Accidente en el Centro de Buceo de la Armada de Cartagena: qué ha pasado y qué se sabe de los ocho afectados

Ocho buceadores se han visto afectados por un incidente en una cámara hiperbárica de La Algameca. Dos permanecen con pronóstico reservado mientras la Armada investiga unas causas que todavía no han sido determinadas

3 minutos

Centro de Buceo de la Armada ARMADA ESPAÑOLA

Centro de Buceo de la Armada ARMADA ESPAÑOLA

Añadir DEMÓCRATA en Google

Pregunta a FREN

Publicado

Última actualización

3 minutos

Más leídas

La Armada investiga el accidente ocurrido este miércoles en su Centro de Buceo de Cartagena, donde ocho buceadores se han visto afectados durante un incidente registrado en una cámara hiperbárica. Dos de ellos permanecen con pronóstico reservado, mientras que otros cinco continúan en observación con lesiones leves y uno ya ha recibido el alta.

El suceso tuvo lugar a primera hora de la mañana en el Centro de Buceo de la Armada (CBA), ubicado en la Estación Naval de La Algameca. La institución militar ha abierto una investigación interna para determinar qué ocurrió y, por el momento, no ha comunicado oficialmente la causa del accidente.

Estas son las principales claves de lo ocurrido y de lo que todavía queda por esclarecer.

¿Dónde se ha producido el accidente?

El incidente ha tenido lugar en el Centro de Buceo de la Armada de Cartagena, una unidad especializada en operaciones subacuáticas situada en la Estación Naval de La Algameca.

Se trata de un centro de referencia de las Fuerzas Armadas en materia de buceo, formación y sanidad relacionada con las actividades subacuáticas. Cuenta además con instalaciones especializadas para trabajar en condiciones hiperbáricas.

¿Qué les ha ocurrido a los ocho buceadores?

La Armada ha comunicado que el accidente se produjo en una cámara hiperbárica a primera hora de este miércoles.

La información oficial disponible no precisa qué actividad estaban realizando los ocho afectados en el momento del incidente ni cuál fue el mecanismo concreto que provocó sus lesiones.

Por ello, no puede establecerse todavía si el accidente estuvo relacionado con la presión, los gases empleados, el funcionamiento de la instalación o cualquier otra circunstancia.

¿Cuál es el estado de los afectados?

El balance comunicado por la Armada distingue tres situaciones entre los ocho buceadores implicados.

Cinco permanecen en observación con heridas leves, mientras que otros dos presentan pronóstico reservado. El octavo afectado ya ha recibido el alta.

La Armada ha señalado que su "principal preocupación" es el estado de salud y la evolución de los miembros afectados.

¿Qué es una cámara hiperbárica?

Una cámara hiperbárica es un recinto preparado para aumentar y controlar la presión ambiental en su interior. Estas instalaciones tienen aplicaciones médicas y resultan especialmente importantes en actividades profesionales y militares relacionadas con el buceo.

Permiten trabajar con condiciones de presión controladas y desarrollar procedimientos vinculados, entre otros ámbitos, a la compresión y descompresión de buceadores, la formación y el tratamiento de determinados accidentes de buceo.

El complejo de La Algameca cuenta con una importante infraestructura especializada en este ámbito.

¿Qué pudo provocar el accidente?

Esta es precisamente la principal incógnita que queda por resolver.

La Armada ha abierto una investigación interna, pero hasta ahora no ha identificado públicamente el origen del incidente. Cualquier atribución concreta a un fallo técnico, un problema con gases o un trastorno derivado de la presión sería, por tanto, prematura.

Algunas informaciones han apuntado a síntomas relacionados con la inmersión, pero no existe por ahora una conclusión oficial que permita establecer qué les ocurrió exactamente a los ocho buceadores.

¿Qué es el Centro de Buceo de la Armada?

El CBA concentra buena parte de las capacidades especializadas de la Armada relacionadas con el medio subacuático. Sus antecedentes se remontan a la formación de buzos desarrollada en Cartagena desde 1922, mientras que el actual centro se encuentra en La Algameca desde 1970.

