Qué es el Centro de Buceo de la Armada de Cartagena, escenario del accidente que ha dejado ocho afectados

La unidad de La Algameca es el centro de referencia de las Fuerzas Armadas para el buceo y cuenta con instalaciones especializadas para formación, operaciones subacuáticas y medicina hiperbárica

2 minutos

Centro de Buceo de la Armada ARMADA ESPAÑOLA

Centro de Buceo de la Armada ARMADA ESPAÑOLA

Añadir DEMÓCRATA en Google

Pregunta a FREN

Publicado

Última actualización

2 minutos

Más leídas

El accidente ocurrido este miércoles en una cámara hiperbárica ha puesto el foco sobre una de las instalaciones más especializadas de la Armada española: el Centro de Buceo de la Armada (CBA), situado en la Estación Naval de La Algameca, en Cartagena.

Ocho buceadores resultaron afectados en el incidente. Cinco permanecen con heridas leves en observación, otros dos tienen pronóstico reservado y uno ya ha recibido el alta, según la información difundida por la Armada.

Las causas concretas continúan bajo investigación.

Qué es el Centro de Buceo de la Armada

El Centro de Buceo de la Armada es la unidad especializada de la institución en las actividades subacuáticas y constituye un centro de referencia para las Fuerzas Armadas en materia de buceo.

Sus instalaciones actuales se encuentran en la Estación Naval de La Algameca, en Cartagena, donde el centro quedó establecido en 1970.

Entre sus cometidos se encuentran la formación y el adiestramiento de buceadores, el asesoramiento especializado y la investigación relacionada con las actividades subacuáticas.

También desempeña funciones vinculadas a la sanidad del buceo y las técnicas hiperbáricas, precisamente el ámbito en el que se ha producido el accidente de este miércoles.

Una escuela con más de un siglo de antecedentes

La formación especializada en buceo dentro de la Armada tiene una historia anterior a la creación del actual centro. Sus antecedentes se remontan a 1922, cuando se creó una escuela de buzos en la Base de Submarinos de Cartagena.

Actualmente, el centro alberga la Escuela Militar de Buceo, denominación establecida oficialmente en 2018.

Por sus cursos no pasan únicamente integrantes de la Armada. La formación en estas instalaciones se ha extendido también a miembros de otros Ejércitos y de organismos y cuerpos que necesitan especialistas en actividades subacuáticas.

Qué trabajos realizan sus buceadores

La actividad del centro va mucho más allá de la formación. Sus especialistas intervienen en operaciones y trabajos subacuáticos, así como en actuaciones técnicas relacionadas con los buques de la Armada.

Entre esas tareas se encuentra el mantenimiento de la denominada obra viva de los barcos, es decir, la parte del casco que permanece sumergida. Los buceadores pueden efectuar reparaciones a flote, taponamientos, limpieza de aspiraciones o colocación de ánodos, entre otras intervenciones.

La unidad dispone de alrededor de 90 profesionales, en su mayoría buceadores especializados, según los datos divulgados por la Armada.

La Algameca y sus instalaciones hiperbáricas

Una de las características del centro es su infraestructura para trabajar en condiciones hiperbáricas. Defensa ha llegado a definir las instalaciones de Cartagena como el mayor complejo hiperbárico de España.

Estas capacidades son necesarias tanto para determinados procedimientos relacionados con el buceo como para la atención y preparación frente a incidentes derivados de la actividad bajo el agua.

Fue en una cámara hiperbárica del centro donde se produjo el suceso que ha dejado ocho afectados este miércoles.

Qué se sabe del accidente

La Armada ha informado de que el incidente tuvo lugar a primera hora de la mañana, aunque todavía no ha detallado qué procedimiento estaban realizando los buceadores cuando ocurrió.

Tampoco se ha establecido públicamente qué originó el accidente. La institución ha iniciado una investigación interna para reconstruir las circunstancias y determinar las causas.

Mientras se desarrolla esa investigación, la Armada ha señalado que su "principal preocupación" es la evolución de los ocho miembros afectados.

Más claves, contexto y preguntas con FREN

CONTENIDO GENERADO CON IA

¿Qué competencias y atribuciones tiene el responsable del Centro de Buceo de la Armada según la normativa militar española?

La normativa militar española no detalla en un solo precepto un “catálogo cerrado” de funciones personales del jefe o responsable del antiguo Centro de Buceo de la Armada (CBA). Sin embargo, a partir de las normas que regulan el órgano —hoy Escuela Militar de Buceo (EMB)— y su papel en el sistema de buceo militar, puede reconstruirse con bastante precisión el ámbito de competencias y atribuciones de su responsable.

