En directo, Redondo comparece en la Comisión de Igualdad del Congreso

La ministra de Igualdad cierra la ronda de comparecencias de ministros en comisión en la Cámara Baja. El jueves será el turno de Sánchez ante el Pleno

1 minuto

Congreso de los Diputados |

Añadir DEMÓCRATA en Google

Pregunta a FREN

Publicado

Última actualización

1 minuto

Más leídas

Tras la ministra de Juventud e Infancia, Sira Rego, es el turno de comparecer en el Congreso de Ana Redondo, responsable de Igualdad. Redondo interviene en la comisión del ramo a partir de las 16:00 horas, para dar cuenta de la gestión de su ministerio tras la entrada masiva de inmigrantes en Ceuta el pasado 30 de julio. 

Las explicaciones de Redonda llegan después de que hasta ocho ministros hayan acudido a la Cámara Baja en la última semana. Además, el jueves llega el plato fuerte con la comparecencia en Pleno del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez

las fechas:

las fechas:

1Margarita Robles, ministra de Defensa  — miércoles 26 de agosto.

2. Félix Bolaños, ministro de Presidencia y Justicia — jueves 27 de agosto, 10:00 horas.

3. Ángel Víctor Torres, ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, jueves 27 de agosto, 12:00 horas.

4. Mónica García, ministra de Sanidad — jueves 27 de agosto, 12:30 horas.

5. Fernando Grande-Marlaska, ministro del Interior — viernes 28 de agosto, 9:00 horas.

6. José Manuel Albares, ministro de Asuntos Exteriores, UE y Cooperación — viernes 28 de agosto, 12:00 horas.

7. Elma Saiz, ministra de Inclusión y Migraciones — viernes 28 de agosto, 16:00 horas.

8. Sira Rego, ministra de Juventud e Infancia — lunes 31 de agosto, 11 horas.

9. Ana Redondo, ministra de Igualdad — lunes 31 de agosto, 16:00 horas.

 

Más claves, contexto y preguntas con FREN

CONTENIDO GENERADO CON IA

¿Cuáles son las competencias y funciones de la ministra de Igualdad según la legislación española?

La ministra de Igualdad es la titular del Ministerio de Igualdad y, como tal, ejerce un conjunto de competencias que derivan tanto de su condición de miembro del Gobierno como de órgano superior que dirige un departamento ministerial especializado en políticas de igualdad y no discriminación. Estas funciones se concretan y distribuyen en varios reales decretos de estructura del Gobierno y del propio ministerio, así como en normas sectoriales sobre igualdad.

1. Marco normativo básico

Las competencias de la ministra de Igualdad se sitúan en la intersección entre:

  • Los reales decretos de restructuración y estructura básica de los departamentos ministeriales, como el Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales (BOE), y los sucesivos reales decretos de estructura orgánica básica (por ejemplo, el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, y sus múltiples modificaciones entre 2020 y 2023).
  • Los reales decretos que, en etapas anteriores, desarrollaron la estructura orgánica de departamentos en los que se integraba la política de igualdad (por ejemplo, el Real Decreto 200/2012 y el Real Decreto 485/2017, sobre el entonces Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad).
  • Normas específicas de política de igualdad, como el Real Decreto 1615/2009, de 26 de octubre, sobre el distintivo “Igualdad en la Empresa”, modificado por el Real Decreto 850/2015, de 28 de septiembre (BOE 2009, BOE 2015), o el Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, sobre planes de igualdad y su registro (BOE).
  • Disposiciones de organización interna y delegación de competencias, como la Orden IGD/761/2024, de 18 de julio, de fijación de límites de gasto y delegación de competencias (BOE), que concretan qué funciones ejerce directamente la ministra y cuáles se delegan en órganos del departamento.

2. Funciones generales como ministra y miembro del Gobierno

Con carácter general, las normas de estructura de los departamentos ministeriales atribuyen a cualquier ministro –y, por tanto, a la ministra de Igualdad– funciones típicas de órgano superior del Gobierno, entre las que cabe destacar:

  • Dirección del departamento: asume la dirección política y administrativa del Ministerio de Igualdad, fija las grandes líneas de actuación y asegura la coordinación de las Secretarías de Estado, Secretarías Generales y Direcciones Generales que integran el ministerio.
  • Elaboración y propuesta normativa: impulsa y eleva al Consejo de Ministros anteproyectos de ley, reales decretos y demás disposiciones de carácter general en materia de igualdad, así como las propuestas de acuerdos que afecten al ámbito de sus competencias.
  • Participación en el Consejo de Ministros: participa en la deliberación y, en su caso, en la presentación de iniciativas del Ministerio de Igualdad ante el Consejo de Ministros, defendiendo la posición del departamento en las decisiones del Gobierno.
  • Gestión presupuestaria: propone y dirige la ejecución del presupuesto del ministerio, con las delegaciones de firma y de competencias que pueda establecer, como refleja la Orden IGD/761/2024 en materia de límites de gasto.
  • Representación institucional: representa al ministerio ante otras administraciones públicas, instituciones nacionales e internacionales y ante la sociedad civil en todo lo relacionado con las políticas de igualdad.

