El Juzgado de lo Penal número 1 de Lugo ha celebrado la vista oral contra un hombre originario de Mali, sin antecedentes, acusado de dos presuntos delitos de agresión sexual contra una técnica de un albergue de acogida de una ONG con la que coincidió durante su estancia en Becerreá. La denunciante declaró tras un biombo para preservar su intimidad y, debido a las dificultades del procesado con el castellano, este respondió en francés con la mediación de una intérprete.
Según el escrito de acusación del Ministerio Fiscal, los hechos se sitúan en el verano de 2024, cuando el acusado vivía en el Albergue Pensión Ancares de Becerreá bajo la tutela de una organización no gubernamental. La Fiscalía sostiene que el 14 de agosto de 2024, mientras se encontraba en la piscina municipal junto a la técnica de acogida y otras personas, el hombre se acercó a ella y le tocó las nalgas por debajo del agua, sin su consentimiento y con finalidad sexual.
La mujer ha relatado en el juicio que había más usuarios en la piscina y que el contacto se produjo bajo el agua. Según su versión, el acusado le tocó el culo y, cuando ella apartó su mano, él se rió. “No fue involuntario”, ha asegurado, añadiendo que después no volvieron a comentar lo sucedido.
La trabajadora ha indicado también que en el centro se había impartido una charla sobre sexualidad y se habían repartido preservativos. En ese contexto, según su testimonio, el acusado le preguntó cómo se decían en español determinadas expresiones relacionadas con el sexo y le manifestó que quería probar los preservativos con ella. La víctima ha recalcado que no volvió a acorralarla en otras ocasiones, aunque más tarde, mientras caminaban, le propinó de nuevo un golpe en las nalgas, con fuerza. “Me quedé en shock”, ha relatado. Tras este episodio, según su declaración, el hombre intentó subir a su coche junto con otro joven.
Otra testigo que ha comparecido en la vista ha aludido igualmente a las actividades de educación sexual y al reparto de preservativos. Ha explicado que el acusado preguntaba cómo se expresaban en español cuestiones vinculadas con el sexo y que, en una ocasión, no permitió a la víctima salir de una oficina.
La Fiscalía sitúa el segundo episodio el 12 de septiembre de 2024, cuando el acusado y la técnica caminaban por el trayecto entre la Pensión Ancares y el centro de salud de Becerreá. De acuerdo con el escrito de acusación, el hombre volvió a tocarle las nalgas sin su permiso y con el mismo ánimo sexual.
Niega la intención sexual
Durante su declaración, el procesado ha rechazado que existiera propósito sexual en el contacto en la piscina, alegando que había mucha gente y que no sabe si llegó a rozar a la mujer. Sobre el segundo incidente, ha manifestado que tenía prisa porque ella no había acudido por la mañana para acompañarla al médico y que la empujó para que caminara más rápido. Sostiene que su intención era empujarla por el hombro, pero “se le fue la mano”.
El acusado ha insistido en que nunca tuvo intención sexual y que consideraba a las mujeres del centro “como sus hermanas”, que hablaban de temas relacionados con el sexo porque ella era su profesora y que su objetivo era aprender el idioma. Según su versión, era Marta quien le enseñaba las distintas expresiones.
La Fiscalía entiende que los hechos encajan en dos delitos de agresión sexual del artículo 178.1 del Código Penal y reclama para el acusado una pena de un año de prisión por cada uno de ellos. Asimismo, solicita una inhabilitación especial de ocho años para cualquier profesión, oficio o actividad, remunerada o no, que suponga contacto regular y directo con menores de edad.
Además, el Ministerio Público pide que se mantenga la prohibición de aproximarse a menos de 500 metros de la víctima, así como de su domicilio, centro de estudios, lugar de trabajo y otros lugares que frecuente, durante dos años, y la prohibición de comunicarse con ella por cualquier medio durante el mismo periodo.
La acusación interesa también que, una vez cumplida la eventual pena privativa de libertad, el hombre quede sometido durante tres años a libertad vigilada, con la obligación de realizar un curso de educación sexual. El escrito de acusación reclama igualmente el abono de las costas del procedimiento.
Con anterioridad, mediante auto de 14 de septiembre de 2024, ya se había acordado una orden de alejamiento que impedía al acusado acercarse a menos de 300 metros de la víctima.