El punto de partida actual es la Orden DEF/1304/2018, de 27 de noviembre, por la que la Escuela de Buceo de la Armada pasa a ser Escuela Militar de Buceo. Esta orden:

  • Designa a la Escuela de Buceo de la Armada como el principal centro docente militar para impartir la enseñanza básica de buceo de las Fuerzas Armadas, con capacidad para expedir titulaciones militares oficiales de buceo, reconocidas en el ámbito civil nacional (art. 1).
  • Declara que la Escuela es el órgano de referencia en materia de buceo en las Fuerzas Armadas, impulsor de la estandarización de procedimientos y normativa básica de seguridad, y interlocutor del Ministerio de Defensa ante el resto de Administraciones en este ámbito (preámbulo y art. 5).
  • Establece que la dirección de la Escuela Militar de Buceo se ejerce por un Capitán de Navío del Cuerpo General de la Armada en servicio activo (art. 6.1), es decir, un mando orgánico claramente tipificado.
  • Indica que todas las referencias normativas al “Centro de Buceo de la Armada” deben entenderse hechas, desde su entrada en vigor, a la Escuela Militar de Buceo (disposición adicional primera).

De esta configuración se deriva que el responsable de la EMB (antes CBA) tiene, en esencia, las competencias propias de un director de centro docente militar de perfeccionamiento especializado, aplicadas al campo del buceo:

  • Dirección académica y técnica del buceo militar: debe organizar y supervisar la impartición de los cursos de buceo militar básico y de perfeccionamiento que se imparten en la Escuela, garantizando que los planes de estudios teóricos y prácticos se ajustan a la normativa militar y al reglamento civil de actividades subacuáticas (la orden cita expresamente el reglamento aprobado por Orden de 25 de abril de 1973).
  • Responsabilidad sobre la expedición de titulaciones: al ser la Escuela habilitada para expedir titulaciones militares de buceo con reconocimiento civil, el director responde del correcto funcionamiento del proceso de formación, evaluación y certificación del personal, tanto del Ministerio de Defensa como de otros organismos públicos que acuden a la EMB.
  • Garantía de la seguridad en las operaciones de buceo: la propia Orden DEF/1304/2018 encarga a la Escuela “liderar […] el establecimiento de una base común de procedimientos y normas de seguridad” para facilitar actuaciones conjuntas frente a accidentes o catástrofes en el medio acuático. En consecuencia, el responsable del centro asume un papel central en la definición, actualización y aplicación de los estándares de seguridad del buceo militar.
  • Función de órgano asesor y de referencia técnica: la anterior normativa sectorial (por ejemplo, la Orden de 11 de diciembre de 1978 sobre colaboraciones y competencias entre la Armada y otros cuerpos en materia de actividades subacuáticas) ya atribuía al entonces Centro de Buceo de la Armada el papel de órgano de asesoramiento técnico para otros ejércitos y cuerpos cuando organizan equipos de especialistas subacuáticos. Ese papel pervive, ahora bajo la denominación de Escuela Militar de Buceo, y recae en último término sobre su director como máximo responsable.
  • Coordinación con otras administraciones y organismos: la EMB está llamada a atender necesidades de formación de personal de otros organismos de la Administración General del Estado, Administraciones autonómicas y, en determinados casos, centros privados, mediante convenios y solicitudes de colaboración. El responsable del centro participa en la planificación y ejecución de esa cooperación interinstitucional, velando por que se ajuste a la normativa vigente y a los recursos disponibles.
  • Gestión orgánica interna: el art. 6 de la Orden DEF/1304/2018 fija una estructura con Dirección, Jefatura de Estudios, Secretarías y Departamentos. Como director, el responsable:
    • Ejercita el mando sobre el personal destinado en la Escuela dentro de la cadena orgánica de la Armada.
    • Organiza y coordina la actividad de los distintos departamentos docentes y técnicos.
    • Propone necesidades de plantilla, cursos y recursos al escalón superior (Dirección de Enseñanza Naval y Jefatura de Personal de la Armada), en el marco de las facultades que la disposición final primera atribuye al Jefe de Estado Mayor de la Armada para desarrollar la orden.

En resumen, la normativa vigente configura al responsable del Centro de Buceo de la Armada —hoy director de la Escuela Militar de Buceo— como un mando de nivel Capitán de Navío que concentra funciones de dirección docente, técnica y de seguridad del buceo militar; de interlocución especializada del Ministerio de Defensa en esta materia; y de gestión de un centro que es referencia única en España para la formación militar y, en parte, civil en actividades subacuáticas. Las órdenes anteriores específicas del CBA, hoy derogadas, concretaban con más detalle el reglamento interno del centro, pero su contenido ha sido en buena medida absorbido y actualizado por el modelo de Escuela Militar de Buceo que establece la Orden DEF/1304/2018.

