Pedro Sánchez y su esposa rematan sus vacaciones de verano con una estancia de cuatro días en Andorra

El presidente viaja con Begoña Gómez al Principado para cerrar agosto después de su estancia en La Mareta. El matrimonio repite el destino del pasado verano, cuando practicó ciclismo bajo un fuerte dispositivo de seguridad

4 minutos

Captura de imagen de un vídeo del presidente del Gobierno haciendo deporte en bici por la sierra de Madrid en la jornada de reflexión.

Captura de imagen de un vídeo del presidente del Gobierno haciendo deporte en bici por la sierra de Madrid en la jornada de reflexión.

Añadir DEMÓCRATA en Google

Pregunta a FREN

Publicado

Última actualización

4 minutos

Más leídas

Pedro Sánchez ha cambiado Lanzarote por Andorra para apurar los últimos días de agosto. Después de varias semanas instalado en La Mareta, el presidente del Gobierno viajará este miércoles al Principado junto a Begoña Gómez, según publica ABC. Allí volverán a encontrarse con un escenario que conocen bien: el matrimonio ya eligió Andorra el pasado verano para descansar y practicar ciclismo de montaña.

La escapada llega después de un agosto atravesado por la crisis migratoria de Ceuta, que ha obligado al Ejecutivo a movilizar buena parte de su estructura y ha desembocado esta semana en algunas de las decisiones de mayor calado desde las entradas masivas de finales de julio.

Sánchez ha pasado la mayor parte de agosto en Lanzarote. Desde allí se reunió por videoconferencia con los ministros implicados en la crisis de Ceuta los días 7 y 17. Estas fueron sus dos principales intervenciones durante unas vacaciones marcadas por la emergencia en la ciudad autónoma.

Este martes, el jefe del Ejecutivo reaparecía en la reunión del Consejo de Ministros. Más tarde, Moncloa difundía una fotografía en la que el presidente aparece al fondo de la mesa y sin corbata. La imagen dejó constancia de su presencia en una jornada en la que el Gobierno tomó decisiones importantes, pero Sánchez tampoco compareció ayer después ante los medios.

Fueron Fernando Grande-Marlaska, Ángel Víctor Torres y Elma Saiz quienes explicaron las medidas tras la celebración del Consejo de Ministros.

Veinticuatro horas después, el presidente vuelve a marcharse de Madrid.

250826 consejo serguridad nacional 4
El presidente del Gobierno reunido ayer con el Consejo de Seguridad Nacional. Foto: MONCLOA.

De La Mareta a Andorra

Según ABC, Sánchez y Gómez permanecerán previsiblemente en Andorra hasta el próximo domingo, cuando termina agosto. El matrimonio volverá a alojarse en el Sport Hotel Hermitage & Spa de Soldeu, un establecimiento de cinco estrellas gran lujo situado a los pies de Grandvalira.

El plan guarda muchas similitudes con el del verano pasado. También entonces Sánchez cerró agosto en las montañas andorranas después de pasar buena parte de sus vacaciones en Lanzarote.

La bicicleta explica buena parte de la elección. Sánchez y Gómez comparten la afición por el ciclismo de montaña y Andorra ofrece durante el verano una amplia red de rutas y circuitos, además de acoger algunas de las principales competiciones internacionales de esta disciplina.

Captura de pantalla 2026 08 26 092813
Pedro Sánchez prueba una bicicleta impulsada por hidrógeno verde. Foto: DEMÓCRATA.

El precedente del verano pasado

Sánchez y Gómez ya estuvieron en Andorra a finales de agosto de 2025 y eligieron entonces el mismo hotel de Soldeu.

Las vacaciones privadas acabaron teniendo repercusión pública por dos circunstancias: el importante dispositivo de seguridad que acompañó al presidente y las protestas que llegaron hasta las inmediaciones del establecimiento.

Distintos medios españoles y andorranos informaron entonces de una amplia presencia de escoltas durante los desplazamientos del matrimonio. La protección se mantuvo también durante algunas de sus salidas deportivas, con agentes acompañándolos mientras practicaban ciclismo.

