La Abogacía del Estado ha solicitado al Tribunal Supremo que revoque la suspensión cautelar del derecho de voto de miles de españoles que obtuvieron la nacionalidad al amparo de la conocida como ley de nietos. Los servicios jurídicos del Estado consideran que la medida resulta desproporcionada y reclaman que se permita intervenir en el procedimiento a los afectados antes de adoptar una decisión que pueda impedirles participar en las elecciones generales del próximo 29 de noviembre.
Según ha adelantado la Cadena SER, el escrito solicita retrotraer las actuaciones para dar audiencia a más de 160.000 personas que adquirieron la nacionalidad mediante una instrucción que desarrolla la ley. La Abogacía advierte de que, sin esa posibilidad, resulta «materialmente imposible» completar el trámite antes de la cita electoral, con el consiguiente riesgo de privar a los afectados del ejercicio de un derecho fundamental.
La petición se produce en el marco del procedimiento impulsado por Vox contra la aplicación de la instrucción de 2022, cuya interpretación ha permitido acceder a la nacionalidad española a descendientes de exiliados durante el franquismo.
La Abogacía cuestiona el alcance de la suspensión
En su escrito, los servicios jurídicos del Estado denuncian el «exceso» de la medida cautelar y los «defectos procesales» de la demanda de Vox, al considerar que el partido ha utilizado un procedimiento relacionado con el censo electoral para cuestionar una instrucción administrativa que llevaba cuatro años en vigor.
La Abogacía sostiene que los recurrentes pretenden revisar una instrucción de 2022 que no habían impugnado anteriormente por los cauces administrativos correspondientes. También cuestiona que se haya trasladado esa revisión a la Junta Electoral Central, un órgano que, recuerda, no forma parte de la Administración General del Estado.
En este sentido, rechaza que pueda atribuirse a la Administración una falta de actuación en la revisión de cientos de miles de expedientes cuando, según argumenta, los propios recurrentes tampoco habían promovido anteriormente la impugnación de la instrucción.
Los servicios jurídicos piden al Supremo que valore de manera proporcional las consecuencias de la suspensión sobre el derecho de sufragio, especialmente ante la proximidad de unas elecciones en las que los afectados podrían quedar excluidos sin haber tenido oportunidad de defender su situación.
Más de 160.000 electores pendientes de una decisión judicial
El Tribunal Supremo acordó en septiembre suspender cautelarmente los efectos electorales de determinadas inscripciones en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) realizadas al amparo de la Ley de Memoria Democrática. La decisión respondió a los recursos de Vox e Iustitia Europa, que cuestionaban la aplicación de una instrucción ministerial que presume la condición de exiliados de quienes abandonaron España durante un periodo determinado.
El alto tribunal consideró entonces que existía un riesgo para la objetividad y transparencia de los procesos electorales si no se verificaba el cumplimiento de los requisitos legales. La suspensión afecta a los efectos electorales de las inscripciones cuestionadas, sin que ello implique por sí mismo la anulación de la nacionalidad española de sus titulares.
La cifra de más de 160.000 afectados corresponde al colectivo al que se refiere la petición de la Abogacía del Estado. No debe confundirse con el conjunto de personas que han obtenido la nacionalidad mediante la Ley de Memoria Democrática, un grupo considerablemente más amplio.
El calendario del 29N añade urgencia al procedimiento
El adelanto de las elecciones generales ha reducido los plazos para resolver la controversia. El pasado 6 de octubre, el Tribunal Supremo concedió 48 horas a las partes para presentar alegaciones antes de decidir sobre el recurso contra la suspensión cautelar.
La Abogacía del Estado considera que la necesidad de escuchar individualmente a los afectados hace inviable completar ese trámite antes del 29 de noviembre si se mantiene la situación actual. Por ello, solicita levantar la suspensión y retrotraer las actuaciones para garantizar su derecho de audiencia.
La decisión queda ahora en manos del Tribunal Supremo, que deberá resolver sobre la continuidad de las medidas cautelares mientras sigue abierto el procedimiento judicial relativo a las inscripciones electorales derivadas de la ley de nietos.