Las situaciones más cotidianas y concretas sirven para calibrar la efectividad o el alcance de las políticas públicas. El desahucio de Maricarmen por parte del fondo de inversión Urbagestión devolvió este drama al primer orden del debate público.
Y evidenció la falta de instrumentos jurídicos para hacer frente a estos procesos, aun en las situaciones más extremas.
Maricarmen, vecina de la calle Sainz de Baranda en Madrid, tiene 87 años y una discapacidad del 50%. Su desahucio responde a la exigencia del fondo de inversión propietario del inmueble de más que triplicar la renta que pagaba, por encima incluso de la pensión que percibe. Un caso de vulnerabilidad de libro.
Y, sin embargo, no está claro que la cláusula que el Gobierno quiere aprobar hubiera evitado el desahucio.
¿Qué prepara el Gobierno?
El Ministerio de Vivienda lleva trabajando desde junio en un decreto-ley con un amplio paquete de medidas para afrontar la crisis habitacional. Entre ellas, una nueva cláusula antidesahucios.
Pese a prometer su aprobación en julio, el departamento que dirige Isabel Rodríguez decidió aplazarlo a septiembre. Y, llegados a este mes, no tienen claro que vaya a aprobarse. O al menos cuándo.
Vivienda se resiste a aprobar una norma sin los apoyos suficientes. Y, ahora mismo, ni Junts ni Podemos se los garantizan. Sumar, en cambio, urge a aprobarlo de forma inmediata.
Trataron de aprobar la norma este martes, para llegar a tiempo al desahucio previsto para este miércoles, y ahora exigen que sea en el próximo Consejo de Ministros –junto al paquete de alivio fiscal por las consecuencias de la guerra en Irán--. Tenga los apoyos o no. Que los grupos se retraten en el Congreso.
¿Qué dice la cláusula antidesahucios?
El borrador del decreto-ley que prepara Vivienda, al que ha tenido acceso DEMÓCRATA, contempla una suspensión permanente de todos los desahucios en situación de vulnerabilidad y sin alternativa habitacional.
La reforma supera todas las moratorias anteriores, ya que no queda condicionada a un período temporal. Sería permanente. Pero es que, además, no supedita toda su efectividad a la decisión de un juez.
Hasta ahora, las moratorias aprobadas no garantizaban la suspensión del desahucio, aunque se cumplieran los requisitos de vulnerabilidad exigidos. La paralización era una posibilidad que se le otorgaba al juez, una vez se acreditaran estas circunstancias.
La reforma, en los términos que plantea Vivienda, establece la suspensión de todo desahucio cuando el demandado sea vulnerable, no cuente con alternativa habitacional y la Administración no le haya ofrecido una.
Al darse esas circunstancias, el tribunal estaría obligado a requerir a las administraciones los recursos disponibles y, si no responden o carecen de ellos, el proceso quedaría suspendido hasta “garantizar una alternativa habitacional razonable”.
Vivienda, además, contempla una disposición transitoria para que los procesos en curso puedan acogerse a esta cláusula si concurren las condiciones exigidas.
Vivienda cree que Junts podría ‘comprar’ la medida
Fuentes del Ministerio de Vivienda aseguran a DEMÓCRATA que la reforma ha sido trabajada con la comisión delegada de Naciones Unidas y que busca dar una solución permanente a los desahucios en los casos más extremos.
Además, consideran que esta cláusula podría encontrar el apoyo de Junts, formación más reticente a recuperar la moratoria –la ha derogado junto a PP y Vox varias veces esta legislatura--, al atender a varias de sus preocupaciones.
Prevé que la administración autonómica asuma los gastos necesarios que se acuerden para compensar al demandante –salvo que este sea una empresa o un gran tenedor--, incluyendo los impagos de la renta, los daños causados o el coste de suministros impagados.
Y la suspensión no tendría lugar si el tribunal considera que prevalece una situación de vulnerabilidad económica o habitacional de la parte demandante.
¿Y el caso de Maricarmen?
Sin ser categórico, todo indica a pensar que la cláusula no habría evitado su desahucio. O, al menos, atendiendo a uno de los condicionamientos más básicos: la ausencia de alternativa.
La paralización del proceso únicamente opera cuando no existe esta alternativa, que en su caso sí fue comunicada tanto por la Comunidad de Madrid como por los servicios sociales del Ayuntamiento. En su caso, una plaza de residencia.
De validarse como alternativa, no habría podido evitarse aun estando en vigor la prohibición que impulsa el Gobierno.
La única duda al respecto es si el juez considerara las opciones dadas por las administraciones como una “alternativa habitacional razonable”.
De darla por buena, el desahucio habría sido ejecutado igualmente, al quedar en manos de la decisión del juez por ejecutar la demanda Urbagestión y la voluntad del fondo de llevarla a cabo.