3. Competencias materiales en igualdad y no discriminación

Sobre ese marco general, los reales decretos de estructura orgánica básica y la normativa sectorial asignan al departamento –y, en último término, a la ministra– un conjunto de competencias materiales específicas, entre las que se pueden agrupar:

  • Políticas de igualdad entre mujeres y hombres: diseño, planificación y coordinación de las políticas de igualdad de género en la Administración General del Estado, incluyendo la elaboración de estrategias y planes de igualdad, y la integración del principio de igualdad en todas las políticas públicas (“transversalidad de género”).
  • Igualdad en el empleo y en la empresa: impulso de la normativa sobre planes de igualdad en las empresas y su registro (Real Decreto 901/2020), así como gestión y regulación del distintivo “Igualdad en la Empresa” (Real Decreto 1615/2009 y Real Decreto 850/2015), cuyo marco se ha desarrollado mediante órdenes del propio Ministerio de Igualdad (por ejemplo, las órdenes IGD/703/2023 e IGD/954/2024 sobre convocatorias del distintivo).
  • No discriminación e igualdad de trato: coordinación de órganos colegiados como el Consejo para la Promoción de la Igualdad de Trato y No Discriminación por Origen Racial o Étnico, cuya organización se vinculó en su día a la estructura del Ministerio de Igualdad (Orden IGD/3263/2008, de 16 de octubre, que remite al Real Decreto 1135/2008 de desarrollo de la estructura del ministerio).
  • Impulso de organismos y observatorios relacionados con igualdad, ya sea directamente en el ministerio o en coordinación con otros departamentos (por ejemplo, observatorios sobre igualdad en la ciencia o sobre igualdad en las Fuerzas Armadas, regulados en reales decretos y órdenes específicas en los que el Ministerio de Igualdad suele participar como órgano proponente o colegiado).
  • Relaciones con la sociedad civil: promoción y apoyo a asociaciones, fundaciones y organizaciones que trabajan en igualdad y no discriminación, mediante líneas de subvenciones, distintivos y programas de cooperación, regulados por órdenes ministeriales del propio departamento.

4. Dirección y delegación dentro del Ministerio de Igualdad

Finalmente, las órdenes de delegación de competencias –como la Orden IGD/761/2024– muestran cómo la ministra distribuye internamente funciones ejecutivas (autorización de gastos, firma de resoluciones, concesión de subvenciones, etc.) en favor de Secretarías de Estado, Subsecretaría y otros órganos directivos. Esa capacidad de organizar y delegar es también una competencia propia de la titular del departamento, siempre dentro del marco que fijan los reales decretos de estructura orgánica básica del Gobierno y del propio Ministerio de Igualdad.

¿Qué proceso debe seguir una comparecencia ministerial en la Comisión de Igualdad del Congreso?

Una comparecencia ministerial en la Comisión de Igualdad del Congreso sigue el régimen general de las comisiones del Congreso previsto en el Reglamento. No existe un procedimiento “especial” solo por ser la Comisión de Igualdad, sino que se aplican las normas comunes sobre composición y funcionamiento de las comisiones, orden del día, convocatorias, debates y uso de la palabra.

1. ¿Quién puede solicitar la comparecencia?

El Reglamento no detalla artículo por artículo “quién pide” cada comparecencia, pero sí fija dos piezas clave:

  • Las Comisiones pueden recabar la presencia de miembros del Gobierno (art. 44): a través de la Presidencia del Congreso, pueden solicitar la presencia de los miembros del Gobierno “para que informen sobre asuntos relacionados con sus respectivos departamentos”.
  • La Comisión se convoca a petición de grupos o de una quinta parte de sus miembros (art. 42.1): la Presidencia de la Comisión (de Igualdad, en este caso) la convoca por iniciativa propia o a petición de dos Grupos Parlamentarios o de una quinta parte de los miembros de la propia Comisión.

En la práctica, la iniciativa para pedir que comparezca una ministra o un ministro en Igualdad suele partir del Gobierno (comparecencias voluntarias) o de los grupos parlamentarios mediante solicitudes que se valoran en la Mesa y en la propia Comisión.

