El 89% de los españoles responsabiliza a Marruecos de la crisis de Ceuta y el 63% suspende la gestión de Sánchez

Una encuesta de 40dB para EL PAÍS y la Cadena SER refleja un amplio respaldo al endurecimiento del control fronterizo y a acelerar las devoluciones, mientras Vox aparece como el partido considerado más capaz para gestionar la inmigración

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Varios inmigrantes acampados en la playa, a 5 de septiembre de 2026, en Ceuta (España). Marcos Moreno - Europa Press

Varios inmigrantes acampados en la playa, a 5 de septiembre de 2026, en Ceuta (España). Marcos Moreno - Europa Press

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La gestión de la crisis migratoria de Ceuta deja un fuerte desgaste para el Gobierno y una percepción prácticamente generalizada sobre la responsabilidad de Marruecos. El 89% de los españoles atribuye "mucha" o "bastante" responsabilidad al Gobierno marroquí por la entrada masiva de migrantes de los días 30 y 31 de julio, según una encuesta de 40dB para EL PAÍS y la Cadena SER.

La atribución de responsabilidades alcanza también al Ejecutivo español. El 72% considera que el Gobierno de España tuvo "mucha" o "bastante" responsabilidad en lo sucedido, mientras un 75% señala a las mafias y redes de inmigración irregular, un 74% a la difusión en redes sociales de información falsa y un 73% a las propias personas que decidieron cruzar la frontera.

Sánchez recibe un fuerte suspenso por su gestión

La valoración de la actuación del presidente del Gobierno es mayoritariamente negativa. Un 62,7% considera que Pedro Sánchez gestionó "mal" o "muy mal" la crisis: un 12,8% escoge la primera respuesta y un 49,9%, la segunda. Frente a ello, únicamente un 14,2% valora su actuación como "bien" o "muy bien".

La rapidez de la respuesta aparece como uno de los principales puntos débiles. Dos de cada tres encuestados califican negativamente la velocidad con la que reaccionó el Ejecutivo: un 18,6% la considera "mala" y un 47,7%, "muy mala".

También predominan las valoraciones negativas cuando se pregunta por la cohesión, la transparencia y la eficacia del Gobierno durante la crisis. El descontento, según los datos de 40dB., alcanza incluso a una parte del electorado socialista, donde son más quienes suspenden al Ejecutivo en eficacia y rapidez que quienes lo aprueban.

Más partidarios de endurecer la relación con Marruecos

Los resultados reflejan también el impacto de la crisis sobre la percepción de las relaciones bilaterales. Un 45,7% considera que España debería endurecer su relación con Marruecos y reducir la cooperación, frente al 36,8% que apuesta por reforzarla porque considera imprescindible la colaboración de Rabat para controlar la frontera.

Un 8,2% opta por mantener las relaciones en su situación actual y un 9,3% no sabe qué posición adoptar.

Los resultados contrastan con la línea defendida hasta ahora por el Gobierno, que ha subrayado la cooperación marroquí en las devoluciones y sostiene que no existen pruebas concluyentes que permitan atribuir al Gobierno de Marruecos la planificación de la entrada masiva.

Vox, el partido considerado más capaz para gestionar la inmigración

El escenario dibujado por la encuesta beneficia especialmente a Vox. El 27% señala al partido de Santiago Abascal como el más capaz de gestionar la inmigración, por delante del PSOE, con un 18,4%, y del PP, con un 13,9%.

El dato revela también una fuga significativa en la percepción del electorado popular: cerca del 23% de quienes tienen intención de votar al PP considera que Vox gestionaría mejor la inmigración, mientras únicamente un 2,4% de los potenciales votantes de Vox escoge al PP.

Hay, sin embargo, un dato que matiza el resultado: el 23% de la población no considera a ninguno de los partidos el más capacitado para gestionar la inmigración, prácticamente tantos como quienes escogen a Vox.

La valoración general del fenómeno migratorio también arroja un saldo negativo. El 53,6% considera que la inmigración es "más bien negativa" para España, frente al 33,1% que la percibe como "más bien positiva".

