El Gobierno ha recuperado y reforzado el mecanismo TU CASA, una línea pública de financiación que permitirá obtener hasta 50.000 euros sin intereses ni comisiones para comprar la primera vivienda habitual. La medida ya figura en el Real Decreto-ley 29/2026 publicado este miércoles en el BOE y cuenta con una dotación inicial de 10.000 millones de euros, pero eso no significa que los interesados puedan acudir ya al Instituto de Crédito Oficial (ICO) a solicitar el dinero.
El artículo 19 establece las características esenciales del mecanismo, pero deja para un posterior acuerdo del Consejo de Ministros cuestiones determinantes como los beneficiarios concretos, los límites y otras condiciones de acceso. El ICO será el encargado de gestionar la línea y analizar las operaciones, pero su funcionamiento requiere todavía el desarrollo previsto en el propio decreto.
Primera vivienda habitual y sin límite de edad
El requisito general que sí queda fijado en el BOE es el destino de la financiación. TU CASA se dirige a personas que accedan a su primera vivienda habitual hipotecada y funcionará como complemento de la financiación privada que consigan para efectuar la compra.
El nuevo decreto introduce además expresamente que podrán acogerse al mecanismo independientemente de su edad. No se trata, por tanto, de una línea reservada a jóvenes, como ocurre con otros programas públicos de apoyo a la compra de vivienda.
Lo que el decreto no establece todavía son límites máximos o mínimos de ingresos, requisitos patrimoniales, precios máximos de las viviendas ni otros criterios económicos para seleccionar a los beneficiarios. Estas condiciones deberán determinarse mediante un acuerdo del Consejo de Ministros, por lo que no es posible asegurar por ahora que cualquier persona que vaya a adquirir su primera vivienda pueda recibir automáticamente el préstamo.
Hasta el 20% de la vivienda, con un máximo de 50.000 euros
La cuantía sí está fijada. TU CASA financiará la menor de dos cantidades: el 20% del valor de la vivienda hipotecada o 50.000 euros.
De esta forma, una vivienda valorada en 200.000 euros podría recibir como máximo 40.000 euros a través de esta línea, mientras que para una de 300.000 euros el 20% ascendería a 60.000 euros, pero operaría el límite y el préstamo público no podría superar los 50.000.
La financiación pública tampoco sustituirá a la hipoteca. El propio decreto define TU CASA como un mecanismo complementario a la financiación privada, de modo que el comprador deberá contar también con financiación hipotecaria. El ICO tendrá además encomendada la evaluación de las operaciones conforme a sus políticas de riesgos y a las condiciones de elegibilidad que determine el futuro acuerdo del Consejo de Ministros.
Sin intereses ni comisiones y con hasta 30 años de carencia
Otra de las características ya definidas es el coste. Los préstamos tendrán un tipo de interés del 0% y no llevarán comisiones, de acuerdo con el artículo 19 del decreto.
La particularidad está en el calendario de devolución. La norma establece un periodo de carencia vinculado al plazo de la hipoteca, con un máximo de 30 años, y un plazo de hasta diez años para reintegrar posteriormente el préstamo. El diseño permite así retrasar la devolución del dinero aportado por TU CASA mientras se afronta la financiación hipotecaria, dentro del límite temporal establecido.
Por ejemplo, si la hipoteca tuviera un plazo de 25 años, la carencia del préstamo público podría extenderse durante ese periodo en los términos que finalmente se concreten. Si la financiación hipotecaria superase los 30 años, el límite máximo de la carencia de TU CASA seguiría siendo de 30.
La vivienda tendrá limitado permanentemente su precio de reventa
El préstamo lleva aparejada una contrapartida relevante para quien lo utilice. Las viviendas financiadas mediante TU CASA deberán mantenerse como vivienda habitual y quedarán sometidas permanentemente a un precio máximo de transmisión.
En una segunda o posterior venta, el precio no podrá superar el importe pagado originalmente por la vivienda actualizado conforme a la evolución del IPC. Podrá añadirse el valor de determinadas actuaciones de rehabilitación o mejora, aunque las condiciones concretas tendrán que ser establecidas posteriormente por el Consejo de Ministros.
La restricción no desaparecerá una vez devuelto el préstamo. El decreto utiliza expresamente un régimen permanente y establece que la limitación deberá figurar en la escritura pública de adquisición e inscribirse en el Registro de la Propiedad. Su aplicación registral queda también pendiente del correspondiente desarrollo reglamentario.
También habrá límites si el propietario decide alquilar posteriormente el inmueble. En ese supuesto, la renta tendrá que situarse por debajo del precio máximo que corresponda conforme al sistema estatal de índices de referencia, atendiendo a las características de la vivienda y del edificio.
Una línea dotada con 10.000 millones
La principal diferencia respecto al mecanismo TU CASA incluido en el decreto rechazado la pasada semana por el Congreso está en su financiación. El anterior texto ya contemplaba los préstamos de hasta 50.000 euros al 0%, pero no incorporaba en el propio artículo una dotación concreta para poner en marcha la línea.
El nuevo decreto aprueba un crédito extraordinario de 10.000 millones de euros para la línea ICO, al que suma otros cinco millones destinados a los gastos financieros relacionados con su gestión. Los recursos procederán del presupuesto del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana.
El ICO actuará como entidad colaboradora del Ministerio y en nombre y por cuenta del Estado. Entre sus funciones estarán analizar las operaciones, elevar las propuestas a la comisión rectora del mecanismo, formalizar los préstamos aprobados y encargarse posteriormente de su seguimiento y recuperación.