José Fernando Centeno, padre del guardia civil Raúl Centeno, asesinado en 2007 por ETA junto a su compañero Fernando Trapero, ha pedido junto a la asociación Dignidad y Justicia a la Audiencia Nacional que verifique si el exjefe de la organización terrorista Garikoitz Aspiazu Rubina, alias “Txeroki”, está utilizando realmente su régimen de semilibertad para desempeñar un empleo y labores de voluntariado en Guipúzcoa. En caso de que se compruebe que no cumple con esas obligaciones, reclaman que se le retire ese régimen y regrese a una situación penitenciaria más estricta.
La petición, a la que ha tenido acceso Europa Press, se dirige a la sección de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia Nacional después de que el diario “ABC” informara de que el exdirigente de ETA no estaría acudiendo al herbolario en el que figura dado de alta. Ante esas informaciones, Centeno y la asociación de víctimas reclaman aclarar si “Txeroki” está siguiendo el programa por el que se le concedieron las salidas.
Aunque en el escrito reconocen que “no puede presentar tales afirmaciones como hechos acreditados”, solicitan a la administración penitenciaria y al Centro Penitenciario de Martutene (Guipúzcoa) que “aporten el programa específico” en virtud del cual se autorizó el régimen de semilibertad, y que se compruebe “la efectiva realización de las actividades exteriores”.
Subrayan que “es exigible su cumplimiento real, efectivo y verificable” y advierten de que, de no ser así, “priva de justificación a la medida excepcional” que permitió a la Audiencia Nacional conceder a “Txeroki” el régimen de semilibertad el pasado mes de febrero. A su juicio, el mantenimiento de esa situación penitenciaria depende de que se respeten estrictamente las condiciones fijadas.
En la solicitud se precisa que, si se constata que el exdirigente de ETA “no acude al centro de trabajo, no realiza la jornada o incumple la actividad laboral en los términos previstos, habrá decaído el presupuesto objetivo que justificó la medida”, por lo que, insisten, se debería proceder a “su revocación, con retorno al régimen ordinario de segundo grado”.
Centeno y Dignidad y Justicia recalcan que la comprobación no puede limitarse a “solo constatar el alta laboral, sino a verificar la realidad de la prestación: centro efectivo de trabajo, funciones, jornada, fichajes o partes de asistencia, persona responsable de supervisión, retribuciones y cualquier incidencia desde el inicio de la medida”.
Por ello, reclaman que se especifiquen “las actividades exteriores autorizadas, su finalidad tratamental, calendario, horario, centro o entidad de realización y sistema de control”, con el fin de determinar si el penado está cumpliendo con las obligaciones que le permiten salir de prisión.
Asimismo, piden que se incorpore al expediente una “copia de los documentos que acrediten la prestación laboral efectiva desde el inicio de la medida: contrato, jornada pactada, partes de trabajo, registros de fichaje o asistencia, nóminas, justificantes de abono y comunicaciones o informes de la entidad empleadora que obren en el expediente”, para que no haya dudas sobre la actividad laboral desarrollada.
Además, reclaman que se detallen “todos los controles realizados por el Centro, la Junta de Tratamiento o cualquier entidad colaboradora sobre la asistencia, puntualidad y efectiva ejecución de la actividad laboral; sus resultados; y las incidencias, ausencias o incumplimientos detectados”, con el objetivo de evaluar el grado de seguimiento del programa.
En el supuesto de que se confirmase “que la actividad laboral se utilizó como presupuesto del programa específico de tratamiento o de las salidas y no se cumple real y efectivamente”, o se detecten “incumplimientos relevantes de cualquier actividad esencial del programa”, la asociación Dignidad y Justicia y Centeno solicitan que “se revoque” el régimen de semilibertad y “se disponga el retorno” de “Txeroki” al régimen de segundo grado.