La Dirección General de Pesca, Acuicultura y Economía Azul, adscrita a la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, ha decidido clausurar la pesquería de coquina (donax trunculus) en todas las zonas de producción del golfo de Cádiz ante la escasez del recurso y como medida para salvaguardar a “los numerosos reclutas hallados”.
De acuerdo con la resolución publicada en el BOJA este viernes, con fecha de 18 de septiembre y consultada por Europa Press, los informes de seguimiento científico elaborados por la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía (Agapa) y el Instituto Español de Oceanografía (IEOCSIC) reflejan que el estado del recurso se sitúa “por debajo de los umbrales de rendimiento medio de captura, fuera de los límites biológicos seguros, siendo la tendencia negativa”.
Sin embargo, los últimos dictámenes científicos incorporan un elemento favorable al constatar “un importante aumento del reclutamiento, lo que hace necesario, más si cabe, un cierre de la pesquería, tanto por la falta de recurso existente, como para proteger a los numerosos reclutas”.
En consecuencia, la Consejería acuerda el cierre de la pesquería de coquina (donax trunculus) en todas las áreas de producción del golfo de Cádiz por “escasez de recurso”, una restricción que será efectiva desde las 00,00 horas del 28 de septiembre.
Paralelamente, se veta el ejercicio de la actividad a los mariscadores profesionales a pie autorizados para la captura de esta especie por causa de fuerza mayor, a los efectos que correspondan. Igualmente, continúa vigente la prohibición de capturar coquina mediante rastros remolcados.
Asimismo, queda prohibido capturar, mantener a bordo, transbordar, desembarcar y comercializar coquina (donax trunculus) procedente de las zonas de producción del golfo de Cádiz. Por tanto, los ejemplares de esta especie obtenidos de forma accidental deberán ser devueltos al mar de inmediato.
La resolución recuerda que la Orden de 20 de julio de 2023, por la que se aprueba un Plan de Gestión para la coquina (donax trunculus) en el golfo de Cádiz en las modalidades de marisqueo a pie y rastro remolcado, fija medidas técnicas para alcanzar “niveles de rendimiento máximo sostenible”, en línea con el Reglamento de la Unión Europea.
En su artículo 3.1, dicha orden establece que, a efectos de aplicación, se considerará que la coquina (donax trunculus) se encuentra dentro de límites biológicos seguros y, por tanto, explotada de forma sostenible cuando la captura total anual sea igual o inferior al Rendimiento Máximo Sostenible; el umbral medio de captura supere los 3,5 kg/mariscador/hora; y el índice mínimo de reclutamiento (D15), definido como el número de individuos de menos de 15 mm, sea superior a ocho individuos coquinas/metro cuadrado.
El artículo 3.2 indica que, en función de los resultados de los estudios de evaluación y seguimiento científico de la pesquería, la Dirección General competente en materia de marisqueo podrá fijar cada año los puntos de referencia biológicos previstos en este precepto.
Además, el artículo 4.1 determina que, si se fija un valor de captura total anual y este se supera, se ordenará el cierre de la pesquería de coquina durante el resto de la campaña en curso.
Por último, el artículo 4.5 recoge que la medida de cierre de la pesquería se aplicará siempre y de forma automática en las zonas de producción cuando los valores de rendimiento medio de captura sean iguales o inferiores a 1,5 kg/mariscador/hora, considerado “umbral medio de captura crítico”, mediante resolución motivada de la citada Dirección General, y se mantendrá hasta que los resultados del seguimiento científico aporten garantías técnicas suficientes para reanudar la actividad extractiva.