2. Calificación y acuerdo, y orden del día

El cauce formal se articula así:

  • Asignación del asunto a la Comisión (art. 43.1): la Mesa del Congreso encomienda a la Comisión de Igualdad los “proyectos, proposiciones o asuntos” de su competencia, entre los que se incluye el seguimiento de las políticas de igualdad, violencia de género, diversidad, etc.
  • Fijación del orden del día de la Comisión (art. 67.2): el orden del día de las Comisiones lo fija su propia Mesa, “de acuerdo con la Presidencia de la Cámara”, teniendo en cuenta el calendario general aprobado por la Mesa del Congreso.
  • Prioridad o urgencia (art. 67.3 y 67.4): el Gobierno puede pedir que un asunto (por ejemplo, una comparecencia) se incluya con carácter prioritario si está en condiciones reglamentarias de ser tratado; y, por razones de urgencia, la Junta de Portavoces puede acordar por unanimidad la inclusión de un asunto aunque no haya completado todos los trámites.

Una vez incluida la comparecencia en el orden del día, la Presidencia de la Comisión cursa la convocatoria (art. 42.1), normalmente para días entre martes y viernes (art. 62), y se distribuye la documentación con antelación suficiente (art. 69 prevé, con carácter general, 48 horas).

3. Desarrollo de la sesión y turnos de palabra

El debate se rige por las normas generales sobre sesiones y uso de la palabra:

  • Convocatoria y presidencia: la Comisión se reúne a convocatoria de su Presidencia (art. 42). La Mesa gestiona la sesión (art. 41), con la asistencia de los letrados que asesoran y redactan acta (art. 45, 65).
  • Publicidad: a diferencia del Pleno, las sesiones de las Comisiones “no serán públicas” por regla general (art. 64), pero habitualmente se abren al público y se retransmiten salvo decisión en contrario. El Reglamento prevé supuestos de secreto (sobre todo en comisiones de investigación).
  • Uso de la palabra (art. 70): ningún diputado puede intervenir sin pedir y obtener la palabra de la Presidencia. Los discursos deben ser personales y de viva voz; el orador puede hablar desde la tribuna o desde el escaño y puede utilizar cualquier lengua cooficial.
  • Facultades de la Presidencia (art. 70.3 y 70.6): puede advertir del agotamiento del tiempo, llamar a la cuestión o al orden, retirar la palabra y ordenar los debates, también respecto de las intervenciones del propio miembro del Gobierno.
  • Intervención del Gobierno (art. 40.3 y 70.5): los miembros del Gobierno pueden asistir con voz a cualquier Comisión; en aquellas de las que formen parte, también votan. Además, tienen derecho a hacer uso de la palabra siempre que lo soliciten.

En la práctica, en una comparecencia típica el miembro del Gobierno abre con una exposición inicial; después intervienen los grupos por turnos (primero los que han solicitado la comparecencia y luego el resto, según el criterio de la Presidencia y los acuerdos de la Junta de Portavoces); finalmente, suele haber un turno de réplica del Gobierno y, en ocasiones, contrarréplicas breves de los grupos.

4. Acuerdos y consecuencias de la comparecencia

La comparecencia en sí misma tiene naturaleza informativa y de control político. De la sesión pueden derivarse:

  • Conclusiones políticas: críticas o apoyos expresados por los grupos, que pueden condicionar futuras iniciativas (proposiciones no de ley, proyectos de ley, enmiendas, interpelaciones, etc.).
  • Acuerdos internos de la Comisión: por ejemplo, instar nuevas comparecencias, solicitar documentación adicional al Gobierno o a otras administraciones (art. 44), o elaborar informes.
  • Elevación de decisiones al Pleno: en asuntos de especial relevancia, la Comisión puede impulsar debates posteriores en Pleno o la tramitación de iniciativas vinculadas.

Todo ello queda recogido en el acta de la sesión (art. 65), donde se consigna de forma sucinta lo debatido, las personas intervinientes, las incidencias y los acuerdos adoptados.

5. Normas reguladoras

En resumen, las comparecencias ministeriales en la Comisión de Igualdad se rigen, con carácter general, por:

  • Reglamento del Congreso de los Diputados, especialmente los artículos 40 a 45 (comisiones) y 61 a 70 (sesiones, orden del día y debates).
  • Los acuerdos de la Mesa del Congreso y de la Junta de Portavoces, que concretan calendarios, tiempos y distribución de turnos entre grupos.

Sobre esa base común, la Comisión de Igualdad puede además adoptar prácticas o criterios propios de organización interna, siempre dentro del marco reglamentario.

¿Cuáles han sido los resultados de las últimas elecciones generales en relación al partido de Ana Redondo?