Entre sus funciones figuran la formación y adiestramiento de buceadores, la investigación y el asesoramiento, además de trabajos técnicos bajo el agua.

Sus especialistas realizan también operaciones de mantenimiento y reparación de la parte sumergida de los buques, con intervenciones que pueden incluir taponamientos, colocación de ánodos o limpieza de aspiraciones.

¿Qué falta por conocer?

La investigación deberá reconstruir ahora qué procedimiento se estaba realizando, qué sucedió dentro de la cámara y qué provocó que ocho personas resultaran afectadas.

También deberá determinarse si existió alguna incidencia técnica o si intervinieron otros factores. Hasta que concluya esa investigación o la Armada facilite nuevos datos, la causa concreta del accidente continúa sin conocerse.

La evolución médica de los dos buceadores con pronóstico reservado constituye, entretanto, el principal punto de atención tras el suceso.

Más claves, contexto y preguntas con FREN

CONTENIDO GENERADO CON IA

¿Qué procedimientos de investigación interna sigue la Armada en casos de accidentes en instalaciones militares?

En España no existe un reglamento público único y detallado que describa, paso a paso, cómo investiga internamente la Armada todos los accidentes en sus instalaciones. Lo que sí puede reconstruirse, a partir de documentación oficial y ejemplos recientes, es un esquema bastante claro: se combinan la activación de protocolos de emergencia y seguridad, una investigación interna administrativa o “información reservada”, y, en su caso, investigaciones técnicas especializadas (por ejemplo, en accidentes de aeronaves) y la intervención de la jurisdicción competente.

Marco general y órganos implicados

El Ministerio de Defensa es quien, en última instancia, ordena y supervisa las investigaciones internas por incidentes graves en bases y cuarteles. En noticias recientes se recoge que, ante un incidente de tiro en la base de El Goloso, Defensa “ha puesto en marcha una investigación interna” para aclarar lo ocurrido durante una jornada de instrucción en un campo de tiro militar; fuentes del Ministerio confirman la apertura de esas pesquisas internas para esclarecer “todos los extremos” del episodio. Ese patrón —apertura de una investigación interna por orden del departamento— es el habitual en las Fuerzas Armadas.

Cuando el accidente afecta a aeronaves militares, entra además en juego la Comisión para la Investigación Técnica de Accidentes de Aeronaves Militares (CITAAM), cuyas competencias se mencionan en un convenio publicado en el BOE entre Defensa y la Universidad Politécnica de Madrid. Este convenio tiene por objeto formar a personal del Ministerio en la investigación técnica de accidentes e incidentes de aeronaves y aprovechar los medios de la CITAAM para prácticas sobre restos reales de siniestros ya investigados, lo que confirma la existencia de una estructura especializada para la parte técnica.

Tipos de investigaciones que pueden abrirse

A partir de los casos conocidos, pueden distinguirse al menos tres planos que, en la práctica, pueden concurrir cuando hay un accidente en una instalación naval o conjunta en la que opera la Armada:

  • Investigación interna administrativa o disciplinaria: el departamento o el mando implicado abre una investigación para reconstruir los hechos, determinar si hubo incumplimientos de órdenes, negligencias o fallos organizativos y, en su caso, depurar responsabilidades disciplinarias. En el ámbito de Interior y Guardia Civil se utilizan figuras como la “información reservada” para este fin, y Defensa ha optado en ocasiones por suspender o no iniciar procedimientos disciplinarios mientras avanza la investigación judicial, para evitar resoluciones contradictorias; este esquema es extrapolable al entorno militar.
  • Investigación técnica de seguridad: cuando el accidente afecta a un sistema complejo (aeronaves, determinados equipos, vertidos, etc.), se abre una investigación puramente técnica. En el caso de aeronaves militares españolas, la CITAAM es el órgano de referencia y se pone el foco en causas materiales, operativas y de procedimiento, con el objetivo de formular recomendaciones de seguridad y prevenir nuevos siniestros.
  • Investigación judicial: si hay fallecidos, lesiones graves o posibles delitos (por ejemplo, infracción de normas de seguridad laboral o del deber de cuidado), la jurisdicción ordinaria o la militar pueden abrir diligencias penales. En otros sectores, como el ferroviario, se ha visto cómo la investigación judicial discurre en paralelo a una comisión técnica independiente; esa misma lógica de paralelismo suele aplicarse cuando intervienen jueces y fiscalía en accidentes relacionados con la Administración.
Fases habituales del procedimiento interno

