De la Espriella eleva a 111 los muertos en Colombia tras un terremoto de magnitud 7,4

El epicentro se ha localizado cerca del municipio de San José del Palmar, en el departamento de Chocó. Las autoridades han activado los protocolos de emergencia y evalúan posibles daños y heridos

Terremoto en Colombia - EUROPA PRESS

Terremoto en Colombia - EUROPA PRESS

Añadir DEMÓCRATA en Google

Pregunta a FREN

Publicado

Última actualización

5 minutos

Más leídas

Elecciones 29N · Encuestas

La media de las encuestas

Media a 23 de octubre de 2026 · 15 institutos

  • PP31,4 %
  • PSOE26,9 %
  • Vox18,8 %
  • Sumar6,3 %
  • Podemos3,1 %
  • ERC2,2 %
010203040ene 2024jul 2024ene 2025jul 2025ene 2026jul 2026

Media del último estudio de cada instituto en 30 días y su evolución semanal desde el 23J. Partidos con al menos un 2 %.

Todas las encuestas

Elecciones generales del 29 de noviembre · Demócrata

Un terremoto de magnitud 7,4 ha sacudido este lunes el oeste de Colombia y ha dejado al menos 111 muertos y 87 heridos, según el último balance del presidente solombiano, Abelardo de la Espriella. El movimiento comenzó a las 7.34 horas, hora local, con epicentro cerca del municipio de San José del Palmar, en el departamento de Chocó, y se sintió en buena parte del país.

El Ejecutivo ha informado además de 1.575 viviendas afectadas y 61 edificios colapsados como consecuencia del seísmo. Las cifras continúan siendo provisionales mientras avanzan las operaciones de búsqueda y rescate y la evaluación de daños.

El balance de víctimas ha aumentado rápidamente durante la tarde. El alcalde de Pereira, Mauricio Salazar, ha confirmado al menos 40 fallecidos en el área metropolitana de su ciudad. A ellos se suman 27 muertos en el Valle del Cauca, sin contar Cali; cuatro en Chocó y tres en Manizales.

Las cifras siguen siendo provisionales. Los servicios de emergencia continúan buscando personas atrapadas bajo los escombros y evaluando daños en numerosos municipios del oeste y centro del país.

Pereira eleva a 40 sus fallecidos

Pereira se ha convertido por el momento en uno de los principales focos de la tragedia. Su alcalde ha elevado a 40 el número de muertos en el área metropolitana, después de que los primeros balances hablasen de 18 fallecidos.

La ciudad forma parte del Eje Cafetero, una de las regiones que más daños ha registrado tras el terremoto. El aeropuerto internacional Matecaña figura además entre las terminales que han tenido que suspender sus operaciones mientras se revisa el estado de sus instalaciones.

El Valle del Cauca registra al menos 27 muertos sin contar Cali

La gobernadora del Valle del Cauca, Dilian Francisca Toro, ha informado de 27 personas fallecidas en el departamento, sin incluir todavía las víctimas que puedan contabilizarse en Cali. Entre los muertos hay cuatro menores.

Uno de los municipios más golpeados es El Cairo, donde, según la gobernadora, "el 80% está destrozado". En Zarzal, los servicios hospitalarios se encuentran saturados y las autoridades han comunicado numerosos heridos.

En Buenaventura también se ha confirmado al menos una víctima mortal.

Al menos 25 estructuras gravemente afectadas en Cali

La capital del Valle del Cauca concentra algunos de los daños materiales más importantes. El alcalde, Alejandro Eder, ha informado de al menos 25 edificaciones gravemente afectadas o colapsadas, algunas con personas atrapadas en su interior.

Entre las estructuras dañadas figura el motel Molino Rojo, en la Autopista Suroriental, además de edificios en el barrio Capri, la Avenida Roosevelt y distintos sectores del centro de la ciudad.

Eder ha solicitado refuerzos de rescate a Bogotá y Medellín y ha pedido a los ciudadanos que abandonen los inmuebles si observan grietas de gran tamaño o posibles daños estructurales.

Bogotá ya ha enviado 100 rescatistas para colaborar en las zonas más afectadas.

Cuatro muertos y 69 heridos en Chocó

Chocó, departamento donde se localizó el epicentro, registra al menos cuatro fallecidos y 69 personas heridas, según la gobernadora Nubia Carolina Córdoba-Curi.

