La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha requerido a las compañías que emplean un alias o apodo comercial en las comunicaciones con sus clientes para que procedan a inscribirlo si desean continuar utilizándolo a partir del 15 de septiembre.
El organismo precisa este martes que los alias son los apodos o sobrenombres que identifican a una persona o entidad y que, por lo general, consisten en una abreviatura de la denominación social, del nombre o de la marca comercial, o bien del dominio de internet.
De este modo, todas las empresas que usen estos alias como remitente de sus mensajes (SMS, MMS --mensajes multimedia-- o RCS --otro tipo de mensajes, Rich Communication Services--) dirigidos a sus clientes deberán registrarlos para poder seguir recurriendo a ellos en este tipo de comunicaciones.
En caso de que una compañía no dé de alta sus alias, a partir del 15 de septiembre del año en curso no podrá seguir remitiendo mensajes a sus clientes identificados con su denominación social, su nombre, su marca comercial o su dominio de internet.
La razón es que, desde esa fecha, los operadores de comunicaciones electrónicas estarán obligados a bloquear todos los mensajes que incluyan alias no inscritos en el Registro de Alias de la CNMC, así como aquellos mensajes con alias registrados que se envíen desde operadores que no figuren en dicho registro, en cumplimiento de la Orden Ministerial TDF/149/2025. Esta norma busca reforzar la lucha contra las estafas y evitar la suplantación de marcas o entidades conocidas, subraya la Comisión.
Pese a ello, las empresas podrán continuar enviando sus comunicaciones sin utilizar alias, y cualquier alias pendiente de alta o de nueva creación podrá comunicarse o inscribirse en el registro en cualquier momento posterior a esa fecha.
En este contexto, la CNMC insta a las empresas que deseen seguir utilizando alias en sus comunicaciones y aún no hayan realizado el trámite a que consulten la información disponible y completen el proceso de inscripción con “suficiente antelación” para “garantizar la continuidad de sus comunicaciones”.
Asimismo, recuerda a las compañías que hayan recibido una notificación de la CNMC sobre la inscripción de alias que “deben atenderla” si todavía no han respondido.
En una nota informativa, el organismo explica que su nuevo registro de alias permitirá verificar que los mensajes que emplean estos apodos proceden efectivamente de la entidad que aparece como remitente (como bancos, administraciones públicas, pequeños comercios y empresas de transporte o servicios médicos, entre otras).
Esta iniciativa se integra en el Plan Antiestafas del Gobierno, una orden ministerial que obliga a los operadores de telecomunicaciones a bloquear comunicaciones (llamadas y mensajes de texto) con fines fraudulentos, con el propósito de reforzar la seguridad de las comunicaciones electrónicas y frenar los intentos de suplantación de identidad.