El juez Pedraz rehúsa por ahora imputar al PSOE en el caso Leire Díez y supedita la decisión a nuevas diligencias

Pedraz rechaza por ahora imputar al PSOE en el caso Leire Díez y condiciona cualquier decisión a nuevas diligencias y a la declaración de Santos Cerdán

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El exsecretario de organización del PSOE Santos Cerdán comparece en la Comisión de Investigación sobre adjudicaciones públicas del Parlamento de Navarra, a 11 de febrero de 2026, en Pamplona, Navarra (España).  Eduardo Sanz - Europa Press

El exsecretario de organización del PSOE Santos Cerdán comparece en la Comisión de Investigación sobre adjudicaciones públicas del Parlamento de Navarra, a 11 de febrero de 2026, en Pamplona, Navarra (España). Eduardo Sanz - Europa Press

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El magistrado de la Audiencia Nacional que instruye el 'caso Leire Díez', Santiago Pedraz, ha decidido no atribuir de momento responsabilidad penal al PSOE y pospone cualquier decisión en ese sentido hasta completar más diligencias, entre ellas la declaración del exdirigente socialista Santos Cerdán, después de que el PP solicitara formalmente la imputación del partido.

En un auto, el juez sostiene que, aunque los hechos que se investigan "pudieran presentar en abstracto apariencia delictiva por parte del PSOE, no se incorpora aún un elemento o principio de prueba que avale razonablemente su realidad".

Con esta resolución, Pedraz se alinea con el criterio de la Fiscalía Anticorrupción, que en un reciente informe consideró prematuro imputar a la formación socialista. El Ministerio Público admitía la existencia de indicios sobre posibles conductas delictivas de la presunta trama destinada a entorpecer procedimientos judiciales que afectan al PSOE y al Gobierno, supuestamente encabezada por Cerdán y coordinada por la exmilitante socialista Leire Díez.

"Lo cierto es que con lo actuado no se acredita lo que se viene denominando un 'principio de prueba' para atribuir la condición de investigado", recalca el instructor, que detalla que el principio de prueba "es un dato, elemento o fuente objetiva que proporciona un apoyo mínimo a la realidad del hecho afirmado", es decir, que "no demuestra el hecho, pero le da una base objetiva".

El juez apunta que "habría que valorar la eventual e indiciaria atribución de responsabilidad criminal al PSOE por los delitos presuntamente cometidos" por Cerdán y por la gerente del partido, Ana María Fuentes, ya investigada en esta causa.

Cuestiones a aclarar y análisis de documentación

Antes de poder imputar al partido, Pedraz considera imprescindible aclarar "qué poderes reales tenía Santos Cerdán dentro de la estructura del partido"; "quién autorizó y ejecutó los pagos investigados en la causa" a Leire Díez y a otros supuestos integrantes de la red, presuntamente a cambio de sus servicios; "qué controles internos existían"; "si hubo fallos relevantes en los mecanismos de supervisión" y "si el partido obtuvo algún beneficio de las conductas investigadas". Todos estos extremos, subraya, siguen sin haberse precisado.

Para despejar estas incógnitas, el magistrado prevé practicar diversas pruebas: tomar declaración a Cerdán, revisar la documentación incautada en la sede del partido y en el domicilio del exsecretario de Organización, así como en los de otros investigados, entre ellos los abogados Jacobo Teijelo e Ismael Oliver, el empresario Javier Pérez Dolset y el exvicepresidente de la Junta de Andalucía Gaspar Zarrías.

Pedraz también quiere determinar si los pagos a Leire Díez y a otros supuestos miembros de la trama "fueron ordenados y satisfechos" por Cerdán "desde cuentas de titularidad de la entidad para la comisión del ilícito encargo, permitiendo establecer una conexión objetiva entre la actuación de aquel y la estructura patrimonial" de la presunta organización criminal.

El juez pretende además concretar "quién ordenó materialmente esos pagos; quién estaba autorizado para disponer de las cuentas; cómo fue contabilizado; qué concepto se hizo constar en la transferencia o contabilidad; si existían facturas, contratos u otros documentos destinados a proporcionar una cobertura aparente al pago; quién autorizó o validó internamente el gasto; si intervino el departamento financiero o contable" y "si los órganos de administración conocieron los pagos".

La acusación popular unificada, encabezada por el PP, reclamó la imputación del PSOE al entender que las diligencias ya practicadas "confirman" que el partido "sufragó" los gastos de la presunta red "por indicación" de Santos Cerdán, y le atribuye posibles delitos de cohecho, tráfico de influencias, blanqueo de capitales y financiación ilegal.

Relevancia de las declaraciones y alcance de la responsabilidad

En su resolución, Pedraz asume los argumentos de la Fiscalía Anticorrupción, que considera necesario "completar la práctica de las diligencias que permitan concretar los indicios de la responsabilidad penal propia que pesan sobre la conducta de Cérdan".

Las fiscales destacan la trascendencia de las declaraciones de Cerdán, Díez, Zarrías y de Juan Manuel Serrano, expresidente de Correos y exjefe de gabinete de Pedro Sánchez en el PSOE, según un informe al que también ha accedido Europa Press.

Asimismo, la Fiscalía subrayó que, a partir de las declaraciones de Fuentes y de la presidenta del PSOE, Cristina Narbona, así como de las secretarias del partido, Covadonga San Pedro y Celia Rodríguez, "parece evidenciarse que no existía mecanismo de control alguno sobre la gestión que Cerdán hacía de las cuentas del partido".

El Ministerio Público, que aprecia "múltiples indicios" sobre la actuación de Cerdán, insiste en la importancia de diferenciar "la eventual responsabilidad penal personal de esos gerentes de la posible responsabilidad penal autónoma de la organización".

"La responsabilidad de la persona jurídica no puede afirmarse mediante la simple acreditación del delito cometido por la persona física integrada en la organización, será preciso analizar si su comisión fue posible o se vio facilitada por la inexistencia o ineficacia de mecanismos concretos de vigilancia y control", puntualiza la Fiscalía.

Por otra parte, el Ministerio Público sostiene que con "las diligencias practicadas hasta la fecha no cabe duda de que Cerdán estaba autorizado para tomar decisiones en nombre de la organización y ostentaba facultades de organización y control dentro de ella".

No obstante, precisa que Cerdán "debe ser oído" para "concretar sus poderes, funciones efectivamente desempeñadas, capacidad de disposición sobre las cuentas bancarias, autonomía en la contratación y dependencia respecto del órgano de administración, la CEF (Comisión Ejecutiva Federal) y su determinación y responsabilidad en la contratación de los servicios de Díez".