María Bisbal, la retratista del poder: "Es importante tomarnos en serio nuestra historia"

María Bisbal reivindica el retrato institucional como una forma de preservar la memoria colectiva y explica a DEMÓCRATA cómo construye las imágenes de quienes han ocupado las principales instituciones del Estado

4 minutos

Ilustración Demócrata |

Ilustración Demócrata |

Añadir DEMÓCRATA en Google

Pregunta a FREN

Publicado

Última actualización

4 minutos

Más leídas

Al bajar por las escaleras del Senado, puedes cruzar miradas con Felipe González, Camilo José Cela, Esperanza Aguirre o Adolfo Suárez. Cuando entras a la sala Constitucional del Congreso, te reciben los siete padres de la Constitución. Están ahí, forman parte del paisaje, no desentonan y arropan las estancias. Hablamos de los retratos institucionales.

Las 34 obras de la Cámara Alta encargadas para conmemorar las primeras elecciones democráticas y los siete lienzos que homenajean el proceso constitucional en la Cámara Baja llevan la firma de Hernán Cortés, pero tienen algo más en común. En todo el proceso, el destacado pintor tuvo como mano derecha a María Bisbal, su discípula, que durante la última década se ha forjado un nombre propio hasta convertirse en la retratista del poder. De los tres. Sus obras están repartidas por el Ejecutivo, el Legislativo y el Judicial.

Bisbal atiende a DEMÓCRATA para reivindicar una labor que en muchas ocasiones queda deslucida por polémicas sobre el uso de los fondos públicos. "Habiendo tantas imágenes y tanto tumulto de fotografías, tiene más sentido que nunca tomarse su tiempo para hacer unas obras con proyección histórica, que no pertenecen, que no son instantáneas, sino que representan personalidades que han estado al servicio de la sociedad", señala. 

Nacida en Valencia (1983) y con interés por la pintura desde pequeña, se formó en Madrid. Su rumbo profesional quedó marcado por las prácticas que hizo en el estudio de Cortés donde entró como asistente de taller y apoyo logístico. "Es importante tomarnos en serio nuestra historia", insiste a la hora de defender por qué sigue siendo importante aumentar el patrimonio artístico de las instituciones.

Mucho más que un cuadro

La realidad es que cada retrato comienza mucho antes de que el pincel toque el lienzo. "Me gusta conocer a la persona, me gusta verla al menos una vez o hablar con ella o tener una primera sensación directa. Entonces hago posados fotográficos donde estudio la luz, la forma, me fijo en los gestos, en las expresiones e intento empaparme de lo que es esa persona", explica.

Ese trabajo previo también incluye conversaciones con el protagonista del retrato. Bisbal comparte con ellos algunos bocetos, especialmente para acordar cuestiones relacionadas con el color, aunque deja claro que el resultado final nace de un proceso de confianza mutua. "Es muy importante que la persona confíe en el artista", sostiene. Aun así, rechaza la idea de que exista una aprobación definitiva de la obra. "No hay una última palabra sobre la obra. Se construye durante tanto tiempo que, en el fondo, es dialogada", resume.

Pero el proceso no se limita al taller. Antes de decidir la composición, también visita la institución donde se colgará la obra para estudiar el espacio, la iluminación y los colores de la sala: "Hago una valoración para que la obra sea acorde al lugar y se integre en el espacio". "Tiene que ser una representación histórica", insiste en conversación con este medio.

Una vez en el estudio, prepara personalmente cada cuadro desde el principio: monta el bastidor, tensa la tela y la prepara antes de empezar a pintar. Un retrato de cuerpo entero puede llevarle entre cuatro y cinco meses de trabajo.

La curiosidad del pintor

Acostumbrada a retratar a dirigentes políticos y altos cargos, asegura que procura dejar fuera cualquier opinión personal sobre ellos. "Para pintar, todo eso desaparece, tanto alguien que admire mucho como otras personas que no tanto", explica. "Voy abierta a ver cómo es, porque pintar y dibujar es eso, es curiosidad", añade.