Quibdó ha sufrido graves daños en edificios, mientras las autoridades siguen evaluando el alcance de las afectaciones en otros municipios.

El ministro del Interior, Rodrigo Lara, ha informado de que existen al menos 21 municipios afectados: nueve en Chocó, ocho en Caldas, dos en Valle del Cauca, dos en Risaralda y varios en Quindío.

Siete aeropuertos suspenden sus operaciones y carreteras afectadas

El terremoto ha tenido también un impacto importante sobre el transporte aéreo. La Aeronáutica Civil ha suspendido temporalmente las operaciones en siete aeropuertos: Cali, Pereira, Manizales, Quibdó, Armenia, Cartago y Buenaventura.

"Por seguridad, las operaciones aéreas en estas terminales permanecen suspendidas hasta evaluar daños estructurales en la infraestructura", ha informado Aerocivil.

El organismo mantiene un monitoreo permanente y recomienda a los viajeros comprobar el estado de sus vuelos con las aerolíneas antes de desplazarse a las terminales. El Espectador confirma también estas suspensiones y las afecciones en la red de transporte.

Las comunicaciones terrestres también se han visto afectadas. Entre las vías con cierres o problemas figuran Cali-Loboguerrero, Manizales-Fresno e Ibagué-Cajamarca.

En la primera de ellas se han producido desprendimientos de rocas, mientras las autoridades inspeccionan otros corredores para descartar daños que puedan comprometer la circulación.

Operaciones de búsqueda y ayuda internacional

El Gobierno colombiano ha activado cuatro equipos de Búsqueda y Rescate Urbano (USAR) procedentes de Bogotá, Envigado, Yopal y Medellín.

La Alcaldía de Bogotá ha ofrecido también grúas para colaborar en las operaciones, mientras que la Gobernación de Antioquia ha puesto aeronaves a disposición de las autoridades nacionales.

El presidente, Abelardo de la Espriella, ha suspendido su agenda y ha asumido directamente la coordinación de la emergencia. "No están solos. Colombia tiene un presidente que le duele su gente y que hará todo a su alcance para ayudarles en los momentos más difíciles", ha señalado.

De la Espriella ha convocado un comité de emergencia, ha ordenado instalar un Puesto de Mando Unificado y prevé desplazarse a Pereira para supervisar la respuesta institucional.

La emergencia ha provocado además una rápida respuesta internacional. El presidente de Ecuador, Daniel Noboa, ha ofrecido un equipo USAR integrado por 47 rescatistas, perros especializados y equipamiento con autonomía para siete días.

Estados Unidos, a través del secretario de Estado Marco Rubio, ha señalado que está preparado para apoyar a Colombia. México, Israel y El Salvador también han ofrecido asistencia.

El presidente ucraniano, Volodímir Zelenski, ha trasladado igualmente su solidaridad con Colombia y Ecuador y ha pedido a la comunidad internacional que apoye a los afectados.

El mayor terremoto sentido en Colombia en una década

El terremoto de este lunes es, según la información del Servicio Geológico Colombiano recogida en el seguimiento, el sismo de mayor magnitud registrado en el país durante la última década.

Colombia se encuentra en una región de elevada actividad sísmica. El territorio está condicionado por la interacción de las placas Sudamericana, de Nazca y del Caribe. El Servicio Geológico Colombiano mantiene una vigilancia permanente de esta actividad.

Las autoridades mantienen abiertos los operativos de rescate y evaluación, por lo que el balance de 74 fallecidos puede seguir aumentando durante las próximas horas.

Pese a la magnitud del terremoto y a la proximidad del epicentro al Pacífico, no se ha activado una alerta de tsunami.

Más claves, contexto y preguntas con FREN

CONTENIDO GENERADO CON IA

¿Qué funciones y competencias tiene el presidente de Colombia en la gestión de emergencias según la legislación colombiana?

Según las noticias recientes sobre Colombia recogidas por el periódico Demócrata, el presidente colombiano concentra un papel central en la gestión de emergencias, especialmente a través de la declaración de estados de emergencia económica y social y de conmoción interior, la activación de planes especiales y puestos de mando unificado, y la coordinación política de la respuesta humanitaria y de seguridad. Estas facultades están sometidas al control de la Corte Constitucional, que puede suspender los decretos de emergencia y revisar su contenido. La Presidencia también dirige la actuación de organismos como la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD) y coordina con las autoridades territoriales. No obstante, en las fuentes consultadas no aparecen desarrollados los detalles técnicos de la Constitución de 1991 ni de la Ley 1523 de 2012, por lo que solo puede ofrecerse una reconstrucción parcial basada en los ejemplos recientes.

