Ceuta, ¿estación Termini de la legislatura? los siete votos de una moción de censura que pueden tumbar a Sánchez

La crisis de Ceuta ha dejado al PSOE aislado en su defensa de la relación con Marruecos y ha unido en la crítica a PP, Vox, Sumar, Junts, ERC, Bildu y PNV. Una moción de censura es legalmente posible, pero Feijóo todavía necesita siete votos. Son exactamente los diputados de Junts

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Todas las vías políticas de la crisis de Ceuta empiezan a conducir al mismo lugar: la continuidad de la legislatura. El PSOE ha comprobado en el Congreso que su defensa de la actuación de Marruecos no convence a la oposición, pero tampoco a los partidos que permitieron la investidura de Pedro Sánchez.

PP y Vox acusan al Gobierno de abandonar la frontera. Sumar define Marruecos como un “régimen despótico”. ERC habla de “autoengaño”, Bildu pide que España deje de actuar como “pagafantas” de Rabat, el PNV denuncia la inacción del Estado y Junts pregunta qué conoce Marruecos para que el Ejecutivo se niegue a responsabilizarlo.

La fotografía es muy seria para la Moncloa. Sin embargo, censurar al Gobierno por su gestión de Ceuta y votar una moción de censura son decisiones diferentes. Hoy existe el malestar necesario para debilitar la legislatura, pero todavía no los votos declarados para derribarla.

PP y Vox suman 169: les faltan exactamente los siete diputados de Junts

La mayoría absoluta del Congreso está situada en 176 diputados. El PP dispone de 137 y Vox de 32. Juntos alcanzan 169.

Les faltan siete. Es el mismo número de diputados que tiene Junts.

La aritmética convierte al partido de Carles Puigdemont en la pieza decisiva de cualquier moción encabezada por Alberto Núñez Feijóo. Si sus siete representantes votaran a favor junto a PP y Vox, la censura alcanzaría exactamente la mayoría absoluta necesaria.

Existe otra combinación teórica: los cinco diputados del PNV, el representante de Coalición Canaria y el de UPN también completarían los siete votos. Esa posibilidad parece más remota porque el PNV ha rechazado públicamente apoyar una moción del PP.

Junts mantiene una posición más imprevisible. Ha votado contra iniciativas importantes del Gobierno y el pasado mes de junio permitió que el Congreso aprobara una moción del PP que pedía la dimisión de Sánchez y la convocatoria de una cuestión de confianza.

Aquella votación tuvo un enorme valor político, pero no sustituyó a una moción de censura. Pedir que Sánchez dimita no obliga a investir a Feijóo como presidente.

Qué hace falta para presentar una moción de censura

La Constitución exige que la moción sea firmada al menos por una décima parte del Congreso: 35 diputados. El PP puede registrarla por sí solo.

También debe incluir un candidato a la Presidencia del Gobierno. España utiliza una moción de censura constructiva: no basta con retirar a Sánchez de la Moncloa, hay que colocar inmediatamente a otra persona en su lugar.

La votación no puede celebrarse hasta que transcurran cinco días desde su presentación. Durante los dos primeros pueden registrarse candidaturas alternativas. Si la moción obtiene 176 votos, el candidato queda investido automáticamente.

Mientras se encuentra en tramitación, el presidente no puede disolver las Cortes y convocar elecciones. Si fracasa, sus firmantes no pueden presentar otra durante el mismo periodo de sesiones.

Feijóo tiene firmas suficientes, candidato y capacidad para activar el procedimiento. Lo que no tiene, por ahora, es una mayoría anunciada.

Ceuta deja al PSOE solo frente a Marruecos

La comparecencia de Félix Bolaños mostró la profundidad del aislamiento. El ministro aseguró que “no hay ninguna evidencia” de que Marruecos liderara, impulsara o dirigiera la entrada masiva.

Cuca Gamarra respondió desde el PP con una pregunta: “¿Qué le deben ustedes a Marruecos?”. Vox acusó al Ejecutivo de culpar a todos menos a Rabat y a su propia gestión.

La presión llegó también desde el bloque de investidura. El diputado de Sumar Txema Guijarro calificó Marruecos como un “régimen despótico” y cuestionó los resultados del cambio de posición española sobre el Sáhara Occidental.

Francesc-Marc Álvaro, de ERC, afirmó que el Gobierno se mueve entre “la realpolitik, el alivio y el autoengaño”. Jon Iñarritu, de EH Bildu, reclamó que España no actúe como “pagafantas” de Marruecos.