La política española terminó alcanzándoles incluso allí. Tres miembros de Hazte Oír se desplazaron hasta Soldeu y desplegaron pancartas contra Sánchez en varios puntos, incluida la zona próxima al hotel. La Policía andorrana los identificó posteriormente cerca de la frontera, aunque no fueron sancionados porque la protesta se desarrolló de manera pacífica y sin alteraciones del orden público.

Este verano Sánchez y Gómez regresan al mismo destino y, según ABC, también al mismo establecimiento.

Un agosto marcado por Ceuta

El viaje llega esta vez después de unas vacaciones condicionadas políticamente por la crisis de Ceuta.

Desde las entradas masivas de finales de julio, el Gobierno ha tenido que reforzar el despliegue policial, gestionar la acogida y el traslado de migrantes, negociar la respuesta europea y afrontar las críticas por la información disponible antes de la crisis.

Este martes, el Gobierno declaró la situación de interés para la Seguridad Nacional en Ceuta y designó al ministro de Política Territorial, Ángel Víctor Torres, como autoridad funcional encargada de coordinar las actuaciones.

Cambios en Extranjería y Asilo antes de cerrar las vacaciones

Tras el regreso de las primeras vacaciones de Pedro Sánchez, el Ejecutivo aprobó ayer en primera vuelta una nueva Ley de Asilo y una reforma de la Ley de Extranjería para adaptar la normativa española al Pacto Europeo de Migración y Asilo.

Cabe señalar, que España apoyó el Pacto, pero había optado por no incorporar a su legislación todas las posibilidades que permite el nuevo marco comunitario. La crisis de Ceuta ha llevado ahora a Interior a revisar ese criterio y aprovechar instrumentos que inicialmente había decidido no utilizar.

Entre ellos figuran el triaje en frontera, procedimientos acelerados para determinadas solicitudes de protección internacional y mecanismos destinados a agilizar los retornos de quienes no tengan derecho a permanecer en España.

Marlaska justificó el cambio por la necesidad de responder a una "nueva realidad migratoria". El ministro del Interior fue precisamente uno de los encargados de explicar las decisiones adoptadas este martes. 

Andorra antes de septiembre

El viaje tiene también un calendario particular para Begoña Gómez. La esposa del presidente mantiene abiertos varios frentes judiciales que recuperarán actividad después del paréntesis de agosto. Su procedimiento judicial lleva más de dos años abierto y no comienza ahora el juicio, pero septiembre devolverá sus asuntos a los tribunales.

La Audiencia Provincial de Madrid corrigió en julio parte del procedimiento seguido contra Gómez por los presuntos delitos de tráfico de influencias y malversación y confirmó que la causa debe continuar por los trámites previstos para el tribunal del jurado. 

 

 

Más claves, contexto y preguntas con FREN

CONTENIDO GENERADO CON IA

¿En qué estado parlamentario se encuentra la reforma de la Ley de Extranjería aprobada en primera vuelta por el Gobierno?

A día de hoy, la reforma de la Ley de Extranjería a la que te refieres —el anteproyecto de reforma de la Ley Orgánica 4/2000 aprobado en primera vuelta por el Consejo de Ministros el 25 de agosto de 2026no tiene todavía estado parlamentario. Se encuentra en la fase prelegislativa dentro del Gobierno y aún no ha sido remitida a las Cortes Generales.

Según la información publicada por el periódico Demócrata en el artículo «El Gobierno da luz verde a los anteproyectos de asilo y extranjería en plena respuesta a la crisis de Ceuta» , el Consejo de Ministros ha aprobado:

  • Un anteproyecto de nueva ley de asilo.
  • Un anteproyecto de reforma de la Ley de Extranjería.

Ambos textos se aprueban expresamente como anteproyectos, no como proyectos de ley. El propio Gobierno explica que:

  • Estos anteproyectos “ahora deberán pasar por los correspondientes órganos consultivos antes de regresar al Consejo de Ministros y ser enviados a las Cortes”.
  • Entre esos órganos figuran, entre otros, el Consejo General del Poder Judicial, el Consejo de Estado, el Foro para la Integración Social de los Inmigrantes y el Consejo Estatal de ONG.

Esto significa que, en el momento actual:

  • La reforma no se ha transformado aún en “Proyecto de Ley” aprobado por el Consejo de Ministros.
  • En consecuencia, no se ha registrado en el Congreso de los Diputados, ni se ha publicado en el Boletín Oficial de las Cortes, ni figura con número de iniciativa (del tipo 121/0000X).
  • Tampoco hay constancia de que haya abierto plazo de enmiendas, ni se haya constituido ponencia o comisión sobre ese texto concreto, ni que esté en orden del día de Pleno o de comisión.