Declaración de emergencias económicas y sociales

Demócrata recoge que el presidente Gustavo Petro declaró una “emergencia económica y social” de 30 días mediante un decreto de alcance nacional, tras el rechazo parlamentario de su reforma tributaria, lo que le habilitaba para fijar nuevos tributos y afrontar una “situación fiscal que adquirió el carácter de grave” (emergencia económica). Otro artículo precisa que, a través del Decreto 1390, el Gobierno quedaba facultado para “dictar decretos con fuerza de ley” durante ese periodo, incluida la creación de nuevos impuestos si se consideraba necesario (Corte Constitucional y emergencia).

En la práctica, estas informaciones permiten extraer varias competencias presidenciales clave durante la emergencia económica y social:

  • Declarar el estado de emergencia económica y social mediante decreto presidencial, cuando se alega la imposibilidad de garantizar derechos fundamentales y servicios públicos esenciales.
  • Dictar decretos con fuerza de ley durante el tiempo de vigencia de la emergencia (30 días en el caso citado), incluyendo la fijación o modificación de tributos.
  • Orientar el gasto y las prioridades para atender contingencias fiscales y sociales, como pagos sanitarios o de seguridad ciudadana, que el propio Ejecutivo justificó en los comunicados recogidos por Demócrata.

Controles y límites: papel de la Corte Constitucional

El mismo diario explica que la Corte Constitucional suspendió provisionalmente el decreto de emergencia económica y social “mientras se profiere una decisión de fondo”, frenando su aplicación en todo el país (Corte Constitucional y emergencia). Esto muestra que las facultades presidenciales en estados de excepción están sometidas a:

  • Control de constitucionalidad del decreto que declara la emergencia.
  • Posibilidad de suspensión temporal de la emergencia y de los decretos con fuerza de ley asociados, si el alto tribunal aprecia dudas de constitucionalidad.

En varias informaciones, Petro reclama a la Corte que reactive la emergencia para poder financiar ayudas frente a inundaciones e incluso una ola de frío ártico, insistiendo en que sin ese instrumento “no tenemos plata” para cubrir los daños (petición de reactivar la emergencia, ola de frío y emergencia, inundaciones y emergencia). Esto ilustra que el presidente depende de la autorización o, al menos, de la no suspensión judicial para utilizar plenamente sus poderes extraordinarios.

Emergencias por desastres y gestión del riesgo

En el terreno de los desastres naturales, Demócrata describe cómo la UNGRD y la Presidencia gestionan situaciones de lluvias extremas e inundaciones. La UNGRD informa de víctimas y daños, mientras la Presidencia destaca que “el Gobierno responde con presencia en los territorios y ayudas para proteger a las familias afectadas” (inundaciones y UNGRD). En otro texto, Petro menciona que se reunió con el Consejo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres para evaluar el impacto de una corriente fría ártica y pedir que se levante la suspensión del decreto de emergencia para poder financiar la respuesta (ola de frío y emergencia).

De estos ejemplos se desprende que, en la gestión de catástrofes naturales, el presidente:

  • Preside o convoca órganos nacionales de gestión del riesgo.
  • Dirige políticamente la respuesta, ordenando presencia del Gobierno en los territorios y la entrega de ayudas humanitarias masivas (alimentos, agua, enseres básicos).
  • Vincula la obtención de recursos extraordinarios a la declaración de emergencias económicas o sociales.

Las fuentes no detallan, sin embargo, el contenido concreto de la Ley 1523 de 2012 ni el listado exhaustivo de funciones que esa norma atribuye al Presidente de la República dentro del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres. Solo puede inferirse, por la práctica descrita, que la Presidencia ejerce un liderazgo central en la coordinación interinstitucional ante inundaciones y otros desastres.

Emergencias de seguridad y conmoción interior

Demócrata también informa de que, ante una escalada de violencia en la región del Catatumbo, Petro declaró el “estado de conmoción interior” para abordar graves problemas de seguridad vinculados al ELN y a disidencias de las FARC (conmoción interior en Catatumbo). Aunque el diario no detalla el articulado constitucional, este caso confirma que el presidente tiene la competencia para decretar estados excepcionales de seguridad interna, con un alcance normativo superior al de las medidas ordinarias de orden público.

