Las encuestas de Demócrata en Atresmedia: la evolución del voto desde junio

La cadena revisa semana a semana el agregador de Demócrata y muestra cómo han cambiado los sondeos y la intención de voto desde junio.

El agregador de encuestas de Demócrata es el protagonista en un reportaje de Atresmedia.

El agregador de encuestas de Demócrata es el protagonista en un reportaje de Atresmedia.

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Elecciones 29N · Encuestas

La media de las encuestas

Media a 4 de noviembre de 2026 · 15 institutos

  • PP31,0 %
  • PSOE26,3 %
  • Vox19,5 %
  • Frente Amplio6,5 %
  • ERC2,5 %
  • Podemos2,2 %
  • SALF2,2 %
01020304050ene 2024jul 2024ene 2025jul 2025ene 2026jul 2026

Media del último estudio de cada instituto en 30 días y su evolución semanal desde el 23J. Partidos con al menos un 2 %.

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Elecciones generales del 29 de noviembre · Demócrata

El agregador de encuestas electorales de DEMÓCRATA es protagonista de un reportaje de Atresmedia sobre la evolución de la intención de voto de cara a las elecciones generales del próximo 29 de noviembre. La cadena ha utilizado los datos de la herramienta para repasar los movimientos de los principales partidos desde junio y analizar cómo han influido los acontecimientos políticos de los últimos meses.

El reportaje ha contado con la participación de Adrián Lardiez, director de Información Parlamentaria de DEMÓCRATA, que ha explicado cómo interpretar la evolución de los sondeos y qué diferencias existen entre los movimientos puntuales de una encuesta y la tendencia que refleja el conjunto de las empresas demoscópicas.

El agregador permite reunir las estimaciones publicadas por distintas encuestadoras y construir "una fotografía común", ha explicado Lardiez, que ha advertido de que los cambios no siempre se perciben de inmediato cuando se observan todos los sondeos de forma agregada.

Ceuta y la vivienda, entre los acontecimientos que han marcado los sondeos

El recorrido del análisis comienza en junio, cuando el PP se situaba en torno al 32,4% de la estimación de voto, frente al 27,1% del PSOE. Vox alcanzaba el 17,3% y Sumar, integrado posteriormente en Frente Amplio, registraba el 6,3%.

Uno de los primeros acontecimientos que alteró las proyecciones fue la crisis migratoria de Ceuta de finales de julio. Durante la semana del 18 de agosto, el PP alcanzó el 33,9% en el agregado, mientras que el PSOE descendió hasta el 26,1%. Vox se mantuvo en el 17,2% y el espacio de la izquierda alternativa bajó al 5,8%.

Lardiez ha señalado que la situación en Ceuta sí tuvo un impacto en las estimaciones electorales. No obstante, ha diferenciado ese movimiento de la evolución posterior, durante la que los sondeos mantuvieron una trayectoria relativamente estable.

La crisis de la vivienda y las protestas en la Puerta del Sol constituyeron otro de los episodios recogidos en el gráfico. La acampada comenzó a finales de septiembre y coincidió con la tramitación de dos decretos de vivienda que fueron rechazados en el Congreso. Poco después, Pedro Sánchez convocó elecciones generales anticipadas.

La convocatoria electoral cambia la evolución de los bloques

Para Lardiez, el adelanto electoral marca una separación entre dos etapas. Hasta la convocatoria, las estimaciones de los bloques se habían mantenido relativamente estables; después, el agregado comenzó a reflejar un mayor dinamismo.

"El PSOE desde esas está al alza", ha señalado el director de Información Parlamentaria al describir la evolución posterior a la convocatoria. El PP, por su parte, había iniciado un recorrido descendente, mientras Vox avanzaba en las estimaciones.

En la semana del 13 de octubre, el PP se situaba en el 31,7% de la estimación de voto y el PSOE había reducido distancias hasta el 26,8%. Vox alcanzaba el 18,6% y Frente Amplio se encontraba en el 6,3%.

El análisis también ha abordado el posible efecto de la tragedia ferroviaria de Urda, Toledo, sobre el comportamiento electoral. Lardiez ha evitado anticipar sus consecuencias y ha señalado que será necesario observar cómo se incorporan los acontecimientos a los próximos sondeos, así como la evolución de los partidos durante la campaña.

