El Gobierno reclama mantener el voto de los nacionalizados por la ley de nietos

El Gobierno pide al Supremo no suspender el voto de nuevos nacionalizados por la ley de nietos y rechaza que haya riesgo electoral real en el aumento del CERA.

2 minutos

Detalle de la fachada del Tribunal Supremo. EUROPA PRESS

Detalle de la fachada del Tribunal Supremo. EUROPA PRESS

Añadir DEMÓCRATA en Google

Pregunta a FREN

Publicado

2 minutos

Más leídas

La Abogacía del Estado ha reclamado este lunes ante el Tribunal Supremo que se rechace la suspensión cautelar solicitada por Vox e Iustitia Europa sobre las inscripciones en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) ligadas a la conocida como “ley de nietos”, al entender que dicha medida vulneraría el “derecho del sufragio activo, derecho fundamental reconocido en la Constitución”.

“¿Cómo podría privarse de derechos judiciales a personas que han adquirido una nacionalidad por actos administrativos firmes?”, ha exclamado la abogada del Estado durante la vista pública convocada por el alto tribunal para examinar los posibles efectos electorales de la disposición de la Ley de Memoria Democrática que abre la vía a la nacionalidad para descendientes de exiliados.

El Supremo decidió incoar una pieza separada de medidas cautelares para valorar la suspensión pedida y solicitó a la Junta Electoral Central (JEC) el expediente administrativo correspondiente, después de que Iustitia Europa recurriera una resolución de la JEC que había rechazado paralizar de forma cautelar el procedimiento de elaboración del CERA.

La representación del Gobierno ha defendido que la inscripción en el CERA “simplemente es una consecuencia ulterior de esta fecha de adquisición de nacionalidad”.

En su intervención, la abogada del Estado ha acusado a Vox y a Iustitia Europa de “desviación procesal”, sosteniendo que, en su caso, el recurso tendría que dirigirse “contra la adquisición de la nacionalidad, pero no contra sus consecuencias legales, como es la inscripción al CERA”, por lo que ha reiterado que la impugnación debe declararse inadmisible.

La defensa del Ejecutivo ha subrayado que la anotación en el censo electoral “no incluye el modo de adquisición de la nacionalidad”, y ha reprochado a los recurrentes que pretendan diferenciar a “aquellos españoles que han adquirido la nacionalidad como consecuencia de la memoria democrática y de la institución”.

Además, la Abogacía del Estado ha insistido en que no se ha demostrado que el incremento del censo “vaya a producir una creación real de resultados de un grupo de procesos electorales”, de modo que, a su juicio, la parte recurrente “se sustenta exclusivamente en riesgos hipotéticos y eventuales”.

En consecuencia, el Gobierno ha pedido que se declare la inadmisión del recurso y, de forma subsidiaria, que se desestimen las medidas cautelares interesadas por los demandantes.

Hola, soy Fren. ¿Cómo te ayudo?