El Supremo estudiará este lunes si suspende las altas en el CERA vinculadas a la Ley de Nietos

La Sala de lo Contencioso-Administrativo celebra una vista sobre las medidas cautelares solicitadas por Iustitia Europa, en un procedimiento en el que también figuran como codemandados Presidencia y el INE

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Detalle de la fachada del Tribunal Supremo. EUROPA PRESS

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El Tribunal Supremo puede abrir este lunes un nuevo frente judicial relacionado con las consecuencias electorales de la denominada Ley de Nietos. La Sala de lo Contencioso-Administrativo celebra a partir de las 10.00 horas una vista para decidir sobre las medidas cautelares solicitadas por Iustitia Europa contra los efectos censales de las nacionalizaciones tramitadas al amparo de la disposición adicional octava de la Ley 20/2022.

Fuentes de DEMÓCRATA señalan que el procedimiento ha adquirido una nueva dimensión tras la entrada formal del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes y del Instituto Nacional de Estadística (INE) como partes codemandadas.

La cuestión que se encuentra sobre la mesa del Supremo es cómo se incorporan al censo electoral los nuevos españoles residentes en el extranjero, qué controles existen sobre esas altas y cómo se determina la circunscripción en la que sus votos pueden tener efectos electorales.

El propio Supremo acordó celebrar una vista oral y pública después de admitir el recurso de Iustitia Europa y abrir una pieza separada para estudiar las medidas cautelares. Europa Press informó en julio de que la Sala había requerido además a la Junta Electoral Central el expediente administrativo relacionado con la aplicación de la norma.

Presidencia y el INE entran en la causa

La novedad que adelantan a DEMÓCRATA fuentes conocedoras del procedimiento es la personación como codemandados del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes y del INE, ambos representados por la Abogacía del Estado.

El procedimiento deja así de tener como principales partes enfrentadas únicamente a Iustitia Europa y a la Junta Electoral Central. El Gobierno y el organismo encargado de las estadísticas oficiales pasan a defender ante el Supremo sus respectivas posiciones en una controversia que afecta directamente a la formación del censo electoral.

La presencia del INE tiene especial relevancia por su relación con la Oficina del Censo Electoral, responsable de la formación y actualización del censo. La propia Junta Electoral Central reclamó en julio un informe completo sobre la aplicación de la Ley de Nietos y sobre el voto de los españoles residentes ausentes, después de considerar insuficiente la información recibida de la Oficina del Censo.

La JEC pidió además criterios precisos para determinar el municipio de inscripción electoral de los nuevos ciudadanos.

El problema jurídico que plantea Iustitia Europa no consiste, por tanto, en cuestionar que la legislación reconozca determinados supuestos de adquisición de la nacionalidad española por descendencia. La disposición adicional octava de la Ley de Memoria Democrática permite optar a la nacionalidad a determinados nacidos fuera de España descendientes de españoles, entre otros supuestos, y la instrucción de desarrollo establece la documentación y el procedimiento que deben seguir los interesados.

La controversia comienza después: una vez reconocida la nacionalidad, cómo se incorpora ese nuevo ciudadano al Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA), qué municipio electoral se le asigna y, por extensión, en qué circunscripción provincial termina produciendo efectos su voto.

Iustitia Europa llevó el asunto al Supremo

Iustitia Europa inició su ofensiva judicial el 29 de junio, cuando presentó ante la Junta Electoral Central una denuncia y solicitó una actuación urgente sobre las nuevas incorporaciones al CERA relacionadas con los expedientes de nacionalidad de la Ley de Nietos.

Según la documentación difundida por la propia organización, su objetivo era conocer la cadena completa que conduce desde la concesión de la nacionalidad hasta la incorporación del ciudadano al censo exterior.

La formación presidida por Luis María Pardo sostiene que debe poder determinarse con documentación verificable cuándo se produce cada alta, en qué consulado se tramita, cómo se acredita la identidad del ciudadano y, sobre todo, qué criterio se utiliza para atribuirle un municipio y una circunscripción electoral.

La cuestión tiene relevancia porque en las elecciones generales españolas los escaños del Congreso se distribuyen por circunscripciones provinciales. Por eso, la asignación territorial de los electores residentes en el extranjero puede tener consecuencias sobre dónde se contabilizan sus votos y, en determinados escenarios electorales, sobre la distribución final de representación.

Iustitia Europa fue además el primer partido que impugnó ante el Supremo el Acuerdo 204/2026 de la Junta Electoral Central, aprobado el 16 de julio. El acuerdo de la JEC respondía a los escritos presentados por distintas formaciones y entidades sobre la aplicación de la disposición adicional octava de la Ley 20/2022 y su incidencia en la elaboración del CERA.