El 64% rechaza cuestionar la soberanía de Ceuta y Melilla

La encuesta aborda igualmente el debate sobre el futuro de las dos ciudades autónomas. El 63,6% considera que España no debe cuestionar la soberanía española sobre Ceuta y Melilla, mientras un 16,8% estaría dispuesto a hablar con Marruecos sobre su futuro.

Otro 15,7% considera que deberían ser principalmente los propios habitantes de Ceuta y Melilla quienes decidieran, mientras solo un 3,9% cree que España debería plantearse ceder las ciudades a Marruecos para mejorar las relaciones bilaterales.

La defensa de la soberanía se mantiene cuando se pregunta por las consecuencias que los ciudadanos estarían dispuestos a asumir. Un 63,8% respaldaría la participación del Ejército en una guerra ante una agresión exterior contra Ceuta o Melilla y un 53,9% asumiría consecuencias económicas derivadas de sanciones contra Marruecos.

El respaldo disminuye ante otros escenarios: un 44,6% estaría dispuesto a pagar más impuestos para incrementar el gasto en defensa y un 41% afirma que participaría personalmente en la defensa de Ceuta y Melilla si fuera llamado a hacerlo.

La crisis permanece, además, muy presente entre los españoles. Más del 83% asegura haber seguido de cerca los acontecimientos y un 72,2% cree que episodios como el ocurrido a finales de julio volverán a repetirse "con regularidad" en el futuro. La preocupación es el sentimiento predominante, citado por el 53,2% de los encuestados.

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¿En qué estado parlamentario se encuentra la última reforma legal sobre la gestión migratoria en fronteras españolas?

A fecha de hoy (7 de septiembre de 2026), la última reforma legal sobre gestión migratoria vinculada a las fronteras españolas que está en sede parlamentaria es el Proyecto de Ley por el que se aprueban medidas urgentes para la garantía del interés superior de la infancia y adolescencia ante situaciones de contingencias migratorias extraordinarias, procedente del Real Decreto‑ley 2/2025. Este proyecto se tramita en el Congreso de los Diputados con número de expediente 121/000055 y se encuentra aún en fase de enmiendas, cuyo plazo ha sido ampliado hasta el 9 de septiembre de 2026.

1. Identificación de la reforma relevante

El Real Decreto‑ley 2/2025, de 18 de marzo, aprobó medidas urgentes para hacer frente a contingencias migratorias extraordinarias vinculadas a la llegada de menores extranjeros no acompañados, en un contexto de presión en las fronteras. Este decreto‑ley:

  • Introduce en la Ley Orgánica 4/2000 de Extranjería nuevos preceptos (artículos 35 bis, 35 ter, 35 quáter y 35 quinquies) sobre modelo de gestión de contingencias migratorias extraordinarias.
  • Regula la declaración de contingencia migratoria, la distribución territorial de menores y el papel de la Administración General del Estado frente a las comunidades autónomas.
  • Se dicta expresamente al amparo del artículo 149.1.2 CE (competencia estatal en inmigración y extranjería) y está orientado a situaciones de entrada masiva en frontera.

Tras su aprobación y publicación en el Boletín Oficial del Estado, el Congreso acordó tramitarlo como proyecto de ley, lo que permite introducir cambios vía enmiendas.

2. Estado parlamentario actual

En la base de iniciativas de las Cortes Generales la tramitación aparece así:

  • Tipo de iniciativa: Proyecto de Ley procedente de Real Decreto‑ley (RDL 2/2025).
  • Cámara: Congreso de los Diputados.
  • Identificadores: 130/000016 (fase como decreto‑ley) y 121/000055 (fase como proyecto de ley).
  • Situación: proyecto en tramitación, con el plazo de presentación de enmiendas ampliado hasta el 9 de septiembre de 2026.
  • Procedimiento: tramitación por el procedimiento de urgencia, según consta en la publicación oficial.
  • Ficha y últimos documentos: pueden consultarse en el portal del Congreso (detalle de la iniciativa 121/000055).