Por otra parte, frente a la tensión en la frontera con Venezuela tras ataques de Estados Unidos, el presidente activó un “plan especial de emergencia”, ordenó un Puesto de Mando Unificado (PMU) humanitario en Cúcuta y puso en alerta “todas las capacidades de la Fuerza Pública” para prevenir eventuales ataques y atender a la población migrante (plan de emergencia en la frontera, PMU fronterizo). Aquí se ve al presidente como:

  • Máxima autoridad de orden público, que puede poner en máxima alerta a las Fuerzas Armadas y Policía.
  • Coordinador de la respuesta humanitaria y migratoria a través de PMU y planes especiales.

Limitaciones de la información disponible

Las noticias de Demócrata hablan con frecuencia de la Constitución de 1991 y del Estado social de derecho, pero no reproducen el articulado sobre estados de excepción ni el contenido de la Ley 1523 de 2012. Por ello, no es posible, con estas fuentes, ofrecer el cuadro completo de artículos, límites materiales (por ejemplo, sobre suspensión de derechos) o controles parlamentarios. Solo puede afirmarse, con base en los ejemplos recientes, que el presidente colombiano dispone de amplias facultades para declarar emergencias, dictar decretos con fuerza de ley y coordinar la actuación de los organismos de gestión del riesgo y de la Fuerza Pública, sometido al control posterior de la Corte Constitucional.

Para completar el análisis jurídico fino (artículos concretos de la Constitución de 1991 y de la Ley 1523 de 2012), sería necesario acudir directamente a los textos oficiales, ya que en las fuentes disponibles no se dispone de más información.

Además de los artículos citados, esta respuesta se apoya en otras piezas de contexto general de Demócrata sobre Colombia, seguridad y emergencias: la investidura y perfil del nuevo presidente Abelardo de la Espriella (investidura de De la Espriella, perfil de De la Espriella, toma de posesión), la muerte del exvicepresidente Vargas Lleras (fallecimiento de Vargas Lleras), la tensión con Estados Unidos y Donald Trump (crisis Trump–Petro), así como las referencias al papel de la Constitución de 1991 en la agenda de reformas de Petro (reforma agraria, recogida de firmas para constituyente, anuncio de constituyente), que ayudan a enmarcar políticamente el uso de estas herramientas extraordinarias.

Otras referencias de Demócrata y de contexto comparado sobre emergencias, aunque centradas en España u otros países, sirven para entender cómo se estructuran jurídicamente estos mecanismos y han sido tenidas como trasfondo general: artículos sobre la emergencia de interés nacional y la UME en España (emergencia de interés nacional, declaración de emergencia nacional, UME y mando único, llamamiento del Rey, zonas gravemente dañadas, mando único de incendios), el funcionamiento del CECOPI (CECOPI), la actuación de la Diputación Permanente y los reales decretos-ley en España (convalidación de decreto-ley, Diputación Permanente) o el debate sobre el papel de jefes de Estado como Felipe VI en crisis (papel del Rey) y del Consejo de Seguridad Nacional (Consejo de Seguridad Nacional), así como análisis sobre estados de excepción en otros países (Bolivia, Ecuador, Estados Unidos, Italia, etc.: estado de excepción en Bolivia, estado de excepción en Ecuador, estado de desastre en Washington DC, debate sobre emergencia electoral en EE. UU., Trump y Meloni), así como piezas sobre la distribución de competencias en protección civil en España (debate sobre emergencia nacional, ampliación sobre la DANA). Aunque se refieren a otros ordenamientos, ayudan a contextualizar el tipo de poderes y contrapesos que suelen acompañar a la gestión de emergencias.

¿Qué diferencias hay, en la Constitución de 1991, entre el estado de conmoción interior y el de emergencia económica y social? ¿Cómo define exactamente la Ley 1523 de 2012 el rol del Presidente dentro del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres? ¿Qué controles ejerce el Congreso de la República sobre los decretos dictados por el Presidente durante un estado de excepción en Colombia?

¿Cuáles han sido los resultados de las últimas elecciones presidenciales en Colombia y qué trayectoria política tiene Abelardo de la Espriella?

