Asociaciones de jueces y fiscales progresistas tachan de desmedida la suspensión del voto a nacionalizados por la ley de nietos

Jueces y fiscales progresistas critican como desproporcionada la suspensión cautelar del voto a nacionalizados por la conocida como ley de nietos.

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Fachada del Tribunal Supremo. Alberto Ortega - Europa Press

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Juezas y Jueces para la Democracia y la Unión Progresista de Fiscales han expresado este sábado su “honda preocupación” ante la decisión del Tribunal Supremo de suspender de forma cautelar el derecho de sufragio a quienes han obtenido la nacionalidad española al amparo de la disposición de la Ley de Memoria Democrática, conocida como 'ley de nietos', una medida que consideran desproporcionada por incidir directamente en un derecho fundamental.

En una nota conjunta, ambas asociaciones muestran su respeto institucional hacia el alto tribunal, pero se adhieren al criterio defendido por la magistrada María Alicia Millán Herrandis en el voto particular discrepante con el fallo mayoritario de la Sala.

Subrayan que las cautelares acordadas por el Supremo, a instancias de Vox e Iustitia Europa, extienden sus efectos electorales sobre la instrucción dictada en 2022 por el Ministerio de Justicia para aplicar la 'ley de nietos', un texto que, recuerdan, no ha sido impugnado “directa ni indirectamente” en este procedimiento.

Ambas organizaciones alertan además de que el Supremo está privando del derecho constitucional de sufragio a personas que “son españolas en virtud de actos firmes, dictados por los órganos competentes con arreglo a la normativa vigente” y que lo hace sin que el grupo afectado “haya sido parte en el proceso y sin que se haya realizado un examen individualizado de su situación”.

Diferencia de trato entre españoles

De acuerdo con la resolución, estas personas no podrán votar hasta que el Supremo dicte sentencia, salvo que acrediten ser descendientes de exiliados por razones políticas. A juicio de los jueces y fiscales progresistas, esta salvedad “depende de una certificación” que los interesados “no pueden instar”, lo que provoca “una diferencia de trato entre personas españolas de origen en función de la vía por la que accedieron a la nacionalidad, circunstancia que exige una especial cautela desde la perspectiva del principio de igualdad”.

La objeción central de las asociaciones se centra en la “proporcionalidad” de la decisión, dado que afecta “al ejercicio de derechos fundamentales”. Recuerdan que, mientras “el riesgo” que aprecia el Supremo “se proyecta sobre procesos electorales futuros y todavía no convocados”, el “perjuicio que ocasiona la suspensión es, en cambio, inmediato y concreto”.

“Cuando una medida cautelar limita derechos fundamentales de un número muy elevado de personas, resulta necesario que la ponderación se realice con un rigor especialmente intenso”, recalcan en su comunicado.

También ponen el acento en que la existencia de criterios enfrentados, incluso dentro de la propia JEC, evidencia una “controversia interpretativa legítima” que, en su opinión, debe “resolverse en el enjuiciamiento del fondo, con plena contradicción y con todas las garantías”.

No hacer partidismo con el censo

En este escenario, confían en que el procedimiento, que tiene tramitación preferente, “se resuelva con la mayor celeridad posible y, en todo caso, antes de que pueda convocarse cualquier proceso electoral”, tal y como ha reclamado igualmente el Gobierno.

Reclaman, además, que las dudas sobre la adecuación a la ley de la instrucción del Ministerio de Justicia se encaucen por los mecanismos previstos y exigen a las administraciones implicadas que faciliten “información clara y accesible” a las personas afectadas por la suspensión del voto, y que el debate se aborde “con serenidad”, evitando convertir “el censo electoral ni a las personas afectadas en objeto de confrontación partidista”.

“Juezas y Jueces para la Democracia y la Unión Progresista de Fiscales reafirman su compromiso con la integridad de los procesos electorales y, con igual firmeza, con la garantía efectiva del derecho de sufragio de todas las personas que ostentan la nacionalidad española”, concluye la nota.

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