El Ejecutivo sostiene que resulta "materialmente imposible" que, antes de las elecciones generales del 29 de noviembre, se pueda distinguir en el censo entre quienes obtuvieron la nacionalidad mediante la 'ley de nietos' y quienes lo hicieron por otras vías. Esta posición llega después de que el Tribunal Supremo decidiera suspender de forma cautelar el voto y las nuevas altas en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA), salvo en los casos de exilio acreditado.
Así lo ha trasladado el Gobierno a través de la Abogacía del Estado en el trámite de alegaciones abierto por el alto tribunal tras el adelanto electoral y previo a resolver el fondo del recurso. En el escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, el Ejecutivo insiste en solicitar al Supremo que deje sin efecto las medidas cautelares adoptadas.
Según la Abogacía, "o se suspende a todos los españoles inscritos en el CERA --pues los datos que en él se tienen son, globalmente, los de los españoles sin distinción alguna-- o no se suspende a ninguno, porque resulta materialmente imposible distinguir a unos de otros en el brevísimo plazo de tiempo del que se dispone". Subraya además que "ya que no es posible discernir en el CERA" en los "breves plazos" que fija la ley electoral entre los inscritos que accedieron a la nacionalidad por la 'ley de nietos' y "aquellos que son españoles por otros motivos".
Los servicios jurídicos del Estado recalcan que, conforme a la legislación electoral, el censo aplicable a este proceso es el cerrado a 1 de agosto de 2026 y detallan que debe estar disponible el 12 de octubre, con publicación definitiva el 23 de octubre. A su juicio, "la necesaria observancia de las normas y trámites previstos en la ley para la celebración del proceso de elecciones generales que se ha convocado implican" que el "riesgo" de privar de un derecho fundamental como el sufragio "se convierta en sacrificio efectivo del derecho sufragio activo de las personas afectadas por las medidas cautelares adoptadas por el Supremo el pasado septiembre".
En la misma línea, apuntan que dicho "sacrificio" se consolida porque las reglas para la elaboración del censo aplicable en este periodo exigen trabajar con un registro anterior a la fecha del auto y, además, porque ello supone "dejar sin efectividad alguna la medida de recuperación de los efectos electorales prevista en aquel auto ya que deviene de cumplimiento imposible".
Acusaciones a Vox e impacto sobre los nuevos electores
En su escrito, la Abogacía del Estado dirige también reproches a Vox, que recurrió junto a Iustitia Europa, al afirmar que su "verdadero propósito" al reclamar que la suspensión cautelar se extienda a estas generales es lograr "que se elimine el derecho de voto de los españoles que proceden del exilio exterior en contra de la constante voluntad del legislador desde 2007".
Los servicios jurídicos rechazan que se pueda atribuir al Gobierno inacción en la revisión de los expedientes tramitados al amparo de la 'ley de nietos', en vigor desde 2022. "Lógicamente no puede imputarse a la Administración una aparente pasividad en la revisión de cientos de miles de expedientes tramitados durante cuatro años ante la pasividad previa de los hoy recurrentes para promover su impugnación o revisión", remarcan.
Frente a las "desorbitadas" pretensiones de Vox e Iustitia Europa, la Abogacía sostiene que los magistrados deben ponderar de forma proporcionada el alcance de la restricción impuesta, ya que afecta al "derecho fundamental al sufragio activo" de "163.020 españoles reconocidos" como nuevos electores, a los que se les ha aplicado la suspensión sin trámite de audiencia.
El Supremo acordó frenar de manera cautelar la 'ley de nietos' mientras estudia el fondo del asunto, alegando que actuaba por la "transparencia" del proceso electoral ante el incremento del censo y porque, a su juicio, los intereses generales del Estado prevalecen sobre el derecho al voto de quienes han adquirido la nacionalidad mediante esa disposición de la Ley de Memoria Democrática que la otorga a descendientes de exiliados.
Frente a esa resolución, el Gobierno recurrió al entender que "no existe ningún riesgo derivado del crecimiento del CERA" y que el aumento de inscritos no puede alterar el resultado electoral "por pura matemática". La Abogacía del Estado solicitó a la Sala de lo Contencioso-Administrativo que dejara sin efecto la suspensión y revocara las medidas adoptadas, advirtiendo además de que varios consulados afrontan dificultades para revisar todos los expedientes en los plazos establecidos.
En su nuevo escrito, el Gobierno reitera que la participación de estos nuevos nacionalizados "no tendría un impacto significativo en el resultado" electoral. Y concluye que, "en la ponderación de intereses, ante el riesgo del sacrifico inmediato de un derecho fundamental, lo que debe primar es el ejercicio del derecho a participar".