¿Qué requisitos y procedimientos exige la legislación española para operar instalaciones hiperbáricas de Defensa?

La legislación española no contiene, al menos en el BOE, un único “reglamento de instalaciones hiperbáricas militares”, sino que el marco aplicable a instalaciones hiperbáricas de Defensa (cámaras hiperbáricas y sistemas de buceo a presión) resulta de la combinación de normativa general sobre buceo y medios hiperbáricos, la regulación formativa, el marco de prevención de riesgos laborales y un conjunto de normas militares y técnicas internas del Ministerio de Defensa.

Como referencia básica está el Real Decreto 550/2020, de 2 de junio, sobre condiciones de seguridad de las actividades de buceo, que actualiza toda la regulación civil. En su preámbulo y ámbito de aplicación se indica expresamente que el buceo militar y para fines de servicio público se rige por sus propias normas, pero el real decreto fija el estándar técnico general al que tienden a alinearse las exigencias militares.

El RD 550/2020 establece, de forma sistemática:

  • Modalidades y técnicas de buceo (recreativo, deportivo, profesional, científico, extractivo), con límites de profundidad, tiempos, equipos mínimos y personal mínimo, remitiendo el detalle técnico a anexos y estándares europeos o internacionales.
  • Normas generales de seguridad aplicables a casi todas las modalidades: edad mínima, estado físico, formación, planificación de inmersiones, condiciones meteorológicas y de la mar, señalización, distancia de seguridad de otras embarcaciones y obligación de embarcación de apoyo.
  • Obligaciones de empresas y centros de buceo profesional: evaluación de cada “operación hiperbárica”, elección de técnicas y equipos, respeto a estándares de seguridad, mantenimiento, registros y partes de accidentes.
  • Competencias de la Dirección General de la Marina Mercante (DGMM): petición de información, inspecciones, posibilidad de suspender actividades o imponer condiciones de seguridad y aplicación del régimen sancionador cuando haya impacto en la seguridad marítima y la vida humana en el mar.

En paralelo, para el trabajo profesional en medios hiperbáricos existe un bloque normativo laboral y sectorial que concreta requisitos de personal y procedimientos. Destacan las resoluciones que registran y publican el Convenio colectivo de buceo profesional y medios hiperbáricos y sus modificaciones (por ejemplo, la Resolución de 25 de enero de 2012 y la de 17 de noviembre de 2023), así como resoluciones de la Dirección General de Empleo y de la Marina Mercante sobre normas de seguridad en actividades subacuáticas. Este conjunto fija, con bastante detalle, cuestiones como:

  • Categorías profesionales y cualificación mínima del buceador y del personal de superficie.
  • Revisiones médicas específicas y aptitud para el trabajo hiperbárico.
  • Composición mínima de los equipos en inmersiones complejas o con cámara.
  • Presencia y funciones del médico hiperbárico o servicios médicos de referencia.
  • Protocolos de emergencias descompresivas y uso de cámaras hiperbáricas asociadas a la actividad laboral.

En el plano formativo, el Real Decreto 1073/2012 crea el título de Técnico en Operaciones Subacuáticas e Hiperbáricas y fija sus enseñanzas mínimas, complementado y parcialmente actualizado por reales decretos posteriores sobre cualificaciones (como el Real Decreto 1222/2010, el Real Decreto 1037/2011, el Real Decreto 933/2020, el Real Decreto 297/2021 o el Real Decreto 532/2025, así como la Orden EFP/63/2021). Estos instrumentos definen las competencias profesionales estándar para operar en medios hiperbáricos: manejo de equipos, planificación de inmersiones, seguridad y primeros auxilios.

En el ámbito estrictamente militar, el Ministerio de Defensa dispone de varios niveles normativos:

  • Normativa organizativa y docente, como el Real Decreto 1051/2020, sobre ordenación de la enseñanza en las Fuerzas Armadas, y la Orden DEF/650/2020 sobre centros docentes militares de referencia, bajo las que se encuadran las enseñanzas de buceo e hiperbáricas.
  • La Orden DEF/1304/2018, que designa a la Escuela de Buceo de la Armada como Escuela Militar de Buceo, la convierte en el centro de referencia para la formación y, en la práctica, para la estandarización de procedimientos en buceo e instalaciones hiperbáricas militares.
  • Un conjunto de Órdenes ministeriales de normas militares españolas (por ejemplo, las Órdenes 10/1999, 158/1996, 145/1997, 151/1999, 165/2000, 192/1999, 208/2001, DEF/844/2002 y otras) que aprueban y anulan Normas Militares Españolas (NME) y, en muchos casos, declaran o revocan el carácter de obligado cumplimiento de determinadas normas UNE, MIL o MIL‑STD. Aunque los textos concretos de cada NME no se leen en la base consultada, es razonable que incluyan especificaciones técnicas sobre equipos de buceo, cámaras hiperbáricas, mezclas respiratorias, sistemas de control y ensayo.

