Consumo abre expediente a un gran portal inmobiliario por prácticas comerciales desleales

El expediente parte de una denuncia de CECU y las multas podrían alcanzar hasta seis veces el beneficio ilícito obtenido

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El ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, Pablo Bustinduy, durante una sesión plenaria, en el Congreso de los Diputados, a 16 de septiembre de 2026, en Madrid (España). Diego Radamés - Europa Press

El ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, Pablo Bustinduy, durante una sesión plenaria, en el Congreso de los Diputados, a 16 de septiembre de 2026, en Madrid (España). Diego Radamés - Europa Press

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El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha abierto un expediente sancionador a un gran portal inmobiliario que opera en todo el país por posibles prácticas comerciales desleales contra consumidores y usuarios. La investigación de la Dirección General de Consumo comenzó a raíz de una denuncia presentada por la Federación de Consumidores y Usuarios CECU.

Las prácticas comerciales desleales están consideradas una infracción administrativa grave por la normativa de defensa de los consumidores. Las sanciones pueden alcanzar los 100.000 euros o situarse entre cuatro y seis veces el beneficio ilícito obtenido por el presunto infractor.

El Ministerio no ha identificado el portal al que afecta el expediente. Consumo señala que se trata de la primera vez que abre un procedimiento de este tipo por una infracción directamente atribuible a una plataforma inmobiliaria, después de que en actuaciones anteriores las irregularidades estuvieran relacionadas con la información incorporada a los anuncios por los propietarios de las viviendas.

Los anuncios deberán incluir el precio de referencia del alquiler

La apertura del expediente coincide con la entrada en escena de las nuevas obligaciones sobre publicidad de viviendas en alquiler incluidas en el real decreto-ley de vivienda aprobado el martes por el Consejo de Ministros.

El Ministerio enviará en las próximas horas una circular a las grandes plataformas inmobiliarias para informarles de las nuevas exigencias. Consumo anuncia además que vigilará que los portales digitales incorporen estas obligaciones y que los potenciales inquilinos puedan acceder a la información exigida cuando consulten una vivienda.

El artículo 20 del real decreto-ley establece que toda oferta o publicidad de un arrendamiento de vivienda deberá incluir, al menos, el índice de referencia del precio del alquiler y, cuando corresponda, la renta del último contrato de arrendamiento de vivienda habitual vigente durante los cinco años anteriores.

Estas obligaciones se aplicarán a los anuncios de viviendas de cualquier ciudad del país, con independencia de que el inmueble se encuentre o no en una zona declarada como tensionada. En los ámbitos sometidos a limitaciones legales también deberá aparecer el límite de renta aplicable y la condición de gran tenedor del arrendador.

Con esta información, los futuros inquilinos podrán comparar el precio anunciado con el índice de referencia y, cuando exista, con la renta del contrato anterior, además de conocer si existen límites legales aplicables al alquiler.

Consumo ya ha expedientado a otras inmobiliarias

El expediente abierto ahora se suma a otras actuaciones desarrolladas por Consumo en el mercado de la vivienda. En mayo, el Ministerio inició otro procedimiento contra una gran inmobiliaria que alquila miles de viviendas en España. En aquel caso, Consumo identificó cuatro posibles infracciones, entre ellas la imposición al inquilino de un seguro de impago y la aplicación de una penalización considerada desproporcionada por cada día de retraso en la entrega de la vivienda.

Además, el pasado abril el Ministerio ratificó una multa de 3,6 millones de euros a Alquiler Seguro por prácticas abusivas contra sus inquilinos. La resolución puso fin a la vía administrativa después de que el ministro Pablo Bustinduy resolviera el recurso de alzada presentado por la inmobiliaria.

Según Consumo, aquella resolución sancionó seis infracciones muy graves y una grave relacionadas con la vulneración de los derechos de los consumidores y con el aprovechamiento de una posición de predominio en el mercado.