La Junta Electoral Central (JEC) ha acordado este jueves abrir un expediente sancionador al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, por sus declaraciones durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros del pasado 6 de octubre, celebrada en el Palacio de la Moncloa una vez convocadas las elecciones generales del 29 de noviembre. El organismo considera que algunas de sus manifestaciones podrían haber vulnerado la obligación de neutralidad institucional durante el periodo electoral.
La resolución estima parcialmente las denuncias presentadas por el PP y Se Acabó la Fiesta y ordena retirar las declaraciones cuestionadas de los canales oficiales en los que todavía permanezcan publicadas. La apertura del procedimiento no supone, por el momento, la imposición de una sanción definitiva.
La petición de una mayoría más amplia, en el centro del expediente
La Junta Electoral considera que Sánchez fue más allá de la explicación de las medidas de vivienda aprobadas por el Ejecutivo durante aquella reunión del Consejo de Ministros. Según la resolución, el presidente incorporó referencias a los logros de su Gobierno, críticas a los partidos de la oposición y alusiones a la necesidad de conseguir un mayor respaldo parlamentario.
Entre las expresiones señaladas por el organismo figura su petición de "una mayoría más rotunda, más contundente" para responder a la crisis de la vivienda. La JEC entiende que este tipo de declaraciones, realizadas desde una comparecencia institucional y una vez convocadas las elecciones, pueden entrar en conflicto con las restricciones establecidas por la legislación electoral.
El artículo 50.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) prohíbe que, desde la convocatoria de unas elecciones hasta su celebración, los poderes públicos organicen o financien actos que contengan alusiones a los logros obtenidos por las autoridades públicas.
La Junta Electoral recuerda las sanciones anteriores a Sánchez
El acuerdo también hace referencia a los antecedentes del presidente del Gobierno por infracciones de la normativa electoral. La JEC considera que Sánchez "debía conocer suficientemente" las exigencias de neutralidad institucional, puesto que ya había sido sancionado por declaraciones realizadas en actos oficiales durante otros procesos electorales.
En concreto, la resolución menciona acuerdos sancionadores de 2020, 2023, 2024 y 2026, relacionados con manifestaciones efectuadas en comparecencias institucionales, incluidas ruedas de prensa posteriores a reuniones del Consejo de Ministros.
Una posible multa de hasta 3.000 euros
La apertura del expediente inicia un procedimiento en el que Sánchez podrá presentar alegaciones y ejercer su defensa. La infracción podría conllevar una multa de entre 300 y 3.000 euros, aunque la cuantía definitiva dependerá de la instrucción y de la resolución que adopte la Junta Electoral.
El organismo concede al presidente diez días hábiles desde la notificación para formular alegaciones. También contempla la posibilidad de que realice un pago voluntario de 2.400 euros, cantidad que se reduciría a 1.800 euros si, además, reconoce su responsabilidad dentro del plazo establecido.
La decisión llega después de que el PP denunciara el mismo 6 de octubre que Sánchez había utilizado su comparecencia en Moncloa para realizar declaraciones de carácter electoralista.
El PP celebra la apertura del expediente y habla de su "primera victoria"
El Partido Popular ha celebrado la decisión de la Junta Electoral y ha reivindicado la denuncia que presentó el pasado 6 de octubre, el mismo día en que se convocaron las elecciones generales del 29N. "Dijimos que no le dejaríamos pasar ni una: primera victoria conseguida", han señalado a DEMÓCRATA fuentes de la formación que preside Alberto Núñez Feijóo.
Los populares acusan al presidente del Gobierno de haber utilizado la sede de la Presidencia del Ejecutivo como "altavoz de su campaña electoral", al incorporar a su comparecencia institucional referencias a los logros de su Gobierno, críticas a la oposición y una petición de mayor respaldo parlamentario. A juicio del PP, aquella intervención fue "una muestra de debilidad y un intento de sacar ventaja de un candidato desesperado".
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Sánchez acumula 6.600 euros en multas electorales y afronta un nuevo expediente de la JEC
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El partido también ha recordado los antecedentes de Sánchez ante las juntas electorales y asegura que ha recibido cuatro multas por un importe conjunto de 6.600 euros, además de contar con dos sanciones confirmadas por el Tribunal Supremo. Según los populares, los órganos electorales han apreciado vulneraciones de la normativa en seis procesos electorales anteriores.
"Sánchez batió su propio récord el pasado 6 de octubre porque no tardó ni un solo día en vulnerar la LOREG", han afirmado desde el PP, que considera que el nuevo expediente confirma sus advertencias sobre el uso electoralista de las instituciones.
La formación ha concluido su valoración asegurando que "Sánchez no se siente capaz de presentarse a unas elecciones sin saltarse la Ley Electoral". No obstante, la apertura del procedimiento anunciada este jueves todavía no constituye una sanción firme.