El PNV reprochó al Gobierno su inacción y preguntó “dónde ha estado el Estado” durante las primeras semanas de la crisis.

Junts fue todavía más lejos. Josep Pagès preguntó a Bolaños: “¿Qué sabe Marruecos de ustedes? ¿Por dónde los tienen cogidos?”. El partido también ha advertido de que Cataluña no asumirá las consecuencias de lo que considera una gestión incompetente de la frontera.

La defensa de Marruecos encuentra apoyos dentro del PSOE, pero muy pocos fuera. Ni siquiera Sumar, socio del Consejo de Ministros, comparte plenamente el relato utilizado por Bolaños.

Feijóo prometió actuar en 48 horas si Junts o PNV rompían con Sánchez

Alberto Núñez Feijóo afirmó el 11 de agosto que presentaría una moción de censura en 48 horas si Junts o PNV tenían un “arrebato de dignidad” y abandonaban a Sánchez.

El líder del PP admite que no la registra porque carece de los votos necesarios. Una derrota podría permitir al presidente exhibir una mayoría parlamentaria en torno a su continuidad, aunque esa mayoría no sirviera después para aprobar leyes o presupuestos.

La crisis de Ceuta vuelve a colocar la promesa de Feijóo sobre la mesa. Junts ha elevado el tono contra el Gobierno, pero no ha anunciado que esté dispuesto a investir al dirigente popular. El PNV tampoco ha cambiado públicamente su negativa.

Vox sí apoyaría una iniciativa para expulsar a Sánchez, pero su presencia dificulta que partidos nacionalistas se incorporen a una mayoría alternativa liderada por el PP.

La legislatura puede terminar sin una moción de censura

Ceuta podría convertirse en la estación Termini de la legislatura sin que llegue a registrarse una moción. El final puede producirse por agotamiento parlamentario.

El Gobierno necesita a Junts, ERC, Bildu, PNV y al resto de sus socios para aprobar presupuestos, convalidar decretos y sacar adelante las principales leyes. Si la crisis rompe esa cooperación, Sánchez podría conservar la Presidencia, pero perder la capacidad de gobernar.

Ese escenario ya ha comenzado a asomar. Junts vota de forma cada vez más autónoma, los aliados reclaman explicaciones sobre Marruecos y el Congreso ha obligado a desfilar a los ministros implicados en la gestión de Ceuta.

La moción de censura representa la vía rápida. El bloqueo legislativo, la imposibilidad de aprobar nuevos Presupuestos y la pérdida continuada de votaciones construirían una vía más lenta hacia un adelanto electoral.

El 3 de septiembre, primera prueba para Sánchez

La comparecencia de Pedro Sánchez del 3 de septiembre será la primera prueba conjunta. El presidente tendrá que explicar qué sabía el Gobierno antes de la entrada masiva, por qué tardó varias semanas en asumir el mando único y qué papel atribuye a Marruecos.

También deberá resolver las contradicciones entre Margarita Robles y Fernando Grande-Marlaska sobre los avisos previos del CNI.

Los grupos que facilitaron su investidura podrán elegir entre limitarse a exigir respuestas o convertir sus críticas en una ruptura parlamentaria. La diferencia determinará si Ceuta es otra crisis grave superada por el Gobierno o el episodio que vuelve imposible prolongar la legislatura.

Hoy no existe una moción registrada ni una mayoría alternativa anunciada. PP y Vox continúan a siete votos de la Moncloa. Toda la legislatura cabe ahora en esos siete escaños.

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¿Qué trámites parlamentarios son necesarios para que una moción de censura prospere en el Congreso de los Diputados?

Para que una moción de censura prospere en el Congreso de los Diputados es necesario cumplir una serie de requisitos materiales y formales muy estrictos, previstos en la Constitución y desarrollados en el Reglamento del Congreso. A continuación se describen, de forma ordenada, los trámites esenciales desde su presentación hasta su eventual aprobación.

1. Naturaleza y finalidad de la moción de censura

Según el Reglamento del Congreso (art. 175), la Cámara puede exigir la responsabilidad política del Gobierno mediante la adopción de una moción de censura. Se trata de un instrumento de control parlamentario que, en la práctica, combina:

  • Una reprobación del Gobierno en ejercicio.
  • La propuesta de un candidato o candidata alternativo a la Presidencia del Gobierno.

Esta configuración “constructiva” implica que no se puede censurar al Gobierno sin ofrecer simultáneamente una alternativa de gobierno.