Desde el punto de vista técnico, por tanto, su “estado parlamentario” puede describirse así:

  • Fase: pre‑parlamentaria (anteproyecto de ley).
  • Situación: pendiente de informes consultivos y de una segunda aprobación por el Consejo de Ministros como proyecto de ley.
  • Relación con las Cortes: todavía sin remisión al Congreso ni al Senado, por lo que no existe expediente parlamentario abierto.

Es importante no confundir esta reforma con otras iniciativas recientes sobre extranjería que sí han tenido o tienen tramitación parlamentaria o normativa:

  • La Proposición de Ley de reforma del artículo 35 de la Ley de Extranjería para el reparto de menores migrantes no acompañados, que el Pleno del Congreso rechazó tomar en consideración en julio de 2024, de forma que esa vía legislativa decayó.
  • La Iniciativa Legislativa Popular para una regularización extraordinaria, que modifica también la Ley Orgánica 4/2000 y ha seguido su propio cauce parlamentario independiente.
  • Las reformas del Reglamento de Extranjería por Real Decreto (por ejemplo, el Real Decreto 1155/2024 y el Real Decreto 316/2026), que se tramitan como normativa reglamentaria del Ejecutivo y, por tanto, no pasan por las Cortes como proyectos de ley.

En cambio, la reforma que mencionas —la aprobada en primera vuelta el 25 de agosto de 2026— está en el escalón anterior: es solo un anteproyecto. Hasta que el Consejo de Ministros no lo apruebe en segunda vuelta como proyecto de ley y lo remita al Congreso, jurídicamente:

  • No tiene número de iniciativa ni ficha en el registro del Congreso.
  • No figura en el “estado de tramitación” de iniciativas legislativas.
  • No puede hablarse de fase de enmiendas, ponencia, comisión o Pleno, porque ninguna de esas fases se ha abierto aún.

Si quieres seguir su evolución, el siguiente hito clave será la aprobación como proyecto de ley y su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, momento en el que ya podremos hablar propiamente de estado parlamentario (admisión a trámite, plazo de enmiendas, etc.).

¿Cuáles son las competencias y funciones del presidente del Gobierno según la Constitución española?

La Constitución española de 1978 configura al presidente del Gobierno como la pieza central del poder ejecutivo. Sus competencias y funciones se encuentran repartidas principalmente entre los artículos 97, 98, 99 y 100, y se completan con otros preceptos sobre responsabilidad política del Gobierno (arts. 108 y ss.).

1. Dirección del Gobierno y de la política interior y exterior

El núcleo de las competencias del presidente se recoge en el artículo 97 CE: el Gobierno dirige la política interior y exterior, la Administración civil y militar y la defensa del Estado, y ejerce la función ejecutiva y la potestad reglamentaria. Dentro de este marco, el presidente es quien fija la orientación política general del Gobierno y coordina la acción de los distintos ministerios.

En la práctica, esto significa que:

  • Define las líneas maestras de la acción del Gobierno (prioridades legislativas, políticas económicas, sociales, territoriales, exteriores, etc.).
  • Resuelve los conflictos de coordinación entre ministros y decide sobre la distribución de asuntos entre departamentos cuando hay solapamientos.
  • Ejerce un liderazgo político que vincula al conjunto del Consejo de Ministros, que actúa colegiadamente pero bajo su dirección.

2. Nombramiento, cese y organización del Gobierno

El artículo 98 CE establece que el presidente dirige la acción del Gobierno y coordina las funciones de los demás miembros. De ahí se derivan varias competencias clave:

  • Propuesta de nombramiento y cese de ministros: el rey nombra y separa a los ministros a propuesta exclusiva del presidente del Gobierno. En la práctica, es el presidente quien decide la composición del Gobierno.
  • Configuración de la estructura gubernamental: decide la creación, supresión, fusión o cambio de denominación de ministerios y, con rango reglamentario, puede reorganizar órganos superiores de la Administración General del Estado.
  • Convocatoria y presidencia del Consejo de Ministros: fija el orden del día, convoca y dirige las reuniones del Consejo, ordena las deliberaciones y busca la formación de la voluntad colegiada del Gobierno.