La ampliación reiterada del plazo de enmiendas indica que el texto aún no ha pasado a fase de ponencia ni de dictamen de comisión. Es decir, el núcleo sustantivo de la reforma —incluidas las disposiciones sobre la gestión de contingencias migratorias en las fronteras y la redistribución de menores— todavía puede ser modificado por los grupos parlamentarios.

3. Próximos pasos procedimentales previsibles

Si se cierra finalmente el plazo de enmiendas, el procedimiento seguiría, en líneas generales, este recorrido:

  • Ponencia: designación de una ponencia en la comisión competente para elaborar un texto articulado a partir del proyecto y de las enmiendas.
  • Dictamen de comisión: la comisión debate el informe de la ponencia, puede introducir cambios adicionales y aprueba un dictamen.
  • Pleno del Congreso: debate y votación del texto, con posibilidad de enmiendas de totalidad o al articulado en esa fase.
  • Remisión al Senado: si el Congreso lo aprueba, el texto pasa al Senado, que puede aprobarlo, vetarlo o enmendarlo.
  • Eventual segunda lectura en el Congreso: en su caso, para levantar un veto del Senado o pronunciarse sobre sus enmiendas.
  • Sanción y publicación: una vez aprobado definitivamente, se remite al Rey para su sanción y posterior publicación en el BOE.
4. Reformas conexas y contexto más amplio

En paralelo a este proyecto, el Gobierno ha aprobado el Anteproyecto de Ley Orgánica que modifica la Ley de Extranjería y un Anteproyecto de nueva Ley de Asilo (acuerdos del Consejo de Ministros de 25 de agosto de 2026), precisamente para adaptar el marco español al Pacto Europeo sobre Migración y Asilo. Sin embargo, ambos textos se encuentran aún en fase gubernamental de anteproyecto, de modo que todavía no han ingresado en el Parlamento como proyectos de ley.

También está en curso en el Congreso la tramitación de otras iniciativas que afectan a la Ley de Extranjería, como la Proposición de Ley Orgánica del Grupo Mixto en el Senado para restringir la regularización por arraigo, cuyo expediente remitido al Congreso (124/000038) comparte el mismo horizonte temporal de ampliación de enmiendas hasta el 9 de septiembre de 2026. No obstante, su objeto principal es la regularización y el arraigo, no la gestión de flujos en frontera.

En síntesis, la reforma parlamentaria más reciente y operativa que incide de forma directa en la gestión de situaciones migratorias excepcionales en frontera es el proyecto derivado del Real Decreto‑ley 2/2025, que sigue en una fase inicial de tramitación, pendiente de que finalice el periodo de enmiendas en el Congreso.

¿Qué competencias tiene el presidente del Gobierno de España en materia de relaciones exteriores según la Constitución?

La Constitución española no desarrolla de forma muy detallada las competencias de política exterior “personalizadas” en el presidente del Gobierno, pero sí fija un marco claro del que se derivan sus poderes en relaciones internacionales. En esencia, el presidente dirige la acción del Gobierno, y el Gobierno es el órgano constitucionalmente competente para conducir la política exterior del Estado.

Marco general: dirección de la política exterior

El punto de partida está en el artículo 97 CE, que atribuye al Gobierno la dirección de la política interior y exterior, la administración civil y militar y la defensa del Estado. Esto significa que:

  • La conducción de las relaciones exteriores es, en primer término, competencia del Gobierno en su conjunto.
  • El presidente, como jefe del Gobierno, es quien orienta, coordina y asume la máxima responsabilidad política sobre esa política exterior.

La Constitución no enumera “una a una” las facultades de política exterior del presidente, pero al atribuirle la jefatura del Gobierno y la dirección de su acción, hace que la mayor parte de las decisiones importantes en este ámbito pasen política y funcionalmente por él.

Posición constitucional del presidente

El artículo 98 CE regula al presidente del Gobierno y establece que:

  • Dirige la acción del Gobierno.
  • Coordina las funciones de los demás miembros del Gobierno.