2. Requisitos para la presentación

El artículo 175.2 del Reglamento fija las condiciones de presentación:

  • Debe ser propuesta, al menos, por la décima parte de los miembros del Congreso (un mínimo de 35 diputados en una Cámara de 350).
  • Ha de formalizarse mediante un escrito motivado dirigido a la Mesa del Congreso, es decir, con una exposición de las razones políticas de la censura.
  • Debe incluir un candidato o candidata a la Presidencia del Gobierno, que haya aceptado expresamente la candidatura.

3. Calificación y admisión a trámite por la Mesa

Recibido el escrito, la Mesa del Congreso actúa como órgano de calificación:

  • Comprueba que la moción reúne los requisitos del artículo 175 (número de firmas, motivación y candidato aceptante).
  • Si son correctos, la admite a trámite (art. 176.1).
  • Da cuenta de su presentación al Presidente o Presidenta del Gobierno y a las portavocías de los Grupos Parlamentarios.

Dentro de los dos días siguientes a la presentación de la moción admitida, pueden registrarse mociones de censura alternativas, que deben cumplir los mismos requisitos y superar también su propia admisión (art. 176.2).

4. Fijación del orden del día y plazos mínimos

Una vez admitida, la moción debe ser incluida en el orden del día del Pleno, que fija la Presidencia de la Cámara de acuerdo con la Junta de Portavoces (arts. 67 y 68 del Reglamento).

El artículo 177.4 establece un plazo mínimo: la moción o mociones de censura se someterán a votación en una sesión cuya hora haya sido anunciada por la Presidencia y que no podrá ser anterior a cinco días desde la presentación de la primera moción en el Registro General. Este lapso actúa como un periodo de reflexión y de negociación política.

5. Debate en el Pleno

El debate se regula en el artículo 177:

  • Se inicia con la defensa de la moción, sin limitación de tiempo, por uno de los diputados o diputadas firmantes.
  • A continuación, sin límite de tiempo, interviene la persona candidata a la Presidencia del Gobierno para exponer el programa del Gobierno que pretende formar (art. 177.1).
  • Tras una interrupción acordada por la Presidencia, puede intervenir una persona representante de cada Grupo Parlamentario que lo solicite, por 30 minutos, con derecho a réplica o rectificación de 10 minutos (art. 177.2).
  • Si hay varias mociones, la Presidencia, oída la Junta de Portavoces, puede acordar un debate conjunto, pero cada moción se vota por separado y en el orden de su presentación (art. 177.3).

6. Votación y mayoría exigida

La votación de la moción de censura tiene rasgos específicos:

  • Debe ser pública por llamamiento (art. 85 y 86: cada diputado responde “sí”, “no” o “abstención”, siendo nombrados por orden alfabético y votando al final el Gobierno y la Mesa).
  • La aprobación requiere el voto favorable de la mayoría absoluta de los miembros del Congreso (art. 177.5).
  • Si se aprueba una moción, no se votan las restantes que se hubieran presentado (art. 177.6).

7. Efectos de la aprobación o el rechazo

Los efectos están en los artículos 178 y 179:

  • Si el Congreso aprueba la moción, la Presidencia lo comunica de inmediato al Rey o Reina y al Presidente o Presidenta del Gobierno (art. 178).
  • El candidato incluido en la moción se considera que ha recibido la confianza de la Cámara, a los efectos del artículo 99 de la Constitución, es decir, queda investido como nuevo Presidente del Gobierno.
  • Si la moción es rechazada, quienes la firmaron no pueden firmar otra moción de censura en el mismo período de sesiones; la presentada entre períodos se imputa al siguiente (art. 179).

En síntesis, para que una moción de censura prospere debe superar la admisión por la Mesa, respetar los plazos y cauces formales de debate y, sobre todo, obtener el respaldo de la mayoría absoluta del Congreso en votación pública por llamamiento; solo entonces se produce simultáneamente la caída del Gobierno y la investidura del candidato alternativo.

¿Cuáles son las competencias y funciones del presidente del Gobierno de España según la Constitución?

El presidente del Gobierno de España es la máxima autoridad del poder ejecutivo y la figura central del sistema político español. Sus competencias y funciones se recogen principalmente en los artículos 97, 98, 99, 112 a 115 y, de forma indirecta, en otros preceptos de la Constitución de 1978.