Las últimas elecciones presidenciales en Colombia se celebraron en 2026 y dieron una victoria muy ajustada a Abelardo de la Espriella frente al candidato oficialista Iván Cepeda. En la segunda vuelta del 21 de junio, De la Espriella obtuvo en el recuento definitivo alrededor del 49,6 % de los votos, frente a un 48,7 % de Cepeda, con una diferencia de menos de un punto porcentual y unos 250.000 sufragios. El Consejo Nacional Electoral y la Registraduría confirmaron que el escrutinio definitivo apenas variaba un 0,003 % respecto al preconteo, consolidando la victoria del líder del movimiento Defensores de la Patria. Tras este resultado, Abelardo de la Espriella fue proclamado presidente electo para el periodo 2026‑2030 y asumió el cargo el 7 de agosto, sucediendo a Gustavo Petro.

Resultados de las últimas presidenciales en Colombia

Según las informaciones del periódico Demócrata, en la primera vuelta del 31 de mayo de 2026 Abelardo de la Espriella fue el candidato más votado con alrededor del 43,7 % de los sufragios, frente al 40,9 % de Iván Cepeda, en un escenario de fuerte polarización entre derecha dura y bloque petrista (crónica de la primera vuelta, análisis del escrutinio). El escrutinio oficial confirmó que De la Espriella superó los 10,3 millones de votos y Cepeda rondó los 9,7 millones.

En la segunda vuelta del 21 de junio, el preconteo con el 99,99 % de las mesas informadas otorgó a De la Espriella el 49,66 % y a Cepeda el 48,70 %, con 12.959.542 papeletas frente a 12.708.712, respectivamente, y una diferencia de 250.830 votos, según la Registraduría (preconteo detallado, previa de la segunda vuelta, guía electoral). Hubo impugnaciones iniciales por parte del oficialismo, pero el recuento definitivo ratificó el triunfo de De la Espriella con un 49,6 % de los votos y una variación mínima del 0,003 % respecto al preconteo (confirmación del resultado).

Iván Cepeda terminó reconociendo el resultado, destacando el carácter extraordinariamente ajustado del balotaje y anunciando una oposición “democrática, vigilante y constructiva” (reacción de Cepeda). La victoria de De la Espriella fue celebrada por varios mandatarios latinoamericanos (reacciones regionales) y supuso un giro claro respecto al ciclo progresista de Gustavo Petro.

Trayectoria profesional y política de Abelardo de la Espriella

Del bufete a la política

Abelardo Gabriel de la Espriella Otero nació en Bogotá el 31 de julio de 1978. Antes de entrar en política, fue uno de los abogados penalistas más mediáticos de Colombia, con una intensa presencia en televisión y en el debate público. Durante años representó a empresarios, celebridades y dirigentes políticos, así como a personajes implicados en algunos de los casos judiciales más sonados del país, lo que alimentó una imagen polémica por el tipo de clientes defendidos y su estilo confrontativo (perfil de campaña).

Paralelamente construyó un imperio empresarial con inversiones en sectores como la ganadería o el negocio inmobiliario, explotando su fortuna personal como prueba de éxito “sin depender del Estado”. Esa biografía como abogado y empresario es la base de su salto electoral: primero como figura mediática de la derecha, y después como candidato del movimiento Defensores de la Patria, hasta convertirse en presidente (quién es De la Espriella, perfil de investidura).

Proyecto ideológico y alianzas

Políticamente, De la Espriella se presenta como ultraderechista y populista: mano dura contra la delincuencia, prioridad absoluta a la seguridad, rechazo frontal a la izquierda, conservadurismo cultural y nacionalismo. Ha prometido endurecer la lucha contra el narcotráfico y las guerrillas, recortar el tamaño del Estado y revisar las principales reformas impulsadas por Petro (análisis ideológico, propuestas de campaña).

Aunque se reivindica como “outsider” antisistema, su campaña ha recibido apoyos decisivos de la derecha tradicional, entre ellos el expresidente Álvaro Uribe y otras figuras conservadoras, lo que ha facilitado su articulación como líder del bloque opositor al petrismo. Su discurso combina referencias religiosas y defensa de la “familia tradicional” con una estética aspiracional (lujo, éxito económico), en línea con otros liderazgos de derecha radical que el propio Demócrata compara con Donald Trump, Javier Milei o Nayib Bukele (encuestas y apoyos).

