El PP registra en el Congreso su reforma del CGPJ coincidiendo con el inicio del año judicial

El PP impulsa en el Congreso una reforma para que los jueces elijan a los vocales judiciales del CGPJ y limita el papel de las Cortes a los juristas.

Fachada de la sede del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), a 22 de junio de 2026, en Madrid (España).  Isa Saiz - Europa Press

Fachada de la sede del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), a 22 de junio de 2026, en Madrid (España). Isa Saiz - Europa Press

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El PP llevará al Pleno del Congreso el próximo 10 de septiembre una proposición de ley orgánica destinada a modificar el sistema de designación del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). La iniciativa plantea que los doce vocales de extracción judicial sean escogidos directamente por el conjunto de jueces y magistrados en activo, reservando a las Cortes únicamente la elección de los ocho vocales procedentes de la categoría de juristas de reconocida competencia.

De acuerdo con el borrador del orden del día del próximo pleno, al que ha tenido acceso Europa Press, el primer debate y la votación de la propuesta del PP se celebrarán el jueves 10 de septiembre, la misma jornada en la que el Rey presidirá en Madrid el acto solemne de apertura del año judicial, acompañado por la presidenta del Tribunal Supremo y del CGPJ, Isabel Perelló.

En la actualidad, los 20 vocales del CGPJ se eligen en las Cortes Generales: diez en el Congreso y otros diez en el Senado, siempre con una mayoría cualificada de tres quintos, lo que obliga al entendimiento entre las dos principales fuerzas políticas. En cada Cámara, seis de los vocales deben pertenecer a la carrera judicial y los otros cuatro ser juristas de prestigio con al menos quince años de ejercicio profesional.

La proposición del PP plantea que cada Cámara designe únicamente a cuatro de esos ocho vocales juristas, así como a sus suplentes. Además, se establece que en ese grupo estén representadas las principales ramas del mundo jurídico, mencionando expresamente la abogacía, la procura, la fiscalía, los letrados de la Administración de Justicia y el ámbito universitario.

Veto de cinco años a antiguos cargos políticos

El texto introduce también un régimen de incompatibilidades para este turno de juristas, con el fin de impedir el acceso a quienes en los cinco años previos hayan ocupado puestos como ministros, secretarios de Estado, consejeros autonómicos o alcaldes, así como a quienes hayan sido diputados, senadores, eurodiputados o miembros de una Asamblea Legislativa autonómica.

Igualmente, se excluye de este cupo a los integrantes de la carrera judicial, salvo que lleven al menos cuatro años fuera del servicio activo en una situación administrativa distinta, y se impide repetir mandato a quienes ya hayan sido vocales del Consejo saliente.

En cuanto a los doce vocales reservados a la carrera judicial, el PP propone que tengan derecho de sufragio todos los jueces y magistrados de cualquier categoría que se encuentren en servicio activo en el momento de la convocatoria electoral. Todos ellos podrían presentarse como candidatos, excepto los afectados por las causas de inelegibilidad previstas en la ley.

Esos doce puestos se distribuirían de modo que tres correspondan a magistrados del Tribunal Supremo, otros tres a magistrados con más de quince años de antigüedad y los seis restantes a jueces o magistrados sin requisito de años de servicio. Además, se establece que la composición final deberá respetar un mínimo del 40% para cada sexo.

Voto directo, secreto y con listas abiertas

La elección se llevaría a cabo mediante voto “personal, libre, igual, directo y secreto”, que podría emitirse de forma presencial o por correo postal certificado, y se prevé una única circunscripción para todo el territorio nacional.

El proceso electoral deberá convocarse tres meses antes de la expiración del mandato del CGPJ en funciones. Podrán presentar candidaturas todos los jueces y magistrados a título individual, y las asociaciones judiciales tendrán la opción de registrar listas completas de doce aspirantes.

Para concurrir de forma individual, cada candidato necesitará el aval de veinte compañeros o el apoyo de una asociación profesional de jueces y magistrados legalmente constituida. Las asociaciones podrán respaldar una candidatura completa o un máximo de ocho candidaturas individuales, y cada juez o magistrado tendrá la posibilidad de avalar hasta ocho aspirantes.

Una Junta Electoral supervisará el proceso

El PP plantea la creación de una Junta Electoral específica encargada de organizar todo el procedimiento, resolver dudas, quejas y reclamaciones, proclamar las candidaturas y a los vocales electos, así como realizar el escrutinio general.

Concluido el recuento, se elaborará la lista de los doce jueces y magistrados más votados, respetando el reparto por categorías judiciales y los requisitos de paridad recogidos en la norma. En caso de empate, se dará prioridad al candidato con mayor antigüedad en el escalafón.

La proclamación definitiva de las candidaturas y, posteriormente, de los vocales elegidos podrá ser impugnada ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, dentro de los plazos fijados en la propia ley.

Cláusula para sortear posibles bloqueos

La iniciativa incorpora además un mecanismo para evitar que un bloqueo en el Congreso o en el Senado a la hora de escoger a los ocho juristas impida la constitución del nuevo CGPJ.

De este modo, si llegada la sesión constitutiva una o ambas Cámaras no hubieran completado la designación de sus vocales, el nuevo Consejo quedaría constituido con los doce representantes elegidos directamente por la judicatura, los juristas que sí hubiera nombrado la otra Cámara, en su caso, y los vocales del Consejo saliente que hubieran sido propuestos en su día por la Cámara incumplidora.

Ese CGPJ podría ejercer todas sus funciones salvo la elección de su presidente. No obstante, si transcurren treinta días hábiles sin que las Cortes completen la selección de los vocales juristas, los nuevos vocales judiciales, junto con los juristas que continúen en funciones del Consejo anterior, podrán proceder ya a elegir al presidente del órgano de gobierno de los jueces.

El PP invoca los estándares europeos

El PSOE y el PP alcanzaron en junio de 2024 un acuerdo que permitió desbloquear una situación de más de cinco años. El actual Consejo se constituyó para un mandato de cinco años bajo la presidencia de Isabel Perelló.

En la exposición de motivos, el PP recuerda que la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobada en 2024 encomendó al nuevo Consejo la elaboración, en un plazo de seis meses, de un informe sobre los modelos europeos de elección de órganos equivalentes y de una propuesta para cambiar el sistema de designación de los vocales judiciales que garantizase su independencia.

El CGPJ aprobó el 5 de febrero de 2025 un documento que incluía el informe y dos propuestas normativas diferentes, al no lograr ninguna de ellas la mayoría de tres quintos requerida, y lo remitió al Gobierno, al Congreso y al Senado. Desde entonces, el Gobierno no adoptado ninguna decisión para impulsar la modificación de este modelo de elección.