Aunque los detalles concretos de los protocolos de la Armada y de Defensa no se publican de forma sistemática, de la información disponible en otros casos militares y en la cultura de seguridad descrita por el propio Ministerio pueden inferirse varias fases recurrentes:

  • Activación de emergencias y aseguramiento de la zona: ante un siniestro (por ejemplo, un incidente de tiro o un vuelco de vehículo blindado), se activan los protocolos de emergencia de la base, se atiende a heridos y se aseguran las instalaciones. En ejercicios de simulación de vertidos de hidrocarburos en la Base Naval de Rota se menciona expresamente el despliegue coordinado de Armada, Salvamento Marítimo, Capitanía Marítima y otros organismos conforme al Sistema Nacional de Respuesta, lo que anticipa cómo se procedería en un caso real.
  • Notificación y decisión de apertura de investigación: el mando de la unidad eleva un parte a la cadena orgánica y al Ministerio. A partir de ahí, Defensa confirma públicamente —como ha hecho en El Goloso— la apertura de una investigación interna para aclarar contradicciones y fijar la versión oficial.
  • Constitución del equipo investigador: se designa un equipo, que puede incluir mandos de la Armada, especialistas técnicos y personal jurídico. En el ámbito de la investigación de accidentes de transporte civil se prevé que cada siniestro tenga una persona investigadora responsable y un equipo que no pueda recibir instrucciones externas; los convenios de formación con la CITAAM apuntan a un modelo similar de profesionalización técnica en el entorno militar.
  • Recopilación de pruebas y análisis: se toman declaraciones a los implicados, se recaban documentos, registros y, en su caso, restos materiales del accidente. En otras comisiones de accidentes (ferroviarios, por ejemplo) se insiste en análisis metalúrgicos y técnicos detallados; la existencia de laboratorios y medios formativos en la CITAAM indica que la Armada aplica metodologías equiparables en los accidentes que le afectan.
  • Informe y recomendaciones: la investigación concluye con un informe interno, que puede ser estrictamente reservado o tener una parte pública. En el ámbito del transporte se fija como objetivo formular recomendaciones de seguridad sin carácter sancionador; en el entorno castrense, esas recomendaciones pueden ir acompañadas, en un cauce separado, de propuestas disciplinarias o de cambios en protocolos de adiestramiento, mantenimiento y uso de instalaciones.
Relación con la cultura de seguridad

Más allá de la reacción a posteriori, el Ministerio de Defensa destaca la existencia de una “cultura de seguridad” en la Armada, que se refuerza mediante centros de adiestramiento específicos en emergencias marítimas y accidentes aéreos, simulacros en bases navales y cooperación con otros organismos civiles. Esos dispositivos preventivos y formativos están directamente vinculados a las lecciones extraídas de investigaciones internas y técnicas previas, que alimentan la actualización de los protocolos que se aplican cuando se produce un accidente real.

¿Cuáles son las competencias y funciones del jefe del Centro de Buceo de la Armada?

El Centro de Buceo de la Armada (CBA), con base en Cartagena, es la unidad de referencia de la Armada española para el buceo militar y las intervenciones subacuáticas. Aunque en la búsqueda en normas y documentos oficiales accesibles en abierto no aparece una ficha detallada con las funciones del “jefe del Centro de Buceo” como tal, sí es posible describir de forma razonablemente precisa cuáles son sus competencias a partir de la misión del propio centro y de la organización habitual de la Armada.