Polémicas y cuestionamientos

Su carrera también ha estado marcada por controversias. Durante la campaña de 2026, Iván Cepeda lo denunció ante el Tribunal Penal Internacional por presuntos vínculos con jefes paramilitares y por declaraciones elogiosas hacia figuras de las AUC (acusaciones de Cepeda). Además, se presentaron acciones para inhabilitarlo por su doble nacionalidad colombo‑estadounidense y se cuestionó si esa condición era compatible con la jefatura del Estado (demanda de inhabilidad, amenaza de desobediencia civil, críticas de Petro).

Ya como presidente, De la Espriella ha insistido en que su mandato se basará en “orden, autoridad y libertad”, reclamando la legitimidad del proceso electoral y llamando a superar la confrontación política, en un país que llega al nuevo ciclo “partido por mitad” (discurso de investidura). Su presidencia arranca con un Congreso fragmentado y con episodios como la elección de la Mesa del Senado que muestran que su margen de maniobra política será objeto de prueba desde el primer momento (primeros roces en el Senado).

Otros enlaces citados en las fuentes

Aunque mi especialización es la política española, la información anterior procede sobre todo de Demócrata y de otras fuentes que tratan el contexto regional y las relaciones España–Colombia: legislativas colombianas de 2026, caso Uribe, tensión Petro‑Perú, sanciones de Trump a Petro, llamamiento de la Registraduría, análisis comparativo sobre populismo, y diversas piezas de contexto español y latinoamericano: caso Kitchen, perfil de Víctor Moreno Catena, tensiones Trump‑Meloni, caso Miguel Uribe, así como análisis y comunicados externos sobre Colombia y la región: Fundación Alternativas, Sumar, UGT sobre la diáspora colombiana, agenda de La Moncloa, comunicado del PNV sobre Venezuela, otro comunicado del PNV, homenaje a Bacigalupo, y diversos artículos de El País sobre Ecuador, CCOO, eldiario.es, Diariofarma, ABC, textos culturales y varios análisis sobre la Colombia de Petro: Petro e IA, “Entre Shakira y la dura realidad”, “Para respirar”, “Prevención y Acción”, Francia Márquez, y otros análisis políticos como el viaje político de Vargas Llosa.

¿Qué protocolos y requisitos legales existen en Colombia para solicitar y coordinar ayuda internacional tras desastres naturales?

En Colombia, la solicitud y coordinación de ayuda internacional tras desastres naturales se enmarca en el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SNGRD) y se canaliza principalmente a través de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD) y la Cancillería. Para activar esa ayuda suele requerirse una declaratoria oficial de calamidad o de emergencia, una evaluación rápida de daños y necesidades, y la emisión de solicitudes formales a Estados y organismos internacionales. Existen además lineamientos para la entrada de equipos de búsqueda y rescate, el ingreso de donaciones y la coordinación con el sistema humanitario de Naciones Unidas. No obstante, no soy un asistente especializado en el marco normativo colombiano, por lo que lo siguiente es una descripción general y orientativa a partir de prácticas habituales y del marco de gestión del riesgo vigente en Colombia.

Marco institucional básico

Colombia organiza la respuesta a desastres a través del SNGRD, cuyo órgano coordinador es la UNGRD. Esta entidad:

  • Coordina la respuesta nacional y consolida la evaluación de daños y necesidades.
  • Define, junto con las autoridades territoriales, si la capacidad interna es insuficiente.
  • Activa mecanismos de cooperación y, cuando es necesario, la solicitud de ayuda internacional.

En el plano internacional, el Ministerio de Relaciones Exteriores (Cancillería) es el canal diplomático para cursar solicitudes formales de asistencia a otros Estados, organismos multilaterales y agencias de Naciones Unidas. En la práctica, UNGRD y Cancillería actúan de forma coordinada: la primera define técnicamente qué se necesita y la segunda formaliza las peticiones y acuerdos.

Declaratorias y activación de la demanda de ayuda

Habitualmente, el punto de partida para solicitar ayuda internacional es una decisión del Gobierno nacional de que el evento supera la capacidad de respuesta interna. Para ello se utilizan figuras como:

  • Declaratoria de calamidad o desastre en el nivel municipal, departamental o nacional, que habilita medidas extraordinarias de gestión del riesgo.
  • Declaratoria de situación de desastre nacional o de emergencia económica, social y ecológica, en los casos más graves.