El último gran encargo que ha recibido es el retrato de Felipe VI para el Ministerio de Educación. Sin embargo, en esta ocasión Bisbal se vio obligada a alterar su forma de trabajo, pues no hubo sesión de posado. En contrapartida, la Casa Real le proporcionó una serie de fotografías oficiales que reconoce "tenían muy buena luz y muy buena calidad".

No obstante, el verdadero desafío llegó después. Además de adaptar la imagen al espacio donde iba a exhibirse, tuvo que enfrentarse a un problema mucho más terrenal: las dimensiones del lienzo. El cuadro mide 2,23 metros de altura y su estudio apenas supera por dos centímetros esa medida. "Lo he tenido que trabajar agachándome, levantándome, subiendo... Al límite", recuerda entre risas.

Creando recuerdos

De todos sus trabajos, Bisbal recuerda con especial cariño el retrato de Antonio Hernández Gil, quien fuera decano del Colegio de Abogados de Madrid (ICAM).

Pocos meses después, el reconocido jurista falleció, y el retrato se convirtió en un recuerdo muy especial para su familia que, como recuerda la pintora, siempre le trató con mucho cariño. A título póstumo, también lo retrató para la Nueva Mutua Sanitaria, y previamente le había realizado un par de obras a título privado.

Preguntada por si le queda algo en el tintero, confiesa que le encantaría volver a retratar al Rey, pero esta vez con posado, y reconoce que hacer lo propio con el presidente del Gobierno sería "maravilloso".

Más claves, contexto y preguntas con FREN

CONTENIDO GENERADO CON IA

¿Cuál es el proceso de encargo y aprobación de retratos institucionales en las cámaras parlamentarias españolas?

Con la información disponible, no existe una descripción detallada y común del proceso de encargo y aprobación de retratos institucionales en las cámaras parlamentarias españolas. Lo que sí puede afirmarse con certeza es que, por su naturaleza (gasto, contratación y organización interna), estas decisiones se encuadran en el ámbito de los órganos de gobierno interno de las cámaras y de sus normas reglamentarias y estatutos internos. En particular, en el Congreso de los Diputados la Mesa es el órgano que dirige la administración interna y los recursos materiales, lo que la sitúa como actor central en este tipo de decisiones. Más allá de este marco general, no se dispone de información específica sobre fases, criterios artísticos o procedimientos detallados aplicables de forma uniforme a todas las cámaras.

Marco institucional en el Congreso de los Diputados

Las fuentes consultadas explican que la Mesa del Congreso es el principal órgano de gobierno interno de la Cámara. Está integrada por el Presidente, varios Vicepresidentes y Secretarios, elegidos al inicio de cada legislatura, y tiene funciones clave relacionadas con:

  • Organización y funcionamiento general de la Cámara.
  • Gestión administrativa, incluyendo el personal y los recursos materiales.
  • Interpretación y aplicación del Reglamento del Congreso.

Aunque las fuentes no describen expresamente el tratamiento de los retratos institucionales, sí permiten encuadrar este tipo de decisiones dentro de la gestión administrativa y de recursos materiales. Es decir, el encargo, financiación y ubicación de un retrato institucional del Presidente del Congreso o de otras autoridades se insertaría, con carácter general, en el ámbito de competencias de la Mesa, porque implica:

  • Autorizar o asumir el gasto correspondiente.
  • Establecer o aplicar criterios internos de representación institucional.
  • Ordenar y supervisar su ejecución material por los servicios administrativos de la Cámara.

La Presidencia del Congreso, elegida por los diputados mediante votación secreta, es además quien encarna la máxima representación de la Cámara. Ello explica que, en la práctica parlamentaria, los retratos institucionales suelan estar vinculados, sobre todo, a quienes han ostentado la Presidencia. Sin embargo, las fuentes no detallan el procedimiento concreto (si media propuesta formal, informes técnicos, selección de artista, etc.), por lo que no se puede describir con precisión cada fase.