3. Relación con la Corona y formación del Gobierno

La Constitución otorga al presidente un papel central en la articulación práctica de las funciones del rey respecto del Gobierno:

  • Tras el proceso de investidura (art. 99 CE), el candidato que obtiene la confianza del Congreso es nombrado presidente del Gobierno por el rey. Desde ese momento, el presidente asume la iniciativa en la propuesta de ministros.
  • Todos los actos del rey relacionados con el Gobierno (nombramiento y cese del presidente y de los ministros, convocatoria de referéndum, disolución de las Cámaras, etc.) requieren el refrendo del presidente del Gobierno o, en su caso, de los ministros competentes. Ese refrendo implica que la responsabilidad política ante las Cortes recae sobre quien refrenda.

4. Responsabilidad política y relación con las Cortes

El presidente encarna la responsabilidad del Gobierno ante el Congreso de los Diputados (art. 108 CE). Esto se traduce en varias funciones y potestades:

  • Es el principal interlocutor político del Gobierno ante el Parlamento: comparece, responde a preguntas e interpela al resto de fuerzas parlamentarias.
  • Puede plantear la cuestión de confianza (art. 112 CE), sometiendo su programa o una declaración política a la aprobación del Congreso. Si la pierde, el presidente debe dimitir y se abre un nuevo proceso de investidura.
  • Soporta la eventual moción de censura (art. 113 CE), que se dirige siempre contra el presidente. Si una moción de censura prospera, el presidente cesa y el candidato alternativo pasa a ser nombrado presidente.

5. Disolución de las Cámaras y convocatoria de elecciones

El artículo 115 CE reconoce al presidente del Gobierno la iniciativa para proponer al rey la disolución del Congreso, del Senado o de las Cortes Generales y la consiguiente convocatoria de elecciones generales, con ciertos límites:

  • No puede hacerse mientras esté en tramitación una moción de censura.
  • Deben respetarse plazos mínimos desde la anterior disolución.

Aunque formalmente la disolución la decreta el rey, la decisión política es del presidente, que asume la responsabilidad ante el Parlamento y la ciudadanía.

6. Función normativa y de dirección administrativa

Como jefe del Gobierno, el presidente participa en la función normativa a través de:

  • La iniciativa legislativa del Gobierno (proyectos de ley que aprueba el Consejo de Ministros).
  • La aprobación de reales decretos y reales decretos-leyes, que se adoptan colegiadamente pero siempre bajo su impulso y responsabilidad política.

Además, dirige la Administración General del Estado en su conjunto, fijando directrices y prioridades, y asegurando la ejecución de las leyes y de las políticas públicas aprobadas.

En suma, según la Constitución española, el presidente del Gobierno es el eje vertebrador del poder ejecutivo: dirige la política general, organiza y lidera el Gobierno, responde políticamente ante el Congreso y articula la relación con la Corona y con las Cortes Generales.

¿Qué requisitos debe cumplir una protesta para ser sancionada en Andorra según la normativa local?

A partir de las fuentes que he podido consultar, no aparece el texto concreto de la normativa andorrana sobre reuniones y manifestaciones (ni un desarrollo detallado del derecho de reunión en la Constitución del Principado ni una ley específica de reuniones comparable a la española). Por ello, no es posible describir con rigor técnico cuáles son, artículo por artículo, los requisitos que debe cumplir una protesta para ser sancionada en Andorra. Sí se puede, en cambio, explicar qué exigencias generales deben darse siempre para que cualquier protesta pueda ser sancionada jurídicamente y qué elementos suelen valorarse en contextos comparables.

1. Condición básica: encaje en una infracción o delito

Tanto en Andorra como en cualquier otro Estado de derecho rige el principio de legalidad sancionadora: una protesta solo puede ser sancionada si la conducta concreta de los participantes:

  • Está descrita en una norma con rango suficiente (ley penal, ley de seguridad, ordenanza, etc.) como infracción administrativa o delito.
  • Cumple todos los elementos objetivos y subjetivos de ese tipo (qué se hace, con qué intensidad, con qué intención, con qué resultado).
  • Ha sido apreciada y motivada por la autoridad competente y, en su caso, por un juez.