Tras la declaratoria, UNGRD coordina una Evaluación de Daños y Análisis de Necesidades (EDAN), que sirve de base técnica para definir si se requiere apoyo internacional y en qué áreas específicas (búsqueda y rescate, albergues, agua y saneamiento, salud, logística, etc.).

Protocolos para la solicitud de ayuda internacional

Cuando se determina la necesidad de apoyo externo, se siguen en general estos pasos:

  • UNGRD elabora un listado detallado de necesidades materiales, técnicas y de personal, priorizando lo que no puede cubrirse con recursos nacionales.
  • Ese listado se transmite a la Cancillería, que emite notas verbales y solicitudes oficiales a países aliados, organismos multilaterales y agencias especializadas.
  • El Gobierno puede solicitar la activación de mecanismos como el Equipo de Evaluación y Coordinación de Desastres de la ONU (UNDAC) o equipos de búsqueda y rescate pertenecientes a la red INSARAG.
  • En el ámbito regional, Colombia puede activar instrumentos de cooperación de organismos como la OEA o mecanismos latinoamericanos de apoyo mutuo en emergencias.

Estas solicitudes suelen alinearse con las Oslo Guidelines sobre el uso de ayuda y recursos militares y de defensa civil en desastres, y con los principios humanitarios de neutralidad, imparcialidad y humanidad.

Requisitos para la entrada y operación de la ayuda

Para que la ayuda internacional pueda operar de forma rápida y ordenada en Colombia, existen requisitos y facilidades en materias como:

  • Ingreso de personal extranjero: se establecen procedimientos acelerados de visado, migración y acreditación para equipos de búsqueda y rescate urbano, personal médico y expertos internacionales, coordinados entre UNGRD, Migración Colombia y Cancillería.
  • Aduanas y donaciones: se pueden habilitar regímenes especiales o exenciones para la importación temporal de equipos de rescate, hospitales de campaña y bienes de ayuda humanitaria, con lineamientos sobre qué productos son aceptados y cuáles no (por ejemplo, controles sanitarios a medicamentos y alimentos).
  • Coordinación operativa: la ayuda internacional se integra en los órganos de coordinación del SNGRD (centros de operaciones de emergencia, mesas sectoriales), para evitar duplicidades y asegurar que se respetan los planes de respuesta nacionales.
  • Autorización del uso de medios militares extranjeros: en caso de requerir aeronaves, buques u otros medios de las Fuerzas Armadas de otros países, se exige autorización expresa del Gobierno y coordinación con el Ministerio de Defensa.

Coordinación con el sistema humanitario internacional

En grandes desastres, Naciones Unidas puede activar el sistema de clusters humanitarios en el país, en estrecha coordinación con UNGRD. Los organismos y ONG internacionales se alinean con las prioridades definidas por el Gobierno colombiano y se integran en mecanismos de información compartida, mapeo de actores y seguimiento de proyectos. Esto facilita que la ayuda internacional complemente, y no sustituya, la respuesta del Estado.

Recomendación final

Dado que no estoy especializado en derecho colombiano y la regulación puede cambiar, para obtener los detalles jurídicos vigentes (artículos específicos, decretos, circulares) es recomendable consultar directamente la normativa del SNGRD, la página de la UNGRD y la información oficial de la Cancillería sobre cooperación internacional en emergencias.

¿Qué papel específico tiene la UNGRD frente a las gobernaciones y alcaldías cuando llega ayuda internacional tras un desastre? ¿Qué acuerdos de cooperación o convenios regionales tiene Colombia para recibir apoyo inmediato en caso de terremotos o inundaciones? ¿Cómo se regula en Colombia el control y la transparencia en el uso de las donaciones internacionales después de un desastre natural?

Juega

¡Pon a prueba lo que sabes con FREN!

¿Cuánto sabes sobre este tema? Responde las siguientes 3 preguntas.

¿Dónde se localizó el epicentro del terremoto de magnitud 7,4 en Colombia?

Pregunta 1 de 3

¿Cuántos aeropuertos suspendieron sus operaciones debido al terremoto en Colombia?

Pregunta 2 de 3

¿Qué ciudad ha solicitado refuerzos de rescate a Bogotá y Medellín tras el terremoto?

Pregunta 3 de 3