pregunta 2 de 3

¿Qué entidades bancarias están entre las afectadas por las protestas convocadas por CCOO?

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