El decreto electoral fijará la constitución de las Cortes antes de Navidad

El decreto electoral se publica en el BOE, disuelve las Cortes, fija el 29 de noviembre para las generales y el arranque de la legislatura antes de Nochebuena

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El hemiciclo vacío del Congreso Jesús Hellín - Europa Press

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El real decreto de disolución de las Cortes y de convocatoria de elecciones generales, rubricado por el presidente Pedro Sánchez y sancionado por el Rey, se publicará este martes en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y establecerá cinco hitos fundamentales, entre ellos el día en que se constituirán el nuevo Congreso y el nuevo Senado, una sesión que este año se celebrará en fechas previas a la Navidad, al situarse el cálculo en torno a mediados de diciembre.

Con la publicación de este real decreto se abre formalmente el periodo electoral y queda fijado todo el calendario previsto en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), dado que la norma entra en vigor de manera inmediata.

La activación del periodo electoral supone que desde este martes comienzan a funcionar las juntas electorales y pasan a aplicarse diversas restricciones, entre ellas la prohibición de organizar actos de inauguración o campañas de propaganda institucional destinadas a difundir los logros de la legislatura.

Fin de mandato, fuero y retribuciones

Este 6 de octubre marca también la primera fecha relevante del proceso: la disolución del Congreso y del Senado. Desde las cero horas de este martes sólo continuarán en ejercicio los integrantes de las diputaciones permanentes de ambas cámaras y el resto de parlamentarios dejarán de ostentar sus prerrogativas, incluido el sueldo y el fuero.

El decreto concreta la fecha de las elecciones generales, conocida este lunes tras el anuncio del adelanto electoral por parte de Sánchez. La cita con las urnas será el 29 de noviembre, 54 días después de la publicación en el BOE. De nuevo se votará en domingo, aunque la legislación no impide que los comicios puedan celebrarse cualquier otro día laborable.

En el texto se incorporará asimismo el inicio y el final de la campaña electoral, cuya duración es de quince días. En esta ocasión arrancará a las cero horas del viernes 13 de noviembre y concluirá a las 23:59 horas del viernes 27 de noviembre.

Plazo máximo de 25 días para constituir las Cámaras

El decreto determinará además el día y la hora en que deberán reunirse las Cámaras para celebrar la sesión constitutiva posterior a las elecciones, en la que diputados y senadores juran o prometen el cargo y se elige al presidente y a los demás miembros de las Mesas de Congreso y Senado.

Esta sesión debe situarse dentro de los 25 días posteriores a la convocatoria, un plazo que expira el 24 de diciembre, Nochebuena. Por ello, la previsión más probable es que las Cortes se constituyan unos días antes de Navidad. A continuación se abrirá el procedimiento de investidura del presidente del Gobierno, que cuenta con sus propios tiempos y trámites.

En el decreto se debe detallar también el número de diputados que corresponden a cada circunscripción, una cifra que puede modificarse en cada convocatoria según la población. De acuerdo con la LOREG, cada provincia elige un mínimo de dos diputados, salvo Ceuta y Melilla, que eligen uno cada una.

Los 248 diputados restantes se reparten entre las provincias en proporción a su número de habitantes. Para ello se divide por 248 la población de derecho de cada provincia y se asignan tantos diputados como resulten de la parte entera de ese cociente. Los escaños que queden sin adjudicar se distribuyen otorgando uno adicional a las provincias cuyo cociente presente una fracción decimal mayor.

En cambio, el número de senadores electos por circunscripción es fijo: cuatro por cada provincia, tres para cada una de las islas mayores (Gran Canaria, Mallorca y Tenerife), dos en Ceuta, dos en Melilla y uno para cada una de las siguientes islas: Ibiza, Formentera, Menorca, Fuerteventura, Gomera, Hierro, Lanzarote y La Palma.

Hasta las elecciones generales de 2023, Ibiza y Formentera conformaban una única circunscripción y, en consecuencia, elegían un solo senador para ambas. La reforma de la Constitución aprobada este mismo año por una amplia mayoría del Congreso separó estas dos islas en circunscripciones distintas, con un senador propio para cada una.

La continuidad de los 57 senadores de designación autonómica queda supeditada a lo que establezca la normativa de cada comunidad autónoma y a las decisiones que adopte cada Parlamento regional.

En total, el 29 de noviembre los ciudadanos elegirán 350 diputados y 209 senadores, ya que, como viene sucediendo desde 1977, las elecciones generales abarcarán a las dos Cámaras. En teoría, la ley electoral permite al presidente disolver de forma separada cada una de las Cámaras y convocar elecciones sólo para una de ellas, pero esta posibilidad nunca se ha utilizado.