La Consejería de Pesca ha decidido someter a un único trámite de audiencia e información pública el proyecto de orden que fijará en Cantabria las vedas, tallas mínimas y normas para la recogida de marisco y otras especies de interés comercial durante la campaña de 2027.
Con este procedimiento se pretende ofrecer participación a las personas y colectivos afectados, así como recoger todas las sugerencias que puedan formular otros ciudadanos u organizaciones. El periodo para presentar alegaciones será de diez días hábiles.
La futura regulación concreta los periodos de veda, las tallas mínimas de captura, los límites de extracción y las condiciones en que deberá desarrollarse la actividad marisquera profesional.
Según ha destacado el Ejecutivo autonómico en un comunicado, la norma tiene como finalidad “asegurar una explotación sostenible de los recursos marinos y preservar el equilibrio de los ecosistemas litorales, garantizando al mismo tiempo el mantenimiento de una actividad económica de gran importancia para numerosas familias del sector pesquero y marisquero cántabro”.
El proyecto de orden se sustenta en estudios científico-técnicos sobre el estado de las poblaciones marisqueras y la situación sanitaria de las zonas de producción de moluscos bivalvos de la comunidad autónoma.
Principales medidas previstas
Entre las medidas más relevantes se incluye la fijación de periodos de veda y tallas mínimas de captura para moluscos, crustáceos, equinodermos y otros recursos de interés comercial.
Igualmente, se mantienen las limitaciones específicas para especies sometidas a planes de explotación, como la almeja en las bahías de Santander y Santoña y el erizo de mar.
El texto también delimita las zonas libres de veda para el marisqueo profesional, donde se permitirá la actividad en determinados periodos de cierre, así como aquellas áreas que seguirán cerradas por razones de conservación, regeneración de los recursos o protección ambiental.
En relación con el percebe, se conservará la diferenciación entre zonas abiertas, vedadas y de conservación, fijando además horarios concretos para su extracción y requisitos específicos en cuanto a la talla mínima.
La actividad de marisqueo profesional a pie deberá respetar igualmente el descanso semanal obligatorio, que con carácter general abarcará desde la puesta de sol del sábado hasta la salida del sol del lunes.
No obstante, durante la campaña navideña, entre el 4 de diciembre de 2027 y el 2 de enero de 2028, se permitirá la actividad en domingos y festivos debido al especial interés comercial de dichas fechas.
La orden contempla además la regulación de la extracción de los denominados recursos complementarios al marisqueo, como ciertos anélidos marinos y crustáceos empleados principalmente como cebo, fijando cupos máximos de captura y restricciones específicas según las diferentes zonas de explotación.
Asimismo, la Consejería tendrá capacidad para acordar medidas excepcionales cuando la situación biológica de los recursos o las circunstancias del sector lo requieran, pudiendo variar de forma temporal las fechas de veda, las especies afectadas o las áreas de extracción, siempre apoyándose en informes técnicos y previa consulta al sector.
El incumplimiento de lo dispuesto en la Orden será objeto de sanción de acuerdo con la Ley de Pesca Marítima, Marisqueo y Acuicultura de Cantabria.
La nueva normativa entrará en vigor el 1 de enero de 2027 y permitirá seguir avanzando en la conservación de los recursos marinos de Cantabria, compatibilizando su aprovechamiento económico con la protección de los ecosistemas costeros y la viabilidad de la actividad marisquera profesional.
El proyecto de orden se podrá consultar en las dependencias de la Dirección General de Pesca y Alimentación, de la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación, situadas en la calle c/ Albert Einstein, n.º 2, de Santander, así como a través de la web http://participacion.cantabria.es.