Normas internas y estatutos

Las fuentes también indican que los grupos parlamentarios pueden dotarse de estatutos internos o reglamentos propios, siempre dentro del marco del Reglamento de la Cámara. Estos estatutos regulan principalmente:

  • La elección del portavoz y otros cargos internos.
  • El reparto de tiempos y recursos entre sus miembros.
  • Los procedimientos internos de decisión y disciplina de voto.

Aunque estos estatutos no se refieren específicamente a retratos institucionales, sí ilustran que una parte importante de la vida interna de las cámaras se rige por normas propias adicionales al Reglamento general. Es razonable deducir que los criterios y procedimientos relativos a símbolos, honores o elementos de representación (entre ellos, los retratos) también se fijan, en gran medida, mediante acuerdos internos de los órganos de gobierno y, en su caso, mediante instrucciones o decisiones no siempre publicadas con el mismo grado de detalle que las normas reglamentarias.

Senado y parlamentos autonómicos

En cuanto al Senado y los parlamentos autonómicos, las fuentes solo permiten afirmar que cada cámara cuenta con su propio Reglamento, que ordena su organización y funcionamiento. No se dispone de información específica sobre:

  • Quién toma formalmente la iniciativa para encargar un retrato.
  • Qué órgano adopta el acuerdo definitivo.
  • Qué criterios objetivos (antigüedad, duración del mandato, tipo de cargo) se siguen para decidir quién tiene derecho a retrato institucional.
  • Qué diferencias se establecen, si existen, entre retratos de presidentes de la Cámara y otros retratos (por ejemplo, de expresidentes del Gobierno o portavoces).

Lo que sí puede concluirse, a partir de la experiencia general que reflejan las fuentes sobre la organización parlamentaria, es que este tipo de decisiones se ubican claramente en el ámbito de la autonomía parlamentaria y se gestionan mediante acuerdos internos de los órganos de gobierno de cada cámara, de forma similar a como se resuelven la distribución de espacios, recursos materiales o criterios de representación simbólica.

Límites de la información disponible

No se dispone de más información en las fuentes consultadas sobre el detalle del proceso de propuesta, selección de artistas, supervisión de la obra, aprobación del gasto o diferencias formales entre tipos de retratos. Por tanto, no es posible reconstruir un procedimiento único y completo aplicable al Congreso, al Senado y a todos los parlamentos autonómicos. Sí puede afirmarse, con base en lo conocido, que:

  • El encargo y aprobación de retratos institucionales se inscribe en la gestión interna y administrativa de las cámaras.
  • Intervienen sus órganos de gobierno, al menos la Mesa en el caso del Congreso.
  • Las decisiones se adoptan dentro del marco de los Reglamentos de cada cámara y de sus normas internas complementarias.

Más allá de estas conclusiones generales, cualquier descripción más específica del procedimiento sería especulativa y no se apoyaría en la información disponible.

¿Qué competencias y funciones corresponden al presidente del Tribunal Supremo y al presidente del Consejo de Estado en España?

En España, el presidente del Tribunal Supremo (que a la vez preside el Consejo General del Poder Judicial) es la máxima autoridad del Poder Judicial y dirige la organización y funcionamiento del órgano de gobierno de jueces y tribunales. El presidente del Consejo de Estado, en cambio, encabeza el máximo órgano consultivo del Gobierno y coordina la elaboración de dictámenes jurídicos sobre proyectos normativos y decisiones administrativas relevantes. Ambos son altos cargos de Estado, pero uno se sitúa en el ámbito jurisdiccional y de gobierno de jueces, y el otro en el ámbito consultivo del Ejecutivo. A continuación se detallan sus competencias y funciones, distinguiendo claramente ambos perfiles.

Presidente del Tribunal Supremo y del CGPJ

Posición institucional

El presidente del Tribunal Supremo es el órgano unipersonal que ocupa la cúspide del Poder Judicial. Por mandato constitucional, preside simultáneamente:

  • El Tribunal Supremo, máximo órgano jurisdiccional en todos los órdenes, salvo lo dispuesto en materia de garantías constitucionales.
  • El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), órgano de gobierno de jueces y magistrados.

