El jurado declara culpable al hombre que mató a su pareja de 66 puñaladas ante su bebé en Palma

Un jurado popular declara culpable de asesinato con agravantes al hombre que mató de 66 puñaladas a su expareja ante su bebé en Palma.

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Jornada de inicio del juicio con jurado al hombre que mató a su pareja en Can Pastilla. Javier Fernández - Europa Press

Jornada de inicio del juicio con jurado al hombre que mató a su pareja en Can Pastilla. Javier Fernández - Europa Press

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El Tribunal del Jurado ha considerado culpable al hombre que en diciembre de 2024 acabó con la vida de su pareja propinándole 66 puñaladas mientras conducía por el camino de Can Pastilla, en Palma, con su bebé de pocos meses en la parte trasera del vehículo.

Tras algo más de 24 horas de deliberaciones, el jurado ha dado por acreditado que el 10 de diciembre de 2024 el acusado se desplazó en coche con su expareja, pese a pesar sobre él una orden de protección vigente, para ir a recoger a su hija de la “escoleta”.

El jurado ha concluido que fue el procesado quien, en un momento determinado, extrajo de forma “súbita e inesperada” un cuchillo que llevaba oculto entre sus prendas y asestó “con la intención de causar la muerte” un total de 66 puñaladas a la mujer, que murió a los pocos minutos por las lesiones que le seccionaron la yugular y perforaron los pulmones. En este sentido, el tribunal popular destaca que los restos de ADN localizados en el mango del cuchillo correspondían al acusado, mientras que los hallados en el filo eran de la víctima.

Con el cuerpo sin vida aún dentro del coche, según recoge el veredicto, el hombre continuó circulando hasta provocar un siniestro de tráfico en el que la bebé también resultó herida, siendo arrestado instantes después.

Para los miembros del jurado, el acusado mató a su pareja “movido por su condición de mujer y por el contexto de dominación” en el que la mantenía. De este modo, declaran al hombre culpable de un delito de asesinato con alevosía y ensañamiento, apreciando además las agravantes de género y parentesco.

El jurado entiende igualmente que el procesado se aprovechó de la reducida distancia dentro del turismo y de las circunstancias del trayecto para impedir cualquier posibilidad de defensa a la víctima. Consideran que se colocó al volante, pese a que el coche era de ella y solía ser ella quien conducía, con el fin de situarse en una posición de control y dominación y causar el máximo daño posible.

“La reiteración del ataque incrementó el padecimiento físico más allá de la voluntad de causarle la muerte. Muchas de las heridas se produjeron cuando ella todavía estaba viva”, indica el veredicto.

En relación con la hipótesis de que el hombre actuara bajo el influjo de sustancias estupefacientes, el jurado ha descartado que existiera una adicción que condicionara su conducta, admitiendo únicamente un consumo ocasional sin relevancia a efectos penales.

La Fiscalía y el resto de acusaciones solicitan que se le imponga una pena de 25 años de prisión por asesinato, un año por lesiones y otro año adicional por quebrantamiento de condena.

La Audiencia Provincial ha celebrado esta semana el juicio con jurado, durante el cual el jefe de Homicidios de la Policía Nacional declaró que en toda su trayectoria profesional no había presenciado “semejante brutalidad”.

El médico forense que practicó la autopsia certificó que el agresor utilizó una fuerza “considerable y significativa” que hizo que María del Rosario falleciera “en cuestión de segundos o pocos minutos” a consecuencia de una pérdida masiva de sangre.

Los familiares de la víctima manifestaron en sala que el acusado mantenía a la mujer “sometida” y “anulada” y que ya había proferido amenazas de muerte contra todos. “Era un objeto para él y si no era un objeto para él, no lo sería para nadie. “La mató porque quiso ser ella misma”, afirmó en su informe final el abogado de la familia, Carlos Portalo.

Al término de la vista, el letrado expresó su satisfacción por el veredicto del jurado y por la coincidencia con las tesis de las acusaciones, subrayando que con esta resolución la familia, que ha asistido a la lectura, se siente “mínimamente compensada”.

El abogado confía en que la decisión de la Sala respecto a las penas de prisión solicitadas no se aleje en exceso de sus pretensiones.

En la última sesión del juicio, el procesado leyó una declaración manuscrita en la que sostuvo que actuó presa de un arrebato y fuera de sí. “Tenía el demonio dentro”, sostuvo.

Prórroga de la prisión provisional

Al concluir la sesión, las acusaciones interesaron la prórroga de la prisión provisional, cuyo vencimiento está fijado para el 11 de diciembre de 2026. La solicitud ha quedado pendiente de resolución y la causa ha quedado vista para sentencia.