Aplicado a las relaciones exteriores, esto implica que el presidente:

  • Fija las líneas generales de la política exterior (prioridades geográficas, alianzas, posición en la UE y organizaciones internacionales, etc.).
  • Coordina la actuación del Ministerio de Asuntos Exteriores y de otros departamentos con proyección exterior (defensa, economía, transición ecológica, etc.).
  • Asume la representación política del Gobierno en cumbres, visitas oficiales y negociaciones de alto nivel, aunque jurídicamente la representación del Estado frente a otros Estados corresponda al rey.

Relación con las competencias del Rey en el exterior

La Constitución reserva al rey algunas funciones formales en materia internacional, principalmente en el artículo 63 CE:

  • Representa al Estado en las relaciones internacionales.
  • Acredita a los embajadores y otros representantes diplomáticos.
  • Expresa el consentimiento del Estado en los tratados, conforme a la Constitución y las leyes.

Sin embargo, estas funciones se ejercen siempre refrendadas por el Gobierno, normalmente por el presidente o por el ministro competente, que asumen la responsabilidad política. En la práctica constitucional:

  • El Gobierno —y en su cúspide el presidente— determina el contenido y la oportunidad de los tratados, reconocimientos de Estados o gobiernos, alianzas, etc.
  • El rey formaliza esas decisiones mediante actos que requieren refrendo gubernamental, sin el cual no son válidos.

Tratados internacionales y control parlamentario

La Constitución atribuye a las Cortes Generales un papel central en materia de tratados (artículos 93 y 94 CE): autorización de ciertos tratados políticos, militares, que afecten a derechos y deberes fundamentales, a la Hacienda pública, o que supongan cesión de competencias a organizaciones supranacionales.

Aquí las competencias del presidente surgen por su posición al frente del Gobierno:

  • Es quien impulsa, en nombre del Gobierno, la negociación de tratados y acuerdos internacionales.
  • Decide la remisión a las Cortes de los tratados que requieren autorización o denuncia.
  • Defiende, personalmente o a través de los ministros, ante el Parlamento la posición del Ejecutivo sobre esos tratados.

Relaciones exteriores y seguridad y defensa

La conexión entre política exterior y defensa sitúa también al presidente en una posición clave:

  • El Gobierno dirige la defensa del Estado (art. 97 CE), lo que incluye la participación en alianzas militares o misiones internacionales.
  • El artículo 63.3 CE reserva al rey, con autorización de las Cortes, la declaración de guerra y la paz, pero de nuevo dicha decisión se toma a iniciativa del Gobierno, encabezado por el presidente.

Síntesis

En suma, según la Constitución, el presidente del Gobierno no es el titular formal de todas las competencias de relaciones exteriores (que se reparte con el rey, el Gobierno como órgano colegiado y las Cortes), pero es el centro de dirección política de la acción exterior del Estado: fija las grandes orientaciones, coordina a los ministros implicados, impulsa la negociación y aprobación de tratados y asume la responsabilidad política de las decisiones internacionales del Gobierno.

¿Cuáles fueron los resultados de las últimas elecciones generales para Vox, PSOE y PP en Ceuta y Melilla?

No he localizado en las fuentes consultadas datos concretos y desglosados de votos y porcentaje para Vox, PSOE y PP en Ceuta y Melilla en las últimas elecciones generales. La búsqueda en la base de datos del periódico Demócrata y en otros textos relacionados con las elecciones generales y el 23J de 2023 devuelve información sobre resultados estatales, encuestas, equilibrios de bloques y composición del Congreso, pero no un cuadro específico de resultados por circunscripción para estas dos ciudades autónomas.