Esto le confiere una doble dimensión: jurisdiccional (como magistrado y presidente de la Sala de Gobierno del Supremo) y gubernativa (como cabeza del CGPJ).

Funciones jurisdiccionales y de dirección del Tribunal Supremo

En el ámbito del Tribunal Supremo, sus funciones principales pueden agruparse en:

  • Representación institucional del Tribunal Supremo ante los demás poderes del Estado y en actos oficiales.
  • Dirección y coordinación interna de la actividad jurisdiccional del Tribunal Supremo, a través de la presidencia de la Sala de Gobierno, en aspectos como distribución de trabajo, criterios organizativos y funcionamiento interno.
  • Presidencia de las sesiones del Pleno del Tribunal Supremo y, en su caso, de las reuniones en las que deba intervenir como tal, garantizando el orden, la deliberación y la adopción de acuerdos.
  • Impulso de la unidad de doctrina, promoviendo mecanismos internos de coordinación cuando existan criterios divergentes entre salas (por ejemplo, a través de la celebración de plenos jurisdiccionales).
Funciones como presidente del CGPJ

Como presidente del órgano de gobierno del Poder Judicial, sus competencias se centran en la organización y estatuto profesional de jueces y magistrados:

  • Convocar y presidir el Pleno y la Comisión Permanente del CGPJ, fijando el orden del día, dirigiendo los debates y velando por la ejecución de sus acuerdos.
  • Representación del CGPJ ante el Rey, el Gobierno, las Cortes Generales, las Comunidades Autónomas y otras instituciones.
  • Participación clave en nombramientos discrecionales de la carrera judicial (presidencias de audiencias, tribunales superiores, magistrados del Supremo, etc.), a través del órgano colegiado que preside.
  • Supervisión del régimen disciplinario de jueces y magistrados, en el marco de las competencias del CGPJ (apertura de expedientes, propuesta de sanciones, etc.).
  • Impulso de planes de modernización y organización de la administración de justicia, promoviendo propuestas y líneas estratégicas en materia de medios personales y organizativos.

Además, actúa como portavoz institucional del Poder Judicial, defendiendo su independencia y comunicando la posición del órgano ante debates públicos que afecten a la Justicia.

Presidente del Consejo de Estado

Posición institucional

El Consejo de Estado es el supremo órgano consultivo del Gobierno. El presidente del Consejo de Estado no ejerce funciones jurisdiccionales; su rol se sitúa en el ámbito de la asesoría jurídica al Ejecutivo y, en ciertos casos, a las Comunidades Autónomas.

Es nombrado por el Rey, normalmente entre juristas o personalidades de acreditada trayectoria, y encabeza una institución colegiada integrada por consejeros permanentes y electivos.

Funciones de dirección y organización

Sus competencias internas pueden resumirse en:

  • Presidir el Pleno y la Comisión Permanente del Consejo de Estado, fijando el orden del día y asegurando el correcto desarrollo de las sesiones.
  • Distribuir los asuntos entre las secciones y consejeros ponentes, organizando el trabajo para la elaboración de dictámenes.
  • Velar por el funcionamiento regular de la institución, la aplicación de su reglamento interno y la coordinación entre sus órganos.
  • Representar al Consejo de Estado ante el Gobierno, las Cortes Generales, las Comunidades Autónomas y organismos internacionales cuando proceda.
Funciones consultivas y relación con el Gobierno

Aunque el Consejo de Estado actúa colegiadamente, la presidencia tiene un papel central en la relación con el Ejecutivo:

  • Canalizar las consultas del Gobierno, asegurando que los proyectos de ley, reales decretos legislativos, disposiciones reglamentarias y determinados expedientes administrativos sean sometidos a dictamen cuando la ley lo exige o el Gobierno lo solicita.
  • Impulsar la calidad técnica y jurídica de los dictámenes, fomentando criterios de coherencia, seguridad jurídica y respeto al bloque de constitucionalidad.
  • Actuar como interlocutor principal con la Presidencia del Gobierno y los ministerios, explicando, cuando es necesario, el alcance de los dictámenes o sugerencias del Consejo de Estado.