El voto se decide también durante la campaña

Más allá de las estimaciones de voto, Lardiez ha puesto el foco en el papel de las campañas electorales y en el momento en el que los ciudadanos terminan de decidir su papeleta. "Las campañas electorales, bajo mi punto de vista, cada vez deciden más el voto", ha afirmado.

El director ha distinguido entre la identificación previa con una formación política y la decisión final de voto. Ha recordado que existen estudios que sitúan en los últimos días, e incluso en la propia jornada electoral, parte de esas decisiones.

El agregador de encuestas electorales de DEMÓCRATA permite seguir esa evolución conjunta a medida que se incorporan nuevos sondeos, en un proceso electoral en el que los movimientos de las últimas semanas y el desarrollo de la campaña todavía pueden modificar las estimaciones.

Más claves, contexto y preguntas con FREN

CONTENIDO GENERADO CON IA

¿En qué estado se encuentra la tramitación de los decretos de vivienda rechazados en el Congreso?

Los dos decretos de vivienda rechazados por el Congreso el 2 de octubre de 2026 quedaron derogados y su tramitación concluyó. Sin embargo, el Gobierno aprobó otros dos textos el 6 de octubre para recuperar esas medidas. Por tanto, hay que distinguir los decretos originales, cuyo recorrido terminó, de los nuevos, publicados en el BOE y cuya convalidación corresponde a la Diputación Permanente.

Los decretos rechazados: tramitación cerrada

El rechazo afectó a estas dos normas, ambas de 29 de septiembre:

  • Real Decreto-ley 26/2026, por el que se adoptan medidas urgentes para la protección de la función social de la vivienda y la ampliación de la oferta de vivienda asequible. El Congreso lo rechazó el 2 de octubre y publicó el rechazo el 9 de octubre. No tiene pendientes trámites de enmiendas, comisión ni remisión al Senado. Así consta en su seguimiento parlamentario.
  • Real Decreto-ley 27/2026, por el que se adoptan medidas urgentes para reforzar la estabilidad de los contratos de arrendamiento de vivienda habitual. También fue rechazado el 2 de octubre, con publicación del rechazo el 9 de octubre. Su tramitación está igualmente concluida, según el Congreso de los Diputados.

El rechazo no dejó esos textos paralizados a la espera de negociar modificaciones: cerró su recorrido. Tampoco continuaron automáticamente como proyectos de ley. La oferta de tramitarlos con rapidez para introducir correcciones, recogida por Demócrata el 2 de octubre, debe distinguirse de lo que finalmente ocurrió: ambos fueron derogados.

Los nuevos decretos: una tramitación distinta

El Consejo de Ministros volvió a aprobar dos normas el 6 de octubre, publicadas en el BOE el día 7. Aunque recuperan sustancialmente las materias de los textos rechazados, son disposiciones nuevas, con numeración y recorrido propios:

  • Real Decreto-ley 28/2026, de 6 de octubre, por el que se adoptan medidas urgentes para reforzar la estabilidad de los contratos de arrendamiento de vivienda habitual. Es el nuevo texto relativo a la estabilidad de los alquileres. Puede consultarse en el BOE del 7 de octubre.
  • Real Decreto-ley 29/2026, de 6 de octubre, por el que se adoptan medidas urgentes para la protección de la función social de la vivienda y la ampliación de la oferta de vivienda asequible. Recupera el paquete más amplio de protección y oferta de vivienda. Está publicado en el mismo boletín oficial.

La distinción importa: el decreto sobre estabilidad contractual pasó del número 27 al 28, mientras que el paquete sobre función social y oferta asequible pasó del 26 al 29. No se trata de reabrir los expedientes rechazados.

¿Qué decisión parlamentaria falta por acreditar?

Tras la disolución de las Cortes, corresponde a la Diputación Permanente decidir su convalidación, es decir, votar si mantiene los nuevos decretos o los deroga. Demócrata explicó este cambio de órgano en su información del 6 de octubre.

