La reforma de las leyes de dependencia y discapacidad superó el miércoles su último trámite en el Congreso de los Diputados tras incorporar algunas de las enmiendas introducidas por el Senado. La nueva norma amplía los apoyos que puede recibir una misma persona y reduce los tiempos de espera para las ayudas, introduciendo novedades que afectan tanto a las prestaciones como a los cuidadores y al procedimiento para obtener el reconocimiento.
Uno de los principales cambios es la eliminación de incompatibilidades entre servicios y prestaciones, que permitirá adaptar mejor los recursos a las necesidades de cada persona. A ello se suma la teleasistencia universal, la ampliación de la figura del cuidador más allá de los familiares y una reducción a la mitad del plazo para reconocer las prestaciones.
El cambio responde además a una modificación del modelo de cuidados que busca potenciar que las personas dependientes puedan permanecer en sus hogares y recurrir menos a la institucionalización en centros y residencias. La ayuda a domicilio también amplía su alcance para acompañar a la persona fuera de casa en actividades como acudir al médico o hacer la compra.
Qué ayudas y servicios podrán combinarse
La reforma elimina incompatibilidades para que una misma persona pueda recibir diferentes prestaciones. Hasta ahora, determinadas ayudas y servicios del sistema no podían disfrutarse simultáneamente.
La nueva regulación refuerza el derecho de la persona dependiente a elegir el servicio o prestación que necesita y permite configurar los apoyos en función de sus circunstancias.
La teleasistencia, que pasa a poder combinarse con otros apoyos y, además, adquiere la consideración de derecho universal para las personas en situación de dependencia, es uno de los ejemplos más claros.
Amigos y vecinos también podrán ser reconocidos como cuidadores
Otra de las novedades es la referida a quién puede ejercer como cuidador no profesional. La reforma amplía esta figura más allá de los vínculos familiares para adaptarla a situaciones en las que la persona dependiente vive sola o no dispone de familiares que puedan atenderla.
Podrán entrar en este ámbito convivientes sin relación familiar directa, amigos y vecinos. De esta forma, una persona del entorno cercano que realmente asuma los cuidados podrá ser reconocida como cuidadora no profesional y acceder a las ayudas económicas correspondientes.
La reforma también garantiza por ley que el Estado abone las cotizaciones de las cuidadoras principales y contempla la continuidad de los cuidados cuando estas sufran una enfermedad grave o tengan que ser hospitalizadas.
La teleasistencia pasa a ser un derecho universal
La teleasistencia será un derecho para todas las personas en situación de dependencia. Hasta ahora formaba parte del catálogo de servicios, pero la reforma da un paso más al universalizar su acceso.
En la práctica supone que una persona con la dependencia reconocida podrá disponer de este servicio y combinarlo con otros apoyos que necesite.
La medida encaja en la apuesta de la reforma por reforzar los cuidados en casa. La intención es que la atención no dependa únicamente de plazas residenciales o centros especializados y que existan más herramientas para que las personas puedan continuar viviendo en su entorno habitual.
En ayuda a domicilio, el servicio deja de circunscribirse exclusivamente a las tareas realizadas dentro de la vivienda y podrá incluir acompañamiento fuera del hogar, por ejemplo para ir a una cita médica o hacer la compra.
Sillas de ruedas y andadores en préstamo
El catálogo de apoyos incorpora, asimismo, la posibilidad de disponer mediante préstamo de productos destinados a mejorar la autonomía personal, como sillas de ruedas o andadores.
También se amplía el papel de los centros de día. Estos podrán prestar determinados servicios a personas que continúen viviendo en sus casas y necesiten apoyos concretos, como el suministro de comidas.
El plazo baja de seis a tres meses
La reforma introduce, además, un cambio directamente relacionado con las listas de espera: el plazo para reconocer las prestaciones pasa de seis a tres meses.
Esto supone reducir a la mitad el tiempo establecido para tramitar el reconocimiento. Al mismo tiempo, se simplifican los procedimientos de dependencia y discapacidad para evitar que una misma persona tenga que afrontar dos itinerarios administrativos completamente separados.
La norma establece un reconocimiento automático de un 33% de discapacidad para las personas con grado I de dependencia. Quienes obtengan un grado II o III podrán ser reconocidos con un 65% de discapacidad.
La reducción de los plazos legales no significa, sin embargo, que desaparezcan automáticamente las actuales listas de espera. El ministro de Derechos Sociales, Pablo Bustinduy, ha situado como objetivo del Gobierno reducirlas a la mitad en 2027 y llevarlas a cero en 2028.
Un recurso provisional mientras llega la ayuda definitiva
La reforma intenta también responder a uno de los problemas que se producen entre el reconocimiento de una necesidad y la disponibilidad efectiva del recurso correspondiente.
Para los casos más complejos, los de personas con dependencia severa o gran dependencia, se contemplan servicios transitorios mientras esperan el recurso definitivo.
De esta manera, la persona no tendría que permanecer necesariamente sin ningún apoyo durante el periodo que transcurra hasta disponer del servicio que finalmente le corresponda.
Cuándo empiezan a aplicarse los cambios
Tras la aprobación de las enmiendas del Senado en el Congreso, el siguiente paso es completar la publicación formal de la nueva legislación. No todas las novedades deben interpretarse como prestaciones que puedan solicitarse de forma inmediata desde el día posterior a la votación, ya que su aplicación efectiva dependerá de la entrada en vigor de la norma y del despliegue administrativo de las medidas.
Por ello, para los actuales beneficiarios y para quienes estén pensando en solicitar el reconocimiento de la dependencia, será necesario atender a la publicación de la reforma en el Boletín Oficial del Estado y a su posterior aplicación por las administraciones competentes.