En algunos supuestos, el presidente puede emitir voto de calidad en caso de empate en los órganos que preside, contribuyendo así a fijar la posición colegiada definitiva.

Diferencias esenciales entre ambos cargos

Aunque ambos son órganos superiores del Estado, sus funciones responden a lógicas distintas:

  • El presidente del Tribunal Supremo/CGPJ ejerce un papel jurisdiccional y de gobierno del poder judicial; el presidente del Consejo de Estado ejerce una función consultiva respecto del Poder Ejecutivo.
  • El primero incide directamente en la carrera judicial, nombramientos y disciplina de jueces y magistrados; el segundo incide en la elaboración normativa y en el control preventivo de legalidad de las decisiones del Gobierno mediante dictámenes.
  • Las decisiones del Tribunal Supremo tienen fuerza vinculante en los casos que resuelven; los dictámenes del Consejo de Estado son, en general, no vinculantes, aunque políticamente muy relevantes, salvo en algunos supuestos en que su solicitud es obligatoria.
¿Cómo se elige y nombra al presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, y cuál es la duración de su mandato? ¿Qué tipos de asuntos deben someter obligatoriamente el Gobierno y las administraciones al dictamen del Consejo de Estado? ¿Qué papel ha tenido recientemente el presidente del Tribunal Supremo/CGPJ en los debates sobre la independencia judicial en España?

¿Cuáles han sido los resultados de las últimas elecciones generales en España y cuántos diputados tiene cada grupo político en el Congreso?

Las últimas elecciones generales en España se celebraron el 23 de julio de 2023 (23J). De ellas salió un Congreso muy fragmentado en el que el Partido Popular fue la primera fuerza con 137 escaños, seguido del PSOE con 121, Vox con 33 y Sumar con 31. El resto de los 350 diputados se reparten entre fuerzas nacionalistas y regionalistas (ERC, Junts, EH Bildu, PNV, BNG, Coalición Canaria y UPN). Las fuentes disponibles permiten detallar bien el reparto por partidos surgido del 23J, pero no ofrecen un cuadro completo y actualizado por grupo parlamentario a fecha de hoy; por eso, los datos de grupos solo pueden explicarse de forma aproximada.

Resultados del 23J por partidos en el Congreso

Distintas informaciones electorales y demoscópicas publicadas después del 23J utilizan de referencia los resultados oficiales de aquellas elecciones. A partir de ellas, puede reconstruirse el reparto de escaños en el Congreso de los Diputados:

  • Partido Popular (PP): 137 escaños. Varios análisis señalan que en el 23J el PP obtuvo el 33,1% de los votos y 137 diputados, cifra que se utiliza como base comparativa en encuestas posteriores, como la de Target Point o Sigma Dos (Target Point, Sigma Dos).
  • Partido Socialista Obrero Español (PSOE): 121 escaños. Diversas piezas sitúan al PSOE en el 31,7% del voto y 121 diputados en 2023, dato que se repite como referencia para medir la evolución socialista en la legislatura (Target Point, promedio de encuestas).
  • Vox: 33 escaños. Varias encuestas subrayan que Vox “logró el 12,4% y 33 diputados” en las generales de 2023, cifra que se toma como punto de partida para medir su fuerte crecimiento estimado en sondeos posteriores (Ipsos, Hamalgama, Sigma Dos).
  • Sumar: 31 escaños. Se indica de forma reiterada que la candidatura de Sumar obtuvo el 12,3% del voto y 31 diputados, con Podemos integrado en esa lista en 2023 (GESOP, Hamalgama).

Solo con estos cuatro partidos ya se explican 322 de los 350 escaños. Los 28 restantes corresponden a fuerzas territoriales, cuyos resultados también aparecen de manera dispersa en distintas piezas de análisis postelectoral y de encuestas.