La propia JEC ya había reclamado más información

La existencia de la controversia no parte únicamente de la denuncia de Iustitia Europa. En su Acuerdo 204/2026, la Junta Electoral Central abordó expresamente la elaboración del CERA como consecuencia de la aplicación de la Ley de Nietos y reclamó a la Oficina del Censo Electoral información adicional sobre el procedimiento.

La JEC pidió un informe completo sobre la aplicación de la normativa y una instrucción que fijara criterios precisos para determinar el municipio de inscripción electoral. EFE explicó entonces que el organismo electoral consideraba necesario examinar la corrección jurídica del procedimiento de actualización del CERA y de determinación del municipio electoral.

La propia JEC señaló además que la determinación del municipio electoral de los beneficiarios de la Ley de Nietos debía estar suficientemente motivada cuando no coincidiera con el último domicilio que hubieran tenido en España, según recogió Europa Press al informar de la resolución.

El organismo electoral también sostuvo que no podía sustituir al legislador y que debía aplicar los procedimientos vigentes.

Es precisamente en ese punto donde el recurso adquiere dimensión constitucional y electoral: no se discute solamente quién tiene derecho a ser español, sino cómo se garantiza que el ejercicio posterior del derecho de sufragio se incorpore al censo con criterios objetivos, verificables y territorialmente justificados.

Una decisión cautelar que puede alterar el escenario

La decisión que adopte el Supremo este lunes será cautelar y no resolverá todavía el fondo definitivo del recurso. Pero puede tener consecuencias inmediatas si la Sala considera que concurren razones suficientes para suspender determinadas altas o establecer controles sobre su incorporación al CERA mientras continúa el procedimiento.

El propio Supremo justificó la celebración de la vista oral por la relevancia de las cuestiones planteadas y citó a las partes para discutir públicamente las medidas solicitadas. Europa Press confirmó que la vista comenzará a las 10.00 horas y que el tribunal estudiará específicamente la petición de suspensión de las altas vinculadas a la Ley de Nietos.

Eso convierte la cita judicial de este lunes en un asunto de especial interés electoral. Una eventual suspensión cautelar no supondría anular la Ley de Nietos ni privar de nacionalidad a quienes hayan cumplido los requisitos legales, pero sí podría afectar al modo en que se incorporan al censo las nuevas altas y, por tanto, a la posibilidad de que sus efectos electorales se produzcan mientras se resuelve el fondo del litigio.

Iustitia Europa pretende precisamente que el tribunal examine esa cadena antes de que sus efectos puedan resultar difíciles de revertir. La organización sostiene que el censo debe ser identificable y auditable desde la documentación que origina la inscripción hasta la circunscripción electoral a la que queda vinculado el ciudadano.

El fondo de la batalla: cómo se controla el censo

La actuación de Iustitia Europa adquiere así una dimensión que trasciende la discusión sobre una norma concreta. El recurso plantea ante el Supremo una cuestión esencial para cualquier proceso electoral: qué controles existen sobre la incorporación de nuevos electores y quién debe garantizar que esa incorporación pueda ser reconstruida y verificada.

La formación considera insuficiente que exista un reconocimiento legal de la nacionalidad si después no puede conocerse con precisión cómo se produce el salto administrativo desde el Registro Civil y los registros consulares hasta el PERE y el CERA, ni con qué criterios se atribuye al ciudadano un municipio electoral.

Ese es el motivo por el que la presencia del INE resulta especialmente relevante en la vista. La organización no pretende únicamente conocer el número de nacionalizaciones producidas al amparo de la Ley de Memoria Democrática, sino cuántas de esas personas han terminado incorporadas al censo de residentes ausentes, dónde han sido inscritas y mediante qué criterio se ha determinado su adscripción electoral.

La pregunta que llegará este lunes al Supremo, por tanto, es más concreta que el debate político que ha rodeado a la llamada Ley de Nietos: si el sistema utilizado para convertir esas nuevas nacionalizaciones en altas censales ofrece las garantías suficientes para preservar la transparencia, la trazabilidad y la igualdad del proceso electoral.

Y en ese punto el Gobierno ya no estará al margen del procedimiento. Según fuentes de DEMÓCRATA, Presidencia y el INE tendrán que defender ante la Sala, junto a la Junta Electoral Central, la actuación administrativa que Iustitia Europa pretende someter a control judicial.

La vista de este lunes puede ser, por ello, el primer momento en que el Supremo determine si esos efectos electorales deben continuar produciéndose sin una fiscalización cautelar específica o si, por el contrario, procede introducir un freno mientras se examina el fondo de la controversia.

La decisión no resolverá quién puede ser español. Puede decidir, en cambio, bajo qué controles puede entrar en el censo electoral y producir efectos su incorporación al voto exterior.

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