El juzgado de Ceuta envía a la Audiencia Nacional la causa contra el delegado del Gobierno por la entrada masiva

El juzgado de Ceuta se inhibe y envía a la Audiencia Nacional la causa sobre la actuación del delegado del Gobierno en la entrada masiva de migrantes.

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El ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, Ángel Víctor Torres (2d), durante la toma de posesión del delegado del Gobierno en Ceuta, Miguel Ángel Pérez Triano (c), en Ceuta (España). Antonio Sempere - Europa Press

El ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, Ángel Víctor Torres (2d), durante la toma de posesión del delegado del Gobierno en Ceuta, Miguel Ángel Pérez Triano (c), en Ceuta (España). Antonio Sempere - Europa Press

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El Juzgado de Instrucción de Ceuta ha decidido apartarse de la causa en la que se analiza la actuación del delegado del Gobierno en la ciudad autónoma, Miguel Ángel Pérez Triano, por la entrada masiva de migrantes registrada los días 30 y 31 de julio, y ha ordenado remitir el procedimiento a la Audiencia Nacional, que ya dirige la investigación principal sobre estos sucesos.

La jueza María de la Luz Lozano ha acordado inhibirse de las diligencias previas en favor de la magistrada de la Audiencia Nacional María Tardón, al apreciar que existe una conexión objetiva y subjetiva entre ambos procedimientos.

En el auto, fechado este lunes y al que ha tenido acceso Europa Press, se indica que los hechos bajo investigación forman parte de la “misma secuencia fáctica y operativa” que constituye el núcleo de la causa principal, centrada en la “organización, movilización y efectos de la entrada masiva de personas desde Marruecos”.

La resolución subraya que la Fiscalía ya había interesado con anterioridad la inhibición, al entender que concurren “unidad de contexto, secuencia y prueba” entre las dos investigaciones.

En este sentido, la magistrada considera que la tramitación unificada es la opción más adecuada para esclarecer lo sucedido y depurar, en su caso, responsabilidades, de acuerdo con las reglas de la Ley de Enjuiciamiento Criminal sobre delitos conexos.

El auto también recuerda que la Audiencia Nacional, al asumir la causa principal, dispuso que la investigación debía comprender “todas las actuaciones desarrolladas en territorio español” vinculadas con la entrada masiva, incluidas las relativas a los fallecimientos producidos durante la travesía a nado.

La jueza añade que, cuando concurren delitos conexos y distintos órganos judiciales han iniciado actuaciones, la competencia debe recaer en el tribunal que comenzó primero la instrucción, criterio que, en este caso, atribuye la causa a la Audiencia Nacional.

Origen del procedimiento en Ceuta

Las diligencias en Ceuta se abrieron tras una denuncia de la asociación Manos Limpias sobre la actuación del delegado del Gobierno durante los hechos de los días 30 y 31 de julio, a partir de las informaciones y avisos que habría recibido sobre la llegada masiva de inmigrantes.

En la causa también interviene la asociación Hazte Oír, personada mediante querella, que había solicitado la práctica de diversas diligencias y presentado un escrito de ampliación de la querella.

La magistrada de Ceuta dispone que sea el órgano judicial competente el que se pronuncie sobre estas peticiones y sobre la ampliación de la querella, al entender que, una vez apreciada su falta de competencia objetiva, no debe resolver sobre ellas para evitar decisiones que puedan interferir en la investigación principal.

Además, la parte dispositiva del auto ordena enviar “íntegramente” las actuaciones al órgano judicial de Madrid, conservando testimonio suficiente en el juzgado de Ceuta.

La resolución no es firme, ya que las partes pueden interponer recurso de reforma en el plazo de tres días desde la notificación y, de forma subsidiaria o independiente, recurso de apelación en el plazo de cinco días.

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