El partido de Ana Redondo es el PSOE (Partido Socialista Obrero Español). En las últimas elecciones generales celebradas en España, el 23 de julio de 2023 (23‑J), el PSOE obtuvo a nivel estatal 7.821.718 votos, lo que supuso aproximadamente un 31,7 % de los sufragios válidos emitidos y se tradujo en 121 escaños en el Congreso de los Diputados.

Resultado del PSOE en las generales del 23‑J

De acuerdo con los datos de referencia utilizados en distintos análisis demoscópicos posteriores a las elecciones, el PSOE de Pedro Sánchez partió de los siguientes resultados en las generales de 2023:

  • Votos totales: 7.821.718
  • Porcentaje de voto nacional: 31,7 %
  • Escaños en el Congreso: 121 diputados

Esas cifras se citan de forma reiterada en estudios demoscópicos posteriores como el punto de comparación base para medir la evolución del apoyo electoral socialista. En uno de esos análisis se recuerda expresamente que “en las elecciones generales de 2023, los socialistas obtuvieron el 31,7 % y 121 escaños”, y se indica también que Pedro Sánchez logró 7.821.718 votos en aquella cita electoral.

Significado de estos resultados para el partido de Ana Redondo

Para el PSOE, esos 121 escaños supusieron consolidarse como segunda fuerza en votos y escaños, muy cerca del Partido Popular, que fue el partido más votado. La combinación de ese resultado con el de las demás fuerzas progresistas y nacionalistas permitió articular posteriormente una mayoría parlamentaria suficiente para la investidura de Pedro Sánchez y la formación del actual Gobierno.

En términos internos, el 23‑J se interpreta a menudo como un resultado mejor de lo esperado para el PSOE, dado que muchas encuestas previas anticipaban una brecha más amplia en favor del PP. La cifra de 31,7 % se ha convertido así en una especie de umbral de referencia a partir del cual se evalúa si el partido resiste, retrocede o mejora en las encuestas posteriores.

Contexto posterior: uso de esos datos como referencia

La importancia de esos resultados se aprecia en que, en la mayoría de sondeos nacionales publicados entre 2025 y 2026, los analistas comparan la estimación actual de voto socialista con la marca del 31,7 % y con los 121 escaños obtenidos entonces. Por ejemplo:

  • Un promedio de encuestas recogido en 2026 señala que el PSOE se mueve claramente por debajo del 31,7 %, y los comentarios destacan explícitamente la “pérdida de puntos respecto a las generales de 2023”.
  • Otro estudio del instituto Sigma Dos recuerda que “entonces, Sánchez obtuvo 7.821.718 votos y 121 escaños” y calcula cuántos votos perdería o ganaría el partido si hubiera hoy un volumen de participación similar.
  • Diversos barómetros (NC Report, GESOP, Sociométrica, entre otros) utilizan las cifras del 23‑J como base para estimar cuántos escaños ganaría o perdería el PSOE en distintos escenarios, subrayando que caer por debajo de los 121 diputados significaría un retroceso respecto a 2023.

Este uso constante del dato del 23‑J indica que, desde el punto de vista de la ciencia política y de la estrategia de los partidos, los 121 escaños y el 31,7 % de voto actúan como un “listón” que marca la capacidad del PSOE —y, por extensión, del partido de Ana Redondo— para sostener su posición en el sistema de partidos español.

Relación con Ana Redondo y su espacio político

Ana Redondo es una dirigente del PSOE, por lo que su partido es exactamente el que obtuvo estos resultados en las últimas elecciones generales. Aunque el peso concreto de cualquier dirigente en el resultado estatal depende de su cargo y de la circunscripción en la que participe, políticamente puede decirse que:

  • Forma parte de una organización que, pese a concurrir en un contexto complejo, logró mantenerse en el entorno de un tercio del voto nacional.
  • Ese resultado permitió al PSOE seguir siendo la principal fuerza de la izquierda española y uno de los dos grandes partidos con capacidad de liderar el Gobierno.

En resumen, en las últimas elecciones generales el partido de Ana Redondo, el PSOE, consiguió 7.821.718 votos, un 31,7 % de apoyo a nivel estatal y 121 escaños en el Congreso, convirtiéndose en la segunda fuerza en la Cámara y pieza central de la actual mayoría parlamentaria.

Juega

¡Pon a prueba lo que sabes con FREN!

¿Cuánto sabes sobre este tema? Responde las siguientes 3 preguntas.

¿Cuál es el motivo principal de la comparecencia de Ana Redondo en el Congreso?

Pregunta 1 de 3

¿Qué ministra compareció en el Congreso antes que Ana Redondo el lunes 31 de agosto?

Pregunta 2 de 3

¿Cuántos ministros, además de Ana Redondo, han comparecido en la Cámara Baja en la última semana según la noticia?

Pregunta 3 de 3

Hola, soy Fren. ¿Cómo te ayudo?