Reparto de los escaños restantes entre fuerzas territoriales

Las referencias demoscópicas que comparan la situación actual con el 23J permiten completar el mapa del Congreso surgido de aquellas elecciones:

  • Esquerra Republicana de Catalunya (ERC): 7 escaños. Se menciona que “ERC volvería a los siete escaños” al compararse con el 23J en la proyección de Target Point (Target Point).
  • Junts per Catalunya: 7 escaños. Hamalgama recuerda que “Junts obtendría seis escaños, uno menos que en las elecciones de 2023”, lo que implica 7 diputados en el 23J (Hamalgama).
  • EH Bildu: 6 escaños. Tanto Hamalgama como otros análisis dan por hecho que “EH Bildu conservaría sus seis escaños” respecto a las generales de 2023 (Hamalgama).
  • Partido Nacionalista Vasco (PNV): 5 escaños. En la misma pieza se indica que “el PNV pasaría de cinco a cuatro diputados”, fijando así en 5 la representación nacionalista vasca en el 23J.
  • Bloque Nacionalista Galego (BNG): 1 escaño. Se alude a que “el BNG sumaría un segundo diputado” en una proyección futura, lo que supone que partía de uno en las generales de 2023 (Target Point).
  • Coalición Canaria (CCa): 1 escaño. Varias informaciones sobre bloque de investidura y sobre subvenciones por escaños dan por hecha la presencia de CC como fuerza uniprovincial con un diputado (análisis sobre el bloque de investidura, subvenciones a partidos).
  • Unión del Pueblo Navarro (UPN): 1 escaño. Se menciona recurrentemente que PP, Vox y UPN suman 171 diputados, lo que, partiendo de 137 del PP y 33 de Vox, implica un diputado para UPN (Socios que aprietan, pero no ahogan, SocioMétrica).

La suma de estas fuerzas territoriales (7+7+6+5+1+1+1) completa los 28 escaños que faltaban para llegar a los 350 diputados del Congreso.

Grupos parlamentarios y mayorías

En la XV Legislatura, el análisis conjunto de Demócrata y ¿Qué hacen los Diputados? describe así la aritmética básica:

  • Bloque del Gobierno (PSOE y Sumar más socios de investidura): 179 escaños.
  • Bloque de la oposición principal (PP, Vox y UPN): 171 escaños.

Esos 179 votos potenciales se corresponden con PSOE, Sumar, ERC, Junts, EH Bildu, PNV, BNG y Coalición Canaria; los 171, con PP, Vox y UPN. Sin embargo, las fuentes consultadas no ofrecen un cuadro cerrado del número exacto de diputados adscritos hoy a cada grupo parlamentario (Popular, Socialista, Vox, Plurinacional Sumar, Republicano, Junts, Vasco y Mixto), teniendo en cuenta los cambios de adscripción (caso de Ábalos, salida de Podemos al Grupo Mixto, sustituciones de escaños, etc.). Por esa razón, es posible describir con precisión el reparto de escaños por partido tras el 23J y las mayorías por bloques, pero no detallar con plena fiabilidad la cifra actualizada de diputados de cada grupo parlamentario.

¿Puedes desglosar cuántos diputados aporta cada uno de los socios de investidura de Sánchez (ERC, Junts, EH Bildu, PNV, BNG y CC) y qué peso tienen en las votaciones clave? ¿Cómo ha ido variando desde 2023 el apoyo electoral estimado a PP, PSOE, Vox y Sumar según las encuestas que citan el resultado del 23J? ¿Qué papel juegan los partidos pequeños del Grupo Mixto (BNG, CC, UPN y ahora Podemos) en la gobernabilidad del Congreso?

Juega

¡Pon a prueba lo que sabes con FREN!

¿Cuánto sabes sobre este tema? Responde las siguientes 3 preguntas.

¿Qué retrato fue uno de los encargos más recientes de María Bisbal para el Ministerio de Educación?

Pregunta 1 de 3

¿Cuál es uno de los pasos que María Bisbal suele realizar antes de comenzar a pintar un retrato institucional?

Pregunta 2 de 3

¿Qué dificultad técnica encontró Bisbal al realizar el retrato de Felipe VI?

Pregunta 3 de 3

Hola, soy Fren. ¿Cómo te ayudo?