La última información localizada sobre su calendario, del 20 de octubre, todavía situaba esa votación como pendiente de incorporación al orden del día. Así lo recogía Demócrata ese día. En las fuentes consultadas no consta una votación posterior que permita afirmar que los nuevos textos hayan sido convalidados o derogados.

En conclusión, los originales están definitivamente cerrados; las medidas se recuperaron mediante dos nuevos decretos, pero no consta aquí el desenlace de su convalidación. No debe confundirse su aprobación por el Gobierno y publicación en el BOE con el posterior aval parlamentario.

¿Cuáles son las principales competencias del director de Información Parlamentaria de DEMÓCRATA?

El director de Información Parlamentaria de Demócrata tiene como cometido principal dirigir la cobertura periodística de la actividad parlamentaria y ayudar a explicar cómo se elaboran las leyes y se toman las decisiones políticas. El puesto lo ocupa Adrián Lardiez, identificado como tal en la presentación de la estructura editorial del medio publicada el 18 de febrero de 2026. No se ha localizado un catálogo público cerrado de atribuciones: conviene distinguir entre las responsabilidades que se desprenden de esa estructura y las actividades concretas documentadas.

1. Dirigir la cobertura parlamentaria

Su ámbito central es la información sobre la actividad de las cámaras y el trabajo de los grupos parlamentarios. En términos editoriales, esto supone orientar y coordinar la cobertura especializada, con atención al contenido de las iniciativas, su recorrido y su relevancia política. Esta interpretación responde a la posición del cargo dentro de la dirección de la redacción, aunque la presentación pública no detalla sus facultades sobre equipos, encargos o aprobación de contenidos. La referencia principal es el anuncio de la nueva estructura editorial.

2. Explicar la legislación y las negociaciones

Otra competencia sustantiva es convertir la información parlamentaria en contenidos comprensibles: qué plantea una iniciativa, qué cambios experimenta y qué consecuencias tienen los acuerdos o desacuerdos entre los grupos. El enfoque editorial anunciado por Demócrata combina anticipación, análisis y profundidad. No consiste únicamente en contar el resultado final, sino también en explicar el proceso que conduce a él y conectar la actividad legislativa con las políticas públicas.

Hay un antecedente concreto de esta vertiente explicativa: Lardiez participó en la redacción y elaboración de información de A Mano Alzada, proyecto presentado en diciembre de 2024 para dar a conocer los votos de los grupos en las comisiones. Esa participación acredita experiencia en seguimiento legislativo, pero no demuestra que actualmente dirija el proyecto.

3. Coordinarse con otras áreas editoriales

La información parlamentaria se integra en una redacción que dispone de responsables diferenciados de Política y Territorial, Actualidad e Información Económica, además de una corresponsalía en Bruselas. Por ello, su función debe entenderse como una dirección especializada, conectada con esas áreas, y no como una responsabilidad exclusiva sobre toda la información política, económica, autonómica o europea. La cobertura conjunta busca relacionar legislación, acción de gobierno y efectos sectoriales.

4. Aportar análisis y divulgación fuera del periódico

Su actividad pública documentada también incluye explicar contenidos y herramientas informativas de Demócrata en otros medios. Por ejemplo, intervino en Atresmedia para explicar cómo interpretar el agregador de encuestas del periódico. Asimismo, ha presentado análisis basados en Poder Digital. Son ejemplos de divulgación y presencia editorial, no una prueba de que el cargo tenga asignada una portavocía general del medio.

5. Moderar debates sobre políticas públicas

Lardiez también ha moderado encuentros especializados, como el organizado por AMETIC y Demócrata sobre la futura Ley de Redes Digitales. En el encuentro sobre cooperación entre China y España, moderó la mesa y presentó las conclusiones. Estas actuaciones muestran una dimensión del puesto vinculada a conducir conversaciones entre responsables públicos, empresas y organizaciones.

En síntesis, sus principales competencias son dirección periodística especializada, seguimiento legislativo, análisis y divulgación. Es un cargo editorial del periódico, no un puesto del Congreso o del Senado. Las fuentes no permiten atribuirle facultades empresariales, comerciales o de dirección general de Demócrata.

¿Qué requisitos legales debe cumplir una empresa demoscópica para publicar encuestas electorales en España?