Dirección de la acción del Gobierno

La función nuclear aparece en el artículo 97: el Gobierno dirige la política interior y exterior, la Administración civil y militar y la defensa del Estado. Dentro de ese Gobierno, el presidente es quien dirige y coordina la acción del conjunto del Ejecutivo. Esto implica:

  • Fijar las líneas generales de la política del Gobierno (económica, social, territorial, exterior, de defensa, etc.).
  • Coordinar la actuación de los distintos ministerios, resolviendo conflictos de competencias dentro del propio Ejecutivo.
  • Asegurar la coherencia global de la acción gubernamental: que las decisiones de un área no contradigan la estrategia general.
  • Representar políticamente al Gobierno ante las Cortes Generales y ante el resto de instituciones del Estado.

Relación con el Rey y nombramiento

El presidente del Gobierno es nombrado por el Rey, pero la Constitución (art. 99) establece que debe haber sido previamente investido por el Congreso de los Diputados. Es decir:

  • El Rey propone un candidato, tras consultar a los grupos parlamentarios.
  • El Congreso debate y vota la investidura; si la mayoría vota a favor, el Rey nombra presidente al candidato.

El presidente, una vez nombrado, es el interlocutor político principal del Rey en lo que respecta a los asuntos de Gobierno, participación en despachos, firma de reales decretos y reales decretos-leyes, y propuesta de nombramientos que corresponden formalmente al Jefe del Estado.

Nombramiento y cese de ministros

Según el artículo 100, los demás miembros del Gobierno (vicepresidentes y ministros) son nombrados y separados por el Rey a propuesta del presidente del Gobierno. De ese modo:

  • El presidente elige la estructura del Gobierno (qué ministerios existen, quién los ocupa, cuántos vicepresidentes hay).
  • Puede remodelar el Gobierno, incorporando o cesando ministros, de acuerdo con su estrategia política.

En la práctica, esto refuerza la posición del presidente como jefe del Ejecutivo, con capacidad de configurar el equipo que ejecuta sus directrices políticas.

Responsabilidad ante las Cortes Generales

Toda la responsabilidad política del Gobierno ante las Cortes se concentra en la figura del presidente:

  • El Congreso puede exigir la responsabilidad del Gobierno mediante la moción de censura (art. 113), que se dirige contra el presidente y debe incluir un candidato alternativo.
  • El propio presidente puede plantear una cuestión de confianza (art. 112) para reforzar o comprobar su apoyo parlamentario sobre un programa o declaración de política general.
  • Es el principal responsable de responder en las sesiones de control parlamentario y de rendir cuentas de la acción del Ejecutivo.

Facultad de disolver las Cortes y convocatoria de elecciones

El artículo 115 establece que el presidente puede proponer la disolución del Congreso, del Senado o de las Cortes Generales en su conjunto, lo que conduce a la convocatoria de elecciones generales. Esta facultad:

  • Se ejerce mediante propuesta al Rey, que formalmente dicta el decreto de disolución y convocatoria.
  • Tiene límites temporales (no puede emplearse en ciertos periodos, como durante una moción de censura en tramitación).

Supone uno de los instrumentos políticos más relevantes del presidente para gestionar mayorías parlamentarias y tiempos políticos.

Funciones en la elaboración normativa

Aunque la Constitución no atribuye en exclusiva al presidente la iniciativa legislativa, sí le otorga un papel central en:

  • La aprobación en el Consejo de Ministros de proyectos de ley que se remiten a las Cortes.
  • La aprobación de reales decretos-leyes en casos de extraordinaria y urgente necesidad (art. 86), responsabilidad colegiada del Gobierno que el presidente impulsa y dirige.
  • La remisión de mensajes y comunicaciones a las Cámaras, explicando la política del Gobierno o justificando determinadas decisiones.

Coordinación y representación general

Finalmente, el presidente del Gobierno es la principal figura de representación política del Estado en el exterior en la vertiente gubernamental: participa en cumbres internacionales, en el Consejo Europeo y en otras instancias, siempre dentro del marco constitucional y respetando las competencias del Rey como Jefe del Estado.

En síntesis, la Constitución configura al presidente del Gobierno como el verdadero jefe del poder ejecutivo, responsable último de la orientación política del país, del funcionamiento coordinado del Gobierno y de la relación del Ejecutivo con el Parlamento, el Rey y la comunidad internacional.

¿Cuál ha sido la trayectoria política de Carles Puigdemont y a qué partido pertenece?

