El Tribunal Supremo ha revocado la condena impuesta a José Antonio del Olmo, exdirectivo de Iberdrola, por revelar documentación empresarial que había aportado a un procedimiento judicial y que posteriormente llegó a un medio de comunicación. La Sala de lo Civil considera que esas actuaciones estaban amparadas por las excepciones previstas en la Ley de Secretos Empresariales cuando la revelación tiene como finalidad descubrir posibles irregularidades en defensa del interés general.
La sentencia, fechada el 9 de septiembre de 2026, estima el recurso de casación presentado por Del Olmo y deja sin efecto las resoluciones que habían respaldado la demanda de Iberdrola. El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao había considerado ilícita la obtención y revelación de las facturas y la Audiencia Provincial de Vizcaya confirmó posteriormente esa decisión.
El caso está relacionado con la investigación sobre los pagos de Iberdrola a sociedades vinculadas al excomisario José Manuel Villarejo. Del Olmo, que había ejercido como responsable de Control de Funciones Corporativas de la eléctrica, aportó documentación sobre esos pagos durante el procedimiento seguido en la Audiencia Nacional.
Uno de los elementos centrales de la resolución es el criterio utilizado para determinar cuándo una persona puede acogerse a la protección como alertador. El Supremo considera suficiente que existan sospechas razonables sobre infracciones reales o potenciales; no exige que quien comunica los hechos tenga acreditada de antemano la existencia de una infracción.
En este caso, Del Olmo había depositado documentación ante notario junto a otros dos trabajadores de Iberdrola. El Supremo tiene en cuenta esa actuación y el posterior uso de los documentos en el procedimiento penal para concluir que existían elementos suficientes para considerar que actuó ante sospechas fundadas de irregularidades.
La demanda de Iberdrola queda desestimada
La sentencia revoca la resolución del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao y la posterior sentencia de la Audiencia Provincial de Vizcaya. Iberdrola había sostenido que Del Olmo había obtenido y revelado ilícitamente documentación confidencial de la compañía y había reclamado protección frente a esa conducta.
El Supremo concluye que la revelación estaba comprendida en las excepciones legales y desestima la demanda de la compañía. La resolución también establece que, cuando la revelación está amparada por esas excepciones, la empresa titular de la información no puede utilizar medidas de represalia contra el alertador por esa actuación.
La resolución tiene además una conexión directa con otros procedimientos relacionados con el caso Villarejo. Del Olmo aportó documentación sobre pagos y contratos de Iberdrola durante la investigación judicial que afecta a las relaciones de la compañía con sociedades vinculadas al excomisario.