En la traza de investigación aparecen, por ejemplo, análisis sobre la aritmética del Congreso tras el 23J, el papel del bloque PP–Vox–UPN con 171 escaños, o artículos que evalúan la evolución de los apoyos de PP, PSOE y Vox en encuestas posteriores. Sin embargo, se trata siempre de:

  • Resultados a escala estatal (porcentaje de voto y estimación de escaños en toda España).
  • Estudios demoscópicos posteriores a las elecciones (promedios de encuestas, evolución de intención de voto, comparaciones con el 23J).
  • Análisis parlamentarios que hablan del “bloque de investidura” y de la suma de escaños de PP, Vox, PSOE y otros grupos.

Ninguno de esos materiales incluye el nivel de detalle territorial que planteas (circunscripción de Ceuta por un lado y de Melilla por otro, con el número exacto de votos y el porcentaje de cada uno de los tres partidos). También se intentó restringir la búsqueda por fechas en torno al 23 de julio de 2023 y por combinaciones de términos como “escrutinio definitivo”, “votos” o “porcentaje”, tanto para Ceuta como para Melilla, sin que aparecieran tablas de resultados o resúmenes específicos para estas circunscripciones.

Esto no significa que los datos no existan, sino únicamente que, dentro del corpus consultado para elaborar esta respuesta, no hay un documento que recoja explícitamente “cuántos votos y qué porcentaje obtuvieron Vox, PSOE y PP en Ceuta” y “cuántos votos y qué porcentaje obtuvieron Vox, PSOE y PP en Melilla” en las últimas generales. Esa información suele estar disponible, pero en canales más técnicos o especializados que los artículos de análisis general.

Para obtener con precisión lo que pides —es decir, el dato numérico exacto de votos y el porcentaje de voto de cada partido en cada ciudad autónoma— lo más fiable es recurrir a:

  • Las bases de datos oficiales de resultados electorales, que permiten filtrar por circunscripción y por candidatura y reconstruir el resultado en cada territorio. En esas plataformas suele poder exportarse el resultado por ciudad autónoma y, dentro de ella, comprobar cuántos sufragios recibió cada lista y qué porcentaje supuso sobre el voto válido emitido.
  • Los informes de resultados que se publican tras cada convocatoria, donde a menudo se incluyen anexos con tablas por circunscripción. En ocasiones se publican también resúmenes de “principales resultados por provincia y ciudad autónoma” que recogen, al menos, qué fuerza fue primera, segunda o tercera.
  • En algunos casos, los propios partidos elaboran materiales internos o públicos con desgloses territoriales de sus resultados, en los que comparan lo obtenido en Ceuta y Melilla con comicios anteriores. Esos documentos pueden servir como contraste, aunque la referencia primaria siguen siendo los datos oficiales de escrutinio.

La ventaja de acudir a esos repositorios es que te permitirán:

  • Ver el número exacto de votos de Vox, PSOE y PP en Ceuta y Melilla.
  • Comprobar el porcentaje sobre el total de voto válido (y, si te interesa, sobre el censo o sobre la participación).
  • Contrastar esos datos con elecciones generales anteriores u otros tipos de comicios.

Dado que la consulta que planteas es muy concreta y numérica, y que las fuentes manejadas en esta investigación no incluyen ese nivel de detalle territorial, cualquier cifra que yo aportara sin apoyarse en un documento explícito sería especulativa. Por rigor, es preferible remitirse a los resultados oficiales y no inventar porcentajes ni totales de voto.

Si quieres, en una siguiente consulta puedo ayudarte a interpretar los datos una vez que los tengas (por ejemplo, comparando cómo se comportaron Vox, PSOE y PP en Ceuta frente a Melilla, o frente a la media estatal, o entre distintas convocatorias).

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¿Cuánto sabes sobre este tema? Responde las siguientes 3 preguntas.

¿A qué porcentaje de españoles responsabiliza la encuesta principalmente a Marruecos por la crisis de Ceuta?

Pregunta 1 de 3

¿Qué partido es considerado por el mayor porcentaje de encuestados como el más capaz para gestionar la inmigración?

Pregunta 2 de 3

¿Qué porcentaje de los encuestados rechaza cuestionar la soberanía española sobre Ceuta y Melilla?

Pregunta 3 de 3