Carles Puigdemont i Casamajó es uno de los dirigentes centrales del independentismo catalán contemporáneo. Ha sido presidente de la Generalitat de Cataluña, eurodiputado y, en la actualidad, lidera la formación Junts per Catalunya (Junts), partido al que pertenece y del que ostenta la presidencia. Su trayectoria política reciente está marcada por el referéndum del 1 de octubre de 2017, su posterior marcha al extranjero y su papel como referente de Junts en la negociación política con el Estado.

Primer plano institucional en Cataluña

Puigdemont alcanzó la máxima relevancia institucional al convertirse en presidente de la Generalitat de Cataluña, cargo desde el cual encabezó el Govern durante la fase culminante del llamado «procés» independentista. Su mandato se asocia directamente a la organización del referéndum del 1-O de 2017 y a la posterior declaración unilateral de independencia aprobada en el Parlament, hechos que desencadenaron la respuesta del Estado, la aplicación del artículo 155 de la Constitución y la apertura de diversas causas penales.

Tras la intervención de la autonomía y el inicio de los procedimientos judiciales en el Tribunal Supremo, Puigdemont abandonó España y se instaló en Bélgica. Desde entonces, su figura combina la condición de expresidente de la Generalitat con la de símbolo político del independentismo en el exterior, lo que ha dado a su trayectoria un fuerte componente internacional y judicial.

Etapa europea y liderazgo en el exilio

En los años posteriores a su salida de España, Puigdemont proyectó su actividad al ámbito comunitario. En 2019 accedió al Parlamento Europeo como eurodiputado, junto a otros dirigentes independentistas, utilizando la plataforma europea tanto para internacionalizar el conflicto catalán como para defender su situación procesal.

La dimensión europea de su trayectoria se ha visto reforzada por varios episodios judiciales relevantes: decisiones de tribunales de otros Estados miembros sobre órdenes de detención, la cuestión de su inmunidad parlamentaria y, más recientemente, las resoluciones del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre la Ley de Amnistía española y su encaje en el Derecho de la Unión. Estos hitos han convertido a Puigdemont en un actor que combina la política de partido con una intensa batalla jurídico–política en instancias europeas.

Líder de Junts per Catalunya y figura central del independentismo

En el plano partidista, los datos disponibles lo sitúan como presidente y líder de Junts per Catalunya, formación independentista heredera del espacio postconvergente. La propia documentación interna y la cobertura mediática lo describen de forma reiterada como «líder de Junts», «presidente de Junts per Catalunya» o «presidente del partido», y lo colocan al frente de las reuniones estratégicas de la ejecutiva, los cónclaves internos y las grandes decisiones sobre la relación con el Gobierno central y con otros actores del sistema político catalán.

Desde su residencia en Waterloo (Bélgica), Puigdemont sigue ejerciendo un papel determinante en la línea política de Junts: marca la posición del partido ante los Presupuestos Generales del Estado, la eventual participación en mociones de censura, las relaciones con el PSOE y con otros partidos, y la estrategia frente a la aplicación de la Ley de Amnistía. De hecho, la prensa y las agendas políticas describen con frecuencia cómo las grandes decisiones de Junts —incluida la posible ruptura o mantenimiento de acuerdos con el Gobierno de España— se discuten en reuniones convocadas y presididas por él en Bruselas, Waterloo o Perpiñán.

Actividad actual en Cataluña y situación judicial

Paralelamente a su rol de líder de partido, Puigdemont mantiene un vínculo directo con la política catalana. Registros parlamentarios recientes lo señalan como diputado del Parlament de Cataluña, integrado en el Grup Parlamentari de Junts per Catalunya, y como miembro de la Comisión de Unión Europea y Acción Exterior, donde participa en los asuntos vinculados a la proyección exterior de Cataluña y a las relaciones con la UE.

Sin embargo, su margen de actuación física en el territorio español sigue condicionado por la causa penal derivada del procés. La información disponible indica que continúa vigente una orden de detención en España y que la aplicación concreta de la Ley de Amnistía a su caso está pendiente de decisiones clave del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo. Esa combinación de liderazgo político interno y condicionantes judiciales externos es un rasgo central de su trayectoria en los últimos años.

Partido de pertenencia

En síntesis, a la pregunta de a qué partido pertenece, la respuesta es clara: Carles Puigdemont pertenece a Junts per Catalunya, partido del que es presidente y principal referente político. Su carrera reciente no puede entenderse sin su papel como máximo dirigente de esta formación independentista, desde la que ha condicionado tanto la política catalana como la gobernabilidad en España a través de la negociación parlamentaria.

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