Mando y dirección de la unidad

El jefe del Centro de Buceo de la Armada es el máximo responsable de la unidad y ejerce el mando militar sobre todo el personal, medios y actividades del centro. Sus competencias nucleares incluyen:

  • Ejercer el mando orgánico y operativo sobre los buceadores militares destinados en el centro, así como sobre el personal de apoyo (técnicos, especialistas en mantenimiento, personal sanitario hiperbárico, administración, etc.).
  • Planificar, dirigir y supervisar las operaciones subacuáticas que se asignen al CBA: exploración y reconocimiento del fondo marino, apoyo a la detección y neutralización de minas, trabajos de reparación o inspección de cascos y estructuras, búsqueda y rescate, y otras misiones especializadas.
  • Garantizar la disciplina, la moral y la seguridad del personal, aplicando la normativa de régimen interior de las Fuerzas Armadas y las directrices de la cadena de mando.
Responsabilidad sobre el adiestramiento y la doctrina de buceo

El CBA es, de facto, el centro de excelencia en buceo de la Armada. Por ello, el jefe del Centro asume un papel clave en la formación y adiestramiento:

  • Definir y aprobar los planes de instrucción y adiestramiento de los buceadores militares, tanto los cursos básicos como la formación avanzada (buceo profundo, operaciones con mezcla de gases, empleo de vehículos y drones subacuáticos, trabajos de contraminado, etc.).
  • Velar por la actualización doctrinal en materia de buceo militar, incorporando lecciones aprendidas de operaciones reales, ejercicios aliados y estándares internacionales de seguridad en buceo profesional.
  • Coordinarse con otros centros y unidades (Escuela Militar de Buceo, Fuerza de Medidas Contraminas, unidades de acción marítima, etc.) para asegurar que la formación responda a las necesidades operativas reales de la Armada.
Gestión de medios, instalaciones y seguridad hiperbárica

El CBA opera equipos altamente especializados: cámaras hiperbáricas, mezclas de gases respirables, vehículos operados remotamente (ROV), sistemas de sonar y otros medios subacuáticos. El jefe del Centro tiene, en consecuencia, responsabilidades muy relevantes en materia de recursos y seguridad:

  • Gestionar los medios materiales, asegurando su mantenimiento, disponibilidad y actualización conforme a los planes de la Armada (por ejemplo, la incorporación de nuevos buques de apoyo a la intervención subacuática o de nuevos sistemas de drones subacuáticos).
  • Supervisar los protocolos de seguridad en buceo e hiperbárica, incluyendo la correcta aplicación de las tablas de descompresión, los procedimientos de emergencia, la cualificación médica del personal y el uso de cámaras hiperbáricas para tratamiento de incidentes.
  • Proponer mejoras técnicas y de equipamiento al mando superior, participando en la definición de requisitos para futuras adquisiciones relacionadas con el buceo y la intervención subacuática.
Relaciones externas y apoyo a otras administraciones

En la práctica, el Centro de Buceo de la Armada coopera con otros organismos del Estado (Guardia Civil, servicios de salvamento marítimo, comunidades autónomas) y con aliados internacionales. El jefe del Centro suele:

  • Actuar como interlocutor técnico principal en materia de buceo militar ante el Mando de la Armada, el Ministerio de Defensa y otros departamentos ministeriales cuando se requiere apoyo subacuático.
  • Coordinar la participación del CBA en dispositivos conjuntos de búsqueda, rescate, protección de infraestructuras submarinas o actuaciones vinculadas a patrimonio cultural subacuático, cuando la Armada es requerida.
  • Representar al Centro en foros técnicos y ejercicios internacionales, especialmente aquellos vinculados a guerra de minas, protección de cables y conducciones submarinas y seguridad del lecho marino.
Asesoramiento al mando de la Armada

Finalmente, como jefe de la unidad de referencia en buceo, tiene una función clara de asesoramiento:

  • Asesorar al Almirante Jefe del Estado Mayor de la Armada y a los mandos operativos en todo lo relativo a capacidades de buceo, riesgos y posibilidades de la intervención subacuática en operaciones concretas.
  • Contribuir a la planificación de la “Armada 2030” y otros planes estratégicos en el ámbito específico del dominio subacuático, proponiendo líneas de evolución de la fuerza de buceadores y de los medios técnicos.