Es decir, el mero hecho de manifestarse no basta para sancionar: tiene que ir acompañado de conductas que el ordenamiento haya tipificado (daños, violencia, desobediencia grave, etc.) y la Administración no puede “inventarse” nuevas infracciones que no estén previstas.

2. Elementos que suelen convertir una protesta en sancionable

Aunque no dispongamos del detalle literal de la normativa andorrana, en los ordenamientos europeos de su entorno y en la información general localizada pueden identificarse varios grupos de conductas que, cuando se producen en el marco de una protesta, suelen dar lugar a sanciones:

  • Violencia o amenazas graves: agresiones a personas (participantes, viandantes, periodistas, policía), lanzamiento de objetos peligrosos, amenazas serias. Este tipo de hechos tienden a encajar en delitos contra la integridad física, el orden público o la autoridad.
  • Daños a bienes: rotura de mobiliario urbano, pintadas, incendios de contenedores, daños a vehículos u otros bienes. Suelen sancionarse como delitos o infracciones de daños al patrimonio.
  • Desobediencia o resistencia grave a la autoridad: negarse reiteradamente a cumplir órdenes legítimas (por ejemplo, de disolución o de despejar un punto crítico) o actuar de forma organizada para impedir una actuación policial, cuando esa conducta esté tipificada como infracción o delito.
  • Alteraciones muy graves del orden o de la seguridad: cortes prolongados e injustificados de infraestructuras esenciales, bloqueos que impiden el funcionamiento de servicios críticos, o situaciones de tumulto que superan lo admisible en una protesta pacífica.
  • Incumplimiento de obligaciones formales, si la normativa local exige comunicación o autorización previa en determinados casos (por ejemplo, por tamaño, horario, recorrido o uso de espacios especialmente sensibles). En algunos países, manifestarse sin atender a esos requisitos puede dar lugar a sanción cuando además se generan molestias graves o riesgos para la seguridad.

3. Comunicación previa, horarios y lugares

Las normas europeas sobre reunión y manifestación suelen distinguir entre:

  • Limitaciones de forma: comunicar la protesta con antelación, respetar un recorrido u horario, no invadir zonas especialmente protegidas (por seguridad, funcionamiento institucional, etc.).
  • Limitaciones de fondo: prohibición de la violencia, respeto a otros derechos (tránsito, trabajo, integridad física), prohibición de determinados mensajes si constituyen incitación directa a delitos graves.

Donde existe obligación de comunicación previa, la falta de comunicación por sí sola no convierte siempre la protesta en sancionable, pero sí aumenta el riesgo de que se considere infractora cuando se suman otros elementos (afectación intensa al tráfico, negativa a seguir indicaciones policiales, etc.).

4. Qué puede afirmarse y qué no sobre Andorra

Con la información disponible:

  • No es posible identificar los artículos concretos de la Constitución andorrana, del Código Penal o de una eventual ley de seguridad pública que regulen el derecho de reunión o tipifiquen conductas en protestas.
  • Sí es claro que, para sancionar, las autoridades andorranas deben apoyarse en tipos legales ya aprobados (penales o administrativos) y motivar por qué la conducta excede el ejercicio pacífico del derecho de reunión o de expresión.

Si necesitas aplicar esto a un caso concreto en Andorra (una protesta específica, una posible multa, etc.), lo prudente es:

  • Consultar directamente los textos oficiales vigentes (Constitución, Código Penal, leyes calificadas sobre seguridad u orden público) publicados por las instituciones andorranas.
  • Recabar asesoramiento de un abogado del Principado, que pueda verificar el encaje exacto de los hechos en la normativa local.

Juega

¡Pon a prueba lo que sabes con FREN!

¿Cuánto sabes sobre este tema? Responde las siguientes 3 preguntas.

¿A qué destino han viajado Pedro Sánchez y Begoña Gómez para finalizar sus vacaciones de verano de 2024?

Pregunta 1 de 3

¿Qué motivo principal comparten Pedro Sánchez y Begoña Gómez para elegir Andorra como destino vacacional?

Pregunta 2 de 3

¿Qué reformas legales aprobó el Gobierno español tras la crisis migratoria de Ceuta?

Pregunta 3 de 3

Hola, soy Fren. ¿Cómo te ayudo?