Qué puede hacer el Ejército ante una entrada masiva de migrantes en Ceuta

Las Fuerzas Armadas pueden reforzar la vigilancia, proporcionar apoyo logístico y colaborar con la Guardia Civil, pero no asumir por iniciativa propia el control fronterizo ni decidir sobre devoluciones, expulsiones o solicitudes de asilo

4 minutos

El Ejército transporta a centenares de migrantes desde las barriadas de Ceuta de vuelta a la frontera EUROPA PRESS

El Ejército transporta a centenares de migrantes desde las barriadas de Ceuta de vuelta a la frontera EUROPA PRESS

Añadir DEMÓCRATA en Google

Pregunta a FREN

Publicado

Última actualización

4 minutos

Más leídas

El Ministerio de Defensa ha ordenado mantener disponible al personal militar destinado en Ceuta ante el riesgo de un nuevo intento de entrada masiva desde Marruecos. La medida incluye la cancelación, hasta nueva orden, de los permisos de libranza, salvo casos excepcionales debidamente justificados, según una comunicación de la Comandancia General de Ceuta desvelada por la Cadena SER.

La orden afecta a unidades de logística, Regulares, Caballería, Ingenieros, Artillería, el Batallón del Cuartel General y los servicios sanitarios. Sin embargo, cancelar los permisos no significa que los militares hayan asumido el control de la frontera ni amplía automáticamente sus competencias. Su intervención concreta depende de las órdenes operativas dictadas por el Gobierno y el Ministerio de Defensa.

Durante la entrada masiva registrada el 30 de julio, Defensa e Interior anunciaron que las Fuerzas Armadas reforzarían a la Guardia Civil. Los efectivos militares quedaron coordinados por el Mando de Operaciones y con una función de apoyo al instituto armado.

La base legal para desplegar al Ejército en Ceuta

El artículo 8 de la Constitución encomienda a las Fuerzas Armadas garantizar la soberanía y la independencia de España, defender su integridad territorial y proteger el ordenamiento constitucional. Sin embargo, este precepto no convierte cualquier problema fronterizo en una operación militar ni concede al Ejército competencias generales de extranjería.

La base más concreta para su colaboración se encuentra en la Ley Orgánica de la Defensa Nacional. La norma permite que las Fuerzas Armadas, junto con las instituciones del Estado y las administraciones públicas, contribuyan a preservar la seguridad y el bienestar de los ciudadanos ante situaciones de grave riesgo, catástrofe, calamidad u otras necesidades públicas.

Esto permite desplegar capacidades militares en una crisis sin necesidad de transferir al Ejército las competencias de la Guardia Civil o de la Policía Nacional. Su contribución tiene carácter complementario o subsidiario y debe ajustarse a la misión concreta que se le asigne.

Qué tareas pueden realizar los militares

Las funciones exactas deben establecerse en las órdenes de la operación, pero las Fuerzas Armadas pueden aportar capacidades que alivien la presión sobre los cuerpos policiales:

  • Reforzar la presencia y la vigilancia en zonas determinadas bajo la coordinación establecida.
  • Proteger instalaciones militares, infraestructuras críticas o puntos estratégicos.
  • Colaborar en la creación de perímetros y cordones de seguridad.
  • Aportar vehículos, sistemas de comunicaciones, iluminación, vigilancia y medios técnicos.
  • Realizar trabajos de ingeniería para instalar o reparar obstáculos e infraestructuras.
  • Facilitar transporte de personal, material y suministros.
  • Prestar asistencia sanitaria y apoyo humanitario.
  • Participar en rescates, evacuaciones o atención a personas que se encuentren en peligro.
  • Montar instalaciones provisionales y proporcionar apoyo logístico a las autoridades civiles.

Los militares también pueden asegurar una zona y entregar a las personas interceptadas a la Guardia Civil o a la Policía Nacional. No obstante, no disponen de una competencia general para detener a alguien únicamente por una infracción administrativa de extranjería ni para tramitar su devolución.

Cualquier actuación coercitiva debe estar amparada por la misión encomendada, respetar los principios de necesidad y proporcionalidad y someterse al ordenamiento jurídico. La presencia de soldados no supone una autorización genérica para utilizar la fuerza.

Qué no puede decidir el Ejército

Las Fuerzas Armadas no pueden resolver si una persona tiene derecho a entrar o permanecer en España. Tampoco les corresponde identificar y documentar administrativamente a los migrantes como autoridad de extranjería, instruir expedientes de devolución o expulsión, ni resolver solicitudes de protección internacional.

Las devoluciones, expulsiones y solicitudes de asilo deben tramitarse conforme a la legislación de extranjería y protección internacional, con asistencia letrada, intérprete y atención individualizada. Un despliegue militar no permite omitir estas garantías.

Qué corresponde a la Guardia Civil

La Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad atribuye a la Guardia Civil la custodia de costas, fronteras, puertos, aeropuertos y vías de comunicación. En Ceuta es el cuerpo que ocupa la primera línea de vigilancia en el perímetro fronterizo, el espigón del Tarajal y las aguas próximas.

Sus unidades terrestres y marítimas pueden detectar intentos de entrada, intervenir en el mar, rescatar a personas en peligro y controlar los accesos. También mantienen la seguridad en la zona fronteriza y ponen a los migrantes localizados a disposición de las unidades encargadas de extranjería.

Aunque la Guardia Civil tiene naturaleza militar, forma parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y, cuando realiza estas funciones, actúa dentro del ámbito del Ministerio del Interior.

Qué corresponde a la Policía Nacional

La Policía Nacional tiene atribuido el control de entrada y salida del territorio, así como las competencias sobre extranjería, inmigración, refugio, asilo, extradición y expulsión.

Después de que una persona sea localizada, los agentes pueden encargarse de su reseña, identificación y documentación, comprobar sus antecedentes y abrir el procedimiento administrativo correspondiente. También reciben o formalizan las solicitudes de protección internacional y determinan, junto con las demás autoridades competentes, el tratamiento aplicable a cada caso.

Las unidades de intervención y seguridad ciudadana de la Policía también pueden desplegarse para evitar alteraciones del orden público dentro de Ceuta.

Hola, soy Fren. ¿Cómo te ayudo?