Sumar ha presentado una enmienda a la Ley Orgánica de mejora de la Educación, actualmente en tramitación en el Congreso, con el fin de garantizar el derecho de sufragio de los descendientes de exiliados y neutralizar la suspensión cautelar acordada por el Tribunal Supremo para las personas ya inscritas en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) que obtuvieron la nacionalidad mediante la conocida como “ley de nietos”.
Así lo ha explicado el portavoz parlamentario de IU, Enrique Santiago, en una comparecencia en la Cámara Baja, donde ha detallado que la finalidad de esta modificación, aprovechando el cierre del plazo de enmiendas parciales a dicha norma, es convertir en rango de ley la instrucción cuestionada por el Tribunal Supremo, reconociendo la condición de exiliados a todos los españoles que abandonaron el país entre el 18 de julio del 36 y el 31 de diciembre de 1955.
En concreto, la formación que actúa como socio minoritario del Gobierno plantea incorporar una nueva disposición en la ley de mejora de las condiciones educativas, pero con efectos sobre la Ley de Memoria Democrática, a fin de blindar el derecho al voto de los descendientes de exiliados.
De este modo, se establece que los nacidos fuera de España de padres o abuelos que, originariamente, hubieran sido españoles y que salieron al exilio por “razones políticas, económicas, sociales, ideológicas o de creencia o de orientación e identidad sexual”, puedan acceder a la nacionalidad española conforme al artículo 20 del Código Civil.
El texto también recoge que se presumirá la condición de exiliado para todos los españoles que salieron del territorio nacional entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955, sin restringir dicha consideración únicamente a las causas políticas.
Reconocimiento más amplio de la nacionalidad
Asimismo, la propuesta contempla que puedan adquirir la nacionalidad los hijos nacidos en el extranjero de mujeres españolas que perdieron la suya por contraer matrimonio con ciudadanos de otra nacionalidad antes de la entrada en vigor de la Constitución de 1978; así como los descendientes de quienes vieron reconocida su nacionalidad de origen mediante el derecho de opción, de acuerdo con esta ley o con la disposición adicional séptima de la Ley de Memoria Histórica de 2007.
“De esta forma lo que pretendemos claramente es que quede sin efecto esa sentencia del Tribunal Supremo que ha, sorprendentemente, infringido un derecho constitucional que ha privado del derecho de voto a españoles y a españolas, sin cuestionar ni siquiera el derecho a la nacionalidad”, ha subrayado Santiago, remarcando que con esta reforma se disiparían las dudas que pudiera albergar el alto tribunal al elevar a ley la instrucción del Ejecutivo que ha sido objeto de impugnación.
El diputado ha recalcado que el sufragio de los españoles solo se ha visto restringido por “dictaduras” y que resulta “nunca visto en democracia” la suspensión cautelar acordada por el Supremo, más aún cuando el peso de ese voto en el cómputo global es muy reducido y, por tanto, no altera el censo electoral.