En la práctica, esto se traduce en que, para operar instalaciones hiperbáricas de Defensa:

  • Diseño y certificación: las cámaras y sistemas hiperbáricos deben cumplir las NME y las normas UNE/EN que el propio Ministerio declare de aplicación, así como los estándares de seguridad marítima cuando las operaciones se realizan desde buque. La homologación y aceptación la hacen órganos técnicos de Defensa (jefaturas logísticas, ingeniería naval o aérea, etc.), tomando como referencia la normativa civil (RD 550/2020) y las normas internacionales.
  • Personal operador y sanitario: se exige una cualificación equivalente a los títulos y cualificaciones de “operaciones subacuáticas e hiperbáricas” previstos en la FP civil, complementada por la formación militar específica impartida en la Escuela Militar de Buceo u otros centros. El personal sanitario debe contar con formación en medicina hiperbárica y de buceo, encuadrada en la Sanidad Militar.
  • Protocolos de operación y seguridad: deben existir planes escritos de inmersión y de intervención hiperbárica, límites operativos de profundidad/tiempo, matrices de riesgo, procedimientos de emergencia y de evacuación, mantenimiento preventivo documentado de cámaras y equipos y registros de inmersiones y exposiciones hiperbáricas, siguiendo la lógica del RD 550/2020 y de las normas sectoriales.
  • Autorizaciones e inspecciones: en el ámbito civil, la DGMM vigila la seguridad del buceo y puede inspeccionar instalaciones y suspender actividades. En el ámbito de Defensa, el control principal corresponde a las propias estructuras de inspección y seguridad del Ministerio, sin perjuicio de la coordinación con Marina Mercante cuando las operaciones afectan a la seguridad marítima general o se producen incidentes con impacto civil.
  • Coordinación con prevención de riesgos y sanidad militar/marítima: las actividades hiperbáricas se integran en la evaluación de riesgos laborales y en la vigilancia de la salud del personal militar; además, cuando hay accidentes o incidentes que afectan a la seguridad marítima, existe la obligación de remitir partes explicativos a la DGMM, y se recurre tanto a la red de medicina hiperbárica militar como, en su caso, a recursos civiles.

Finalmente, la adquisición y modificación de cámaras e instalaciones hiperbáricas que se consideren material de defensa o de doble uso se somete al Reglamento de control del comercio exterior de material de defensa y de productos de doble uso, cuyo anexo ha sido actualizado, entre otras, por la Orden ICT/697/2019. Esto introduce requisitos adicionales de autorización y trazabilidad sobre estos equipos cuando se importan, exportan o transfieren.

¿Cuáles han sido los resultados de las últimas oposiciones o convocatorias de acceso a la Escuela Militar de Buceo?

No he localizado ninguna publicación oficial reciente que recoja, de forma específica y desglosada, los resultados (listas nominales y calificaciones) de unas “oposiciones” propias de la Escuela Militar de Buceo de la Armada (EMBZ). Lo que aparece en las fuentes oficiales y en la prensa es el marco general de acceso a los centros docentes militares de formación (tropa, marinería, oficiales y suboficiales) y, dentro de él, referencias a la EMBZ como centro especializado de formación, pero sin listados públicos de notas por escuela.

Qué sí está publicado sobre las últimas convocatorias

El acceso a la formación militar, incluida la que posteriormente puede conducir a especialidades de buceo, se canaliza a través de convocatorias generales que se publican en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y en notas del Ministerio de Defensa. Entre las más recientes destacan:

  • Primer ciclo de selección de tropa y marinería 2026: según recoge el BOE y resume el Ministerio de Defensa, se convocan 4.527 plazas para ingresar en los centros docentes militares de formación de las escalas de tropa y marinería, con la siguiente distribución: 3.204 plazas para el Ejército de Tierra, 693 para la Armada y 630 para el Ejército del Aire y del Espacio. Esta información está sintetizada, por ejemplo, en la nota “Defensa convoca más de 4.500 plazas de tropa y marinería en el primer ciclo de 2026”, citada por Demócrata.
  • Segundo ciclo de selección de tropa y marinería 2026: otra nota oficial (“Defensa convoca más de 4.500 plazas de Tropa y Marinería en el segundo ciclo de 2026”) habla de 4.523 plazas, con un reparto análogo: 3.200 para Tierra, 693 para la Armada y 630 para Aire y Espacio, incluyendo 50 plazas con baremación específica para deportistas de alto nivel.
  • En el BOE de 14 de agosto de 2026, según destaca el periódico Demócrata en su resumen BOE de hoy, viernes 14 de agosto, el Ministerio de Defensa publica las relaciones definitivas de personas propuestas para ser nombradas alumnos y alumnas de los centros docentes militares de formación. No obstante, en el resumen de prensa no se desglosa por cada escuela concreta ni se mencionan listados específicos de la Escuela Militar de Buceo.

Además, las informaciones de contexto encontradas sobre la EMBZ se centran en su papel como centro de referencia para la formación de buceadores militares y en los medios de apoyo (por ejemplo, el buque de apoyo “Proserpina” o las capacidades del BAM-IS), pero no aportan datos de resultados individuales de procesos selectivos asociados únicamente a esa escuela.

Por qué no aparecen listas específicas de la EMBZ

A partir de la documentación consultada se observan dos cuestiones relevantes para tu pregunta:

  • Las convocatorias y resultados se publican a nivel de escalas y centros docentes militares en su conjunto (tropa y marinería, oficiales y suboficiales), no como “oposiciones independientes” por cada escuela especializada. Es decir, el candidato compite por plazas en las Fuerzas Armadas y, una vez dentro, se encuadra en determinados itinerarios y cursos (entre ellos, los de buceo militar).
  • Las relaciones nominales de admitidos, excluidos, calificaciones, etc. se difunden a través de los canales oficiales del Ministerio de Defensa y, en muchos casos, no se indexan en prensa generalista, sino en:

Por tanto, con la información accesible en las fuentes consultadas no es posible reconstruir ni el listado de nombres ni las notas de corte ni las calificaciones individuales de las “últimas oposiciones” específicamente asociadas a la Escuela Militar de Buceo. Lo que sí se puede afirmar es que:

  • Las plazas de la Armada en tropa y marinería en 2026 (693 por ciclo) forman parte del “embudo” general de acceso, previo a la asignación de destinos y cursos.
  • Las resoluciones con relaciones definitivas de alumnos se están publicando en el BOE y en resoluciones de Defensa, pero sin que la prensa desagregue qué parte corresponde a cada escuela concreta como la EMBZ.

Cómo consultar los resultados concretos de la EMBZ

Si necesitas conocer resultados precisos (por ejemplo, “cuántas plazas de buceador militar se cubrieron en la última convocatoria”, “qué nota de baremo obtuvo el último admitido”, o “listado completo de aspirantes seleccionados para el curso X de la Escuela Militar de Buceo”), el canal más fiable es:

  • Acceder al portal de Defensa reclutamiento.defensa.gob.es y buscar en el apartado de “procesos de selección” las resoluciones de:
    • Listas de admitidos y excluidos.
    • Resultados de las distintas fases.
    • Relaciones de candidatos propuestos para ser nombrados alumnos de los centros docentes militares de formación.
  • Consultar el BOE filtrando por Ministerio de Defensa y por el año/convocatoria que te interese, revisando en especial las resoluciones de la Subsecretaría de Defensa y del Ejército de Tierra, la Armada o el Ejército del Aire y del Espacio sobre procesos selectivos.

En resumen, las últimas convocatorias generales de acceso a las Fuerzas Armadas sí están publicadas, con el número de plazas y la distribución por ejércitos; sin embargo, los resultados concretos asociados a la Escuela Militar de Buceo no aparecen desglosados en las fuentes abiertas analizadas, por lo que para obtener ese detalle habría que acudir directamente al portal de reclutamiento del Ministerio de Defensa o, en su caso, solicitar la información a través de los cauces oficiales de la Armada.

Juega

¡Pon a prueba lo que sabes con FREN!

¿Cuánto sabes sobre este tema? Responde las siguientes 3 preguntas.

¿En qué año se estableció el actual Centro de Buceo de la Armada en la Estación Naval de La Algameca?

Pregunta 1 de 3

¿Cuál es una de las funciones principales del Centro de Buceo de la Armada?

Pregunta 2 de 3

¿Cuántos profesionales aproximadamente componen la unidad del Centro de Buceo de la Armada según los datos divulgados?

Pregunta 3 de 3

Hola, soy Fren. ¿Cómo te ayudo?