Una empresa demoscópica debe cumplir principalmente las obligaciones de transparencia, veracidad y calendario de publicación del artículo 69 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG). Este régimen especial se aplica desde la convocatoria hasta la celebración de las elecciones y obliga tanto a quien realiza la encuesta como al medio que la publica.

1. ¿Necesita una autorización especial?

El artículo 69 de la LOREG no establece una licencia demoscópica, una inscripción especial ni una autorización previa de la Junta Electoral Central (JEC) para que una empresa privada publique encuestas. Su control se centra en el cumplimiento de las obligaciones legales, no en aprobar previamente cada sondeo. Esto no sustituye las obligaciones generales de la empresa ni las relativas a la protección de datos personales.

2. Información que debe acompañar la publicación

Durante el periodo electoral, la empresa debe acompañar cada encuesta, bajo su responsabilidad, de las siguientes especificaciones. La ley exige que toda publicación de la encuesta también las incluya:

  • Identificación: denominación y domicilio de quien realizó el sondeo y de quien encargó su realización. El precepto exige identificar al contratante; no formula una obligación separada de identificar a cualquier eventual financiador.
  • Características técnicas: sistema de muestreo, tamaño de la muestra, margen de error, nivel de representatividad, procedimiento de selección de las personas encuestadas y fecha de realización del trabajo de campo.
  • Cuestionario y falta de respuesta: texto íntegro de las preguntas planteadas y número de personas que no contestaron a cada una.

No basta, por tanto, con publicar porcentajes de intención de voto y el nombre de la consultora. El artículo 69 tampoco fija un tamaño mínimo universal de muestra: exige explicar las características del estudio.

3. Veracidad y supervisión electoral

La JEC debe vigilar que los sondeos publicados no contengan falsificaciones, ocultaciones o modificaciones deliberadas. También puede solicitar a quien los haya realizado información técnica complementaria para comprobarlos. Esa facultad tiene un límite: no puede extenderse al contenido de datos sobre cuestiones que, conforme a la legislación vigente, sean de uso propio de la empresa o de su cliente.

4. Prohibición de publicación antes de votar

El artículo 69.7 dispone: «Durante los cinco días anteriores al de la votación queda prohibida la publicación y difusión o reproducción de sondeos electorales por cualquier medio de comunicación». La restricción afecta a publicar, difundir o reproducir resultados; no establece por sí misma una prohibición de realizar entrevistas para uso interno.

Además, la Instrucción 3/2019 aplicó esa prohibición a encuestas de otros procesos electorales convocados en el supuesto de concurrencia de elecciones que regulaba.

5. Rectificaciones y consecuencias del incumplimiento

Los medios que difundan encuestas infringiendo la ley deben publicar las rectificaciones exigidas por la JEC en tres días, indicando su procedencia y motivo, en los mismos espacios o páginas. Si su periodicidad lo impide, el director debe hacerlas publicar a su costa en otro medio de la misma zona y difusión similar.

El artículo 145 contempla, para quienes incurran en el delito de infracción de la normativa sobre encuestas electorales, prisión de tres meses a un año, multa de doce a veinticuatro meses e inhabilitación profesional de uno a tres años. La responsabilidad concreta requiere valorar la conducta; no toda irregularidad supone automáticamente una condena.

6. Diferencia respecto de organismos públicos

La Instrucción 1/2024 obliga a los organismos públicos a comunicar determinados estudios a la JEC al menos 48 horas antes del trabajo de campo y a facilitar resultados a las candidaturas solicitantes. No es una obligación general de comunicación previa para todas las empresas privadas.

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¿Cuánto sabes sobre este tema? Responde las siguientes 3 preguntas.

¿Qué porcentaje de estimación de voto tenía el Partido Popular en junio según el agregador de DEMÓCRATA?

Pregunta 1 de 3

¿Qué suceso marcó uno de los primeros cambios significativos en las proyecciones electorales durante el periodo analizado?

Pregunta 2 de 3

Según Adrián Lardiez, ¿qué aspecto es cada vez más determinante en la decisión final del voto de los ciudadanos?

Pregunta 3 de 3