El Supremo celebra este lunes una vista para decidir sobre medidas cautelares ligadas a la ley de nietos

El Supremo celebra este lunes dos vistas clave para decidir sobre medidas cautelares que afectan al CERA y a la aplicación de la llamada ley de nietos.

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Fachada del Tribunal Supremo, en Madrid (España). Alberto Ortega - Europa Press

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El Tribunal Supremo ha fijado para este lunes una vista oral y pública en la que examinará las medidas cautelares reclamadas por varias organizaciones que solicitan la suspensión provisional de las altas en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) relacionadas con la conocida como 'ley de nietos', por sus supuestos efectos sobre los procesos electorales.

Según consta en una providencia a la que tuvo acceso Europa Press, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal ha señalado la celebración de la vista a partir de las 10.00 horas y ha convocado a las partes personadas en el procedimiento, entre ellas Iustitia Europa y la Junta Electoral Central (JEC).

Esa misma jornada, a las 11.00 horas, se ha programado otra vista para estudiar las medidas cautelares planteadas por Vox, de acuerdo con fuentes jurídicas consultadas por esta agencia.

Iustitia Europa presentó un recurso contra una resolución de la Junta Electoral Central que rechazó paralizar de forma cautelar el proceso de elaboración del CERA, si bien pidió a la Oficina del Censo Electoral una instrucción específica sobre la aplicación de la 'law de nietos', disposición adicional de la Ley de Memoria Democrática que abre la vía a la nacionalidad para descendientes de exiliados.

Posteriormente, el Supremo decidió incoar una pieza separada de medidas cautelares para valorar la suspensión reclamada y reclamó a la JEC el envío del expediente administrativo correspondiente.

Analizará la posible suspensión de nuevas altas en el CERA

En su resolución, la JEC advirtió de que la elección del municipio electoral en el que se inscriba cada beneficiario de la 'ley de nietos' deberá estar "suficientemente motivada si no se corresponde con su último domicilio en España".

El órgano arbitral recordó que la Constitución protege igualmente el derecho de sufragio de quienes viven en el extranjero y subrayó que la administración electoral "no puede sustituir el criterio del legislador", que ha establecido por ley "las condiciones y el procedimiento" para que las personas emigradas puedan ejercer ese derecho.

"No es posible acceder a este tipo de solicitudes. La administración electoral debe aplicar todos los procedimientos dispuestos en la administración mientras sigan vigentes", concluyó la JEC.

En una nota de prensa, Iustitia Europa sostuvo que "no consta publicada" la cifra exacta de nuevas altas en el CERA derivadas de los expedientes de nacionalidad tramitados en virtud de la 'ley de nietos'.

La organización considera que tampoco hay "información pública suficiente sobre su distribución provincial, la vía concreta de adquisición de la nacionalidad, la oficina consular de origen o la trazabilidad documental de cada incorporación censal".

Vox reclama controlar la trazabilidad del voto exterior

En otro recurso, Vox pidió al Supremo que impulse las instrucciones necesarias para garantizar "la identidad del votante, la trazabilidad del voto, la seguridad e integridad en la custodia del mismo, en iguales términos que se realiza para los españoles que residen dentro del territorio nacional, con intervención de autoridades y funcionarios revestidos de la necesaria competencia y responsabilidad".

Para la formación que lidera Santiago Abascal, la resolución de la JEC "ni preserva ni restablece el derecho vulnerado", sino que "ayuda a consolidar la violación del derecho de sufragio, pues parece justificar jurídicamente la brutal violación de los más elementales principios de un Estado de derecho", citando el principio de legalidad, la reserva de ley, la jerarquía normativa y la seguridad jurídica.

Según Vox, la JEC "reconoce la posible alteración del Censo de Electores Residentes ausente (CERA)", pero "renuncia a las competencias que le corresponden como órgano superior de la administración electora, entendiendo erróneamente que la instrucción es de obligado cumplimiento y por ello no tiene instrumentos para subvenir a los efectos dañinos e ilegales de su aplicación en la formación del censo".

El partido pretende con su recurso que se proceda a dar de baja "a quienes no sean hijos o nietos de exiliados o quienes se hayan beneficiado de la presunción ilegalmente establecida por la instrucción".

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