En suma, el jefe del Centro de Buceo de la Armada ejerce un mando integral: dirige la unidad, garantiza la seguridad y el adiestramiento de los buceadores, gestiona medios y doctrina, coordina la cooperación con otras administraciones y asesora a la cadena de mando sobre todo lo que afecta al buceo militar y a las operaciones en el fondo marino.

¿Qué requisitos legales y protocolos de seguridad deben cumplirse para operar una cámara hiperbárica en instalaciones militares en España?

Para operar una cámara hiperbárica en instalaciones militares en España hay que cumplir, simultáneamente, la normativa general española (industrial, de productos sanitarios, laboral y sanitaria) y la normativa interna de Defensa para recintos militares. A continuación se sintetizan los principales requisitos y protocolos que se derivan de las fuentes consultadas.

1. Marco jurídico básico aplicable
  • Equipos a presión: el Real Decreto 809/2021, por el que se aprueba el Reglamento de equipos a presión, establece los requisitos de diseño, instalación, puesta en servicio, inspecciones periódicas, reparaciones y modificaciones de cualquier equipo a presión fijo, incluidas las cámaras hiperbáricas, que son recipientes a presión ocupados por personas.
  • Seguridad en medio hiperbárico y definición de cámara: el Real Decreto 550/2020, de condiciones de seguridad de las actividades de buceo, define el medio hiperbárico y la cámara hiperbárica como “recinto a presión destinado a ser ocupado por personas, provisto de medios para regular la diferencia de presión […] utilizado tanto para el tratamiento de patologías relacionadas con la exposición hiperbárica como para realizar o completar períodos de descompresión en superficie”.
  • Normas sectoriales de buceo profesional y medios hiperbáricos: el II Convenio colectivo de buceo profesional y medios hiperbáricos y su modificación (Resolución de 10 de abril de 2017, BOE-A-2017-4468) fijan criterios técnicos de seguridad, incluyendo:
    • Definiciones de cámara hiperbárica, cámara de descompresión y centro hiperbárico.
    • Obligatoriedad de disponer de cámara de descompresión “in situ, disponible y útil” para determinadas inmersiones, con un tiempo máximo de llegada < 15 minutos demostrado mediante simulacro.
  • Productos sanitarios: las cámaras hiperbáricas con finalidad médica son productos sanitarios sujetos al Reglamento (UE) 2017/745 y al Real Decreto 192/2023, de productos sanitarios. La AEMPS ha anunciado campañas específicas de control de cámaras hiperbáricas para verificar:
    • Conformidad con los requisitos esenciales y marcado CE.
    • Inscripción en el Registro de Comercialización de Productos Sanitarios de la AEMPS.
  • Prevención de riesgos laborales: se aplica la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y su normativa de desarrollo (incluido el Real Decreto 843/2011 sobre organización de recursos sanitarios de los servicios de prevención) para el personal que trabaja en y alrededor de la cámara.
  • Autorización sanitaria de centros: cada comunidad autónoma regula la autorización de unidades de medicina hiperbárica en centros sanitarios. Por ejemplo, Andalucía ha aprobado una guía de funcionamiento de la unidad asistencial de Medicina hiperbárica, con requisitos de:
    • Autorización sanitaria específica.
    • Vinculación formal con un hospital dotado de Urgencias y UCI.
    • Dirección técnica por médico con formación acreditada en medicina hiperbárica y subacuática.
    Este esquema es extrapolable a unidades similares de la sanidad militar.
2. Protocolos de seguridad de la cámara hiperbárica

Sobre esa base normativa, los protocolos habituales que deberían implantarse en un entorno militar son:

  • Diseño e instalación segura
    • Cumplimiento del Reglamento de equipos a presión (cálculo, materiales, válvulas de seguridad, dispositivos de alivio, instrumentación).
    • Proyecto técnico visado y autorizaciones de la autoridad competente en industria y sanidad.
    • Cumplimiento de normas UNE/EN específicas para cámaras hiperbáricas (compatibilidad electromédica, seguridad eléctrica, etc.).
  • Inspecciones y mantenimiento
    • Inspecciones iniciales, periódicas y extraordinarias por organismos de control acreditados como equipo a presión.
    • Programa de mantenimiento preventivo documentado (válvulas, sistemas de oxígeno, comunicaciones, sistemas de emergencia, puertas y cierres).
  • Protocolos clínicos y de operación
    • Protocolos de indicaciones médicas (enfermedad descompresiva, intoxicación por CO, lesiones por radioterapia, etc.) y de contraindiciones.
    • Procedimientos escritos de:
      • Entrada y salida de pacientes (incluidas camillas).
      • Ciclos de presurización y despresurización, mezcla de gases, tiempos de exposición.
      • Monitorización continua de pacientes y comunicaciones con el exterior.
    • Planes de evacuación a UCI o quirófano cuando la cámara está integrada o vinculada a un hospital militar (como el complejo hiperbárico del Hospital Central de la Defensa “Gómez Ulla”, descrito por el Ministerio de Defensa).
  • Gestión de emergencias
    • Plan de emergencia interno con escenarios de incendio, fallo de energía, fuga de oxígeno, enfermedad aguda del paciente, fallo estructural.
    • Simulacros periódicos documentados, incluyendo evacuación desde zonas de entrenamiento (buceo, paracaidismo, alta cota) hasta la cámara y desde la cámara al área crítica.
    • Coordinación con servicios de prevención de riesgos laborales y, en su caso, con el sistema público de emergencias.
  • Formación y cualificación del personal
    • Médicos con formación específica en medicina subacuática e hiperbárica (máster o diploma reconocido).
    • Personal técnico y de enfermería formado en operación de cámaras, seguridad en atmósferas hiperbáricas y soporte vital avanzado.
    • Para buceo profesional o militar, observancia de los requisitos de supervisores y jefes de seguridad definidos en la normativa de “medios hiperbáricos” (experiencia mínima, formación en PRL específica y dirección de planes de evacuación).
3. Especificidades de instalaciones militares
  • Seguridad física y de la información: el acceso de personal civil a zonas con cámara hiperbárica dentro de una base se rige por el plan de seguridad de la instalación militar. El jefe de la instalación autoriza zonas de acceso y el personal civil debe seguir las instrucciones de seguridad establecidas.
  • Normativa interna de Defensa: el buceo y las operaciones hiperbáricas de carácter militar se rigen por normas propias, según reconoce el Real Decreto 550/2020. Estas reglas (a menudo de circulación interna) suelen:
    • Adaptar las exigencias civiles al ámbito operativo (ejercicios de buceo, rescates, entrenamiento de fuerzas especiales).
    • Incorporar requisitos adicionales de confidencialidad, clasificación de información y continuidad operativa.
  • Integración con planes de Defensa y emergencias: los protocolos de la cámara deben alinearse con los planes sanitarios militares (como los de la Unidad de Aislamiento de Alto Nivel y el Servicio de Medicina Subacuática e Hiperbárica del Gómez Ulla) y con los planes de apoyo a ejercicios y operaciones de las Fuerzas Armadas.

En resumen, una cámara hiperbárica militar en España debe cumplir íntegramente la normativa civil de equipos a presión, productos sanitarios, prevención de riesgos laborales y autorización sanitaria, complementada por los protocolos de seguridad, acceso y operación propios del Ministerio de Defensa y de cada instalación militar.

Juega

¡Pon a prueba lo que sabes con FREN!

¿Cuánto sabes sobre este tema? Responde las siguientes 3 preguntas.

¿Dónde tuvo lugar el accidente en el que resultaron afectados ocho buceadores?

Pregunta 1 de 3

¿Qué tipo de instalación estaba involucrada en el accidente que afectó a los buceadores?

Pregunta 2 de 3

¿Cuál es la situación médica de los buceadores afectados según el comunicado de la Armada?

Pregunta 3 de 3

Hola, soy Fren. ¿Cómo te ayudo?