La Fiscalía apela la absolución del migrante acusado de usar gas pimienta contra dos legionarios en Ceuta

La Fiscalía recurre la absolución por atentado de un migrante que usó gas pimienta contra dos legionarios en Ceuta y reclama cuatro años de prisión.

El acusado declarando en el juicio en Ceuta por medio de un intérprete. SALVA CARNICERO

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La Fiscalía ha presentado recurso contra la sentencia que dejó sin condena por delito de atentado contra la autoridad a un ciudadano marroquí al que se atribuía haber rociado con gas pimienta a dos militares de La Legión en la madrugada del pasado 7 de septiembre en el polígono del Tarajal de Ceuta.

El Ministerio Público ha pedido a la Audiencia Provincial de Cádiz, cuya sede se encuentra en la ciudad autónoma, que revise el fallo y reitera su solicitud de cuatro años de prisión por dicho delito, agravado por el empleo de un instrumento peligroso.

Fuentes judiciales citadas por Europa Press señalan que la Fiscalía aprecia una infracción de ley en la resolución dictada por la plaza número 1 de la Sección de lo Penal del Tribunal de Instancia de Ceuta, al omitir un pronunciamiento expreso sobre el delito de atentado. La jueza sí condenó al procesado por dos delitos leves de lesiones, uno por cada legionario, imponiéndole una multa de 60 euros en cada caso.

Con carácter subsidiario, el Ministerio Público reclama que se deje sin efecto la sentencia y que la magistrada del juzgado dicte una nueva resolución en la que se incluya una valoración concreta sobre el presunto atentado contra la autoridad.

En el escrito de recurso, la Fiscalía mantiene que los dos legionarios estaban habilitados para detener al acusado, ya que aquella noche habían sido enviados al polígono del Tarajal para investigar posibles robos entre los migrantes que dormían en la zona.

En el juicio, celebrado el 19 de octubre, los militares manifestaron que realizaban tareas de “disuasión y vigilancia” y que un grupo de migrantes les había advertido de un posible robo. No obstante, admitieron que no habían tomado declaración a ninguna víctima ni presenciado directamente delito alguno en el lugar.

La sentencia calificó de “confusas” las manifestaciones de los dos legionarios al detectar contradicciones sobre el contexto de la actuación y las funciones que cumplían cuando tuvo lugar el incidente.

Dos relatos opuestos sobre lo ocurrido

Los hechos probados sitúan el episodio en torno a las 00.30 horas del 7 de septiembre, en los asentamientos de migrantes próximos a los centros de acogida del polígono del Tarajal. La resolución recoge que varios miembros de las Fuerzas Armadas, correctamente uniformados, requirieron al acusado para que se identificara.

El hombre se negó a ser cacheado y, en el forcejeo posterior, accionó un bote de espray de pimienta que causó reacciones alérgicas en los antebrazos derechos de ambos legionarios y tos irritativa por la exposición al gas. Los dos precisaron una primera asistencia médica y sanaron en un día, sin secuelas más allá del daño básico.

En la vista, uno de los militares afirmó que el acusado estaba sujetado por ambos brazos cuando “echó gas pimienta”. El segundo ofreció, según recoge la sentencia, versiones diferentes: en una sostuvo que el hombre sacó el aerosol de forma repentina tras ser registrado y los roció; en otra, que se abalanzó sobre ellos y utilizó el espray cuando intentaron reducirlo, aunque también llegó a manifestar que habían logrado impedir su uso.

El acusado declaró, por su parte, que estaba sentado usando su teléfono cuando los militares le reclamaron la documentación y que después lo golpearon y lo rociaron con gas pimienta. A través de intérprete, relató que les había entregado un documento de solicitud de protección internacional y que los legionarios se lo habrían roto, además de asegurar que recibió patadas cuando ya estaba en el suelo.

La defensa presentó en las cuestiones previas un informe médico sobre las lesiones que sufría el acusado, entre ellas heridas y moratones en la cabeza, afectación ocular y la pérdida de una pieza dental. Sin embargo, la jueza rechazó incorporar esa documentación al procedimiento.

Petición de expulsión y dudas sobre la actuación militar

El Ministerio Público había interesado cuatro años de prisión por un delito de atentado contra la autoridad agravado por el uso de instrumento peligroso y planteó sustituir la pena por la expulsión del acusado a Marruecos, con prohibición de entrada en España durante diez años.

La sentencia, en cambio, lo absolvió de atentado y lo declaró responsable únicamente de dos faltas leves de lesiones, por lo que, al no imponerse pena de prisión, el fallo ordenó su puesta en libertad.

Durante la vista, la defensa cuestionó la legitimidad y proporcionalidad de la intervención de los militares, así como la validez del aerosol aportado como instrumento del delito, alegando que no se había respetado una cadena de custodia adecuada.

El acusado había accedido a Ceuta desde Marruecos junto al grueso de personas migrantes que entró en la ciudad en la llegada masiva registrada a finales de julio, según explicó su abogado en el juicio.